Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1828/Sesión del Congreso Constituyente, en 24 de julio de 1828 (1)

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Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1828)
Sesión del Congreso Constituyente, en 24 de julio de 1828 (1)
CONGRESO CONSTITUYENTE
SESION 87.ª, EN 24 DE JULIO DE 1828
PRESIDENCIA DE DON MANUEL NOVOA


SUMARIO. —Asistencia. —Aprobación del acta de la sesión precedente. —Cuenta. —Mociones de los señores Argo medo i Navarro sobre la Constitución i sobre premio a los defensores del órden. — Indulto a los sublevados. —Id. a un reo. —Mocion del señor Orihuela relativa a la Constitución. —Oficio de contestación del Gobernador de Valparaíso. —Inciso 2.º del artículo 114 del proyecto de Constitución. —Tabla. —Acta. —Anexos.

CUENTA[editar]

Se da cuenta:


  1. De un oficio con que el Excmo. Vice-Presidente de la República acompaña una solicitud de indulto entablada por los amotinados i pide que el Congreso apruebe el que les ha otorgado el Gobierno. (Anexos núms. 261 i 262. V. sesiones del 11 de Marzo i 22 de Julio de 1828.)
  2. De otro oficio en que el señor Ministro del Interior avisa haber recibido ciertas comunicaciones i paquetes de proclamas del Congreso. (Anexo núm. 263. V. sesión del 19.)
  3. De una mocion de don Julián Navarro.
  4. De otra mocion de don José Tomas Argomedo, quien propone se decrete un ascenso a los defensores del órden en el último combate de Maipú. (Anexo núm. 264. V. sesión del 22.)
  5. De otra mocion del señor Orihuela, quien propone se estatuya que en el receso de las Asambleas provinciales quede una comision permanente compuesta de tres individuos. (Anexo núm. 263. V. sesión del 11 de Julio de 1826.)
  6. ° De una nota del Gobernador de la plaza, quien avisa haber recibido aquella por la cual se le autoriza para tomar de las tesorerías la suma de 20,000 pesos o para levantar un empréstito igual, en subsidio. (Anexo núm. 266. V. sesión del 19.)

ACUERDOS[editar]

Se acuerda:

  1. Que la Comision de Constitución dictamine sobre la mocion del señor Navarro.
  2. Que la Comision militar dictamine sobre la mocion del señor Argomedo.
  3. Aprobar el indulto otorgado por el Gobierno a los sublevados. (Anexo número 267. V. sesiones del 23 i del 31 de Julio i C. de SS. en 3 de Setiembre de 1828.)
  4. Que la Comision de Constitución dic tamine sobre la mocion del señor Orihuela. (V. sesión del 2 bis de Agosto de 1828.)
  5. Archivar la contestación del Gobernador de Valparaíso.
  6. Reformar el inciso 2.º del artículo 114 del proyecto de Constitución, i que los autores de las varias indicaciones relativas a él las presenten por escrito. (V. sesiones del 23 i el 24 bis.)

ACTA[editar]

Se abrió con los señores Albano, Argüelles, Araos, Argomedo, Bilbao, Calderón, Campino, Collao, Concha, Cortes, Castillo, Elizalde, Echeverría, Fernández, Gormaz, Guerrero, Larrain, Lira, Molina, Marin don Ventura, Novoa don Manuel, Novoa don José Maria, Navarro, Orjera, Orihuela, Prado, Prieto, Palacios, Sotomayor, Vicuña, Valdés, Vial i Ureta.

Faltaron con licencia los señores Urízar, Sánchez, Bárros, González, Marin don Gaspar.

Aprobada el acta de la sesión anterior, se leyeron dos mociones, una del señor Navarro i otra del señor Argomedo: la 1.ª se reducía a proponer varios artículos para facilitar la aceptación de la Constitución, i se mandó a la Comision de Constitución.

La otra se contraía a que se diese un premio militar a los ciudadanos que habian sostenido el órden i a las autoridades en la última jornada de Maipú: se mandó a la Comision militar.

Se leyó en seguida la nota del Poder Ejecutivo por la que comunicaba el indulto que habia concedido a los sublevados i pedia la aprobación: despues de un largo debate se sancionó la contestación siguiente: —"El Congreso Nacional, no obstante la gravedad del crimen de los amotinados, en consideración solo a la protesta que S. E. el Vice Presidente de la República le hace de recibir la aprobación del indulto que les ha acordado como una gracia, la cual pide corno la mas preciosa recompensa de los servicios que ha hecho en la crisis pasada por sostener la dignidad de la Nación i el imperio de las leyes, la ha acordado en sesión de hoi en los mismos términos."

El señor Lira hizo indicación para que se indultase a un reo que estaba sentenciado a pena de muerte: se votó la siguiente proposicion: "¿Se toma ahora en consideración la indicación del señor Lira o nó?" Tomada votacion, resulta empate. El señor Lira entonces se conformó con presentarla por escrito.

En segunda hora se leyó una mocion del señor Orihuela para que se agregase un artículo al capítulo 10 del proyecto: se mandó a la Comision de Constitución.

Se dió cuenta en seguida de una contestación del Gobernador de la plaza relativa a la autorización que por secretaría se le comunicó sobre que levantase un empréstito de 20,000 pesos; se mandó archivar.

Se leyó, por último, la parte segunda del artículo 114 que habia quedado para segunda discusión: despues de un largo debate, se resolvió debia reformarse, i siendo la hora avanzada i habiéndose hecho muchas indicaciones, quedó acordado que las presentasen por escrito en la próxima sesión estraordinaria de la noche en la que se considerarían.

Se levantó la sesión, debiendo en la próxima continuar la discusión del proyecto. —M . Novoa. —Bruno Larrain.


ANEXOS[editar]

Núm. 261[editar]

El Vice-Presidente de la República, tiene la honra de participar al Congreso Nacional que en virtud de la petición que le ha sido dirijida por las tropas amotinadas acuarteladas en la maestranza, i convencido por informes privados i seguros de la sinceridad de los sentimientos espresados en dicha demanda, cuya copia va adjunta, ha pasado hoi personalmente sin mas acompañamiento que sus edecanes, a dicho cuartel. Allí tuvo nuevas ocasiones de observar que las tropas están realmente poseídas de la enormidad de la falta que han cometido i un justo aborrecimiento a los instrumentos de discordia que les ha hecho infrinjir el mas santo de los deberes i de un ardiente deseo de reparar su estravio, consagrando de nuevo sus armas al servicio de la patria ofendida.

En estas circunstancias, el Vice Presidente, no pudiendo resistir los impulsos de su corazon i creyendo obrar en armonía con la jenerosidad de la Nación chilena i del Congreso que la representa, ha concedido a estos infelices el perdon que solicitan, iucluyendo en él a las personas que han seguido la división amotinada desde San Fernando hasta la capital. El Vice Presidente espera que el Congreso Nacional se digne sellar con su aprobación este indulto i le protesta que recibirá esta gracia como la mas preciosa recompensa de los débiles esfuerzos con que en el pasado conflicto ha procurado sostener la dignidad de la Nación i el imperio de las leyes.

Interin llega la Soberana resolución del Congreso, el Gobierno ha tomado las medidas mas prudentes i eficaces para que esta induljencía no comprometa en manera alguna el órden público ni estimule a nuevos desvarios i trastornos.

El Vice Presidente de la República felicita al Congreso Nacional por las ocurrencias de que la capital acaba de ser teatro; pues ellas han hecho en pocos dias lo que solo podría esperarse del tiempo i de los desengaños: todos los partidos se han fundido en el unánime sentimiento del civismo mas puro i mas acendrado. Solo reina el convencimiento mas profundo de la necesidad de sostener el órden legal; solo se oyen las espresiones de un deseo vehemente de que se consolide este feliz órden de cosas por medio de la Constitución que el Congreso ha prometido a los pueblos.

El Vice-Presidente de la República tiene el honor de saludar al Congreso Nacional con los sentimientos de su respetuosa consideración.

Santiago, Julio 22 de 1828. —F. A. Pinto. Cárlos Rodríguez. —Al Congreso Nacional.


Núm. 262[editar]

Excmo. Señor [1]

El batallón Maipú i el rejimiento de Dragones, conociendo la enorme falta que han cometido, se arrepienten sinceramente de ella i penetrados de dolor ocurren a la paternal piedad de V. E. implorando el perdón. Si V. E. recuerda los heróicos servicios que han prestado a la patria, la miseria de que se han visto rodeados, i la situación política del pais, que es casi imposible evitar que afecte a las tropas, no trepidará en concederlo í en acojer benigno a unos hijos estraviados que vuelvan a su deber. Estas tropas esperan con ansia las órdenes de V. E . i le suplican las destine a donde puedan manifestar la sinceridad de su arrepentimiento i prestar importantes servicios que borren hasta la memoria de lo ocurrido. Entonces V. E. se complacerá de haber sido jeneroso i hará nacer de un mal muchos males inestimables que van a cerrar para siempre la revolución. La Constitución que va a darse por el Soberano Congreso consolidará eternamente el órden.

Los jefes que suscriben esperan confiadamente en V. E., i le protestan sus sentimientos de sumisión i respeto. —Santiago, 22 de Julio de 1828. —José Antonio Vidaurre. —Daniel Casson. —Excmo. señor Vice-Presidente de la República.

ORDEN DEL DÍA

Habiéndose puesto a las órdenes del Gobierno el batallón Maipú i el rejimiento de Dragones, i habiéndose manifestado con toda sumisión i respeto su arrepentimiento, i protestado solemnemente su obedecimiento, i deseando evitar nuevas desgracias al pueblo i a las tropas que tantas veces han cubierto de gloria a la patria, ha acordado i decreta:

Artículo primero. —Se indulta plenamente al batallón Maipú i al rejimiento de Dragones. Ningún individuo de ellos será castigado por su conducta observada en el movimiento de San Fernando i demás incidencias ocurridas hasta el dia.

Art. 2.º —Dicho batallón i rejimiento serán ajustados de sus haberes, i con sus alcances se satisfarán las deudas que hayan contraído en su tránsito de San Fernando a Santiago.

Art. 3.º —Miéntras se pide la aprobación de este indulto al Congreso, se mantendrán dichos cuerpos en el cuartel que hoi ocupan; pero estarán prontos para marchar a los destinos que se les señalarán.

Art. 4.º —Las milicias que les han acompañado desde San Fernando, estarán igualmente prontas para volverse luego que se les auxilie.


Art. 5.º Los oficiales i tropas de otros cuerpos que se hayan incorporado a esta división son comprendidos en este indulto, como igualmente lo son don Pedro Urriola i los demás vecinos que han seguido la división desde San Fernando a esta capital, los que quedan libres para volver a sus casas o dejar el pais.


Art. 6.º —Cualquier otro movimiento militar que pudiese ocurrir en lo sucesivo, será irremisiblemente castigado con todo el rigor de las leyes.

Penetrado el Gobierno, por la activa cooperacion que le ha prestado el heróico pueblo de Santiago, que este será el último que cierre la revolución, por esto solo ha oido los impulsos de su corazon paternal para conceder este indulto. —Palacio de Gobierno, Santiago, 22 de Julio de 1828 — Pinto. —Obejero.

El Congreso aprobó el anterior indulto en los mismos términos en que está concebido.


Núm. 263[editar]

Tengo el honor de acusarme recibido de los once paquetes de proclamas i oficios que la Representación Nacional tuvo a bien resolver se publiquen, i V. me comunica en nota de ayer a que contesto; poniendo en su conocimiento que he dispuesto se circulen inmediatamente. Saludo a V. con Jas consideraciones de mi particular apreeio. Cárlos Rodríguez. —Al secretario del Congreso Nacional, D. Bruno Larrain.


Núm. 264[editar]

Señor

La virtud debe ser premiada, i si un ciudadano se sacrifica por la felicidad de su patria toca a ésta compensarle de sus servicios i a vuestra Soberanía estimular a los defensores de la />libertad, a los sostenedores de las leyes, de las autoridades i el órden. Los />ciudadanos que obligaron la gratí- tud pública en el Maipú el 18 del corriente se han distinguido en valor, en probidad i virtudes. Luchando con sus descarriados hermanos han tenido que vencer sus sentimientos fraternales i hacerse en todo superiores a sí mismos. Emplear un hombre sus fuerzas combatiendo con sus propios hermanos, es ponerle en el conflicto de que muera o haga morir a los suyos. Cuando se ataca a un enemigo esterior se exijen menos sacrificios. Por eso la Nación queda en aquella vez mas obligada i este es el caso en que el diputado que suscribe suplica a vuestra Soberanía la sanción del siguiente proyecto de

DECRETO

Artículo único. —La Nación premia con un grado militar a los ciudadanos que, a juicio del Vice-Presidente de la República, se hayan distinguido por la defensa del órden en la funesta jornada de 18 del corriente en los llanos del Maipú.

Cuando en concepto del que suscribe vuestra Soberanía va a consagrar este justo homenaje al nuevo mérito que ha contraído el Vice-Presidente de la República, i cuando este digno jefe ha decretado un auxilio en favor de los deudos que han dejado las victimas de tan triste contienda, es oportunidad que se premie a los que sobrevivieron i han sostenido el decoro de las autoridades i el imperio de las leyes. Vuestra Soberanía no se detenga en manifestar su reconocimiento i dignidad, así serán mas felices sus trabajos. —Valparaíso, 23 de Julio de 1828. José Tomás Argomedo. —A la Comision de Guerra.


Núm. 265[editar]

El que suscribe, considerando que la inmensa distancia de algunas provincias a la capital de la República inutiliza el fin de la Comision permanente del Senado con respecto a ellas; que las Asambleas provinciales en su receso tampoco pueden llenar el mas interesante objeto de su institución, que es velar sobre la subsistencia de la lei fundamental, somete a la deliberación del Congreso el siguiente artículo adicional al capítulo 10 del proyecto:

"En el receso de las Asambleas provinciales quedará una comision compuesta de tres individuos de su seno, electos a pluralidad de sufrajios, que subrogue a su respectiva Asamblea en las funciones que le encargúela lei i la convoque en los casos de ella. La misma Comision dirijirá a la permanente nacional las acusaciones contra el Intendente i Gobernadores por la infracción de toda clase de garantías. —Valparaíso, 23 de Julio de 1828. Francisco de B. Orihuela.


Núm. 266[editar]

He recibido la nota del señor secretario del Congreso Nacional en que me trascribe el acuerdo de hoi autorizándome para tomar veinte mil pesos de las tesorerías en que haya dinero, o levantar un empréstito de esta cantidad para los fines que se me indican; lo que tendrá el mas puntual cumplimiento.

Reitero al señor secretario las espresiones de mi mas sincera estimación. Francisco De la Lastra. —Señor secretario del Soberano Congreso Nacional.


Núm. 267[editar]

El Congreso Nacional, no obstante la gravedad del crimen de los amotinados, en consideración solo a la protesta que S. E. el Vice-Presidente de la República le hace de recibir la aprobación del indulto que les ha otorgado como una gracia, i la cual pide como la mas preciosa recompensa de los servicios que ha hecho en la crisis pasada por sostener la dignidad de la Nación i el imperio de las leyes, la ha acordado, en sesión de hoi, en los mismos términos.

El Presidente de la Sala reitera a S. E. el Vice-Presidente déla República los sentimientos de su alto aprecio i respeto. —Valparaíso, Julio 24 de 1828. —Al Excmo. señor Vice Presidente de la República.


  1. Este documento ha sido tomado del tomo I, 1827-1828 de El Mercurio de Valparaíso, del 26 de Julio de 1828. —(Nota del Recopilador.)