Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1829/Sesión de la Cámara de Diputados, en 20 de octubre de 1829

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Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1829)
Sesión de la Cámara de Diputados, en 20 de octubre de 1829
CÁMARA DE DIPUTADOS
SESION 16, EN 20 DE OCTUBRE DE 1829
PRESIDENCIA DE DON MELCHOR DE SANTIAGO CONCHA


SUMARIO. —Asistencia. —Aprobacion de las actas de las cuatro sesiones precedentes. —Cuenta. —Oficio del Senado sobre la segunda renuncia de don F. A. Pinto. —Incorporacion de don J. de Echeverría i L. —Prórroga de las sesiones de la Asamblea de Concepcion. —Arbitiios propuestos por la Asamblea de Valdivia. —Poderes de los Diputados de Chillan. —Solicitud en demanda de que se conmute la pena capital al reo F. Vera. —Eleccion de don J. A. Rodríguez A. como Senador. —Renovacion de la Mesa. —Tabla. —Acta. —Anexos.

CUENTA[editar]

Se da cuenta:

  1. De un oficio en que el Jefe Supremo de la República comunica haber decretado el abono de un mes de dieta a cada Diputado. (Anexo núm. 202. V. sesion del 27 de de Setiembre 1829.)
  2. De otro oficio en que el mismo Majistrado comunica haber sancionado el acuerdo que fija los sueldos i gratificaciones de los oficiales de la secretaría. (Anexo núm. 203. V. sesion del 24. de Setiembre de 1829.)
  3. De otro oficio en que el Senado comunica haber aprobado el acuerdo de la Cámara de Diputados que rechazó la segunda renuncia de don F. A. Pinto. (Anexo núm. 204. V. sesion del 18.)
  4. De otro oficio en que el mismo Cuerpo trascribe un proyecto de lei que conmuta la última sentencia del reo F. Vera en la primera que el juzgado del crimen le impuso. (Anexo núm. 205.)
  5. De una nota del Diputado don J. de Echeverría i Larrain, quien anuncia que está en situacion de incorporarse a la Cámara. (Anexo núm. 206.)
  6. De un oficio de la Asamblea de Concepcion, la cual comunica haber prorrogado por un mes sus sesiones, segun elacta cuya copia acompaña, i consulta si esta prórroga está en sus facultades. (Anexos núms. 207 i 208.)
  7. De otro oficio en que la misma Asamblea pide a la Cámara de Diputados interceda para que el Senado apruebe la eleccion de don José Antonio Rodríguez Aldea. (Anexo núm. 209. V. sesion del Senado en esta misma fecha.)
  8. De otro oficio en que la Asamblea de Valdivia espone el pésimo estado de sus rentas i propone algunos arbitrios para remediarlo. (V. sesion del 9 de Junio de 1828.)
  9. De unos poderes que acreditan a don José Antonio Contreras i a don José Antonio Zúñiga como Diputados propietario i suplente por Chillan. (Anexo núm. 210.)
  10. De una representacion del Procurador de Pobres en lo criminal don Francisco Sandoval, quien pide se conmute la pena capital impuesta al reo F. Vera. (Anexo núm. 21.)

ACUERDOS[editar]

Se acuerda:

  1. Archivar el oficio del Senado relativo a la resolución tomada sobre la segunda renuncia del Presidente electo de la República. (V. sesion del 3 de Noviembre de 1829.)
  2. Contestar al señor Echeverría que puede incorporarse a la Sala cuando lo tenga a bien. (Anexo núm. 212.)
  3. Que la Comision de Lejislacion dictamine sobre la prórroga de las sesiones de la Asamblea de Concepcion.
  4. Que la de Hacienda dictamine sobre los arbitrios propuestos por la Asamblea de Valdivia (V. sesion del 31.)
  5. Que la de Poderes dictamine sobre los de J. A. Contreras i don J. A. Zúñiga. (V. sesion del 21.)
  6. Considerar sobre tabla la solicitud del Procurador de Pobres i acordar la conmutacion de la pena capital impuesta al reo F. Vera.
  7. Que la Comision de Gobierno dictamine sobre la solicitud que la Asamblea de Concepcion hace en demanda de que la Cámara de Diputados interceda para que el doctor Rodríguez Aldea sea admitido en la de Senadores.
  8. Elejir para Presidente de la Cámara a don Rafael Bilbao i para Vice Presidente a don José Santiago Sánchez. (Anexo man. 213. V. sesion del 4 de Setiembre.)

ACTA[editar]

SESION ORDINARIA DEL 20 DE OCTUBRE

Asistieron los señores Albano, Aldea, Argomedo (don Tomas,) Argomedo (don Antonio,) Arce, Aristía, Barros, Bilbao, Calderon, Concha, Chacon, Collao, Claro, Correa, Cortés, Fernández Rio, Fernández Recio, Fernández Díaz, Fuentes, García, Hurtado, Larrain (don Nicolas,) Larrain (don Bruno,) Lira, Meneses (don Juan Francisco,) Meneses (don José Gregorio,) Mujica, Marin, Muñoz (don Justo), Novoa, Pérez Larrain, Pérez Arce, Pérez Valenzuela, Rozas, Sánchez don (José Santiago,) Sánchez (don Mariano), Solar, Tollo, Viel i Vicuña.

Se leyeron las actas de las sesiones del veintiséis i veintisiete de Setiembre, i catorce i diez i ocho del corriente, las cuales quedaron aprobadas.

Se dió cuenta de una comunicación del Senado en que avisa haberse conformado con la resolucion adoptada por esta Cámara en catorce del que rije sobre la segunda renuncia del señor Presidente de la República; i se mandó archivar.

Leyóse una nota del señor Echeverría, Diputado por Cauquenes, manifestando sus deseos de incorporarse a la Sala por haber mejorado su salud: se acordó que dicho señor pudiese ocurrir a prestar el juramento de estilo cuando lo halle por conveniente, continuando entretanto su suplente.

Se leyó una comunicacion de la Asamblea de Concepcion, en que avisa haber prorrogado por un mes el término de sus sesiones; se mandó a la Comision de Lejislacion.

Se dió cuenta de otra nota de la Asamblea de Valdivia por la que esplica el estado de sus fondos i propone arbitrios para mejorar sus ingresos; pasó a la Comision de Hacienda.

El Secretario presentó a la Sala las actas de eleccion de los señores don José Antonio Contreras i don José Antonio Zúñiga, el primero Diputado i el segundo Suplente por el partido de Chillan; pasaron ala Comision de Poderes.

Se dió cuenta por último de una solicitud del defensor de pobres en lo criminal sobre que se conmutase la pena de muerte a un reo próximo a ser ejecutado. Despues de un lijero debate sobre Si este negocio debia o nó pasar a Comision, se decidió por veinte i seis sufrajios contra diez que debia considerarse sobre tabla. En el acto de la discusión se presentó a la Sala un acuerdo del Senado sobre la misma solicitud, por lo que aquella continuó versándose sobre dicho acuerdo. Al fin reducido éste a votacion por el pró o contra, resultó reprobado por treinta i tres sufrajios contra cuatro. En seguida se fijó esta proposicion: "¿Se reforma o se desecha el acuerdo de la Cámara de Senadores?" i resultó que debia reformarse por veinte sufrajios contra diez i siete. Acto continuo el señor Presidente lo redactó de este modo. —"Conmútese la pena impuesta por la Ilustre Corte de Apelaciones al reo Francisco Verán. En cuyos términos fué aprobado por veinte i un sufrajios contra diez i seis.

En segunda hora se leyó una comunicacion de la Asamblea de Concepcion por la que solicita de la Cámara de Diputados interponga su influjo a fin de que el doctor Rodríguez Aldea sea admitido en la de Senadores como representante por aquella provincia. Se mandó a la Comision de Gobierno.

Se procedió en seguida a la eleccion de Presidente i Vice de la Sala. Despues de una votacion en que ningun candidato obtuvo mayoría absoluta, se leyeron los artículos del Reglamento Interior que previenen el órden de proceder en este caso, i quedó decidido que se renovase la votacion, designándose únicamente para candidatos de la presidencia los señores Novoa i Bilbao que habian obtenido mayoría respectiva, siendo libre la eleccion de Vice-Presidente, en cuyos candidatos no recayó igual circunstancia. Repetida, pues, la votacion dió el resultado siguiente: para la Presidencia veinte i un sufrajios a favor del señor Bilbao, i diezinueve por el señor Novoa; i para la Vice Presidencia veinte i dos sufrajios a favor del señor don Santiago Sánchez, ocho por el señor Correa, cinco por el señor Novoa, dos por el señor Cotapos, uno por el señor Lira, uno por el señor Argomedo (don Antonio) i uno por el señor Tollo.

Se anunciaron de consiguiente electos Presidente el señor Bilbao i Vice-Presidente el señor Sánchez, quienes inmediatamente ocuparon sus respectivos asientos.

Acto continuo se levantó la sesion, quedando en tabla los negocios pendientes i con preferencia la bula pontificia del señor Vicuña i la mocion de los señores Concha i Larrain sobre supresion de alcabalas. —BILBAO.


ANEXOS[editar]

Núm. 202[editar]

El Jefe Supremo de la República ha recibido la honorable comunicacion del señor Presidente de la Cámara de Diputados fecha 27 del actual, que contiene la resolucion de la Sala en sesion estraordinaria, sobre abono de dietas por un mes a cada uno de sus individuos; cuyo pago queda decretado i mandado rejístrar en las oficinas que corresponde.

El Jefe Supremo de la República, al comunicarlo al señor Presidente de la Cámara de Diputados, tiene la honra de saludarle. —Valparaíso, Setiembre 29 de 1829. —Francisco R. de Vicuña. —Manuel de Huici. —Al señor Presidente de la Cámara de Diputados.


Núm. 203[editar]

El Jefe Supremo de la República ha recibido la honorable comunicacion de esta fecha del señor Presidente de la Cámara de Diputados, que contiene la asignacion de sueldos i gratificacion que ha tenido a bien mandar a los oficiales de Secretaría i demás empleados de la Sala; cuya resolucion se ha mandado rejistrar en las oficinas que corresponde.

I el Jefe Supremo al comunicarlo al señor Presidente de la Cámara de Diputados tiene la honra de saludarlo. —Valparaíso, Setiembre 25 de 1829. —Francisco R. de Vicuña. —Manuel de Huici. —A l señor Presidente de la Cámara de Diputados.


Núm. 204[editar]

La Cámara de Senadores en sesion estraordinaria de este dia ha tomado en consideracion lo acordado por la de Diputados relativo a la renuncia hecha por el Excmo. señor Presidente electo don Francisco Antonio Pinto, i aprobadolo en todas sus partes; señalando el dia de mañana para la reunion de las Cámaras que previene la Constitucion para su recibimiento.

El que suscribe saluda al señor Presidente dé la Cámara de Diputados con las consideraciones de su mas alto aprecio. —Santiago, Octubre 17 de 1829. —Cámara de Senadores. —bcnbio:Manuel Gormaz LisperguerManuel Gormaz. —Joaquin Trucios, Pro-Secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Diputados.


Núm. 205[editar]

La Cámara de Senadores en virtud de la solitud que se acompaña ha acordado lo siguiente:

"Se le conmuta la última sentencia en la primera que le impuso el Juzgado del Crimen."

El que suscribe saluda al Presidente de la Cámara de Diputados con los sentimientos de su mas alto aprecio. —Santiago, Octubre 20 de 1829. —Francisco R. de Vicuña . —José Domingo de Amunátegui , Secretario. —Al señor Pre-sidente de la Cámara de Diputados.


Núm. 206[editar]

Cuando en dias pasados hice presente mi enfermedad, prometí presentarme a la Sala al momento que me hallase en estado; i como me encuentro algo aliviado, lo comunico a V.S. para que se sirva hacerlo presente, i que deseo desempeñar los encargos de mis comitentes. Saludo a V.S. con esta oportunidad i le presento mis consideraciones i aprecio. —Santiago, Octubre 10 de 1829 —Joaquin de Echeverría Larrain. —Señor Secretario de la Cámara de Diputados.


Núm. 207[editar]

La Asamblea de esta Provincia en acuerdo de 17 del coriiente resolvió la reintegracion del tiempo que estuvo en receso por la falta de algunos Diputados que con doble fin negaron su asistencia para que este cuerpo paralizase sus trabajos, como lo consiguieron por cuarenta i cuatro dias. Con este motivo se trató también sobre el término de su duracion en funciones, i si podía prorrogar el mes que por la leí se concede al Congreso en caso de exijirlo graves motivos. I como a la lejislatura nacional corresponde esclusivamente decidir en las dudas que ocurran relativas a la intelijencia de los artículos constitucionales, la Sala en consecuencia determinó la presente consulla que se acompaña con copia de la Acta que se redactó con este objeto.

El Presidente, al cumplir con aquella disposicion, protesta a la Honorable Cámara de Diputados los sentimientos de su mas profundo respeto. —Asamblea de Concepción, Setiembre 23 de 1829. —SANTIAGO FERNÁNDEZ. Presidente. —D. Binimelis, Secretario. —A la Honorable Cámara de Diputados al Congreso Nacional.


Núm. 208[editar]

En la ciudad de la Concepcion, i en diezisiete dias del mes de Setiembre de mil ochocientos veintinueve años, reunida la Asamblea en su Sala de Sesiones ordinarias, tomó en consideracion la duracion del tiempo de sus actos con el objeto de no exceder del que señala la lei constitucional; i habiendo sido ésta instalada el dia diez de Junio del presente año, e interrumpidas sus sesiones desde el once de Julio hasta veinticuatro de Agosto próximo pasado por el retiro de cinco diputados que no quisieron comparecer a pesar de los requerimientos que se les hicieron al efecto, por ser su animo dejar en nulidad este cuerpo, como lo consiguieron por cuarenta i cuatro dias consecutivos, la Sala persuadida que la Provincia no puede perjudicarse por la malicia de unos pocos de sus miembros que, afectados del espritu de partido, arbitraron aquel medio para llevar al estremo sus designios antipatrióticos, acordó unánimemente se reintegrasen todos los que estuvo en receso por la causa puntualizada, en cuyo período habria lugar de promover los asuntos interesantes que quedaron paralizados por la mencionada razon. I respecto de ocurrirle duda sobre la, intelijencia de la segunda atribucion que le designa el capítulo 10: debiendo ser diputados la instalacion de este cuerpo el último domingo de Febrero, según el artículo 9 del capítulo 11 del Reglamento de Elecciones constitucionales; i cuando la lejislatura nacional abre sus sesiones ordinarias el 1.º de Junio de cada año para cerrarlas el 18 de Setiembre del mismo, como dispone el artículo 58 de la Constitucion: no quedando a las Asambleas tiempo de dirijirse a la representacion jeneral si solo su duracion habia de ser tanta como la del Congreso, como quieren opinar algunos, i nó como parece regular que se entienda en funciones desde el momento de su reunion hasta el mismo dia en que espire la lejislatura nacional, es decir desde Marzo hasta el 18 de Setiembre; pues la lei parece que ha querido dar lugar a estos cuerpos provinciales para aglomerar los materiales que deben hacer el asunto de sus solicitudes: excitándose asimismo la duda si podria prorrogar por graves motivos el mes que se concede al Congreso por el mencionado artículo 58 en caso que éste llegase a prorrogárselo; i por fin correspondiendo a esta lejislatura nacional por el aitículo 132 resolver las dudas que ocurran; en su consecuencia, consúltesele con copia de esta Acta sobre los particulares en cuestion, sin perjuicio de ponerse en noticia del Ejecutivo provincial por lo respectivo a la reintegracion de los cuarenta i cuatro dias que estuvo en receso para que lo haga saber a quienes corresponde, i no sirva de estrañeza a los que están persuadidos de que solo tres i medio meses es la duracion de este cuerpo. Así lo acordaron, firmando conforme al Reglamento interior el señor Presidente con el Secretario, de que certifico. —SANTIAGO FERNÁNDEZ, Presidente. —Domingo Binimelis, Secretario.

Concuerda con el orijinal que se rejistra en el Libro destinado para redactar las Actas de la Asamblea; i a virtud de lo mandado exhibe esta copia que está fielmente sacada. —Fecha ut sufra. —D. Binimelis, Diputado-Secretario.


Núm. 209[editar]

ASAMBLEA DE LA PROVINCIA de CONCEPCION
Setiembre 12 de 1829.

Impulsada esta Asamblea por el bien público, por el órden social cimentado en nuestra gran Carta Constitucional, se ha visto en la imperiosa necesidad de dirijir con esta fecha al Senador nombrado por esta provincia, doctor don José Antonio Rodríguez la nota del tenor siguiente:

"La Asamblea de esta provincia se ha impuesto de la apreciable comunicacion de V.S. de4 del actual, i se asombra al contemplar que la seductora maléfica influencia haya tenido cabida en algu nos de los respetables miembros que deben componer la Cámara de Senadores, para hacer ilusorio i declarar nulo el nombramiento hecho en la persona de V.S. a pretesto de que en él no se espresaba que habian concurrido dos tercios de vocales de la Asamblea, al mismo tiempo que entre los que votaron por la negativa se tenia a la vista la Acta de los dos de Colchagua, que espresa haber asistido a la eleccion solo ocho vocales, cuando debieron ser doce los dos tercios de los dieziocho que forman el total número de Diputados de aquella provincia. I no ménos descubre la doble intencion con que se ha obrado en el exámen de poderes, la reserva que hicieron del de V S. para lo último. ¡Cuán alucinados están los que con supercherías quieren eludir la representacion de una provincia llena de fuerza física i moral para hacer entrar en razon a los perturbadores dei órden! Mas no es aun llegado el tiempo, ni deseamos remotamente que llegue este fortuito i doloroso caso. Las circunstancias dictarán lo mas racional i justo, a fin de que la República no se envuelva en los gravísimos males de una guerra intestina, a que impele ya esa conducta tortuosa; puesto que no han bastado las juiciosas reflexiones con que V.S. rebatió la insustancial fórmula que se exije en los Poderes, queriendo hacer aplicable arbitrariamente al nombramiento de Senadores el segundo modelo de actas que trae el Reglamento de Elecciones Constitucionales, para las de Diputados al Congreso, o Asamblea, i de miembros de Cabildo. ¿Qué artículo se encuentra en este Reglamento que preceptúe la forma en que debe aparecer el resultado de la eleccion de Senador? Si el 93 habla de Acta, ésta es equivalente al Poder que se ha remitido a V.S. firmado por el Presidente i Secretario, que es la única autorizacion que se previene, sin espresar la fórmula. Por causas mui triviales, resultan incendios políticos, que la falta de prudencia, de sinceridad i buena fé pudieron evitar en tiempo. Nosotros, horrorizados, corremos un velo a estos tristes i funestos recuerdos. Pero conjuramos a V.S., a nombre de la patria, a que con toda fuerza i enerjía diga de nulidad de cuanto se ha obrado sin su anuencia i conocimiento corno Senador nombrado por esta Provincia, i que dé cuenta inmediatamente a esta Asamblea.

"Esta nota, que solo deberia ir suscrita por el Presidente i Secretario, va firmada tambien por todos los Diputados presentes en la Sala de Sesiones, para mayor comprobacion de que su anterior Presidente, juez letrado don Juan José Manzanos, no simuló diestramente el Acta, como con impudente descaro se dijo en el exámen de los Poderes, por algunos acostumbrados acaso a solo increpar la conducta mas acrisolada de los hombres honrados i juiciosos. A mayor abundamiento se acompaña a V.S. un documento (désele la denominacion que se quiera) autorizado por el Presidente i Secretario, que lo eran el dia mismo de la eleccion de Senadores, en que constan los Diputados que concurrieron, i que estuvo por V.S. i don Miguel Zañartu la mayoría absoluta de sufrajios, componiéndose el total de aquéllos de mas de los dos tercios, i nó como la de Colchagua, en que para éstos han faltado cuatro, i por consiguiente, resulta ilegal su nombramiento, segun el artículo 91 de la Lei de Elecciones, sin que por lo mismo hayan podido funcionar, i en ningun caso que tenga valor ni efecto ningun acuerdo o determinacion a que hayan concurrido, siendo el primero el de entrometerse a calificar los poderes indebidamente en cuestion.

"No ha sido de ménos consideracion la sorpresa de esta Asamblea al ver infrinjido por el Poder Ejecutivo el artículo 46, número 15 de la Constitucion que hemos jurado, i que deja al Congreso la libertad de elejir el lugar en que deban residir los Supremos Poderes nacionales, haciendo que se instale en Valparaíso con grave perjuicio del Erario i otros inconvenientes que espusieron los Diputados i Senadores reunidos, segun consta del impreso que V.S. acompaña. Esa conducta del Ejecutivo presajia funestos resultados. La Asamblea tendrá presente este atentado escandaloso, ese rasgo de arbitrariedad i despotismo.

La Sala saluda a V.S. con su mas cordial i sincero afecto. —Santiago Fernández , Presidente. —osé Ignacio María Mora J, Vice-Presidente. —Juan Manuel BazoPedro José de Zañartu . —Juan Castellon. —José María de la Cruz. —Francisco Búlnes. —Manuel Prieto . —Cárlos Rio. —Domingo Bintmelis , Secretario."

El Presidente que tiene el honor de suscribir ruega encarecidamente a nombre de la Sala, a la Honorable Camara de Diputados, que interponga su respetable mediacion i poderoso influjo para que el Senador doctor Rodríguez sea admitido i funcione desde luego como tal en la de Senadores, despreciando esa fórmula insustancial que se ha querido exijir en los poderes, cuando todo está sujeto a la autorizacion de un Presidente i Secretario, i cuando en lo demas nada hai clara i terminantemente esplicado en la Constitucion. Asimismo suplica que no se desentienda la Cámara de Diputados de la violacion de esa infraccion escandalosa del Poder Ejecutivo a la atribucion 15.ª, artículo 46 del Congreso Nacional, que debe elejir el lugar en que deben residir los Supremos Poderes nacionales. Este paso llenará de honor al Congreso, i la República con su ejemplo descansará en la confianza de que sus Representantes defienden oportunamente con firmeza sus bien meditadas atribuciones i regalías; al mismo tiempo que se mira por la economía de nuestro exhausto Erario, que va a sufrir un grave quebranto con la permanencia del Congreso en Valparaíso.

El Presidente tributa a la Honorable Cámara de Diputados el homenaje de su mas respetuosa consideración i alto aprecio. —SANTIAGO FERNÁNDEZ, Presidente. —D. Binimelis, Secretario. —A la Honorable Cámara de Diputados al Congreso Nacional.


Núm. 210[editar]

SUPLENTE POR CHILLAN

Reunida la Municipalidad del partido de Chillan el dia diez del mes de Setiembre del año de mil ochocientos veinte i nueve, con asistencia de los señores don Juan José Palacios, don José Antonio Contreras , don Mariano Ramón Zañartu, don Nazario Acuña, don Juan Manuel Palacios , i don José María Barrera, que componen los dos tercios, a efecto de verificar el escrutinio de la votacion recibida en las Parroquias que se contienen en su jurisdiccion para Diputados al Congreso, mandó examinara presencia de los comisionados por las mesas receptoras las cerraduras de la caja en que se hallaban depositadas las de la votacion, i hallándoseles en el mismo estado en que habian quedado al tiempo de distribuirse las llaves, se procedió a su apertura i en seguida a las de las que habia dentro, en el órden prevenido por el artículo 66 del Reglamento de Elecciones. Acto continuo, i con las formalidades de los artículos 67 i 70 del citado Reglamento, se procedió al escrutinio de todas las cajas el cual produjo el siguiente resultado: las de la Parroquia de Pemuco cuatrocientos ochenta i cuatro votos, de ellos cuatrocientos ochenta i cuatro a favor del ciudadano don José Antonio Contreras, igual número a favor del ciudadano don Juan José Palacios, igual número a favor del ciudadano don José Antonio Zúñiga para Diputado Suplente. La Parroquia del Arqui produjo ciento sesenta i seis votos, de ellos ciento sesenta i seis a favor del ciudadano don José Antonio Contreras, igual número a favor del ciudadano don Juan José Palacios, igual número a favor del ciudadano don José Antonio Zúñiga para Diputado Suplente. La Parroquia de Chillan produjo ciento cuarenta i nueve votos, de ellos ciento cuarenta i nueve a favor del ciudadano don José Antonio Contreras, igual número a favor del ciudadano don Juan José Palacios, igual número a favor del ciudadano don José Antonio Zúñiga para Diputado Suplente. Concluida esta operacion, se dió principio al escrutinio jeneral, i hecho con la mayor prolijidad a presencia de los comisionados de las Parroquias, ciudadanos don Lujardo Elgueta, don Fermin Guiñez i don Antonio Contreras, obtuvo el ciudadano don José Antonio Contreras, setecientos noventa i nueve votos, igual número el ciudadano don Juan José Palacios, igual número el ciudadano don José Antonio Zúñiga para Diputado Suplente. Resultando de consiguiente electos para Diputados al Congreso los ciudadanos don José Antonio Contreras, don Juan José Palacios, i don José Antonio Zúñiga para Diputado Suplente. Hecha la correspondiente proclamacion por el Presidente en voz preceptible a todo el concurso, se retiró éste firmando conmigo como Secretario del Cabildo la presente acta, despues que le fué leida i aprobada por él. —Juan José Palacios. —José Antonio Contreras. —Mariano Ramon Zañartu. —Nazario Acuña. —Juan Manuel Palacios. —José María Barrera. —Lujardo Elgueta. —Fermin Guiñez. —Antonio Contreras. —Ante mí Juan Manuel Arriagada , Escribano Público i de Cabildo.

Concuerda esta Acta con su orijinal que existe en el libro de Actas de la Lustre Municipalidad a la que en caso necesario me refiero. —Chillan i Setiembre once de mil ochocientos veintinueve. —JUAN JOSÉ PALACIOS. —Juan Manuel Arriagada, Escribano Público i de Cabildo.


Núm. 211[editar]

Soberano Señor:

El Procurador de Pobres en lo criminal, por Francisco Vera condenado a muerte, con el mayor respeto represento i digo: que mi cliente siendo un jóven de veinte años i que por la primera vez aparece criminal, ha sido condenado a morir por la Ilustrísima Corte de Apelaciones revocando la sentencia del Juzgado de Letras, en que le condenaba solo a la pena de destierro. La causa se halla con las mayores informalidades, no se han observado en ella aun los trámites que previene la Lei. Nuestra Constitucion faculta a los congresos para conceder indultos, por que ha querido que estos cuerpos obren siempre protectoriamente. El nombramiento i recepción del primer Presidente constitucional exijen se señale con una gracia de esta naturaleza.

Por tanto, dígnese V.E.S. confirmar la sentencia del Juzgado de Letras: es gracia etc.

A nombre del Procurador i como madre del reo. —Francisca Sandoval.


Núm. 212[editar]

En sesion de este dia he dado cuenta a la Cámara de Diputados de su apreciable nota de 10 del que rije, i ha resuelto se diga a Ud. se presente a prestar el juramento de estilo, debiendo en el entre tanto seguir funcionando su suplente.

Con este motivo saludo a Ud. con las consideraciones de mi mas distinguido aprecio. —Santiago, 20 de Octubre de 1829. —Bruno Larrain, Diputado-Secretario. —Al señor Echeverría.


Núm. 213[editar]

Habiendo procedido la Cámara de Diputados en sesion deeste dia al nombramiento de Presidente i Vice Presidente de Sala, han resultado electos para el primer cargo el señor don Rafael Bilbao i para el segundo donJosé Santiago Sánchez.

El que suscribe, al comunicarlo al señor Presidente de la República, tiene el placer de ofrecerle las consideraciones de su mas distinguido aprecio. —Santiago, 20 de Octubre de 1829. —MELCHOR DE SANTIAGO CONCHA.—Bruno Larrain, Diputado-Secretario. —Al Gobierno.