Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1829/Sesión de la Cámara de Senadores, en 5 de enero de 1829

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Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1829)
Sesión de la Cámara de Senadores, en 5 de enero de 1829
CÁMARA DE SENADORES
SESION 70.ª, EN 5 DE ENERO DE 1829
PRESIDENCIA DE DON MANUEL ANTONIO GONZÁLEZ


SUMARIO. —Asistencia. —Aprobacion del acta de la sesion precedente. —Cuenta. —Proyecto de plan de sueldos. —Id. de ereccion de tres Cortes de Apelaciones. —Comunicacion de la municipalidad de Valdivia. —Reintegro de la Comision de Gobierno. —Camino de Aconcagua a Valparaíso. —Acta. —Anexo.

CUENTA[editar]

Se da cuenta:

  1. De un oficio en que la Cámara de Diputados comunica la renovacion de su Mesa. (Anexo núm. 397 . V. sesion del 2 de Diciembre de 1828.)
  2. De un plan jeneral de sueldos propuesto por don Manuel Gormaz. (Anexo núm. 598. V. sesion del 6 de Abril de 1824, 24 de Noviembre de 1826, 11 de Mayo de 1827 i 23 de A bril de 1828.)
  3. De un proyecto de don Manuel Antonio González, quien propone se disponga que en lo sucesivo funcionen tres Cortes de Apelaciones, en Coquimbo, Santiago i Concepcion. (Anexo núm. 599. V. sesion del 1 de Setiembre de 1828.)
  4. De un oficio de la municipalidad de Valdivia, la cual pide se fije el órden de precedencia que corresponda al juez de derecho de aquella provincia. (V. sesion del 14 de Abril de 1820.)

ACUERDOS[editar]

Se acuerda:

  1. Que la Comision de Hacienda dictamine sobre el plan de sueldos propuesto por el señor Gormaz. (V. sesion del 14.)
  2. Que la Comision de Justicia i Lejislacion dictamine sobre el proyecto de ereccion de Cortes de Apelaciones, (V. sesion del 7.)
  3. Que la municipalidad de Valdivia dirija su petición por el conducto debido.
  4. Integrar la Comision de Gobierno con el señor Recabárren.
  5. Aprobar en jeneral el proyecto de lei que manda construir un camino carril entre Aconcagua i Valparaíso. (V. sesiones del 23 de Diciembre de 1828 i 7 de Enero de 1829.)

ACTA[editar]

Se abrió con los señores Calderon, Gormaz, González, Lira, Prado, Recabárren, Sánchez, Vial i Vicuña. Faltaron con licencia los señores Fernández, Albano, Marin, Novoa i Guerrero.

Se aprobó el acta de la sesion anterior. Se leyó una comunicación de la Cámara de Diputados anunciando la eleccion de Presidente i Vice-Presidente de aquella Sala.

Se leyeron también dos mociones, la primera del señor Gormaz proponiendo un plan de sueldos; se mandó a la Comision de Hacienda. La segunda del señor González para que se establezcan tres Cortes de Apelaciones en la República, en Santiago, Concepción i Coquimbo; se mandó a la Comision de Justicia i Lejislacion.

Se dió cuenta por el secretario de que la comunicacion de la municipalidad de Valdivia se dirijia a que el Congreso determinase el lugar que debia ocupar el juez de derecho de aquella provincia en las concurrencias; i se acordó se le contestase por secretaría que dirijiese su comunicación por el conducto correspondiente.

Despues de esto, el señor Calderon espuso a la Sala que hallándose ausente la mayor parte de los miembros que componen la Comision de Gobierno, creia necesario el que se agregasen a ella otros señores para dictaminar sobre la mocion del señor Vial; i se determinó que se agregase el señor Recabárren en caso que no llegase pronto el señor Fernández.

En segunda hora se tuvo presente la indicacion del señor Gormaz i el dictámen de la Comision de Policía interior, a fin de que se trajese a la discusión, con preferencia, la mocion presentada al Congreso por ocho diputados en Valparaíso, para que se construya un camino desde esta ciudad hasta Aconcagua; i habiéndose discutido la mocion fué aprobada en jeneral, levantándose despues de esto la sesión a la hora acostumbrada. —Manuel Antonio González.


ANEXOS[editar]

Núm. 597[editar]

La Cámara de Diputados, en sesion de este dia, ha elejido para Presidente de la Sala, al señor don Fernando Antonio Elizalde i para Vice-Presidente al señor don Francisco Gana.

El que suscribe tiene la honra de comunicarlo al señor Presidente de la Cámara de Senadores i de saludarle con su mayor aprecio. —Cámara de Diputados, Santiago i Enero 2 de 1829. — Rafael Bilbao . —Diego Arriaran, Pro-Secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm. 598[editar]

<center>MOCION

Según la Constitucion, el Congreso debe designar el sueldo que corresponde a cada uno de sus funcionarios; i siendo de necesidad sancionar por ahora aquellos principales, como son los de los tres Poderes Lejislativo, Ejecutivo i Judicial, someto a la Sala el siguiente presupuesto para que, si lo estima arreglado, se sirva sancionarlo:

PODER LEJISLATIVO
Cámara de Senadores

Cada senador, por el tiempo que estuviese desempeñando sus funciones de tal, desde el dia de su recibimiento, hasta el de su receso, disfrutará la asignación a razón de tres mil pesos al año.

Su secretario, si no fuese senador, a razon de dos mil pesos. Los oficiales de la secretaría i los sirvientes del Senado gozarán el mismo sueldo que actualmente gozan.

Cámara de Diputados

Cada diputado tendrá la dieta de cinco pesos diarios por todo el tiempo que estuviese ejerciendo las funciones de tal, i como se ha espresado para el sueldo de los senadores. El secretario igual asignacion que al de la Cámara de Senadores.

Los oficiales de secretaría i sirvientes el mismo que gozan.

Comision Permanente

Como los individuos de que se componga esta Comision son de los senadores, percibirán la misma asignación señalada para aquellos.

(Nota. —Estos tres cuerpos, en razón de que unos deben servir tres meses del año, i tal vez cuatro, i otro nueve u ocho, como igualmente algunos de ellos, empleados que disfrutan sueldo, se calcula su gasto anual en cuarenta i Ocho mil pesos, 48,000.)


PODER EJECUTIVO
El Presidente de la República disfrutará el sueldo anual de quince mil pesos $ 15,000
El Vice-Presidente igual sueldo cuando supla por aquel.
Su capellan trescientos pesos 300
El portero trescientos pesos 300
El sitialero cien pesos 100


Edecanes
El número de los edecanes será solo de cuatro, a saber:
Un teniente coronel de infantería con el sueldo de caballería. 1,8oo


Un sárjento mayor con el sueldo de caballería 1,296
Un capitan con el sueldo de caballería 912
Un subteniente con el sueldo de caballería 396
$ 20,104
Ministerio del Interior i Esterior
El Ministro disfrutará el sueldo anual de cuatro mil pesos $ 4,000
Los oficiales para el desempeño de ámbos destinos solo serán cinco, a saber:
Un oficial mayor con el sueldo anual de dos mil pesos 2,000
Dos primeros a mil pesos 2,000
Un segundo setecientos pesos 700
Un tercero con seiscientos pesos 600
Un archivero con seiscientos pesos 600
Una ordenanza con ciento cincuenta pesos al año 150
Para gastos de secretaría doscientos pesos anuales 200
Para el periodista de la Gaceta Ministerial seiscientos pesos anuales 600
$ 10,850
Ministerio de Hacienda
El Ministro disfrutará el sueldo anual de cuatro mil pesos $ 4,000
Los oficiales para el desempeño de la secretaría serán solo cuatro, a saber:
Un oficial mayor con dos mil pesos anuales 2,000
Un primero con mil pesos 1,000
Un segundo con setecientos 700
Un tercero con seiscientos. 600
Un oficial de partes con seiscientos 600
Un portero con ciento cincuenta pesos 150
Para gastos de secretaría doscientos pesos anuales 200
$ 9,250
Ministerio de la Guerra i Marina
El Ministro gozará el sueldo anual de cuatro mil pesos 4,000
Los oficiales para el desempeño de ámbos objetos son seis, a saber:
Un oficial mayor con dos mil pesos anuales 2,000
Dos primeros con mil pesos cada uno. 2,000
Un segundo con setecientos pesos. 700
Un tercero con seiscientos pesos 600
Un oficial ausiliar con un peso diario. 365
La ordenanza con ciento cincuenta pesos 150
Para gastos doscientos pesos anuales. 200
$ 10,015
PODER JUDICIAL
Suprema Corte de Justicia
Este Tribunal se compone de cinco individuos i un Fiscal, a saber:
Un Presidente con el sueldo anual de tres mil quinientos pesos $ 3,500
Cuatro Ministros a tres mil pesos. 12,000
Un Fiscal, el mismo sueldo. 3,000
$ 18,500
Secretaría
Secretario Relator con ochocientos pesos anuales 800
Un escribiente con trescientos pesos. 300
Un portero con doscientos pesos anuales 200
Una ordenanza con treinta pesos anuales 30
Para gastos de escritorio cincuenta pesos 50
$ 19,880
Resúmen jeneral de sueldos
Del Poder Lejislativo $ 48,000
Del Ejecutivo 20,104
De la Suprema Corte de Justicia 19,880
Total $ 87,984


Santiago, Enero 4 de 1829. — Manuel Gormaz.

Núm. 599[editar]

MOCION

Artículo primero. Para la mejor administracion de justicia se establecen por ahora en la República de Chile tres Cortes de Apelaciones: una en la capital de Concepcion, cuya jurisdiccion se estiende desde el Cabo de Hornos hasta la márjen meridional del Maule; otra en la capital de Santiago, cuya jurisdiccion se estiende desde el Maule hasta las, márjenes del Choapa; i otra en la capital de Coquimbo, cuya jurisdiccion se estiende desde la márjen septentrional del Choapa hasta el despoblado de Atacama.

Art. 2.º Cada Corte de Apelaciones se compondrá de un Rejente, dos Ministros propieta rios i un Fiscal. Tendrá a mas cada Corte un Ministro especial de Hacienda i otro de Comercio.

Art. 3.º Para los casos de implicancia, enfermedad, recusación o ausencia, tendrá cada Corte dos suplentes, nombrados del mismo modo que los propietarios, mas no es preciso que sean letrados sino que podran ser hombres buenos.

Art. 4.º Corresponde también a cada Corte nombrar un Relator-Secretario i los correspondientes Ministros subalternos. —Santiago i Enero 5 de 1829. Manuel Antonio González.