Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1828/Sesión del Congreso Constituyente, en 29 de julio de 1828 (2)

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Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1828)
Sesión del Congreso Constituyente, en 29 de julio de 1828 (2)
CONGRESO CONSTITUYENTE
SESION 93.ª ESTRAORDINARIA, EN 29 BIS DE JULIO DE 1828
PRESIDENCIA DE DON MANUEL NOVOA


SUMARIO. —Asistencia. —Mocion del señor Larrain en reemplazo del artículo 96 del proyecto de Constitución. —Mociones del señor Vial en reemplazo del inciso 10 del artículo 95 i en reemplazo del artículo 98. —Id. de señor Orjera. —Acta. —Anexos.

CUENTA[editar]

Se da cuenta:

  1. De un dictámen de la Comision de Constitución sobre el recurso de súplica propuesto por el señor Larrain; la Comision opina por que se apruebe la mocion. (Anexo número 284. V. sesión del 17.)
  2. De otro dictámen de la misma Comision sobre la indicación hecha por el señor Vial del Rio para que se establezcan juzgados de paz. (Anexo núm. 283. V. sesión del 18.)
  3. De otro dictámen de la misma Comision sobre la atribución que el mismo señor Vial del Rio propone dar a la Corte Suprema; la Comision aprueba la indicación lijeramente modiñcada. (Anexo núm. 286. V. sesión del 18.)
  4. De otro dictámen de la misma Comision sobre la indicación del señor Vicuña relativa a ayorazgos; la Comision propone la aprobación. (Anexo núm. 287. V. sesión precedente i C. de SS. en 2 de Julio de 1832.)

ACUERDOS[editar]

Se acuerda:

  1. Aprobar en la forma que en el acta consta el artículo propuesto por el señor Larrain en reemplazo del 96 del proyecto de Constitución i relativo al recurso de súplica. (V. sesiones del 29 i el jo de Julio i C. de SS. en 1º de Setiembre de 1828.)
  2. Aprobar igualmente en la forma que en el acta consta el inciso 10 del artículo 95 i el artículo 98, propuestos por el señor Vial. (V. sesiones del 29 i el 30.)
  3. Dejar pendiente la discusión de los artículos propuestos por el señor Orjera.

ACTA[editar]

Se abrió con los señores Albano, Argomedo, Argúelles, Arios, Bilbao, Calderón, Collao, Concha, Cortes, Fernández, Gormaz, Guerrero, Larrain, Lira, Muñoz, Marin don Ventura, Novoa don Manuel, Novoa don José Maria, Navarro, Orjera, Orihuela, Sánchez, Sotomayor, Prieto, Prado, Ramos, Vicuña, Valdés, Vial i Ureta, Se abrió la sesión con la lectura de la indicación del señor Larrain i despues de instruida la Sala del dictámen de la Comision i haberse suficientemente discutido, quedó aprobada en los términos siguientes, debiendo ponerse en el proyecto despues de la parte décima del artículo 95; es como sigue:

"Art. 96. Se concede el recurso de súplica a todas las causas de que habla la parte 2.ª, 3.ª, 4.ª, 5.ª, 6.ª, 7.ª i 8.ª del artículo 95. —La Corte Suprema, para conocer, se compondrá entónces de los miembros válidos i suplentes respectivos."

Se leyeron en seguida las dos indicaciones del señor Vial i fueron sancionadas por unanimidad, del modo siguiente: "Art. 98 . Habrá juzgado de paz para conciliar los pleitos en la forma que designe la lei especial."

Este artículo debe ponerse en el lugar del 98, del capítulo 9.

Quedó acordado que la otra indicación se colocase ántes de la parte 10, del artículo 95; i su redacción es como sigue: "10. Ejercer la superintendencia directiva i económica sobre todos los tribunales i juzgados de la Nación."

Se dió cuenta, por último, de los artículos presentados por el señor Orjera i del dictámen de la Comision a que pasó: puestos a discusión, no se alcanzaron a resolver por ser la hora avan- zada.

Se levantó la sesión, debiendo, en las que en adelante hubiesen, tratarse los mismos asuntos. —M. Novoa. Bruno Larrain.


ANEXOS[editar]

Núm. 284[editar]

La Comision apoya el artículo precedente. En la discusión manifestará los fundamentos, que la premura del tiempo no le permite desenvolver por escrito. —J. M. Novoa M. de Santiago Conchaa. —Fernández.


Núm. 285[editar]

La Comision de Constitución opina que puede sancionarse el artículo propuesto en el anterior proyecto, incluyéndolo bajo el epígrafe de los juzgados de paz i de primera instancia i dándole, en este caso, el lugar del artículo 98.

Sala de sesiones, Valparaíso, Julio 24 de 1828. —J. M. Novoa —F. Fernández.


Núm. 286[editar]

La Comision de Constitución opina que el artículo contenido en la antecedente mocion debe colocarse en lugar de la parte 10ª, artículo 95, sostituyendo al verbo tiene la voz ejercer i dándose, en este caso, a la que hoi es parte 10ª el número 11.

Sala de sesiones, en Valparaíso, Julio 24 de 1828. —J . M. Novoa. —Fernández.


Núm. 287[editar]

La Comision de Constitución apoya el anterior proyecto.

Sala de sesiones en Valparaíso, Julio 29 de 1828. —J . M. Novoa. —F. Fernández. Salvó su voto por que se deseche. M. Novoa. —Prado. —Ureta. —Concha. —Argomedo. —Calderón. —Sánchez. —Sotomayor. —Larrain.