Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1828/Sesión de la Cámara de Diputados, en 30 de setiembre de 1828

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Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1828)
Sesión de la Cámara de Diputados, en 30 de setiembre de 1828
CÁMARA DE DIPUTADOS
SESION 14.ª, EN 30 DE SETIEMBRE DE 1828
PRESIDENCIA DE DON FERNANDO A. ELIZALDE


SUMARIO. —Asistencia. —Rectificaciones en el acta. —Cuenta. —Penas contra los infractores de la Constitucion. —Solicitud de indulto entablada por Juana Vargas. —Informe sobre el retardo de la publicacion de unas sesiones. —Proyecto de Lei de Olvido. —Comision de Garantías Constitucionales. —Informe sobre el cobro de sueldos hecho por don José Mesa. —Id. sobre la conmutación de la pena de Cárlos Campos. —Proyecto de Lei de Olvido. —Aprobacion del acta de la sesion precedente. —Sesion permanente. —Lei de Olvido.— Acta.— Anexso.

CUENTA[editar]

Se da cuenta:

  1. De un oficio en que el Senado devuelve aprobado con algunas modificaciones el proyecto de Lei de Olvido. (Anexo número 56. V. sesion del 19.)
  2. De una mocion de don Francisco B. de Orihuela, quien propone se dicten ciertas penas contra los infractores de la Constitucion.
  3. De otra de don Martin Orgera, quien propone se encomiende a una comision compuesta de seis diputados i tres senadores el conocimiento de los recursos por infraccion de garantías (V. sesion del 2 de Agosto de 1828.)
  4. De un informe de la Comision de Policía interior, sobre la suspension de los sueldos del taquígrafo i el redactor acordada por el Senado; la Comision propone un proyecto para normalizar la publicacion de las sesiones. (Anexo núm. 57. V. sesion del 23.)
  5. De otro, de la Comision Calificadora, sobre la demanda de unos sueldos entablada por don José Mesa; la Comision propone que se encargue el fallo de la solicitud a las comisiones de Justicia i Policía interior. (Anexo núm. 58. V. sesion del 3.)
  6. De otro, de la Comision de Justicia sobre el indulto del reo Cárlos Campos; la Comision propone el indulto. (Anexo número 59. V. sesion del 27.)
  7. De una solicitud de doña Juana Vargas, quien pide se otorgue la libertad a su marido Pedro Valenzuela, condenado a presidio. (Anexo núm. 60.)

ACUERDOS[editar]

Se acuerda:

  1. Reservar para segunda hora la aprobacion del acta de la sesion precedente por haber que rehacerla.
  2. Que la Comision de Negocios Constitucionales informe sobre la mocion del señor Orihuela.
  3. Sobre la solicitud de Juana Vargas, que la Comision Calificadora informe.
  4. Poner en tabla el informe de la Comision de Policía interior sobre la publicacion de las sesiones. (V. sesion del 9 de Octubre de 1828.)
  5. Considerar sobre tabla la Lei de Olvido i despues de discutir el artículo 1.º, dejar su resolucion para segunda hora.
  6. Que la Comision de Negocios Constitucionales dictamine sobre la mocion del señor Orgera. (V. sesion del 5 de Noviembre de 1828.)
  7. Poner en tabla el informe de la Comision Calificadora sobre la peticion de don José Mesa. (V. sesion del 9 de Octubre de 1828.)
  8. Poner en el órden correspondiente de la tabla el informe de la Comision de Justicia sobre la conmutacion de la pena del reo Cárlos Campos. (V. sesion siguiente.)
  9. Aprobar el artículo 1º del proyecto de Lei de Olvido.
  10. Aprobar el acta.
  11. Constituirse en sesion permanente.
  12. Aprobar los artículos restantes del proyecto de Lei de Olvido i comunicarlo al Ejecutivo sin esperar la aprobacion del acta. (Anexo núm. 61. V. sesion del 2 de Octubre de 1828.)



ACTA[editar]

SESION DEL 30 DE SETIEMBRE

Se abrió con los señores Albano, Araos, Argomedo, Argüelles, Barros, Bilbao, Collao, Echeverría, Elizalde, González, Infante, Larrain, Marin, Meneses, Molina, Navarro, Orgera, Orihuela, Palacios, Ramos, Reyes, Sotomayor, Valdés i Villar.

Faltaron con licencia los señores Campino, Concha, Cortés, Elizondo, Novoa i Urízar; sin ella, el señor Gana.

Leida el acta de la sesion anterior, fueron observadas varias faltas en ella, i se reservó su aprobación a la segunda hora.

Leyóse en seguida una nota del Senado remitiendo la Lei de Olvido, aprobada en una nueva redaccion.

Leyóse una mocion del señor Orihuela, en que propuso un proyecto de lei penal contra los infractores del Código Fundamental de la República. Se mandó a la Comision encargada de negocios constitucionales.

Una súplica de Juana Vargas implorando de la Sala la gracia de ponerle en libertad a su marido Pedro Valenzuela, condenado a presidio. Se mandó a la Comision Calificadora.

Dióse cuenta del informe de la Comision de Policía interior sobre el acuerdo del Senado a la falta de publicacion de las sesiones del Congreso. Se puso en tabla.

En seguida pidieron algunos señores se considerase sobre tabla la Lei de Olvido. Así se acordó.

Luego, que se prefiriese su discusion a la órden del dia; i habiéndose convenido en esto la Sala, se procedió a leer su primer artículo, el que despues de un largo debate quedó sin resolverse en primera hora.

En segunda, se leyó una mocion del señor Orgera conducente a investir una comision de seis diputados i tres senadores con la facultad de hacer efectivo el artículo 10 i 131 de la Constitucion, que embaraza el 134. que conozca i resuelva sin ulterior recurso en los reclamos de infracción de garantías que se hallen pendientes tanto en ésta como en las anteriores lejislaturas. Se mandó a la Comision encargada de negocios constitucionales.

Dióse cuenta del informe de la Comision Calificadora en la solicitud de don José Mesa, relativa a pago de sueldos. Se puso en tabla.

Otra de la de Justicia sobre la conmutacion de pena de muerte a Cárlos Campos. Se mandó traer por su órden en tabla.

Púdose en segunda discusion el artículo 1.º de la Lei de Olvido, i despues de discutido bastantemente, se puso en votacion, i fué aprobado en los términos siguientes:

Artículo primero. Póngase en libertad i en el pleno goce de los derechos individuales que la Nacion asegura a todo hombre, a los chilenos naturales que se hallen presos o detenidos por cualquiera de los movimientos políticos que han ajitado a la República ántes de jurarse la Constitucion.

—En este estado, se reclamó la hora de Reglamentó; pero habiendo espuesto el Secretario que ya estaban salvadas las faltas que se habian advertido en el acta, tuviese a bien la Sala conocer de ellas, se leyeron las observadas, i se aprobó.

En el momento pidió el señor Orgera sesión permanente a efecto que se considerasen los demás artículos de la Lei de Olvido, en lo que convino la Sala.

En seguida se leyó el artículo 2.º el que despues de un largo debate fué aprobado, como asimismo el 3.º ambos del modo siguiente; Art. 2.º Suspéndase, en consecuencia, la continuacion de las causas formadas con este motivo.

Art. 3.º La declaracion del artículo 1.º comprende a los chilenos prófugos o que sin formacion de causa o con ella, hayan sido desterrados del país o privados por cualquiera órden de volver a él.—

El señor Orgera dijo que daría su voto por escrito, i es como sigue:

Mi voto es por que la Cámara de Representantes apruebe las explicaciones hechas por el Senado a la Lei de Olvido que se le remitió, aunque ellas son mezquinas i quitan a Chile la gloriosa preferencia de ser la república mas jenerosa, humana i la que ménos sangre ha derramado. Por dos razones: la primera, porque la lei no nos deja otro arbitrio, i si se rechaza éste, se pierde todo, i no se hará el menor bien a tantos desgraciados que sin bastante causa padecen. Segunda, porque no se vea una division escandalosa en las Cámaras de un mismo cuerpo, i cuyas consecuencias serian funestas a toda la Nacion. Por estos motivos, aunque he sido el autor del proyecto de la Lei de Olvido mas estensa i jenral, tengo que conformarme con las restricciones que ha puesto el Senado, como el único remedio que quedaba para evitar nuevos males.

En este estado, se levantó la sesion, ordenando al secretario que en el dia se comunicare al Poder Ejecutivo la lei que se acababa de sancionar para su debido cumplimiento. —Elizalde. —Ignacio Molina, Diputado-Secretario.



ANEXOS[editar]

Núm. 56[editar]

La Cámara de Senadores se ha complacido altamente de haber considerado el acuerdo que la de Diputados ha hecho sobre la Lei de Olvido i que le ha comunicado en 19 del presente. En él no ve sino un testimonio de su magnanimidad i del espíritu de rectitud que le anima; un laudable empeño por restituir al goce de los bienes sociales a los chilenos que, o estraviados de sus deberes o perseguidos por cualquiera causa, están privados de ellos; un medio, en fin, que contribuirá poderosamente a los importantes fines que se propuso: cerrar con la sancion del pacto social que solemnemente acabamos de celebrar i jurarle obediencia i respeto, i el cual une a los chilenos con los mas fuertes i estrechos vínculos, el período de desgraciadas vicisitudes que hemos corrido, mejorando la situacion de los que comprende el acuerdo.

Mas, al tener la Cámara de Senadores la singular complacencia de manifestar a la de Diputados su conformidad de sentimientos i principios políticos, siente sobremanera haber solo variado la redaccion del acuerdo. La Cámara de Senadores ofendería a la de Diputados si interesara su sabiduría en apreciar cuan esencial e importante es la claridad i precision en la redaccion de las leyes, i mucho más si se propusiese demostrar que la que tiene el honor de trascribir no puede ofrecer duda alguna en su ejecucion.

La Cámara de Senadores se promete, en consecuencia, que esta variacion, aunque importante, como no aliera lo sustancial del acuerdo, tendrá la respetable aprobacion de la de Diputados.

Artículo primero. Póngale en libertad i en el pleno goce de los derechos individuales que la Nación asegura a todo hombre, a los chilenos naturales que se hallen presos o detenidos por cualquiera de los movimientos políticos que han ajilado la República ántes de jurarse la Constitucion.

Art. 2.º Suspéndase en consecuencia la continuacion de las causas formadas con este motivo.

Art. 3.º La declaracion del artículo 1.º comprende a los chilenos prófugos o que sin formacion de causa o con ella, hayan sido desterrados del país o privados por cualquiera órden, devolver a él.

—El Presidente de la Cámara de Senadores al comunicarlo al de la de Diputados se complace en ofrecerle las consideraciones de su mayor aprecio i respeto. —Setiembre 29 de 1828. —Juan de Dios Vial del Río. —J. Domingo de Amunátegui, Pro-secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Diputados.


Núm. 57[editar]

La Comision de Policía interior en el acuerdo del Senado sobre retencion de sueldo al redactor i taquígrafo por la falta de publicacion de las sesiones, dice: que se les debe compeler a la satisfaccion de su compromiso del tenor siguiente:

Artículo primero. Cada semana publicarán tres sesiones.

Art. 2.º Si en alguna de ellas se notare que no han cumplido exactamente, se les suspende el sueldo.

Art. 3.º El taquígrafo queda bajo la inspeccion del redactor. —Setiembre 30 de 1828. —Campino. —Molina.


Núm. 53[editar]

Siendo el presente reclamo nacido de la misma Sala del Congreso, debe conocer de él; mas la Comision opina que la Sala para no entorpecer su digna marcha puede delegar su completa resolucion a las Comisiones de Justicia i Policía Interior. —Santiago, Setiembre 30 de 1828. —Dr. Orgera. —Palacios. —Villar —Sotomayor.


Núm. 59[editar]

La Comision de Justicia para dictaminar en la solicitud que antecede ha considerado:

  1. Que el Congreso reunido i la Cámara de Diputados han resuelto que este asunto debe considerarlo;
  2. que el Congreso por el artículo 46, parte 13, puede conceder indultos en casos estraordinarios, i no puede presentarse otro de esta clase, como el de nuestra rejeneracion política por la sancion de la Constitucion: así cree que debe sancionarse el decreto siguiente:

Artículo. Indúltase de la pena de muerte al reo criminal Cárlos Campos.

Art. 2.º Esta resolucion se toma por solo la consideracion de hallarse comprometido en Valparaíso el Congreso a tratar de este negocio; la cual será sin ejemplar, guardándose sucesivamente el artículo 134 de la Constitucion. —Santiago, Setiembre 30 de 1828. —Infante. —Argomedo. —Elizalde. —Marin.


Núm. 60[editar]

Señores de la Cámara de Representantes:

Juana Vargas ante S. E. con el mayor respeto digo: Que por espacio de cuatro meses carezco de la presencia de mi marido, llamado Pedro Valenzuela, único sosten mio i de una familia dilatada; éste se haya destinado al Presidio por un año, del que va corrido el término referido; su delito es solo la dacion de una leve herida, ya enteramente sana. En cuyo término mi indijencia ha sido i es estrema, e indudablemente me pondrá con mis seis hijos en los mas funestos resultados consiguientes de ella, si la benigna justificacion de S. E. no atiende los clamores de una infeliz mujer que toca ya las puertas de la necesidad, quien me obliga a dirijirlos, para que en atencion a ella i al mérito incomparable de estos dias en que principia Chile a disfrutar su verdadera independencia, debida a la actual Constitucion, se digne S. E. dando por juzgado tan leve delito con la prision padecida, ordenar su libertad o al ménos la rebaja de cinco o seis meses por tan poderosas causas. Esto al público no daña i a nosotros aprovecha en tanto grado: Por tanto,

Suplico a la superioridad i benignidad de tan respetable Sala así lo provea i mande, siendo justicia i gracia que espero. —Juana Vargas.


Núm. 61[editar]

El Congreso Jeneral ha sancionado la lei siguiente:

Artìculo primero Póngase en libertad i en el pleno goce de los derechos individuales que la Nacion asegura a todo hombre, a los chilenos naturales que se hallen presos o detenidos por cualquiera de los movimientos políticos que han ajitado la República ántes de jurarse la Constitucion.

Art. 2.º Suspéndase, en consecuencia, la continuacion de las causas formadas con este motivo.

Art. 3.º La declaracion del artículo 1.º com prende a los chilenos prófugos o que sin formación de causa o con ella, hayan sido desterrados del país o privados por cualquiera órden de volver a él.—

—El Presidente de la Cámara de Diputados, que tomó la iniciativa, tiene la honra de comunicarlo al señor Vice-Presidente de la República i de saludarle con las consideraciones de su mayor aprecio. —Santiago, Setiembre 30 de 1828. —FERNANDO ELIZALDE. —Ignacio Molina, Diputado Secretario. —Al Poder Ejecutivo, por haber sancionado esta Cámara una Lei de Olvido.

Núm. 61[editar]


Núm. 62[editar]

Cuando la Cámara de Diputados halle por conveniente trasladarse a la sala de actuaciones, que según noticia del comisionado, está ya concluida i preparada, tendrá V. S. la bondad de entregar a la Suprema Corte de Justicia la que aquélla deja, sirviéndose hacer lo mismo por medio de un inventario respecto de los muebles i demás útiles que le queden. —Santiago, 29 de Setiembre de 1828. —Dios guarde a V. S. muchos años. —Cárlos Rodríguez. —Al Secretario de la Cámara de Diputados.

Setiembre 30 de 1828. —Acúsese recibo i archívese. —Molina.


Núm. 63[editar]

Aunque la Cámara de Diputados se ha trasladado ya a la sala de actuaciones que le estaba preparada, no es posible, sin embargo, verificar en el dia la entrega de la que ha dejado por estar todavía ocupadas las oficinas de secretaría que tambien seria preciso entregar.

Aun no se han dispuesto las que deben servir en el nuevo local designado, i así es indispensable conservar las antiguas hasta tanto que aquellas estén concluidas.

Lo que espongo a V. S. en contestación a su apreciable nota fecha 29 del próximo pasado Setiembre saludándole con las consideraciones de mi mayor aprecio. —Santiago, Octubre 1.º de 1828. —Ignacio Molina, Diputado-Secretario. —Al señor Ministro del Interior.