Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1830/Sesión del Congreso de Plenipotenciarios, en 9 de marzo de 1830 (2)

De Wikisource, la biblioteca libre.
Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1830)
Sesión del Congreso de Plenipotenciarios, en 9 de marzo de 1830 (2)
CONGRESO DE PLENIPOTENCIARIOS
SESION BIS 12, SECRETA EN 9 DE MARZO DE 1830
PRESIDENCIA DE DON JOSÉ ANTONIO RODRIGUEZ


SUMARIO. —Asistencia. —Aprobacion del acta de la sesion secreta del 1.º de Marzo. —Medidas contra los jefes que se han negado a reconocer al Congreso. —Acta. —Anexo.

ACUERDO[editar]

Se acuerda:

Mandar que se adopten severas medidas para que reconozcan al Congreso los jefes militares que se han negado a hacerlo (Anexo núm.324. V. sesiones del 8, el 9 i el 22 de Marzo i 15 de Abril de 1830.)


ACTA[editar]

SESION SECRETA DEL 9 DE MARZO

Se abrió con los señores Cardoso, Edwards, Molina, Rodríguez (don Tomás), Rodríguez (don José Antonio) i Tocornal.

Leida el acta de la sesión secreta del 1.º de Marzo, fué aprobada. Inmediatamente se tomó en consideración la negativa de los Jenerales Jefes i oficiales al reconocimiento i obediencia del Congreso, i en su consecuencia, se redactaron i aprobaron los artículos siguientes:

"El Congreso Nacional ele Plenipotenciarios, habiendo considerado las contestaciones que por escrito i de palabra han dado algunos Jenerales, Jefes i Oficiales militares, negándose a reconocer i obedecer a esta Representacion Nacional, cuyo funesto i pésimo ejemplo de insubordinacion i desacato exije prontas providencias, ha acordado i decreta:

"Articulo primero. Devuélvanse al Poder Ejecutivo las contestaciones orijinales de los Jenerales, Jefes i Oficiales, rubricándose antes al márjen por el Presidente i el Secretario, las de aquellos que no han reconocido al Congreso i las de la Comandancia Jeneral de Armas en que consta la contumacia de los que no han querido concurrir a la Sala.

  1. Pásese tambien copia certificada de las actas de 24 del mes antepróximo, 1.º, 4, 8 del corriente i de las de hoi en lo respectivo a las anteriores contestaciones.
  2. El Poder Ejecutivo, en vista de los documentos de que hablan los artículos anteriores, procederá a tomar antes de 24 horas las mas enérjicas providencias en reparación del insulto que se ha hecho a la Nacion i en seguridad de la tranquilidad pública.
  3. Devuélvanse los orijinales, rubricando antes al márjen la nota del Comandante Jeneral de Armas del 6 del corriente, con los partes de los ayudantes, para que el Poder Ejecutivo provea lo conveniente.
  4. El Poder Ejecutivo mandará imprimir a la mayor brevedad todos esos documentos con las providencias que hubiere tomado.
  5. Comuniqúese inmediatamente."

En este estado se levantó la sesion. — Rodríguez.


ANEXO[editar]

Núm. 324[editar]

El Congreso Nacional de Plenipotenciarios, habiendo considerado las contestaciones que por escrito i de palabra han dado algunos Jenerales, Jefes i Oficiales militares, negándose a reconocer i obedecer a esta Representacion Nacional, cuyo funesto i primer ejemplo de insubordinacion i de desacato, exije prontas providencias, ha acordado i decreta: —(Sigue el acuerdo constante de seis artículos que van insertos en el cuerpo del Acta.)

El Vice-Presidente que suscribe, al comunicarlo al Poder Ejecutivo, le ruega acepte las consideraciones de su alto aprecio. —Santiago, Marzo 9 de 1830. — José Antonio Rodríguez, Vice-Presidente. —Molina, Secretario.