Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1830/Sesión del Congreso de Plenipotenciarios, en 16 de noviembre de 1830 (2)

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Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1830)
Sesión del Congreso de Plenipotenciarios, en 16 de noviembre de 1830 (2)
CONGRESO DE PLENIPOTENCIARIOS
SESION 77, SECRETA, EN 16 DE NOVIEMBRE DE 1830
PRESIDENCIA DE DON FERNANDO ERRÁZURIZ


SUMARIO. —Cuenta. —Absolucion judicial de don J. Antonio Díaz de Salcedo, alcaide de la Aduana de Valparaíso. —Anexos.

CUENTA[editar]

Se da cuenta:

De un oficio reservado en que S. E. el Vice-Presidente de la República comunica que don Juan Antonio Díaz de Salcedo ha sido absuelto en primera i en segunda instancia de los cargos que se le hacian como alcaide de la aduana de Valparaíso, i pide autorizacion para destituirlo. (Anexo núm. 830. V. sesion del 8.)

ACUERDO[editar]

Se acuerda:

Aprobar la destitución de don Juan Antonio Díaz de Salcedo de la alcaidía de la aduana de Valparaíso. (Anexo núm. 831. V. C. de SS. en 6 bis de Octubre de 1831.)

ANEXOS[editar]

Núm. 830[editar]

(Reservado)

En el año de 1829 i presente se ha seguido causa al alcaide de la aduana de Valparaíso, don Juan Antonio Díaz de Salcedo, por faltas que se le imputaban en el desempeño de su cargo. El Juez de primera instancia le absolvió por sentencia de 9 de Octubre último, que aprobó la Ilustrísima Corte de Justicia en sala de hacienda por auto de 5 del corriente.

El Gobierno, siguiendo el curso ordinario de esta clase de asuntos, debería ordenar la vuelta de este empleado a continuar sus servicios; pero, al quererlo intentar, lo retrae la opinion poco favorable de sus aptitudes. A pesar de esto, se ha tomado el tiempo necesario para informarse nuevamente de ellas, i el resultado ha sido el mismo.

En estas circunstancias, i consultando el mejor servicio de la Alcaidía, el Vice Presidente de la República se dirije al Congreso Nacional de Plenipotenciarios para, con su acuerdo, proceder a la destitucion de este empleado, en virtud de la facultad que para ello le concede la atribucion 6.ª del artículo 83 de la Constitucion vijente. El Vice Presidente de la República, al ponerse de acuerdo para este caso con el Congreso Nacional de Plenipotenciarios, tiene el placer de repetirle sus consideraciones de aprecio. —Santiago i Noviembre 12 de 1830. —José Tomas de Ovalle. Manuel Renjifo. —Al Congreso Nacional de Plenipotenciarios.


Núm. 831[editar]

El Congreso Nacional de Plenipotenciarios ha tomado en consideracion la nota de S. E. el Vice-Presidente de la República en que espone haber sido absuelto por los tribunales competentes el Alcaide de la Aduana de Valparaíso, don Juan Antonio Díaz de Salcedo, en la causa que se le siguió por faltas imputadas en el desempeño de su cargo; i en su consecuencia, el Gobierno debe ordenar vuelva a continuar sus servicios, de lo que le retraen los informes poco favorables que tiene desús aptitudes; i en sesión de ayer aprobó la destitución del Alcaide don Juan Antonio Díaz de Salcedo, que propone el Ejecutivo. —Dios guarde a V. E. muchos años. —Santiago, Noviembre 17 de 1830.