Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1828/Sesión de la Cámara de Senadores, en 24 de setiembre de 1828
CONGRESO CONSTITUYENTE SESION 11.ª, EN 24 DE SETIEMBRE DE 1828 PRESIDENCIA DE DON JUAN DE DIOS VIAL DEL RIO SUMARIO.—Asistencia. —Aprobación del acta de la sesión precedente, prévia una supresión. —Cuenta. —Inconstitucionalidad del acuerdo que declara vijentes unas leyes penales. —Oficio de recibo del Gobierno. —Consulta sobre la elección de gobernadores locales. —Proyecto de lei de olvido. —Medallas para los senadores. —Indulto del capitan Briceño. —Asientos en la barra para los diputados. —Mociones relativas a los senadores inasistentes. —Consulta sobre la elección de gobernadores locales. —Acta. —Anexos. CUENTA[editar]Se da cuenta:
ACUERDOS[editar]Se acuerda:
ACTA[editar]Se abrió con los señores Albano, Calderón, Fernández, Gormaz, González, Guerrero, Lira, Novoa, Prado, Prieto, Sánchez, Recabárren, Vial i Vicuña. Se leyó el acta de la sesión anterior i habiéndose observado que la esposicion del voto de los señores Calderón i Fernández estaba fundada contra lo dispuesto en el reglamento, se mandó suprimir i que la presentasen redactada en otros términos. Se observó también por el señor Fernández que el acuerdo para que obliguen a los señores senadores las leyes penales dictadas por el Congreso para la asistencia de sus miembros, era contrario a la Constitución, i por consiguiente que el acta no debia aprobarse: se puso en votacion i resultó estar conforme a lo dispuesto i que el señor senador presentase su indicación por escrito. Se dió cuenta de dos comunicaciones del Poder Ejecutivo: La 1.ª acusando recibo del acuerdo sobre gratificación de los escribientes del redactor i taquígrafo del Congreso. Se mandó archivar. La 2.ª acompañando una consulta del Intendente de Santiago sobre si las Municipalidades actuales están en el caso de proceder a elejir gobernadores locales, o se reservaría para los cabildos constitucionales. Se mandó a la Comi-sion de Lejislacion. Se leyó despues una nota del Presidente de la Cámara de Diputados trascribiendo una lei de olvido. Se mandó a la Comision de Gobierno. Dió cuenta el Secretario haber recibido una nota del Ministro del Interior remitiéndole diez i seis medallas para que se repartiesen a los señores senadores. Últimamente se leyó el dictámen de la Comision de Gobierno sobre el indulto del capitan Briceño; se contrajo la Sala a este asunto, i declarado suficientemente discutido, se concedió en los términos propuestos por el Poder Ejecutivo. A segunda hora se determinó que se pusiesen asientos dentro de la barra para los miembros de la Cámara de Diputados que asistan a las sesiones. Se leyeron despues dos mociones del señor ▼Fernández: la primera, para que se derogue la resolución de la Sala sobre inasistencia de sus miembros; la segunda, sobre la conducta que deba observarse con los inasistentes. Ambas se mandaron pasar a la Comision de Gobierno. Igualmente se leyó el dictámen de esta Comision sobre la consulta del Intendente de Santiago, de que se ha hecho mérito al principio, i habiendo principiado a discutirlo, quedó sin resolverse por ser la hora avanzada i haberse levantado la sesión. —Juan de Dios Vial del Rio. —J. Domingo de Amunátegui, Pro-Secretario. ANEXOS[editar]Núm. 393[editar]▼El ▼Vice-Presidente de la República, ha recibido la honorable comunicación, fecha 19 del actual, número 16, del señor Presidente de la Cámara de Senadores i en su consecuencia, ha ▼mandado tomar razón donde corresponde de la resolución que contiene, para su cumplimiento. El ▼Vice-Presidente de la República tiene la honra de espresar su adhesión i aprecio al señor Presidente de la Cámara de Senadores. —Santiago, Setiembre 22 de 1828. —▼F. A. Pinto. -▼ Francisco Ruiz Tagle. —Al señor Presidente de la Cámara de Senadores. Núm. 394[editar]▼El Gobierno tiene el honor de elevar al conocimiento de la Cámara de Senadores la nota del ▼Intendente de Santiago, que en copia le acompaña, reiterándole con este motivo los sentimientos de su adhesión i respeto. —Santiago, 23 de Setiembre de 1828. —▼F. A. Pinto. —▼Cárlos Rodríguez. —A la Cámara de Senadores. Núm. 395[editar]▼Cuando felizmente ha llegado el dia venturoso en que nos vemos constituidos i en aptitud por consiguiente de disfrutar de los inapreciables bienes que nos presenta el Código político que acaba de jurarse en esta capital, nada parece mas conforme con los deberes del funcionario público, que el propender i contribuir con el mayor entusiasmo a su exacta observancia. En el artículo 118 se previene que en la ciudad o villa que tenga ▼municipalidad, debe haber un ▼gobernador local electo por ella misma. Ignoro si esta parte deberá tener desde ahora su cumplimiento o si se reserva para cuando aquélla se nombre constitucionalmente. Al consultarlo a V. S., para que se sirva ponerlo en consideración de S. E. el ▼Vice-Presidente de la República, solo me impulsa el deseo de cumplir con las obligaciones de mi cargo. Acepte V. S. los sentimientos de mi mayor aprecio. Santiago, Setiembre 22 de 1828. —J. Santiago Luco. —Señor Ministro del Interior. Núm. 396[editar]▼Por encargo de S. E. el ▼Vice-Presidente de la República, tengo el honer de acompañar a V. S diez i seis medallas de las que se mandaron acuñar con el objeto de perpetuar la memoria del dia en que fué promulgada i jurada la ▼Constitución política de la República, para que se sirva distribuirlas entre los individuos que componen esa Cámara. Santiago, Setiembre 23 de 1828. —Dios guarde a V. S. muchos años. —▼Cárlos Rodríguez. —Señor Secretario de la Cámara de Senadores. Núm. 397[editar]▼La Cámara de Diputados ha aprobado el siguiente proyecto de lei: ▼Artículo único. —Queda desde esta fecha sancionada una lei de olvido, la mas estensa i jeneral para todos los comprendidos en movimientos. causas de revolución i partidos; de hecho en virtud solo de esta lei. Al comunicarlo al señor Presidente de la Cámara de Senadores, el que suscribe lo saluda con las consideraciones de su mayor aprecio. —Cámara de Diputados. —Santiago, 19 de Setiembre de 1828. —▼FERNANDO L. ELIZALDE . —▼ Ignacio Molina, Diputado Secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Senadores. Núm. 398[editar]▼Considerando:
Se decreta: Artículo único. Queda derogada la resolución sobre inasistencia de senadores sancionada en 22 del corriente. —Santiago, Setiembre 24 de 1828. —▼ Francisco Fernández. Núm. 399[editar]▼Considerando:
Artículo primero. Ningún ▼senador podrá escusarse de la asistencia a las sesiones ordinarias i estraordinarias que se acuerden, por otra causa que la de enfermedad. Art. 2.º Los que se hallaren en el caso del artículo anterior, darán oportuno aviso al Presidente de la Sala, quien dará cuenta a ella; Art. 3.º Los que sin la causa del artículo 1.º dejen de asistir, reconvenidos que sean dos veces por el Presidente, sufrirán la pena que la Sala acuerde, según el caso i circunstancias. —Santiago, Setiembre 24 de 1828. —▼ F. Fernández. Núm. 400[editar]▼La Comision de Gobierno, con fecha de este dia, encargada de abrir dictámen sobre la presente solicitud dice: no halla inconveniente en que se acceda a ella, en los mismos términos que la propone el Poder Ejecutivo, pues las razones en que se funda tienen igual importancia en el servicio de la Comision. —▼Casimiro Albano. —▼Joaquin Prieto. —▼Francisco Calderón. —▼ P. Montaner. '' Núm. 401[editar]▼La Comision de Lejislacion opina que correspondiendo la elección de gobernadores a las municipalidades constitucionalmente electas, i no siéndolo la que actualmente funciona en Santiago, no se halla aun en el caso de elejir. —Sala de sesión, Setiembre 24 de 1828. —▼Francisco R. Vicuña. —M. A. González. —▼J. M. Novoa. —▼ P. Lira . |