Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1829/Sesión de la Cámara de Diputados, en 5 de noviembre de 1829

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Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1829)
Sesión de la Cámara de Diputados, en 5 de noviembre de 1829
CÁMARA DE DIPUTADOS
SESION 28, EN 5 DE NOVIEMBRE DE 1829
PRESIDENCIA DE DON RAFAEL BILBAO


SUMARIO. —Asistencia. —Aprobacion del acta de la sesion precedente. —Cuenta. —Proyecto de lei sobre la Presidencia de la Corte Suprema. —Informe sobre la solicitud de don M. Honorato. —Mocion sobre receso de las Cámaras. —Sesion estraordinaria. —Autorización especial al Presidente de la Sala. —Acta. —Anexos.

CUENTA[editar]

Se da cuenta:

  1. De un oficio con que el Senado devuelve lijeramente modificado el proyecto de lei relativo a la Presidencia de la Suprema Corte de justicia. (Anexo núm. 262. V. sesion del 24. de Octubre último.)
  2. De otro oficio por el cual comunica la misma Cámara haber aprobado el proyecto de lei relativo al coronel Larenas. (Anexo núm. 263.)
  3. De otro oficio por el cual la misma Cámara comunica haber aprobado el acuerdo relativo a suspender las sesiones del Congreso. (Anexo núm. 264.)
  4. De una mocion de don F. de P. Fernández, quien propone que las Cámaras se pongan en receso. (Anexo núm. 265.)
  5. De un informe de la Comision Militar sobre la solicitud de don Manuel Honorato; la Comision propone que se otorgue al capitan don José Honorato el indulto que se pide. (Anexos núms. 266, 267 i 268 V. sesion del 22 de Setiembre de 1829.)

ACUERDOS[editar]

Se acuerda:

  1. Poner en tabla el proyecto de lei relativo a la Presidencia de la Corte Suprema i el informe de la Comision Militar.
  2. Aprobar el indicado proyecto de lei en la forma en que el Senado lo ha devuelto. (Anexo núm. 269.)
  3. Reunirse al Senado a la una del dia para recibir el juramento de los Ministros de la Suprema Corte.
  4. Acordar el receso de ambas Cámaras.
  5. Autorizar al Presidente de la Sala para tramitar el anterior acuerdo sin aguardar a que el acta sea aprobada.

ACTA[editar]

SESION DEL 5 DE NOVIEMBRE

Asistieron los señores Arce, Argomedo (don Antonio), Argomedo (don Tomas), Barros, Bilbao, Calderon, Chacon, Concha, Claro, Collao, Cortés, Fernández Recio, Fernández Díaz, Fuentes, Larrain (don Bruno), Larrain (don Nicolas), Lira, Mena, Meneses (don José Gregorio), Meneses (don Juan Francisco), Mujica, Muñoz (don Justo), Novoa, Osorio (don Francisco), Pérez Arce, Pérez Larrain, Pérez Valenzuela, Sánchez (don Mariano), Sánchez (don José Santiago), Solar, Tollo, Viel i Vicuña. Faltaron los señores Albano, Aldea, Aristía, Correa, Contreras, Cotapos, Fernández Rio, Fierro, García, González, Hurtado, Marin, Maturana, Osorio (don Bernardo), Rozas, Cisternas, Vial í Zúñiga.

Aprobada el acta de la sesión anterior, se leyó una comunicacion de la Cámara de Senadores sobre la presidencia i recepción de la Suprema Corte. Se puso en tabla.

El mismo decreto recayó sobre el informe de la Comision Militar en la solicitud del señor Honorato.

Se leyó acto continuo una mocion del señor Fernández Díaz sobre que las Cámaras se pusiesen en receso; i habiéndose pedido que se considerase este proyecto con preferencia a cualquiera otro, se corrió votacion i resultó por veintiún sufrajios contra diez que se discutiese ántes la nota del Senado.

Leida ésta e instruida la Sala de las reformas que se le habian hecho, se conformó con ellas i acordó se comunicase al Poder Ejecutivo la lei en los mismos términos en que la habia sancionado el Senado. Igualmente convino en reunirse a la una del dia, segun se le indicaba, para dar cumplimiento a la precitada lei.

Entró a discutirse la mocion sobre receso; i despues de un largo debate, se sancionó en los términos siguientes:

"Las Cámaras se pondrán en receso luego que la de Senadores haya aprobado este artículo."

Se hizo indicacion para que el Presidente pudiese comunicar al Poder Ejecutivo el anterior acuerdo en el caso de que el Senado se conformase con él; i quedó así resuelto.

El Presidente espuso a la Sala que la solicitud del señor Honorato era de fácil resolucion i que si lo estimaba conveniente podia considerarla; mas ésta, atendiendo a que la hora para reunirse al Senado era llegada, resolvió suspender la sesion. —BILBAO.


ANEXOS[editar]

Núm. 262[editar]

La Cámara de Senadores ha tomado en consideracion lo sancionado por la de Diputados con fecha 26 de Octubre próximo pasado sobre la Presidencia i demas formalidades necesarias para el recibimiento de la Suprema Corte, i lo ha aprobado en estos términos:

"Artículo primero. La Presidencia de la Corte Suprema se turnará entre sus Ministros de seis en seis meses, segun el órden de antigüedad en el ejercicio de abogados.

Art. 2.º El órden de precedencia que se guardará entre los demas Ministros será el mismo del artículo anterior.

Art. 3.º Los Ministros se suplirán entre sí por el órden prescrito en el artículo precedente; i los suplentes, no pudiendo nunca presidir aquellos, llenarán tan solo sus vacantes, por el órden de la mayor votacion que hubiesen obtenido en el Congreso.

Art. 4.º El juramento se prestará ante las Cámaras reunidas, por todos los miembros que éstas nombraron, debiendo jurar los suplentes ante la Corte Suprema."

Asimismo se ha acordado que, en caso de conformarse la Cámara de Diputados con la pequeña modificacion que se ha hecho a su acuerdo, se reunan las Cámaras a la una del dia de mañana para recibir el juramento de que habla el artículo 4.º i que se cite a los señores que han de prestarlo por su conducto.

El que suscribe saluda con este motivo a quien se dirije con las consideraciones de su mayor apiecio. Cámara de Senadores. —Santiago, Noviembre 4 de 1829. —[[:bcnbio:José María Vásquez de Novoa López de Artigas|J. M. Novoa]. —J. Domingo de Amunátegui, Secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Diputados.


Núm. 263[editar]

La Cámara de Senadores ha aprobado lo acordado por la de Diputados en la solicitud de don Manuel Larenas para que se le permita continuar su carrera militar en el Perú, sin perder los privilejios de la ciudadanía.

El que suscribe saluda al señor Presidente de la Cámara de Diputados con su distinguido aprecio. —Cámara de Senadores. —Santiago, Noviembre 5 de 1829. —[[:bcnbio:José María Vásquez de Novoa López de Artigas|J. M. Novoa] —J. Domingo de Amunátegui, Secreiario. —Al señor Presidente de la Cámara de Diputados.


Núm. 264[editar]

La Cámara de Senadores en sesión de este dia ha aprobado en todas sus partes el acuerdo de la de Diputados de cinco del corriente, para que las Cámaras se pongan en receso, luego que la de Senadores apruebe esta determinacion.

El que suscribe, al comunicarlo al señor Presidente a quien se dirije, tiene la honra de saludarlo con los sentimientos de su distinguido aprecio. —Cámara de Senadores. —Santiago, Noviembre 6 de 1829. —José María Novoa. —J. Domingo de Amunátegui, Secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Diputados.


Núm. 265[editar]

La crisis en que se halla la República exije medidas enérjicas que, si por sí solas no sean capaces de estirpar los males de que adolece el cuerpo político, al ménos los emboten i detengan su curso, con lo cual al fin vendrán a desaparecer. Con este objeto, tengo la honra de proponer a la Sala el siguiente

PROYECTO DE LEI

Artículo único. —Las Cámaras se pondrán en receso.

Comuniqúese, etc.

Sala de Sesiones, Santiago i Noviembre 3 de 1829. —Francisco de Paula Fernández.


Núm. 266[editar]

SS. RR.[editar]

La Comision Militar cree la solicitud de don Manuel Honorato por su hermano, de pura gracia. Como en la Comision solo hai facultad de informar sobre lo que dispongan las leyes del ejército, que escluyen al suplicante de la resolución que pretende, los infrascritos solo pueden recomendar a la Sala los buenos setvicios del capitan don José Honorato i excilar la compasion de los señores Diputados en favor de un guerrero que es digno por sus heroicos sacrificios, de toda la piedad del Congreso i de que en él use la Sala de la facultad de hacer gracia, que la Constitucion le corcede. —Sala de la Comision, Noviembre 5 de 1829. —Sánchez. —Cortés. —Argomedo.


Núm. 267[editar]

La Comision Militar acordó pedir a la Inspeccion Jeneral del Ejército, por conducto de su Presidente, los antecedentes que existen sobre la materia. —Valparaíso i Setiembre 22 de 1829. —Calderon. —Viel. —Sánchez.


Núm. 268[editar]

En contestacion a la nota de V.S. de fecha 22 del presente, impuesto del decreto de la Comision Militar del Soberano Congreso, debo decir a V.S. que en esta Inspeccion Jeneral se encuentra un supremo decreto cuyo tenor es el siguiente:

"En el mes de Diciembre del año próximo pasado, segun aviso del Intendente de la provincia de Valdivia, ha cometido el horroroso atentado de desercion huyendo del territorio de la República el capitan del Batallon Maipú don José Honorato, llevándose la cantidad de cinco mil pesos, correspondientes a los sueldos de la guarnicion i empleados de aquella plaza por hallarse de habilitado. En esta virtud, ordenará V.S. se dé de baja en dicho cuerpo i en el ejército, sirviendo de antecedentes esta nota para juzgar a Honorato en el caso de ser aprehendido."

Lo trascribo a V.S. para su conocimiento i el de la Comision Militar.

Dios guarde a V.S. muchos años. —Inspeccion Jeneral del Ejército. —Santiago, 25 de Setiembre de 1829 —Francisco de Elizalde. —Señor Presidente de la Comision Militar del Congreso, Jeneral de División don Francisco Calderon.


Núm. 269[editar]

El Congreso Nacional ha sancionado lo siguiente:

"Artículo primero. —La presidencia de la Corte Suprema se turnará entre sus Ministros de seis en seis meses, segun el órden de antigüedad en el ejercicio de abogados.

Art. 2.º El órden de precedencia que se guardará entre los demás Ministros será el mismo del artículo anterior.

Art. 3.º Los Ministros se suplirán entre sí por el órden prescrito en el artículo precedente; i los suplentes, no pudiendo nunca presidir aquellos, llenarán tan solo sus vacantes, por el órden de la mayor votacion que hubiesen obtenido en el Congreso.

Art. 4.º El juramento se prestará ante las Cámaras reunidas, por todos los miembros que éstas nombraron, debiendo jurar los suplentes ante la Corte Suprema."

El Presidente de la Cámara de Diputados, que tomó la iniciativa, tiene la honra de comunicarlo a S.E. i de saludarle con las consideraciones de su mas distinguido aprecio. —Santiago, Noviembre 5 de 1829. —Rafael Bilbao. —Bruno Larrain, Diputado-Secretario.
Documentos posteriores a la clausura de la Cámara do Diputados
  1. Proclama dirijida al pueblo de Santiago, incitándolo a la revolución contra el Congreso. (Anexo núm. 270.)
  2. Acta de una reunion del pueblo de Santiago, en la que se niega obediencia a las autoridades i se declaran nulas las elecciones de Senadores i Diputados. (Anexo núm. 271.)
  3. Artículo en que se da noticia de haber estallado la revolución en Colchagua. (Anexo núm. 272.)
  4. Nota por la cual la Municipalidad de Parral retira los poderes a los Diputados de aquel departamento. (Anexo núm. 273.)
  5. Notas sobre el retiro de los poderes a los Diputados de San Felipe. (Anexos núms. 274, 273 i 276.)

Núm. 270[1][editar]

A LOS HABITANTES DE LA PROVINCIA DE SANTIAGO

Compatriotas:

Es Pegado el momento de reclamar vuestros usurpados derechos con la enerjía que otras veces. Las provincias de Concepcion, el Maule i Colchagua se han puesto a la vanguardia en la empresa que va a inmortalizar su entusiasmo por la libertad, i marchan a estimularos, a fin de que depongáis esa inercia que os abate i degrada. Tiempo há que debisteis hacerlo; pero éste es el instante indispensable. Nada temáis: las baynetas están consagradas bajo la autoridad del protector de la Constitucion i de las leyes; del que siempre ha dejado a los pueblos en libertad para que discutan lo que mas convenga a sus derechos: en este supuesto, uniformad vuestros votos a los de las provincias del sur i despojad a vuestros intrusos Representantes del poder que retienen aun, no obstante el clamor jeneral i los anatemas que contra ellos lanza la opinion pública Dad a la Patria este dia de gloria i confundid con vuestra presencia las furibundas esperanzas de vuestros opresores.

Núm. 271[2][editar]

ACTA[editar]

En la ciudad de Santiago de Chile, en siete dias del mes de Noviembre de mil ochocientos veintinueve años, se reunió en la Sala del Consulado una gran parte del vecindario a tratar de poner remedio a los males que amenazan la entera disolucion del Estado; pues hallándose separadas del gobierno jeneral las provincias de Concepcion, del Maule i de Aconcagua, por haberle negado la obediencia a cansa de las infracciones de la Constitución cometidas por las Cámaras lejislativas; i considerando:

Que las elecciones de Cabildo, de Asamblea i de electores para Presidente i Vice-Presidente de la República adolecen de insanables vicios de nulidad, porque no se dejó espresar libremente la voluntad jeneral;

Que del mismo vicio adolecen los que se dicen Diputados de la ciudad de Santiago i Senadores de la provincia, porque con artificios i maniobras se injirieron a representarla contra su voluntad, terminantemente manifestada;

Que abierto el camino a las infracciones por la impunidad i por el disimulo del Gobierno i del Congreso, se instaló éste ilegalmente; i sin tener en su seno el número suficiente de miembros, procedió a verificar el escrutinio de Presidente de la República;

Que faltando a lo establecido por la lei, no elijió para Vice-Presidente, procediendo con arbitrariedad, un individuo de los que obtuvieron mayoría respectiva;

Que con esta comportacion ha ocasionado el descontento en todos los pueblos, echado por tierra la Carta Constitucional que mantenía las provincias en estrecha unión, obligándolas a dividirse, e introduciendo en el ejército la indisciplina i causando otros muchos males que por la brevedad del arto no pueden demostrarse:

El vecindario de Santiago acuerda:

  1. No reconoce la autoridad del Cabildo, ni la de la Asamblea, ni la de ningun funcionario cuyo nombramiento haya emanado de alguna de estas corporaciones.
  2. Declara nulas las elecciones de Diputados i Senadores de esta ciudad, i por la intervencion que han tenido en las Cámaras, insubsistentes los nombramientos que estos cuerpos hayan hecho de cualesquiera empleados.
  3. Niega la autoridad al que actualmente obtiene el mando de la República, i a las Cámaras que se han puesto en receso.

Acuerda:

Para remediar los males que pudieran sobrevenir por falta de Gobierno, el nombrar una Junta que lo desempeñe con todas las facultades que este vecindario pueda concederle para que se espida sin tropiezo i sin embarazo, compuesta del Excmo Señor Capitan Jeneral don Ramon Freire, en quien residirá el mando de la fuerza armada, i de los señores don Francisco Ruiz Tagle i don Juan Agustin Alcalde.

Esta Junta dictará inmediatamente todas las providencias que estime necesarias para calmar la inquietud de las provincias, invitar a sus gobiernos a que nombren plenipotenciarios que restituyan la union, corrijan la lei de elecciones para proceder a otras nuevas, i restablezcan el órden constitucional.

La Junta se ceñirá estrictamente en sus funciones a lo que dispone la Constitucion.

Este acuerdo se pondrá en noticia del que se dice Presidente interino, i de los individuos en él nombrados, por una comision compuesta del Dr. don Juan Francisco Meneses, don José María Guzman , don Diego Antonio Barros i don Manuel Gandarillas. Asimismo se ha acordado que esta acta sea firmada a nombre del vecindario por los señores don Agustin Vial, don José María Rozas , don Mariano Aristía, don José María Tocornal, don Juan de Dios Correa, don Diego Guzman, don Antonio Mendiburu, don José Manuel Barros, don Miguel Truríos, don Santiago Salas, don Miguel Valdés i don Agustin Larrain.

Agustin Vial Santelices. —José María Rozas. —Mariano Aristía. —José María Tocornal. —Juan de Dios Correa. —Diego Guzman e Ibañez. —Antonio Mendiburu. —José Manuel Barros. —Miguel Francisco de Trucíos. —Santiago Salas. —Miguel Valdés. —Agustin Larrain. —Ante mí, Manuel Solís, Escribano Público i del Consulado.


Núm. 272[3][editar]

¡Viva la independencia de Colchagua!
AVISO A LOS DIPUTADOS I SENADORES DE AQUELLA PROVINCIA

Los Constitucionales, los hombres libres se conmueven por una especie de electricismo patrio de un estremo a otro de la República, i ya no quieren esperar protecciones ni ausílíos de otras provincias para colocarse en el puesto a que los llama el movimiento jeneral; así ha sucedido en Colchagua a las dos de la mañana del dia de ayer 1.º del corriente, como se manifiesta por el siguiente capítulo de carta escrita a las cuatro de la mañana.

"Ayer en la tarde nos reunimos en ésta, i en el momento todos los amigos de la Constitucion se espresaron con el mayor calor duró poco la conferencia, porque a una voz nos comprometimos a morir en la noche o penetrar al cuartel de cazadores, cuyos soldados, sarjentos i tres oficiales ya estaban de acuerdo con nosotros; pues aunque habíamos visto al comandante Urquizo, siempre nos estaba entreteniendo. A la una i media de la mañana nos acercamos, dimos la seña convenida, i la tropa amarró al comandante i a algunos oficiales i entramos todos al cuartel. El entusiasmo no tenia límites: la tropa pedia nos fuésemos a tomar el cuartel del batallon número 1, que hasta esta hora en que estoi escribiendo, duerme con todas las autoridades intrusas allí dentro.

Aun no amanece, i ya tenemos por cuatrocientos milicianos de caballería, i antes de dos horas tendremos mil, i será nuestro el número 1, porque también entre ellos tenemos dos oficiales i los cabos i sárjentos que se nos estaban invitando, i aun creímos hacer primero con ellos el movimiento; pero se proporcionó antes dar principio por los cazadores para que así ninguno fugase.

Antes de ayer entraron a Curicó varios paisanos pi otejidos por una partida del bravo coronel Búlnes, i se sacaron todas las municiones i armamento, que ahora están a nuestra disposicion. Ya oficiamos al señor Búlnes para que entre en esta ciudad entre vivas i aclamaciones. ¿Qué harán ahora los que se han sentado en ese Congreso como si fuesen senadores de esta provincia? Veremos si en adelante hai alguno que se atreva a romper cajas de votos para salir diputado. No hai mas tiempo."


Núm. 273[4][editar]

Municipalidad del Parral.

Cuando los pueblos nombraron sus representantes al primer Congreso Constitucional, i cuando de ellos esperaba un profundo respeto hácia la leí que todos los chilenos juraron sostener a costa de su misma existencia, si era necesario, hoi se ve con sumo dolor infrinjida esa lei, i por consiguiente rotos los lazos que unian a la nacion.

Los Representantes han prostituido sus augustos deberes: han destruido la obra de diezinueve años de sacrificios; i cada pueblo altamente indignado de tan horrendo crimen, les prepara un juicio en que su justicia será inexorable.

Por esto es que el del Parral ha acordado se retiren a V.S. los poderes que le fueron dados, i que se le llame a responder de su conducta, seguro de que esta habrá sido la mejor en los notables sucesos que han comprometido la dignidad nacional.

El Cabildo que suscribe pone en conocimiento de V.S. lo acordado, ordenándole su retiro de aquella Representacion, i las protestas de nulidad que debe hacer al separarse, para dar cuenta de todo a su pueblo comitente.

Con este motivo, la Municipalidad ofrece a V.S. las consideraciones de su distinguido aprecio. —Parral, Octubre 23 de 1829. —José Ignacio Urrutia. —José Ramon Villagran. —Estéban Troncoso. —José María Vallejo. —Pedro Martínez. —José Antonio Villagran. —José María Urrutia. —Al señor Diputado del Parral en el Congreso.


Núm. 274[5][editar]

Gobierno Local

Remito a V.S en copia el acuerdo celebrado por esta Ilustre Municipalidad en este dia, a efecto de que se sirva daile el curso que en él se indica. De órden de la misma Corporacion tengo el honor de verificarlo, reiterándole mis respetos i consideraciones. —José María Urivi. —San Felipe, Noviembre 6 de 1829. —Al señor Vice-Intendente de la provincia.


Núm. 275[editar]

ACTA[editar]

Reunida esta Municipalidad en ac uerdo estra ordinario, ha tomado en consideracion los sucesos ocurridos en las provincias de Concepcion i Maule, los de la capital de Santiago, las renuncias del Presidente i Vice Presidente de la República i otros pormenores acaecidos en estos últimos dias, con mas el clamor jeneral de esta provincia. Por ponerse a cubierto de los males que amagan al Estado en jeneral, i viendo que todo lo sucedido tiene su oríjen verdadero en las infracciones escandalosas de la misma Constitucion que ahora poco tiempo se juró guardar i observar, esta Municipalidad ha resuelto, uniformando sus sentimientos con los de las referidas provincias, retirar los poderes a los Diputados que fueron de San Felipe, para que en lo sucesivo no pertenezcan al cuerpo del actual Congreso, acusado de infractor de la Carta Constitucional; i a fin de que tenga el verificativo conveniente, se oficie por el Presidente de esta Corporacion a los Diputados de esta ciudad con copia de este acuerdo, i al señor Vice-Intendente de la provincia para que lo trasmita al conocimiento del Jefe de la República.

Sala Capitular de San Felipe, Noviembre 6 de de 1829. —José María Urivi. —José Antonio Osorio. —Tomas Echavarría. —Agustin Martínez. —Fernando Urigoitía. Márcos Salinas. —Francisco de Villegas, Secretario.


Núm. 276[editar]

Intendencia de Aconcagua

Acompaño a V.S. la nota orijinal i acta del Cabildo en testimonio que el Gobernador local de esta ciudad ha dirijido a este Gobierno, en fecha de este dia, para que se sirva ponerlo en el conocimiento de S.E. el Jefe de la República.

Dios guarde a V.S. muchos años. —Ramon del Canto. —San Felipe, Noviembre 6 de 1829. —Al señor Ministro del Interior.


  1. Este documento ha sido trascrito de El Espectador Chileno, número estraordinario del 2 de Noviembre de 1829. —(Nota del Recopilador.)
  2. Este documento ha sido trascrito de El Sufragante, número 10, correspondiente al 19 de Noviembre de 1829
  3. (1) Este artículo ha sido trascrito de un número estraordinario de El Espectador Chileno, correspondiente al 2 de Noviembre de 1829 i perteneciente a la Biblioteca Nacional. (Nota del Recopilador.)
  4. Este documento ha sido trascrito de El Espectador Chileno 1 úm. 12, correspondiente al 7 de Noviembre de 1829. (Nota del Recopilador.)
  5. Este documento i los dos siguientes han sido trascritos de un número estraordinario de El Espectador Chileno, correspondiente al 10 de Noviembre de 1829 i perteneciente a la Biblioteca Nacional (Nota del Recopilador.)