Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1828/Sesión del Congreso Constituyente, en 25 de abril de 1828

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Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1828)
Sesión del Congreso Constituyente, en 25 de abril de 1828
CONGRESO CONSTITUYENTE
SESION 30ª, EN 25 DE ABRIL DE 1828
PRESIDENCIA DE DON JOSÉ MARÍA NOVOA


SUMARIO. —Asistencia. —Aprobacion del acta de la sesion precedente. —Cuenta. —Retractacion de un voto del señor Orjera. —Certificado pedido por el señor Infante i otros. —Dictámenes sobre las renuncias de varios Diputados. —Proyecto relativo a la eleccion i a la comparecencia de los Diputados en Valparaiso. —Renovacion de la mesa. —Escusa del señor Infante para no servir la presidencia. —Emplazamiento al comandante de armas de Aconcagua para presentar ciertos datos. —Provísion de las canonjías vacantes. —Dictámen sobre los gastos de la Asamblea de Aconcagua. —Viático a los Diputados. —Mocion del señor Pradel sobre escluir de los empleos públicos a ciertos estranjeros. —Tabla. —Acta. —Anexos.

CUENTA[editar]

Se da cuenta:

  1. De un oficio con que el Excmo. Vice-Presidente de la República acompaña una representacion entablada por el cabildo eclesiástico en demanda de que se provea la canonjía majistral. (Anexos núms. 533 i 534. V. sesiones del 9 de Febrero i 3 de Marzo de 1827.)
  2. De un proyecto de lei de la comision de poderes, la que propone que se fije plazo a los pueblos para elejir sus Diputados i pena a los representantes que no se encuentren en Valparaiso el 15 de Mayo. (Anexo núm. 535.)
  3. De otro proyecto de la comision de Constitucion, la cual propone se asigne una sobredieta a los Diputados que se han de trasladar a Valparaiso. (Anexo núm. 536. V. sesion del 23.)
  4. De un informe de la comision de poderes sobre la renuncia del señor Renjifo; la comision propone que no se acepte dicha renuncia. (Anexo núm. 537. V. sesion del 23.)
  5. De otro informe de la misma comision sobre la renuncia del señor Vial del Rio; la comision opina tambien que dicha renuncia no se debe aceptar. (Anexo número 538. V. sesion del 23.)
  6. De otro informe de la misma comision sobre la renuncia del señor Solar; la comision opina que se debe aceptar dicha renuncia. (Anexo núm. 539 V. sesion del 14.)
  7. De otro informe de la comision de hacienda sobre la demanda de recursos hecha por la Asamblea de Aconcagua para sufragar sus gastos; la comision opina que dichos gastos deben ser abonados. (Anexo núm. 540. V. sesion del 18.)

ACUERDOS[editar]

Se acuerda:

  1. Hacer constar en el acta que el señor Orjera se retracta del voto que dió a favor de la traslacion del Congreso a Valparaiso.
  2. Que se dé a los señores Infante, Magallánes, Calderon i Valdés un certificado de sus votos, contrarios a la traslacion del Congreso.
  3. Tomar en consideracion oportunamente los dictámenes relativos a las renuncias de los señores Renjifo, Vial del Rio i Solar. (V. sesiones del 29 i del 30.)
  4. Discutir preferentemente en la próxima sesion el proyecto que fija plazo a ciertos pueblos para elejir sus Diputados i pena a los Diputados que no concurran a Valparaiso. (V. sesion del 28.)
  5. Elejir para Presidente del Congreso a don José Miguel Infante; para Vice-Presidente a don Joaquin Prieto. (Anexo número 541. V. sesiones del 9 i el 28.)
  6. Que el señor Infante presente en forma la escusa que alega para no aceptar la presidencia, cual es, la do considerarse implicado por las imputaciones del señor López, comandante de armas de Aconcagua. (V sesion del 14.)
  7. Oficiar al Gobierno encargándole emplace al comandante de armas de Aconcagua para que remita los comprobantes de las imputaciones que ha hecho a los señores Infante i Campino. (Anexo núm. 542. V. sesiones del 14 i el 30.)
  8. Despues de una larga discusion a primera i segunda hora, dejar pendiente la del proyecto del señor Pradel que escluye a ciertos estranjeros de los empleos públicos. (V. sesiones del 23 de Abril, 19 de Junio de 1828 i 18 de Marzo de 2829.)
  9. Que la comision eclesiástica informe sobre la autorizacion pedida por el Gobierno para proveer algunas de las canonjías vacante, (V. sesion del 28.)
  10. Considerar en el órden correspondiente el dictámen de la comision de hacienda sobre el abono de los gastos de la Asamblea de Aconcagua. (V. sesion del 28.)
  11. Tratar preferentemente en la próxima sesion el proyecto que asigna una sobredieta a los Diputados durante su estadía en Valparaiso. (V. sesion del 29.)

ACTA[editar]

Se abrió con los señores: Aráos, Argüelles, Barros, Bilbao, Castillo, Campino, Concha, Calderon, Collao, Elizalde, Fernández, González don Juan Antonio, Guerrero, Infante, Larrain, Magallánes, Molina, Muñoz, Navarro, Novoa don José María, Orjera, Palacios, Pradel, Prado, Prieto, Recabárren, Réyes, Vicuña, Valdés, Urízar i Ureta.

Faltaron con licencia los señores Orihuela, Novoa don Manuel. Sin ella los señores Albano, Elizondo i González don Vicente.

Aprobada el acta de la sesion anterior, hizo presente el señor Orjera que habiendo votado porque el Congreso se trasladase a Valparaiso, retractaba su voto del modo mas solemne, i se acordó que se pusiese en la acta.

El señor Infante, Magallánes, Calderon i Valdés, pidieron se le diese un certificado por el que constase terminantemente que habian sufragado en contra del proyecto de traslacion.

Se leyeron en seguida los dictámenes de la comision de poderes acerca de la renuncia de los señores Renjifo, Vial i Solar relativo a que éste último se le admitiere, i a los otros dos primeros se les oficiase por secretada viniendo lo mas pronto a incorporarse a la Sala, no habiendo por consiguiente lugar a su renuncia.

Se acordó se tomarian en consideracion estos asuntos en su oportunidad.

La comision de poderes presentó un proyecto redactado en varios artículos sobre que se fijase término a varios pueblos, en el que precisamente debian verificar la elección de Diputados; penas para que estuviesen estos el quince del próximo mes en Valparaiso, etc., etc., i se acordó que se discutiera con preferencia en la próxima sesion.

El Secretario espuso que no habia mas de que dar cuenta: el Presidente en esta virtud anunció que esperaba el término de su presidencia i que por consiguiente, se procediese a la eleccion; la que efectuada con arreglo al reglamento, resultó electo para el primer cargo por 24 sufrajios el señor Infante, i para el segundo por 23 el señor Prieto. Los demas votos recayeron para Presidente cuatro en el señor Vicuña: dos en el señor Campino: uno en el señor Prieto: i para Vice el señor Magallánes: uno en el señor Elizalde: dos en el señor Prado: uno en el señor Campino i otro en el señor Tagle.

El señor Infante hizo presente que no podia admitir el cargo con que se le habia distinguido en razon de conceptuarse implicado a virtud de la nota del señor López i se acordó que ocupase el asiento, pudiendo, si gustaba, formalizar la renuncia.

Pidió en seguida el señor Campino que se oficiase al Poder Ejecutivo para que fijase un término al señor López en el que precisamente debia remitir los comprobantes de la imputacion que a él i al señor Infante les habia hecho, i quedó así acordado.

Se leyó la mocion del señor Pradel sobre estranjeros i el dictámen de la comision de Constitucion, puesta a discusion: no se resolvió cosa alguna en primera hora.

En segunda se leyó una nota del Poder Ejecutivo, acompañando otra del cabildo eclesiástico, i pidiendo que se le facultase para proveer las canonjías que estaban vacantes ántes de la lei de atribuciones. Se mandó a la comision eclesiástica.

Se dió cuenta en seguida del dictámen de la comision de hacienda sobre los gastos de la Asamblea de Aconcagua i se resolvió se consideraria este asunto en su caso.

Se leyó, por último, un proyecto de la comision de Constitucion sobre gratificaciones que a su juicio creia justas debian darse a los Diputados que tienen que trasladarse a Valparaiso, i calificado de urjente este asunto, se acordó que se tomaria en consideracion en la próxima sesion con la misma preferencia que el proyecto de la comision de poderes.

Se volvió por último a continuar la discusion de la mocion del señor Pradel i a pesar de un largo debate, no se resolvió por ser la hora avanzada i tener que sufrir dos discusiones con arreglo a reglamento.

Se levantó la sesion quedando en tabla los asuntos indicados. —Bruno Larrain.


ANEXOS[editar]

Núm. 533[editar]

El Gobierno ha meditado las razones en que funda el cabildo eclesiástico de la iglesia de Santiago la solicitud que tiene la honra de acompañar al Congreso Nacional, i pareciéndole bastante justa, i en consecuencia de la necesidad de auxiliar i protejer el culto que establece la relijion del país, cree de su deber recomendarla a la consideracion de la Sala para que ocupándose de ella, si lo tiene a bien, resuelva lo que fuere conveniente.

Con este motivo el Gobierno reitera al Congreso Nacional los sentimientos de su adhesion i respeto. —Santiago, 25 de Abril de 1828. —F. A. Pinto. —Cárlos Rodríguez. —Al Congreso Nacional.


Núm 534[editar]

El cabildo clesiástico tomando en consideracion los perjuicios que continuamente esperimenta el servicio de esta santa Iglesia Catedral con la falta de prebendados, ha resuelto hacer presente a V. S. los motivos que le impelen a esta representacion, para que la eleve al conocimiento del Excmo. Vice-Presidente.

Años ha que se hallan improvistas en gran parte las sillas de este coro inclusa la canonjía majistral que por su cargo de predicar los sermones designados no permite estar vacante sin perjuicio notable, pues ha acaecido repetidas veces no encontrarse sujeto que los predique; sucede mas, que de los pocos canónigos existentes, tres de ellos que se hallan ocupados en la Representacion Nacional tienen que ausentarse a la ciudad de Valparaiso por haberse decretado la traslacion del Congreso a dicha ciudad, con cuyo motivo es tanto mayor la falta de servicio en esta Iglesia que le es indispensable al cabildo, suplicar a S. E. por el conducto de V. S. que como patrono eclesiástico, como autoridad suprema encargada de la proteccion i decoro de la Iglesia, represente al Soberano Congreso la suspension del artículo de la lei de atribuciones del Gobierno a efecto de que se provea la canonjía majistral, fijándose los edictos respectivos i nombrándose entre tanto en calidad de interino al prebendado llamado por escala.

Dios guarde a V. S. muchos años. —Santiago, Abril 25 de 1828. —Jerónimo Isaac de Herrera. —Julian Navarro. —Diego Antonio Elizondo. —José Alejo Eyzaguirre. —Diego Gormaz. —Casimiro Albano. -José de Espinosa. —Pedro Nolasco Larraquibel. —Domingo A. Izquierdo.


Núm. 535[editar]

Considerando la comision de poderes: 1.º, que el no haber aun verificado las elecciones de Diputados algunos pueblos es una de las causas que impiden integrar la Representacion Nacional; 2.º, que las persistentes renuncias de los ya electos es otra de esas causas; 3.º que esas renuncias ponen al Congreso en la necesidad de ocuparse de ellas continuamente, distrayéndole así de sus primeras i urjentes atenciones; 4.º que ellas por lo regular o no son motivadas suficientemente o carecen de la prueba necesaria; 5.º, que es de presumirse se aumenten esas en razon de que algunos Diputados no quieran pasar al punto posteriormente designado para las sesiones; 6.º, que ninguna otra causa, sino la de enfermedad legalmente acreditada, puede ser bastante para negarse al cargo de representante; por estas consideraciones ha parecido a la comision indicada proponer a la Sala el siguiente


Proyecto de lei:

Artículo primero. Dentro del preciso término de un mes verificarán las elecciones de Diputados los pueblos que a esta fecha no lo hayan hecho.

Art. 2.º El cargo de Diputado no es renunciable por otra causa que la de enfermedad queimposibilite para ejercerlo, acreditándola de un modo legal.

Art. 3.º El representante que sin haber renunciado o en el caso de haberlo hecho no se le admitió, queda privado de la ciudadanía por el término de dos años, si a los dos requerimientos de la Sala, hechos por secretaría, no comparece a recibirse o a funcionar en el caso de estar ya incorporado.

Art. 4.º Quedan sujetos a la misma pena los Diputados que por otra causa que la espresada en el art. 2.º no estuviésen en Valparaiso el dia 15 del entrante a la apertura de las sesiones, i serán, en este caso, llamados inmediatamente los suplentes.

Art. 5.º En el caso de no reunirse mayoría el dia quince designado queda autorizada la minoría para imponer penas coercitivas a los Diputados i caso que no sean suficientes llamar a los suplentes.

Art. 6.º Comuníquese al Ejecutivo para su cumplimiento. —Santiago, Abril 24 de 1828. —Francisco R. Vicuña. —Joaquin Prieto. —M. de Santiago Concha.


Núm. 536[editar]

Si la traslacion de las sesiones a Valparaiso es una medida que la ha dictado la justicia i conveniencia jeneral, todo debe ceder la preferencia al cumplimiento de ella, mas, es preciso que en su ejecucion se remuevan los embarazos que puedan retardar su efecto o causar un grande perjuicio a los que han de ejecutarla. Podrá suceder que esto traiga males, pocos son los pasos importantes que no traen algunos, mas la prudencia dicta en este caso elejir el menor, i no habiendo cosa que pueda ponerse en balanza con la prontitud en espedir la carta constitucional, esos inconvenientes serán siempre de ménos consideracion, i vencerlos es un deber del Congreso para no arruinar a los que se van a consasagrar esclusivamente al interes nacional, con abandono de los que hacen su particular fortuna. Guiado de estos principios i de lo que ya en la Sala se ha indicado por algunos señores representantes, a este respecto, someto a su justificacion el siguiente


Proyecto de decreto:

Artículo primero. Se contribuirá a cada uno de los Diputados i oficiales de secretaría, cincuenta pesos mensuales por via de gratificacion de casa, Ínterin permanezca en Valparaiso.

Art. 2.º Esta gratificacion i la asignacion respectiva serán cubiertas por la aduana de Valparaiso u otra oficina pagadora, en sonante, precisamente el primero de cada mes.

Art. 3.º La importancia del presupuesto mensual se pasará a secretaría para que allí se verifiquen los pagos.

Art. 4.º Los Diputados, que a mas de su sueldo o dietas tengan actualmente algunas otras asignaciones particulares, gozarán de ellas durante su residencia en Valparaiso lo mismo que si estuviesen presentes.

Art. 5.º Se contribuirá igualmente en sonante lo devengado hasta 30 de Mayo, segun el presupuesto que haya pasado o pasase la secretaría.

Art. 6.º Las causas en que los Diputados sean partes o defensores se suspenderán por el término de tres meses, contados desde el 15 del entrante, salvo que las partes que dependan de la proteccion de alguno de ellos pida su continuacion.

Sala de sesiones, Abril 24 de 1828. —M. de Santiago Concha.



Núm. 537[editar]

La comision de poderes opina debe pasar a reunirse el Diputado don Manuel Renjifo i en consecuencia que debe sancionarse el siguiente artículo:

Llámese para la primera sesion al Diputado don Manuel Renjifo a efecto de que se incorpore en la Sala. —Francisco R. de Vicuña. —Joaquin Prieto. —M. de Santiago Concha.


Núm. 538[editar]

"La comision de poderes sobre la precedente nota del Diputado don Juan de Dios Vial del Rio dice: que la enfermedad representada por este señor no es habitual ni de aquellas que constituyen en imposibilidad de ejercer el cargo de representante i por ello opina se sancione el artículo siguiente:


Artículo único

Llámese al Diputado don Juan de Dios Vial del Rio para la primera sesión a efecto de que se incorpore. —Francisco R. de Vicuña. —Joaquin Prieto. —M. de Santiago Concha.


Núm. 539[editar]

La comision de poderes sobre la renuncia de don Miguel Solar dice: que aunque no se halla comprobada la enfermedad que motiva ésta, pero es constante por notoriedad i que esa misma causa ha impedido a ese señor ejercer otros cargos a que ha sido llamado, hallándose por lo mismo en el caso de enfermo habitual; en su virtud parece deben sancionarse los siguientes:

  1. Se admite la renuncia a don José Miguel Solar.
  2. Llámese al suplente a la mayor brevedad. —Santiago, Abril 24 de 1828. —Joaquin Prieto. —Francisco R. de Vicuña. —M. de Santiago Concha.

Núm. 540[editar]

La comision de hacienda opina deben abonarse los gastos que demanda la Asamblea de Aconcagua; sobre todo el Congreso determinará lo que fuese de su agrado. -Santiago, Abril 25 de 1828. -Santiago Muñoz de Bezanilla. —José Miguel Infante. —Fernando A. Elizalde. —Miguel Collao. —José Antonio Valdés.


Núm. 541[editar]

El Congreso Nacional ha nombrado en la sesion de hoi de Presidente de la Sala al señor don José Miguel Infante i de Vice-Presidente al señor don Joaquin Prieto.

El que suscribe tiene la honra de ponerlo en conocimiento de S. E. el Vice-Presidente de la República, asegurándole los sentimientos de su distinguido aprecio. —Santiago, Abril 25 de 1828. —Al Excmo. señor Vice-Presidente de la República.


Núm. 542[editar]

El Congreso Nacional ha acordado se oficie al Poder Ejecutivo para que emplace al comandante de armas de la provincia de Aconcagua a fin de que acelere cuanto ántes los antecedentes que se pidieron sobre los autores de aquella revolucion, para tomar un conocimiento de su resultado a la mayor brevedad.

El Vice-Presidente de la Sala al comunicarlo a S. E. el Vice-Presidente de la República se complace en saludarle con su mayor afecto i consideracion. -Santiago, Abril 28 de 1828 —Al Excmo. señor Vice-Presidente de la República.