Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1831/Sesión de la Cámara de Diputados, en 28 de mayo de 1831

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Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1831)
Sesión de la Cámara de Diputados, en 28 de mayo de 1831
CÁMARA DE DIPUTADOS
SESION 2.ª, PREPARATORIA, EN 28 DE MAYO DE 1831
PRESIDENCIA DE DON JOAQUIN TOCORNAL


SUMARIO. —Asistencia. —Aprobacion del acta de la sesion precedente. —Comision para formar un proyecto de reglamento interior. —Poderes de 25 diputados. —Nueva sesion preparatoria. —Acta. —Anexos.

CUENTA[editar]

Se da cuenta:

De varias actas electorales que acreditan como diputados a sesenta i un ciudadanos. (Anexos núms. 5 a 37.)


ACUERDOS[editar]

Se acuerda:

  1. Que una comision compuesta de don Juán de Dios Vial del Rio, don Manuel Camilo Vial i don Manuel Carvallo, formulen i presenten a la Cámara un proyecto de reglamento interior.(V. sesiones del 4. de Agosto de 1829 i 6 de Junio de 1831.)
  2. Celebrar nueva sesion preparatoria el 31 de los corrientes en la noche.

ACTA[editar]


2.ª sesion preparatoria de los señoreselectos para la Cámara de Diputados. Mayo 28 DE 1831

Se abrió la sesion i concurrieron a ella el señor Presidente accidental i los señores Uriondo, Fierro, Vial don Manuel, Gárfias, Uribe, Martínez, Blest, Cuadra, González, Carvallo don Francisco, Carvallo don Manuel, Puga, Rodríguez, Campino, Echeverz, Infante, Osorio, García de la Huerta, Vial del Rio, Marin, Rosales, Moreno, Tocornal don Gabriel José, Pérez, López, Larrain, Astorga, Mendiburu i el secretario.

Leida i aprobada el acta de la sesion anterior,el señor Presidente consultó a la Sala si se nombraba una comision para que redactase un proyecto de reglamento interior.

El señor Rodríguez opinó que no correspon día a la Sala ocuparse de este asunto hasta no estar instaladas las Cámaras. El señor Marin rebatió convincentemente esta opinion i, en consecuencia, se resolvió a pluralidad absoluta de votos que se nombrase la comision indicada.

Así se verificó recayendo el nombramiento en los señores don Juan de Dios Vial del Rio, don Manuel Camilo Vial i don Manuel Carvallo. La Comision Revisora nombrada en la sesión anterior, dio cuenta i entregó al secretario las actas de eleccion de veinticinco señores que hasta entónces le habian presentado estos documentos.

El señor Presidente citó para tercera sesion preparatoria en la noche del mártes treinta i uno del actual, i se levantó la sesion. —TOCORNAL. —Renjifo, diputado-secretario.


ANEXOS[editar]

Núm. 5[editar]

PROVINCIA DE COLCHAGUA PARTIDO DE SAN FERNANDO

De orden de esta Municipalidad, remito a Ud una copia del acta levantada i aprobada por ella i los comisionados de las mesas receptoras del partido, con motivo de la eleccion celebrada el 6 del actual, i por la cual ha cabido a Ud. el cargo de diputado suplente al Congreso Nacional.

Sírvase Ud. acusarme recibo a la mayor brevedad, aceptando las consideraciones. —Marzo 12 de 1831. —Feliciano Silva. — Nicolas Maturana , escribano sustituto. —Señor don José Vicente Bustillos.



Núm. 6[editar]

Reunida la Municipalidad de este departamento de San Fernando, hoi, dia once del mes de Marzo de mil ochocientos treinta i uno, con astistencia de los señores Presidente don Feliciano Silva, alcalde de segunda eleccion don Marco Antonio Valenzuela, rejidor decano don Pedro Ramírez Gutiérrez, sub-decano don Santiago Gallegos, alguacil mayor don Andrés Ríos i alcalde provincial don Valentin Madariaga, a efecto de verificar el escrutinio de la votacion recibida en las parroquias que se contienen en su jurisdiccion, para diputados al Congreso Nacional, mandó examinar, a presencia de los comisionados por las mesas receptoras, las cerraduras de la caja en que se hallaban depositadas las de la votacion, i, hallándolas en el mismo estado en que habían quedado al tiempo de distribuirse las llaves, se procedió a su apertura, i en seguida a la de las cajas que habia dentro.

Acto continuo i con las formalidades de los artículos treinta i tres, treinta í cuatro, treinta i cinco i treinta i seis del Reglamento de Elecciones, se procedió al exámen de todas las cajas, el cual produjo el siguiente resultado:

La de la parroquia de Chimbarongo, doscientos sesenta i un votos; todos ellos a favor de los señores don Diego José Benavente, don Francisco Javier Ovalle, don José Joaquín Cavareda, don José Ánjel Ortúzar i don Ramon Renjifo para diputados al Congreso Nacional, i de suplentes don José Vicente Bustillos i don Joaquin Tocornal.

El de la parroquia de Rio Claro, doscientos sesenta i cuatro votos; todos a favor de los individuos anteriormente nombrados.

El de la parroquia de Reto, ciento catorce votos; tambien para los mismos señores.

El de la parroquia del Rosario, doscientos diez votos; igualmente para los nominados señores.

El de Pichidegua, treinta i tres; igualmente a favor de los predichos individuos.

El de Navidad, ciento diez i ocho; todos a favor de los precitados.

El de Malloa, doscientos seis votos; todos por el mismo orden anteriormente espresado.

El de Nancagua, doscientos ochenta i siete; en la misma forma que se nombraron al principio de esta acta los siete individuos que deben representar este departamento.

El de Guacarhue, cuatrocientos trece votos; todos ellos a favor de los nominados señores.

El de Olivar, doscientos setenta i siete, en favor de los espresados señores.

El de Pencahue, ciento ochenta ¡ dos; todos ellos a favor de los señores anteriormente nombrados.

La parroquia de San Fernando, ciento setenta i tres; todos ellos por el órden citado en la parroquia de Chimbarongo.

Concluida esta operacion, se dió principio al escrutinio jeneral, i hecho con la mayor escrupulosidad, a presencia de los comisionados de las parroquias, obtuvieron para diputados propie tarios al Congreso, don Diego José Benavente dos mil quinientos treinta i ocho sufrajios; don Francisco Javier Ovalle, don Joaquin Cavareda, don José Anjel Ortúzar i don Ramon Renjifo con los mismos; i para suplente don Vicente Bustillos i don Joaquin Tocornal con igual votacion.

Hecha la correspondiente proclamación por el Presidente de la Municipalidad actual, firmó conmigo como secretario de ella la presente acta, despues que fué leida i robada por él. —Feliciano Silva. —Marco Antonio Valenzuela. —José Santiago Gallegos. —Andres Rios. —Pedro José Ramírez. —Valentin Madariaga. —Juan de Dios Villalobos, comisionado de Olivar. —Manuel Cervantes Jaramillo, comisionado de Reto i Nancagua. —Anastasio Lira, comisionado del Rosario. —José María Ceron, comisionado de Pichidegua. —Joaquin Fermandois, comisionado de Chimbarongo. —Valentin Navarro, comisionado de Navidad. —José Casimiro Maturaría, comisionado de Pencahue i Malloa. —Francisco Javier Toro, comisionado por Rio Claro. —Pascual Ortiz, comisionado por San Fernando. —Pedro Herrera, comisionado por Guacarhue,— Por enfermedad del actuario pasó ante mí, Nicolás Maturana, escribano sustituto.

En fuerza de estar así manifestada la libre voluntad de este pueblo i demás de su comprension, que mira con la mayor confianza la idoneidad i mérito de los antedichos sujetos, i plenamente seguros de su amor nacional, les confieren cuanto poder se estime necesario para que procedan a reunir i a acordar cuantos medios crean útiles para anticipar la época de la reforma de la Constitucion, i asegurar la tranquilidad i union de toda la Nacion, sin que, por falta de poder, dejen de obrar sobre tan altos fines, adelantándose hasta concurrir a dictar leyes fundamentales i reglamentarias para llegar al fin deseado.

Aprueban i ratifican, desde ahora, cuanto obren i se ofrecen a obedecer lo que se tratase i sancionase por los antedichos sus representantes, de quienes esperan que, atendiendo a tan distinguida confianza, acepten este cargo. I, dándose a cada uno testimonio del acta i poder, ocurran ante las autoridades que estimen precisas i pongan inmediatamente en ejercicio sus funciones. Así lo otorgaron i firmaron en el citado dia, mes i año de que certifico. —Feliciano Silva. —Marco Antonio alenzuela. -José Santiago Gallegos. —Andres Rios.—Pedro José Ramírez. —Valentin Madariaga.- Ante mí, Nicolas Maturana, escribano sustituto. Es copia de su orijinal que consta en los libros de Cabildo, a cargo del presente actuario, i por su enfermedad doi ésta en la ciudad de San Fernando a catorce de Marzo de mil ochocientos treinta i uno. —Nicolas Maturana, escribano sustituto.



Núm.7[editar]

En la villa de Quirihue i en diez dias del mes de Marzo de mil ochocientos treinta í uno, para efecto de darle su debido cumplimiento a la leí, según lo dispuesto en el Reglamento de Elecciones, capítulo tercero, artículo treinta i tres, nos reunimos en la Sala Consistorial, el gobernador, Ilustre Municipalidad i dos comisionados por las mesas de las parroquias Quirihue i Ninhue, comprendidas en la jurisdiccion de este partido, i habiendo, a presencia de todos, examinado la caja principal, se encontró cerrada i marchamada, en los mismos términos que se dejó el dia anterior, i, procediendo a su apertura, se sacaron de ella las dos urnas i, colocadas sobre una mesa, se abrieron por su orden, haciéndolo primero con la de esta parroquia, i examinando los boletos con el rejístro particular de la mesa por quien era dirijida, i con el rejistro jeneral que está archivado resultaron votos para diputados al Congreso en favor de don Julián Jarpa dos, i don Francisco de Borja Irarrázaval ochenta i ocho, i para suplente en favor de don Eujenio López dos, don Juan Antonio González uno i el presbítero don Juan José Uribe ochenta i ocho.

Concluida esta dilijencia, se procedió a la apertura de la de Ninhue, i hecho el exámen en la caja, se abrió en la forma antecedente, i resultaron votos en favor de don Diego Benavente, para diputado, seis, i veinte i siete por don Francisco de Borja Irarrázaval, i para suplente tres por don Juan Antonio González, tres por don Ánjel Prieto i veinte i siete por don Juan José Uribe, advirtiéndose que todos los votos jeneralmente han venido con la espresion de facultar al diputado, representante en el Soberano Congreso, para que pueda con anticipacion convocar la Gran Convencion, i habiéndose examinado la votacion en el escrutinio jeneral, resultaron con sufrajios para diputados al Congreso don Julián Jarpa con dos votos; don Diego Benavente con seis i don Francisco de Borja Irarrázaval con ciento quince, i para suplente don Eujenio López con dos votos: don Juan Antonio González con cuatro; don Anjel Prieto con tres i don Juan José Uribe con ciento quince, habiendo salido por diputado, representante de este partido, don Francisco de Borja Irarrázaval i por suplente el presbítero don Juan José Uribe, a los que se les pasará una copia de esta acta i los correspondientes poderes, con todo lo que se concluyó esta obra i para constancia la firmaron.

—JOSÉ MARÍA SOTO AGUILAR. —Francisco Merino. —Luis Fuente Alba. —Valentin de la Parra. —José del Tránsito Muñoz. —Diego Gómez. —Ramon Oviedo. —Juán Valenzuela. —José María Merino, secretario.

Es copia de su orijinal que existe en el libro municipal de esta villa, a que me refiero. —Quirihue, Marzo diez de mil ochocientos treinta i ; un años.— JOSÉ MARÍA SOTO AGUILAR.



Núm 8[editar]

En la villa de Quirihue i en diez dias del mes de Marzo de mil ochocientos treinta i uno, reunidos en la Sala de Acuerdos el gobernador i demás señores que componen la Ilustre Municipalidad, dijeron: que, por cuanto habian salido electos por la voluntad jeneral de todos los ciudadanos activos en este partido de Itata, don Francisco de Borja IrarrázavalFrancisco de Borja Irarrázaval i el presbítero don Juan José Uribe para representantes en el Soberano Congreso que se va a instalar en la capital del Estado, a nombre de todos los ciudadanos les dan su poder bastante i que en derecho se requiere, con facultad pata que anticipen la convocacion de la Gran Convencion, pues así lo han espre sado libremente sus comitentes en el billete de su frajio. I a dicho nombre les dan todas las facultades necesarias que se requieren para desempeñar el cargo a que se les destina, debiendo hacer cuanto esté a sus alcances en beneficencia jeneral de todo el Estado de Chile i en particu- lar por este partido por quien se les apodera; i no separándose de la verdadera senda que conduce al buen réjimen, orden i tranquilidad del pais, les clan para todo lo demás amplísimas facultades con renunciación de las leyes de su favor i demás requisitos que en estos casos se acostumbra, remitiéndoseles una copia de este orijinal así al diputado como al suplente, i para su constancia lo firmaron conmigo ei presente secretario.

Es copia de su orijinal que existe en el libro municipal de esta villa, a que me refiero. ——Quirihue, Marzo 10 de 1831. JOSÉ MARÍA SOTO AGUILAR.



Núm.9[editar]

Reunida la Municipalidad del partido de Castro el dia diez del mes de Marzo del año de mil ochocientos treinta i uno, con asistencia del señor Presidente, rejidores don Juan de Dios Vera, don Javier Cárcamo, don Fermin Bórquez, Benigno Bórquez, Valeriano Barrientos, Luis Bórquez, Fstéban Henríquez i don Claudio Cárcamo, a efecto de verificar el escrutinio de la votacion ecibida en esta parroquia i vice de Lemui i Chonchi, que se contienen en la jurisdicción, para diputados al Congreso, mandó examinar, a presencia de los comisionados por las mesas receptoras, las cerraduras de la caja en que se hallaban depositadas las de la votacion, i,hallándolas en el mismo estado en que habían quedado al tiempo de distribuirse las llaves, se procedió a su apertura, i en seguida a la de las cajas que había dentro.

Acto continuo i con las formalidades de los artículos 34, 35 i 36 del Reglamento de Elecciones, se procedió al exámen de todas las cajas, (la de Lemui no remitió las cajas, pero sí una acta testimonio del escrutinio que en aquella Municipalidad se hizo), el cual produjo el siguiente resultado:

La dé la parroquia de Castro treinta i ocho votos; de ellos catorce a favor del presbítero don Manuel Martínez para propietario, tres a favor de don Pío Silva Cienfuegos para id, dos a favor de don Matías Godomar para id; trece a don Ignacio Eyzaguirre para suplente, tres a don Juan Francisco Meneses para id, dos a don José Manuel Feliú para id i uno a don Eujenio Matta para id.

El acta de la vice-parroquia de Lemui noventa i cuatro votos; de ellos cuarenta i cinco a favor del presbítero don Manuel Martínez para propietario, treinta i cinco a don Ignacio Eyzaguirre para suplente, ocho a don Eujenio Matta para suplente, uno a don Diego Carvallo para id, tres a don Antonio Pérez i dos a don Isidro Pantoja.

La de la vice-parroquia de Chonchi ciento catorce; de ellos cincuenta i seis a favor del presbítero don Manuel Martínez para propietario, uno a don Diego Carvallo para id, cincuenta i seis a don Ignacio Eyzaguirre para suplente i uno a don Pedro Andrade.

En seguida se procedió al escrutinio jeneral, i hecho con la mayor exactitud, a presencia de los comisionados de esta parroquia i vice, que lo son: don Francisco Elgueta, por la de Lemui; don Manuel Galindo, por la de Chonchi i don Estéban Henríquez, por la de Castro, obtuvo ciento quince votos el presbítero don Manuel Martínez para diputado propietario, tres don Pío Silva Cienfuegos, dos don Matías Godomar; ciento cuatro don Ignacio Eyzaguirre para suplente, nueve don Eujenio Matta, tres don Juan Francisco Meneses, tres don Antonio Pérez, dos don José Manuel Feliú, dos don Isidro Pantoja, dos don Diego Carvallo i uno don Pedro Andrade; resultando, de consiguiente, electos el presbítero don Manuel Martínez i don Ignacio Eyzaguirre.

Hecha la correspondiente proclamación por el Presidente, firmó conmigo como secretario de Cabildo la presente acta, despues que fué leída i aprobada por él.— Francisco Alvarez. — Valeriano Barrientos. — Juan de Dios Vera. Esteban Henríquez. —Fermin Bórquez. — Luis Bórquez. — Benigno Bórquez. — Javier Cárcamo. — Claudio Cárcamo, secretario. — Francisco Elgueta. — Manuel Galindo.

Es copia del orijinal que queda archivado en esta Municipalidad. — Castro, 12 de Marzo de 1831.— FRANCISCO ÁLVAREZ, Presidente. Claudio Cárcamo, secretario.



Núm.10[editar]

De orden de esta Municipalidad, remito a Ud. una copia del acta levantada i aprobada por ella i el comisionado de la mesa receptora del partido, con motivo de la elección celebrada en 7 del que rije, i por la cual ha cabido a Ud. el cargo de diputado suplente por esta delegación, para que en los casos que designa la leí pueda presentarse.

Sírvase Ud. acusarme el correspondiente recibo a la mayor brevedad, i aceptar las consideraciones de mi mayor aprecio. — Provincia de Chiloé.— - San Carlos, Marzo 17 de 1831.—Manuel VELÁSQUEZ, Presidente. — J . Antonio Garrao, rejidor-secretario. — Al señor don Ignacio Eyzaguirre.



Núm. 11[editar]

Reunida la Municipalidad de la capital de San Carlos en la provincia deChiloé, el dia diez i seis de Marzo del año de mil ochocientos treinta i uno, con asistencia de los señores Presidente don Manuel Velásqüez i rejidores don Román Guzman, don Francisco Pérez, don Bautista Cárdenas, don Antonio Alvarado, don José Mancilla, don Juan José Carvallo comisionado, i el rejidor i.1°don José Amonio Garrao, a efecto de verificar el escrutinio de la votacion recibida en la parroquia i vices que se contienen en su jurisdicción, para diputado al Congreso i suplente, mandó examinar, a presencia del comisionado por la mesa receptora, las cerraduras de la caja en que se hallaban depositadas las de la votacion, i, hallándolas en el mismo estado en que habian quedado al tiempo de distribuirse las llaves, se procedió a su apertura, i en seguida a la de las cajas que habia dentro.

Acto continuo i con las formalidades de los artículos 33, 34, 35 i 36 del Reglamento de Elecciones, se procedió al exámen de todas las cajas, el cual produjo el siguiente resultado: Por Calbuco, don Ramón Errázuriz con noventa votos; don Dionisio Hontaneda uno para diputado, i para suplente ochenta i tres a favor de don José Manuel Gaadarillas, siete a favor de don José Ignacio Eyzaguirre i uno a don Francisco Bustamante.

El partido de Chacao ciento setenta i ocho votos a favor de don Ramón Errázuriz para diputado, don Dionisio Hontaneda diez, don Fermin Pérez dos, don Antonio Pérez diez i siete, don Manuel Velásquez siete, don Román Guzman trece, don Remijio Andrade tres, don Eujenio Matta dos i don Martin Orjera dos.

Para suplente, don José Ignacio Eyzaguirre ciento cuarenta i cuatro, don Manuel José Gandarillas treinta i seis, don Antonio Pérez quince, don Manuel González seis, don Remijio Andrade once, don José Sánchez tres, don Román Guzman uno, don Manuel Martínez uno, don Manuel Velásquez cinco, don Fermin Pérez seis, don Dionisio Hontaneda dos, don Diego Carvallo tres i don Daniel Foreles uno.

Por Carelmapu, para diputado don Ramón Errázuriz treinta i dos ¡ para suplente don José Ignacio Eyzaguirre con treinta i dos votos, 1 por la parroquia de San Carlos, para diputado noventa i cinco votos don Ramón Errázuriz, ¡ don Martin Orjera veinte i uno i suplente don José Ignacio Eyzaguirre treinta i siete, don Diego Carvallo catorce, don Carlos Rodríguez cuatro, don Manuel José Gandarillas cincuenta 1 siete, don Martin Orjera uno, don Manuel Velásquez tres i don Manuel José Gordóñez uno.

Concluida esta operacíon, se dió principio al escrutinio jeneral, i hechocon la mayor prolijidad, a presencia del comisionado de la parroquia, obtuvieron doscientos noventa i cinco votos don Ramón Errázuriz, don Martin Orjera veinte i tres, don Dionisio Hontaneda once, don Fermin Pérez dos, don Antonio Pérez diez i siete, don Román Guzman trece, don Remijio Andrade tres, don Manuel Velásquez Siete, don Eujenio Matta dos, para diputados i para suplentes, don José Ignacio Eyzaguirre cbn doscientos veinte votos, don Diego Carvallo diez i siete, don Carlos Rodríguez cuatro, don Manuel José Gandarillas ciento setenta i seis, don Martin Orjera uno, don José Manuel Gordóñez tino, don Francisco Bustamante uno, don Dionisio Hontaneda dos, don Fermin Pérez seis, don Antonio Pérez quince, don Román Guzman uno, don Remijio Andrade once, don Manuel Velásquez ocho, don Manuel González seis, don José Sánchez tres, don Manuel Martínez uno, don Daniel Foreles uno; resultando, de consiguiente, electos para diputado al Congreso, don {{MarcaCL|P|Ramón De Errázuriz Aldunate|OK|Acta que acredita la elección de don R. Errázuriz como diputado por Ancud}Ramón Errázuriz i para suplente don José Ignacio Eyzaguirre.

Hecha la correspondiente proclamación por el Presidente, firmó conmigo como secretario de Cabildo la presente acta, despues que fué leída i aprobada por él.— Manuel VELÁSQUEZ, Presidente.— Román Guzman. — Francisco Pérez. —Bautista Cárdenas. Antonio Alvarado.—José Mancilla.—Rejidores.—Juan José Carvallo, comisionado. — José Antonio Garrao, rejidor secretario.

Es copia de la orijinal que obra en la Municipalidad en el archivo de mi cargo, al que me refiero en los casos necesarios. — Manuel VELÁSQUEZ, Presidente.—J . Antonio Garrao, rejidor-secretario.


Núm 12[editar]

Reunida la Municipalidad del partido de la isla de la Laja el dia ocho de Marzo de mil ochocientos treinta i un años, con asistencia de los señores Presidente don Manuel Riquelme, rejidores don Manuel de Miers, don Manuel Nolasco del Rio, don José Antonio Quezada, don Tiburcio Sánchez, don Bernardo Godoy, procurador don Lorenzo de la Maza, secretario don Gregorio Fuente Alba i comisionado por la mesa receptora don Eusebio Frits, a efecto de verificar el escrutinio de la votacion recibida en la parroquia de San Miguel de los Ánjeles, para diputado al Soberano Congreso Nacional, mandó examinar, a presencia del comisionado por la mesa receptora, la cerradura de la caja en que se hallaba depositada la de la votacion, i, hallándola en el mismo estado en que habia quedado al tiempo de distribuirse las llaves, se procedió a su apertura.

Concluida esta operacion, se dió principio al scrutinio, i hecho con la mayor prolijidad, a presencia del comisionado de la parroquia don Eusebio Frits, obtuvo don Agustín López ciento setenta votos i don Beltran Mathieu, igual número, con declaración por cada un elector del gustoso asentimiento con que se resta al contenido del artículo 2.° del acuerdo del Congreso Nacional de Plenipotenciarios de fecha veinte i dos de Febrero próximo pasado, relativo sobre facultad de anticipar i convocar la Gran Convención de que habla el artículo 133 de la Constitución. I por suplente obtuvo don Juan Agustín Alcalde ciento cincuenta i ocho votos i doce don Nicolás Pradel, resultando, de consiguiente, electos, a unanimidad de sufrajios., don Agustin Lopez i don Beltran Mathieu, diputados al Congreso i de suplente don Juari Agustín Alcalde.

Hecha la correspondiente proclamación por el Presidente, firmó conmigo como secretario del Cabildo la presente acta, despues que fué leida i aprobada por él. —Manuel Riquelme.— Manuel de Miers. —Manuel Nolasco del Rio. — José Antonio Quezada. —Tiburcio Sánchez. —Bernardo Godoy. —Lorezo de la Maza. Gregorio Fuente Alba.— Eusebio Frits.

Es copia del orijinal. — Manuel Riquelme. —Gregorio Fuente Alba, secretario.



Núm. 13[editar]

Reunida la Municipalidad del partido de Valdivia el dia diez i siete del mes de Marzo de mil ochocientos treinta i un años, con asistencia del señor gobernador local interino, don Manuel Jaramillo i demás señores rejidores, don Justo Flores, don Rafael Ascufo i Carvallo, don Francisco Martínez, don Francisco Mena i Guarda i don Vicente Gómez Campillo, a efecto de proceder en este dia al escrutinio de la votacion de diputado i suplente por este partido cabecera, (el cual no se verificó el dia seis del corriente, según se previene en el capítulo 2°, artículo n, del Reglamento de Elecciones, por el principal inconveniente de no haber llegado sino en el dia de ayer la votacion de la parroquia de los Llanos), mandaron examinar dichos señores, a presencia de los comisionados por las mesas receptoras, las cerraduras de la caja en que se hallaban depositadas las de la votacion, i, hallándolas en el mismo estado en que habian quedado al tiempo de distribuirse las llaves, se procedió a su apertura, i en seguida a la de las cajas que habia dentro.

Acto continuo i con las formalidades prevenidas para el caso por el Reglamento de Elecciones, se procedió al exámen de todas las cajas, el cual produjo el siguiente resultado: La de la parroquia de los Llanos treinta i tres votos; de ellos a favor del ciudadano Francisco Carvallo veinte i nueve votos para diputado al Congreso Nacional, tres id. a favor de don Ramón Picarte para id., i uno id. a favor de don Ramón Picarte para id.; i para suplente don Agustín Vial Santelíces con diez i seis votos, don Ramón Picarte con diez, don Francisco Carvallo con cuatro, don José Santiago Santelices con dos i don Rafael Arce con uno.

La parroquia de Valdivia treinta i seis votos para los ciudadanos que se esplicarán en el orden siguiente: para diputado al Congreso don Francisco Carvallo con treinta i cinco votos i don Vicente Claro con uno id. para id. Para suplente obtuvo don Ignacio Reyes treinta i cuatro votos i don Vtcente Larrain Espinosa i don José Santiago Montt uno cada uno para id.

Concluida esta operacion, se dió principio al escrutinio jeneral, i hecho con la mayor prolijidad, a presencia de los comisionados de las parroquias, ciudadanos don José Victoriano Agüero i don José María Mujica; obtuvieron votos los ciudadanos siguientes para diputados al Congreso: don Francisco Carvallo sesenta i cuatro votos, dop Ramón Picarte tres i don Vicente Claro i don José Miguel Infante uno cada uno. Para suplente don Ignacio Reyes treinta ¡ cuatro votos, don Agustín Vial Santelices diez i seis, don Ramón Picarte diez, don Francisco Carvallo cuatro, don José Santiago Santelices dos i don Rafael Arce, don José Santiago Montt i don Vicente Larrain Espinosa con uno cada uno; resultando, por consiguiente, electo diputado al Congreso Nacional por el partido de Valdivia don Francisco Carvallo con sesenta i cuatro votos i para suplente don Ignacio Reyes con treinta i cuatro id.

Hecha la correspondiente proclamación por el Presidente, en voz perceptible a todo el concurso, se retiró éste firmando conmigo como secretario de Cabildo la presente acta, despues que le fué leida i aprobada por él.— Manuel Jaramillo. Justo Flores. — Rafael Ascufo i Carvallo. —Francisco Martínez. — Vicente Gómez Campillo. — Victoriano Agüero. —José María Mujica. —Francisco Mena i Guarda, rejidor- secretario.

Es copia del acta orijinal que se halla desde fojas 55 a 56 del libro respectivo, lo que certifico.—Valdivia, Marzo 30 de 1831.— VÍCTOR JARAMILLO, Presidente. — Francisco Mena i Guarda, rejidor-secretario.


Núm. 14[editar]

Tengo la honra de dirijir a manos de Ud. la carta, por la cual aparece Ud. electo para suplente del diputado al Congreso Jeneral de la Nación por este partido.

Sirviéndose Ud. aceptar este cargo, i con este motivo ofrecerle los mejores sentimientos de mi aprecio i afecto.

Dios guarde a Ud. muchos años.

Gobierno local de Rere. — Marzo 18 de 1831. — Vicente del Solar. — Señor don Manuel Carvallo, suplente electo.


Núm.15[editar]

Reunida la Municipalidad del partido de Rere en once dias del mes de Marzo de mil ochocientos treinta i un años, con asistencia de los señores don José Irene Jara, don Andrés Ramos, don Narciso Larenas, don Diego Pincheira i don Tomas Figueroa, a efecto de verificar el escruti nio de la votacion recibida en las parroquias que se contienen en su jurisdicción, para diputados al Congreso, mandó examinar, a presencia de los comisionados por las mesas receptoras, las cerraduras de la caja en que se hallaban depositadas las de la votacion, i, hallándolas en el mismo estado en que habian quedado al tiempo de distribuirse las llaves, se procedió a su apertura, i en seguida a la de las cajas, el cual produjo el siguiente resultado:

La de la parroquia de Talcamávida veinte i cuatro votos a favor del señor don Manuel Camilo Vial para diputado i don Manuel Carvallo con los mismos para suplente.

La de la parroquia de Yumbel veinte i un votos a favor del señor don Manuel Camilo Vial para diputado i los mismos don Manuel Carvallo para suplente.

La de Tucapel once votos a favor del señor don Manuel Camilo Vial para diputado i los mismos don Manuel Carvallo para suplente.

La de Rere ochenta i un votos; de ellos ochenta a favor del señor don Manuel Camilo Vial para diputado i los mismos don Manuel Carvallo para suplente i uno don Pedro Prats para diputado, i uno para suplente don José Ramón Ovalle; resultando, de consiguiente, electos el señor don Manuel Camilo Vial para diputado i el señor don Manuel Carvallo para suplente.

Hecha la correspondiente proclamación por el Presidente, firmó conmigo como secretario del Cabildo la presente acta, despues que fué leida i aprobada por él. — Pedro Espinosa.— Andrés Ramos, secretario.

Es copia de su orijinal de que certifico i a que me refiero en el dia de su fecha. — Pedro Espinosa. —Andrés Ramos, secretario.



Núm. 16[editar]

Reunida la Municipalidad del partido de Rere el dia once de Marzo de mil ochocientos treinta i un años, con asistencia de los señores don José Irene Jara, don Lomas Figueroa, don Diego Pincheira, don Andrés Ramos i don Narciso Larenas, a efecto de verificar el escrutinio de la votacion recibida en las parroquias que se contienen en su jurisdicción, para diputado al Congreso; practicadas las dilijencias de la apertura de las cajas, prevenidas por la Lei de Elecciones, halló que todas las mesas receptoras habian manifestado a los sufragantes el memorial de la Municipalidad de Santiago que, con fecha diez i siete de Febrero último, pasó al Supremo Gobierno, los decretos de S. E. i del Congreso Nacional de Plenipotenciarios i que todos unánimemente dan a los senadores i diputados la facultad de anticipar i convocar la Gran Convención de que habla el artículo ciento treinta i tres de la Constitución, espresándolo en sus sufrajios i a mas consta por el acta de cada parroquia de las mesas receptoras. Despues de leida i aprobada esta acta, la firmó conmigo el presente secretario de Cabildo. —Pedro Espinosa.-- Andrés Ramos,secretario.

Es copia de.su orijinal de que certifico i a que, en lo necesario, me refiero en el dia de su fecha. —Pedro Espinosa.— Andrés Ramos, secretario.



Núm. 17[editar]

De órden de esta Municipalidad, remito a Ud. una copia del acta levantada i aprobada por ella i el comisionado de la mesa receptora de esta parroquia, con motivo de la elección celebrada el seis del corriente, i por la cual ha cabido a Ud. el cargo de diputado suplente al Congreso Nacional.

Espera este Cuerpo de su patriotismo que Ud. se servirá admitir gustoso este encargo i acusarle recibo de esta nota.

Dios guarde a Ud. muchos años. —Provincia de Concepción.—Partido de Puchacai. — Florida, Marzo 9 de 1831. —JOSÉ Salvador Palma, Presidente. —Juan de Dios Barra, secretario.— Al señor diputado suplente al Congreso Nacional don Antonio Garfias.



Núm. 18[editar]

Reunida la Municipalidad del partido de Puchacai en nueve dias del mes de Marzo de mil ochocientos treinta i un años, con asistencia de los señores don Salvador Palma, don Domingo Segundo Cruzat, don Martin Reyes, don Juan de Dios Barra i don José Henríquez, a efecto de verificar el escrutinio de la votacion recibida en esta parroquia de la Florida i parte de la de Hualqui quecontiene estajurisdiccion, para diputado suplente al Congreso Nacional, mandó examinar i a presencia del comisionado por la mesa receptora, don José Henríquez, las cerraduras de la caja en que se hallaba depositada la de la votacion, i, hallándolas en el mismo estado en que habian quedado al tiempo de distribuí!se las llaves, se procedió a su apertura, i en seguida a la de la caja que habia dentro. Acto continuo i con las formalidades de los artículos 32 hasta el 37 del Reglamento de Elecciones, se procedió al exámen de ella, el cual produjo el siguiente resultado:

Para diputado al Congreso Nacional don Joaquin Tocornal, con cuarenta votos i don Antonio Gárfias, con igual número para suplente; i habiéndoles leido a todos los sufragantes, por el gobernador local, el oficio de veintidós de Febrero de la Municipalidad de Santiago i los dos decretos de veintidós del mismo mes, relativos a él, i dándoles el tiempo necesario prra que meditasen sobre si convenia o nó autorizar a los diputados para resolver sobre si es o no lle gado el caso del artículo 133 de la Constitución, i que de uno u otro modo espresasen en sus sufrajios su voluntad en el particular, resultaron de los sufragantes, treinta i nueve votos por la afirmativa i uno soto por la negativa.

Hecha la correspondiente proclamación por el Presidente, firmó conmigo como secretario del Cabildo la presente acta, despues que fué leida i aprobada por él. —JOSÉ Salvador Palma, Presidente.—Domingo Segundo Cruzat. — Martin Reyes. —José Henríquez. -Juan de Dios Barra, sec retario.

Es copia de su orijinal que queda archivado.—Palma, Presidente. —Barra, secretario.



Núm.19[editar]

Reunida la Municipalidad del Partido de Chillán el dia diez de Marzo del año de mil ochocientos treinta i uno, con asistencia de los señores José Antonio Contreras, Domingo Puga, Estéban Acuña, Juan de la Cruz Poblete, José María Ayala i Pedro José Palma que componen los dos tercios de la Municipalidad, a efecto de verificar el escrutinio de la votacion recibida en las parroquias que se contienen en su jurisdicción, para diputados al Congreso, mandó examinar, a presencia de los comisionados por las mesas receptoras, las cerraduras de la caja en que se hallaban depositadas las de la votacion, i, hallándolas en el mismo estado en que habian quedado al tiempo de distribuirse las llaves, se procedió a su apertura, i en seguida a la de las cajas que habia dentro.

Acto continuo i con las formalidades de los artículos treinta i tres, treinta i cuatro, treinta i cinco i treinta i seis del Reglamento de Eleccio nes, se procedió al exámen de todas las cajas, el cual produjo el siguiente resultado:

La de la parroquia de Chillan trescientos seis votos, i todos ellos a favor del ciudadano don José Puga, igualmente todos ellos a favor del ciudadano don Bernardo Osorio Igual número de votos a favor del ciudadano don José Manuel Astorga para suplente.

La de la parroquia de Sargue produjo doscientos cuarenta votos, i todos ellos a favor del ciudadano don José Puga. Igualmente para don Bernardo Osorio; igualmente para suplente a don José Manuel Astorga.

La de la parroquia de Pemuco produjo trescientos veinte i seis votos; de ellos trescientos veinte i cinco a favor del ciudadano don José Puga; igualmente a don Bernardo Osorio; igualmente para don José Manuel Astorga; un voto para don Pedro Barrera, ídem para don Antonio Soto; idem para don José Soto.

Concluida esta operacion, se dió principio al esciutinio jeneral, i hecho con la mayor prolijidad, a presencia de los comisionados de las parroquias, ciudadanos don Hermenejildo Arias, don Manuel Antonio Aqueveque i don José María Acuña, obtuvo ochocientos setenta i un votos don José Puga, igual número don Bernardo Osorio, igual númeio don José Manuel Astorga, don Pedro Barrera uno; don Antonio Soto uno, don José Soto uno, resultando, de consiguiente, electos para diputados al Congreso, los ciudadanos don José de Puga i don Bernardo Osorio i para suplente don José Manuel Astorga. I consiguientemente los sufragantes, a la invitación del Congreso de Plenipotenciarios, han espresado en sus sufrajios por unanimidad que dan facultad a los antedichos diputados electos para anticipar i convocar la Gran Convención.

I hecha la correspondiente proclamación por el Presidente, firmo conmigo como secretario del Cabildo la presente acta i poder que se les da por los sufragantes a los antedichos diputados, despues que fué leida i aprobada por él. —Jose Antonio Contreras.— Domingo Puga. —Estéban Acuña. —Juan de la Cruz Poblete. —Pedro José Palma. — Hermenejildo Arias. —Manuel Antonio Aqueveque. —José María Acuña. —Ante mí,José María Ayala, rejidor-secretario.

Concuerda este trasunto con el acta orijinal que queda en el archivo de esta ciudad, a la que me refiero.— Chillan, Marzo 12 de 1831. — Jose Antonio Contreras. — José María Ayala, rejidor-secretario.


Núm. 20[editar]

Reunida la Municipalidad del partido de San Carlos el dia nueve del mes de Marzo de mil ochocientos treinta i un años, con asistencia de los señores que la componen, a efecto de verificar el escrutinio de la votacion recibida en la parroquia de San Carlos que se contiene en su jurisdicción, para diputados al Congreso, mandó examinar, a presencia del comisionado de la mesa receptora, las cerraduras de la caja en que se hallaba depositada la de la votacion, i, hallándose en el mismo estado en que habian quedado al tiempo de distribuirse las llaves, se procedió a su apertura, i en seguida a la de la caja que había dentro.

Acto continuo i con las formalidades de los artículos del Rtglamento de Elecciones, se procedió al exámen de la caja, el cual produjo el siguiente resultado:

Ciento sesenta i ocho votos; de ellos ciento sesenta i cinco a favor del ciudadano don Juan Francisco Larrain, i a favor del ciudadano don Estanislao Arce ciento sesenta i cuatro para diputados electos del Congreso Nacional, i a favor del sarjento mayor de Ejército don José María Vivanco, para suplente, ciento nueve votos, con facultades de anticipar i Convocar la Gran Convención.

Hecha la correspondiente proclamación por , el Presidente, firmó conmigo como secretario del Cabildo la presente acta, despues que fué leida i aprobada.— TORIBIO SEPÚLVEDA.— José María Ortiz. —José Antonio Pradeña. — Cirilo José Zúñiga. —Saturnino Hernández. — Eustaquio Vivanco. —Francisco de la Barra. —Sebastian Narvaez, secretario.

Es copia del acta que queda en el rejistro municipal, la que va fiel i legalmente arreglada i enmendada, i a la que en caso necesario me refiero. —Sebastian Narvaez, secretario.


Núm.21[editar]

Reunida la Municipalidad de este partido de Cauquenes el dia diez de Marzo de mil ochocientos treinta i un años, con asistencia de los señores comisionados de las dos parroquias de este citado partido, don Camilo del Solar por la de esta ciudad i don Julián González por la de la Huerta, a efecto de verificar el escrutinio de las votaciones recibidas en ámbas parroquias que se contienen en su jurisdicción, para diputados al Congreso Nacional, mandó examinar, a presencia de los comisionados por las citadas mesas receptoras, las cerraduras de la caja en que se hallaban depositadas las de la votacion, i, hallándolas en el mismo estado en que habian quedado al tiempo de distribuirse las llaves, se procedió a su apertura, i en seguida a la de las cajas que había dentro.

Acto continuo i con las formalidades de los artículos treinta ¡ uno, treinta i dos, treinta i tres,treinta i cuatro, treinta i cinco i treinta i seis del Reglamento de Elecciones, se procedió al exámen de todas las cajas, el cual produjoel siguiente resultado:

La de esta parroquia trescientos treinta i seis votos; i de ellos en favor del ciudadano don Ramón Moreno Cruz para diputado al Congreso, ciento once, i en el de don Pedro García de la Huerta para el citado destino, ídem la misma cantidad, don José Agustín Valdés para diputa do suplente, ciento once votos; don Manuel Merino, para diputado, uno; don Marcelino Urrutia para idem, uno; don Pedro Rufal para ídem su píente, uno.

La de la parroquia de la Huerta produjo veinte i un votos; de ellos dos en favor de don José Miguel Infante para diputado. Uno en el de don Manuel Vial Formas para idem. Dos en el de don José Antonio Rodríguez para idem suplente. Uno en el de don Agustín Vial del Rio para diputado. Uno en el de don Manuel Merino para idem. Uno en el don José Cruz Villalobos para idem suplente. Uno en el de don Miguel Castillo para idem.Uno en el de don Santiago Blaye para diputado. Uno en el de don Juan de Dios Urrutia para idem suplente. Tres en el de don Agustín Vial Santelices para diputado. Cuatro en el de don José Antonio Rodríguez para idem. Uno en el de don Pedro Trujillo para idem suplente. Dos en el de don José Miguel Infante para idem.

Concluida esta operacion, se dió principio al escrutinio jeneral, i hecho con la mayor prolijidad, a presencia de los señores comisionados de las parroquias ya citadas, obtuvieron la mayoría de sufrajios i resultaron electos para diputados al Congreso los ciudadanos: don Ramón Moreno Cruz con ciento once votos; don Pedro García de la Huerta con ciento once idem, i para diputado suplente don José Agustín Valdés con ciento once idem.

Dándoles por los sufragantes a estos señores la amplia facultad para anticipar i convocar la Gran Convención, según lo espresaba cada uno en su respectivo boleto.

Hecha la correspondiente proclamación por el Presidente, firmó conmigo como secretario de Cabildo la presente acta, despues que fué leida i aprobada por él.— JosÉ MIGUEL ORMAZÁBAL. -Luis José Mora. —José María Fernández. —José Cruz Villalobos. —José Colonia. —Camilo del Solar, comisionado por Cauquenes. —Julián González, cojnisionado por la de la Huerta.- José Miguel Ciudad, secretario de Cabildo.

Es copia.— Ormazabal. -— Ciudad, secretario.


Núm. 22[editar]

Reunida la Municipalidad del partido de Lina res el dia seis de Marzo del año de mil ochocientos treinta i uno, con asistencia del Presidente gobernador local Alvarez i demás individuos, Campos, Basualto, Garces, Ibáñez i Lesana, a efecto de hacer el escrutinio de la votacion recibida en esta parroquia que se contiene en su jurisdicción, para diputados al Soberano Congreso, mandó examinar, a presencia del comisionado por la mesa receptora, las cerraduras de la caja en que se depositó la de la votacion, i, hallándose en el mismo estado en que quedaron al tiempo de distribuirse las llaves, se procedió a su apertura, i en seguida a la de la caja que habia adentro, en el órden prevenido en el artículo sesenta i seis de la Lei Jeneral de Elecciones.

Acto continuo se hizo la operacion del artículo setenta de la citada lei, i, por consiguiente, se procedió al escrutinio, a presencia del comisionado por la referida mesa receptora, ciudadano Santiago Pincheira; de él resultó en mayoría absoluta la votación para diputados al Congreso en los señores don Antonio Mendiburu con cuarenta i cinco sufrajios; don Felipe Francisco Acuña con igual número, para propietarios; i para suplente don José María Rozas con idem. Los sufragantes, según se espresa en su voto, dan ámplia facultad a los dichos señores electos diputados para anticipar i convocar la Gran Convención, i hecha la correspondiente proclamación por el Presidente, en voz perceptible a todo el concurso, se retiró éste, firmando conmigo como secretario de Cabildo la presente acta, despues que le fué leida i aprobada por él.— PASCUAL ÁLVAREZ.—Manuel Campos. —Manuel Basualto. — Juan Ibáñez. — Paulino Garces. —Antonio Lesana. —Santiago Pincheira, secretario de Cabildo.

Es copia del acta orijinal que queda en el archivo de esta Municipalidad, a que en caso necesario rae refiero.—Linares, Marzo 9 de 1831. —PASCUAL ÁLVAREZ.—Santiago Pincheira, secretario de Cabildo.


Núm.23[editar]

En la villa de San Ambrosio de Linares en nueve dias del mes de Marzo de mil ochocientos treinta i un años, los individuos que componemos la mesa receptora de elecciones, en consecuencia de haber resultado electo diputado por este partido don Felipe Francisco Acuña, como consta del acta estendida con esta fecha, a efecto de que como tal pueda incorporarse en el próximo Soberano Congreso, que va a instalarse en la capital de Santiago de Chile en el presente año; se le confiere el poder que se requiere i es necesario para que pueda representar ante aquella mu¡ Ilustre Soberanía, libre i francamente en todos los negocios que se tratasen, especialmente para que pueda anticipar i convocar la Gran Convención que espresa el artícuio ciento treinta i tres de nuestra Gran Carta, según le pareciere conveniente al bien jeneral de la nación. En fuerza de lo cual trasmiten los habitantes de este dicho partido su representación, de la que se desapoderan para que se entienda que aquella recae en su diputado, a quien recomiendan el delicado cargo entre los que lo sustituyen, afianzando en su buen i legal desempeño la felicidad común.

I lo firmamos en el dia de su fecha. —Mateo de Alcázar. —Matías Romero. —Antonio Salvador Lesana. —Salvador Vásquez. — Manuel Basualto. Es copia del poder orijinal que queda en el archivo de esta Municipalidad, al que en caso necesario me refiero. — Linares, Marzo 9 de 1831. —Pascual Alvarez.—Santiago Pincheira, secretario de Cabildo.


Núm. 24[editar]

De órden de esta Municipalidad, remito a Ud. una copia del acta levantada i aprobada por ella i el comisionado de la mesa receptora, con motivo de la elección celebrada el nueve del corriente, i por la cual ha cabido a Ud. el cargo de diputado suplente.

De su misma órden, acompaño a Ud. otra copia de la que se celebró en la consulta que se le hizo al pueblo, conforme lo previene el decreto de veintidós del pasado del Congreso Nacional de Plenipotenciarios, por la cual queda Ud. plenamente facultado para el objeto que indica el citado decreto.

No obstante de la estension de facultades que confiere a Ud. este departamento, debe estar en la intelijencia que van restrinjidas, en todo lo concerniente al reclamo que tiene interpuesto ante los Supremos Poderes de la República sobre su emancipación de la cuarta provincia, debiendo Ud. protestar en caso que el Congreso Nacional desatienda a tan justa solicitud.

Sírvase Ud. acusarme recibo, aceptando las consideraciones de mi particular aprecio.

Gobierno Departamental de Talca.—San Agustín, Marzo 28 de 1831. — P. NOLASCO VERGARA, —J. de la Cruz Donoso, rejidor-secretario.— Señor don José María Silva i Cienfuegos.


Núm.25[editar]

Reunida la Municipalidad del partido de Talca el dia nueve del mes de Marzo del año de mil ochocientos treinta i uno, con asistencia de los señores gobernador don Dionisio San Cristóval, don Pedro Antonio Donoso, don Juan de la Cruz Donoso, don Vicente Antúnez i don Diego Vergara, a efecto de verificar el escrutinio de la votacion recibida en la parroquia de esta ciudad, para diputados al Congreso, mandó examinar, a presencia del comisionado de la misma mesa, don Antonio Vergara, la cerradura de la caja en que se hallaba depositada la de la votacion, i, hallándola en el mismo estado en que habia quedado al tiempo de distribuirse las llaves, se procedió a su apertura, i en seguida a la de la caja que habia dentro.

Acto continuo i con las formalidades de los artículos treinta i tres, treinta i cuatro, treinta i cinco i treinta i seis del Reglamento de Elecciones, se procedió al exámen de la caja, el cual produjo el siguiente resu tado:

Ciento siete votos para diputados; de ellos treinta i ocho a favor del ciudadano don José Antonio Rosales; uno a favor de don Pedro Godoy; veinte i uno a favor de don Agustín Vial Santelices; catorce a favor de don Juan de Dios Vial Santelices; tres a favor de don José Santiago Rosa'es; doce a favor de don Bruno Larrain; doce a favor del licenciado don Santiago Pérez i uno a favor de don José María Silva i Cienfuegos.

I para suplente cincuenta i tres votos; de los cuales uno a favor de don Francisco Concha; treinta i nueve a favor de don José María Silva i Cienfuegos; doce a favor de don Pedro Félix Vicuña i uno a favor de don Bartolomé Grez; resultando, de onsiguiente, electos para diputados al Congreso, don José Antonio Rosales i don Agustín Vial Santelices i de suplente don José María Silva i Cienfuegos.

Hecha la correspondiente proclamación por el Presidente, firmó conmigo como secretario I del Cabildo la presente acta, despues que fué lei da i aprobada por él. — Dionisio San CristóvalJuan de la Cruz Donoso, secretario. — Pedro Antonio DonosoVicente Antúnez. — Diego Vergara. — Antonio Vergara i Donoso. —Juan de la Cruz Donoso, secretario.

Es copia del orijinal al que me refiero. —J.de la Cruz Donoso, rejidor-secretario.


Núm.26[editar]

Provincia de Santiago. — Partido de Melipilla. —Reunida la Municipalidad del partido de Melipilla el dia nueve de Marzo de mil ochocientos treinta i un años, con asistencia de los señores gobernador don Agustín Vidaurre, don Francisco Vargas, don José María Ugalde, don Pedro Pablo Guzman i don Pedro Ortega, a efecto de verificar el escrutinio de la votacion recibida en la parroquia que contiene esta jurisdicción, para diputados al Congreso, se mandó examinar, a presencia de los comisionados por las mesas receptoras, las cerraduras de la caja en que se hallaban depositadas las de la votacion, i, habiéndose hallado del mismo modo que quedaron al tiempo de distribuirse las llaves, se procedió a su apertura, i en seguida a la de las cajas que habia dentro.

Acto continuo i con las formalidades de los artículos treinta i tres, treinta i cuatro, treinta i cinco i treinta i seis del Reglamento de Eleccio nes, se procedió al exámen de todas las cajas, el cual produjo el siguiente resultado:

La de la parroquia de Cartajena sesenta votos; todos a favor de don José Domingo Barros para diputado i don Servando Jordán como suplente. La de Curacaví contenia veinte i siete sufrajios; todos a favor de los mismos señores i en los mismos términos prevenidos.

La del Monte cuarenta sufrajios por los mismos señores i en los mismos términos. I la de Melipilla ciento tres sufrajios por los mismos señores i en la misma forma prevenida; resultando en todos los sufrajios que dan poder a los diputados para que puedan anticipar la época de la reforma de la Constitución.

Concluida esta operacion, se dió principio al escrutinio jeneral, i hecho con la mayor prolijidad, a presencia de los comisionados por las mesas receptoras de las parroquias, ciudadanos don Francisco Vargas, don Vicente Corail, don José Osorio i don Manuel Ze ada; resultaron doscientos treinta sufrajios a favor de los señores don José Domingo Barros para diputado, i don Servando Jordán para suplente.

Hecha la correspondiente proclamación por el Presidente, firmó conmigo como secretario del Cabildo la presente acta, despues que fué leida i aprobada por él.-Agustin Vidaurre.—José María Ugalde. — Pedro Pablo Guzman. — Pedro Ortega. — Comisionados:Francisco Vargas. — Vicente CorailJosé Osorio. — Manuel Zelada.

Es copia del orijinal que queda archivado en el rejistro municipal de esta villa. — Melipilla, Marzo 9 de 1831. —AGUSTÍN VIDAURRE. — José María Ugalde.Reunida la Municipalidad de Valparaíso el dia diez de Marzo de mil ochocientos treinta i uno, con asistencia de los señores don José Matías López, Presidente, don Francisco Vargas, don Manuel Novajas, don Rafael Rodríguez, don José Piñero i don José Vicente Sánchez, a efecto de verificar el escrutinio de la votacion recibida en la parroquia de esta ciudad, para diputados al Congreso, se mandó examinar, a presencia del comisionado por la mesa receptora,las cerraduras de la caja en que se hallaban depositadas las de la votacion, i, hallándolas en el mismo estado en que habían quedado al tiempo de distribuirse las llaves, se procedió a su apertura. Acto continuo i con las formalidades de los artículos treinta i cuatro, treinta i cinco i treinta i seis del Reglamento de Elecciones, se procedió al exámen, lo que concluido se principió el escrutinio jeneral, i hecho con la mayor prolijidad, a presencia del comisionado de la mesa receptora, ciudadano don Fancisco Monroi, resultando don Martin Manterola para propietario, con doscientos tieinta i cuatro votos i para suplente don Ladislao Ochoa, con ciento sesenta i nueve, quedando facultados con doscientos nueve sufrajios para poder anticipar la reunión de la Gran Convención.

Hecha la correspondiente proclamación por el Presidente, se mandó levantar esta acta, de que doi fé. —JOSÉ MATÍAS LÓPEZ. — José Vicente Sánchez. — Francisco Vargas. —- Manuel Novajas. —José Piñero. —Francisco Monroi. Ante mí.—Pedro Antonio Menare, escribano de Cabildo.

Es copia del acta orijinal.— JOSÉ MATÍAS LÓPEZ,— Pedro Antonio Menare, escribano-secretario de Cabildo.


Núm. 28[editar]

En la villa de Casa Blanca a ocho dias del mes de Marzo de mil ochocientos treinta i uno, a las siete de la tarde, reunidos en la Sala de Gobierno el señor juez ordinario don José de la Piedra, el párroco don Felipe Ambrosi, don Manuel Ojeda, don Silverio Suárez i don Félix Vargas, los que compusieron la mesa receptora, en virtud de la lei procedieron al escrutinio de la votacion recibida en la parroquia que comprende esta jurisdicción, para diputados al Congreso, mandaron examinar, a presencia de los comisionados por la mesa receptora, las cerradu ras de la caja en que se hallaba depositada la de la votacion, i, hallándolas en el mismo estado en que habian quedado al tiempo de distribuirse, se procedió a su apertura, i en seguida a la de la caja que habia dentro.

Acto continuo i con las formalidades de los artículos treinta i seis i treinta i siete del Reglamento de Elecciones, se procedió al exámen de la caja, el cual produjo el siguiente resultado: Noventa i nueve votos a favor del ciudadano don Manuel Camilo Vial para diputado i para don Antonio León en el mismo destino, uno; para suplente noventa i siete votos para don Antonio León; para don Tadeo Fierro dos i para don Manuel Camilo Vial uno; siendo, de consiguiente, autorizados dichos señores diputados por una mayoría para anticipar i convocar la Gran Convendon, i hecha la correspondiente proclamación por el Presidente, se ñrmó la presente acta despues que fué leida i aprobada. - Jose de la Piedra, Presidente de la mesa.— Felipe Ambrosi cura. — Manuel Ojeda. —Félix Vargas. — Silverio Suárez.

Es copia de su orijinal que queda archivado, al que me refiero. — Casa Blanca, Marzo 8 de 1831. —Pedro José Pérez.


Núm. 29[editar]

En la villa de Santa Rosa de los Andes a nueve dias del mes de Marzo de mil ochocientos treinta i un años, reunida la Ilustre Municipalidad del departamento, con asistencia de los señores gobernador interino, don José Tomas de la Fuente i Santelices; alcalde dé primera elección, don Juan Muñoz; idem de segunda, don José Santiago Mujica; i rejidor-decano, don Juan Antonio del Castillo, a efecto de verificar el escrutinio de la votacion recibida en la parroquia que se contiene en su jurisdicción, para diputados al Congreso Nacional, mandó examinar, a presencia del comisionado por la mesa receptora, don José Antonio Maure, las cerraduras de la caja en que se hallaba depositada la de la votacion, i, hallándolas en el mismo estado en que quedaron al tiempo de distribuir las llaves, se procedió a su apertura, i en seguida a la de la que habia dentro.

Acto continuo i con las formalidades de los artículos treinta i tres hasta el treinta i seis inclusive del Reglamento de Elecciones, se procedió al exámen de dicha caja, el cual produjo ciento cuarenta votos, i de ellos ciento treinta i nueve que elejian para diputado al Congreso al señor don Santiago Echeverz, i para suplente al señor don Manuel Lillo, dándoles amplia facultad para ampliar i convocar la Gran Convención, i uno que decia: me conformo con los diputados nombrados.

En su consecuencia, i viendo que jeneralmente resultaron electos para diputados el señor don Santiago Echeverz i para suplente don Manuel Lillo, se hizo por el residente la correspondiente proclamación, i firmó conmigo como secretario del Cabildo la presente acta, despues que fué leida i apiobada por él. —JOSÉ TOMAS DE LA FUENTE I SANTELICES.—Juan Muñoz. —José Santiago Mujica. — Juan Antonio del Castillo. — José Antonio Maure —— José Fernando Espinosa, secretario.

Concuerda con el acta orijinal que queda estendida en el libro que corresponde i archivada en el de esta Municipalidad, donde nos remitimos. Para su constancia i fines consiguientes damos la presente copia. — Santa Rosa de los Andes, Marzo 11 de 1831. — JOSÉ TOMAS DE LA FUENTE I SANTELICES.—José Fernando Espinosa, secretario.


Núm. 30[editar]

Reunida la Municipalidad del partido de la Ligua el dia nueve del mes de Marzo del año de mil ochocientos treinta i uno, con asisttncia de los señores don Pedro Polanco, don José María Zamora, don José Cáete, don Manuel Carees i don Bartolo Quiroz, a efecto de verificar el escrutinio de la votacion recibida en las parroquias que se contienen en su jurisdicción, para diputado al Congreso, mandó examinar, a presencia de los comisionados por las mesas receptoras, las cerraduras de la caja en que se hallaban depositadas las de la votacion, i, hallándolas en el mismo estado en que habian quedado al mismo tiempo de distribuirse las llaves, se procedió a su apertura, i en seguida a la de las cajas que habia dentro.

Acto continuo, con las formalidades de los artículos treinta i tres, treinta i cuatro, treinta i cinco i treinta i seis del Reglamento de Elecciones, se procedió al exámen de todas las cajas, el cual produjo el siguiente resultado:

La de la parroquia de esta villa cabecera, ciento un votos a favor del ciudadano don José Vicente Larrain i Espinosa, i los mismos a favor de don Tadeo del Fierro para suplente, sin que ningún otro ciudadano sacase sufrajio alguno.

La de la parroquia de San Lorenzo del Injenio, cinco votos en blanco i uno a favor de don Juan Polanco.

Concluida esta operacion, se dió principio al escrutinio jeneral,i hecho con la mayor prolijidad, a presencia de los comisionados de las mesas receptoras, ciudadanos don Juan José Buceta i don Juan Polanco, obtuvo ciento un votos, con facultad de anticipar i convocar la Gran Convención, don José Vicente Larrain i Espinosa; los mismos i con la misma cualidad a favor de don Tadeo del Fierro i uno a favor de don Juan Polanco; resultando, de consiguiente, electos don José Vicente Larrain i Espinosa para diputado al Congreso i don Tadeo del Fierro para su suplente, Hecha la correspondiente proclamación por el Presidente, firmó conmigo como secretario de Cabildo la presente acta, despues que fué leida i aprobada por él. —Pedro Polanco.—José María Zamora.— José Gaete. — Manuel Ganes. — Bartolo Quiroz. —Juan José Buceta, comisionado por la mesa receptora de esta parroquia.—Juan Polanco, por la del Injenio. —José Infante, secretario.

Concuerda con la orijinal que queda estampada en el libro de acuerdos de esta Municipalidad, al que en todo caso me refiero. — Pedro Polanco.— José Infante.


Núm. 31[editar]

En la ciudad de Quiliota a diez dias del mes de Marzo de mil ochocientos treinta i un años, reunida la Municipalidad de este partido en el número de los señores que suscriben, a saber: don José Agustín Moran, alcalde de primer voto i gobernador i Presidente de la Municipalidad por ministerio de la lei; don Vicente Alvarez de Araya, alcalde de segundo voto; don Ignacio Antonio Echeverría, rejidor decano; don José Antonio Allende, rejidor subdecano; don Luis Alfaro, rejidor alcalde provincial i don Buenaventura Ulloa, rejidor fiel ejecutor, a efecto de verificar el escrutinio de la votacion recibida en las cuatro parroquias de que se compone este departamento, para diputados al Congreso Nacional, mandó examinar, a presencia de los comisionados de las mesas receptoras de las dichas cuatro parroquias, las cerraduras de la caja en que se hallaban depositadas las de la votacion, i, hallándolas en el mismo estado en que habian quedado al tiempo de distribuirse las llaves, se procedió a su apertura, i en seguida a la de las cajas que habia dentro.

Acto continuo i con las formalidades de los artículos treinta i tres, treinta i cuatro, treinta i cinco i treinta i seis de la Leí de Elecciones, se procedió al exámen de todas las cajas, el cual produjo el siguiente resultado:

La de la parroquia de esta cabecera produjo setenta i tres votos a favor de don Gabriel José de Tocornal; cuarenta i siete a favor de don Agustín Vial Santelices i veinte i seis a favor de don Juan de Dios Vial del Rio; i para suplente cincuenta i nueve votos a favor de don Francisco Javier Ovalle; doce a favor de don José María Sárate; uno a favor de don Francisco Sotomayor i uno a favor de don Antonio de Echeverría; del total de esta votacion salieron cinco votos dando facultad a los diputados para convocar a la Gran Convención, i sesenta í ocho sin facultad.

La de la parroquia de Puchuncaví, sesenta i siete votos a favor de don Gabriel Tocornal; igual número a favor de don Juan de Dios Vial del Rio; i el mismo número para suplente a favor de don Francisco Javier Ovalle; del total de esta votacion salieron cinco votos dando facultad a los diputados para convocar la Gran Convención, i sesenta i dos sin facultad.

De la parroquia de Purutun, sesenta i seis votos a favor de don Gabriel José Tocornal; igual número a favor de don Agustín Vial Santelices; uno a favor de don Juan Bautista Acuña; uno a favor de don Juan Bautista Núñez; uno a favor de don Agustín Orrego; uno a favor de don Juan Espada; uno a favor de don Juan Escobar i uno a favor de don Venancio Figueroa; i para suplente, sesenta i seis votos a favor de don Francisco Javier Ovalle i uno a favor de don Miguel Sirena, uno a favor de don Juan Escobar i uno a favor de don Juan Espada; del total de esta votacion salieron dos votos dando facultad a los diputados para convocar la Gran Convención i sesenta i siete sin facultad.

De la parroquia de Limache, treinta i nueve votos a favor de don Gabriel Tocornal; igual número a favor de don Juan de Dios Vial del Rio; i para suplente don Francisco Javier Ovalle con los mismos votos, i todos éstos sin facultad de convocar la Gran Convención.

Concluida esta operacion, se dió principio al escrutinio jeneral, i hecho con la mayor prolijidad, a presencia de los comisionados de las parroquias, ciudadanos don José Joaquin Orrego por la de esta cabecera, don José Torres por la de Puchuncaví, don Juan Bautista Acuña por la de Purutun i don Mateo Chaparro por la de Limache, resultaron, de consiguiente, electos para diputados propietarios por este departamento, don Gabriel José Tocornal con doscientos cuarenta í cinco votos; don Juan de Dios Vial del Rio con ciento treinta i dos votos, i para suplente don Francisco Javier Ovalle con doscientos treinta i un votos; i por razón de la restricción para no convocar a la Gran Convención, doscientos treinta i seis votos, que es la mayoría absoluta de la votacion departamental.

Hecha la correspondiente proclamación por el Presidente, firmó conmigo como secretario de Cabildo la presente acta, despues que fué leida i aprobada por él, de que doi fé. —JOSÉ AGUSTÍN MORAS. — Vicente Alvarez de Araya. — Ignacio Antonio Echeverría. — José Antonio Allende. — Luis Alfaro. - Buenaventura Ulloa. —José Joaquín Orrego. —José Torres. —Juan Bautista Acuña. - Mateo Chaparro. José de Torres, secretario.

Concuerda con el acta orijinal que obra en el libro de acuerdos de este Ilustre Cabildo, i para los fines que son consiguientes según el artículo treinta i ocho de la Lei de Elecciones se suscribe éste, tanto en Quiliota, a diez de Marzo de mil ochocientos treinta i un años. — JOSÉ AGUSTÍN MORAN. — José de Torres, secretario. —Al señor don Gabriel José Tocornal.


Núm.32[editar]

Reunida la Municipalidad del partido de Petorca el dia once del mes de Marzo del año de mil ochocientos treinta i uno, con asistencia de su Presidente i demás señores que componen el Ilustre Cabildo, a efecto de verificar el escrutinio de la votacion recibida en las dos parroquias que se contienen en su jurisdicción, para diputados al Congreso, mandó examinar, a presencia de los comisionados por las mesas receptoras, las cerraduras de la caja en que se hallaban depositadas las de la votacion, i, hallándolas en el mismo estado en que habian quedado al tiempo de distribuirse las llaves, se procedió a su apertura, i en seguida a la de las cajas que habia dentro.

Acto continuo i con las formalidades de los artículos treinta i tres i treinta i cuatro del Regla mento de Elecciones, se procedió al exámen de todas las cajas, el cual produjo el siguiente resultado:

La de la parroquia, de la cabecera de esta villa, trescientos cincuenta votos a favor del ciudadano don Manuel José de Silva para diputado al Congreso, espresando en trescientos treinta i ocho votos que concedían facultad de anticipar la convocatoria a la Gran Convención, siempre que lo hallase conveniente al bien jeneral de la República i doce espresaban negarse. El ciudadano don Carlos Rodríguez, por la misma parroquia, obtuvo ochenta votos para diputado, concediendo en todos ellos la misma facultad que al primero. Don Enrique Campino, por la misma parroquia i para el mismo destino, obtuvo veinte votos i con igual facultad. Don Silvestre Lazo, por la misma parroquia i para el mismo destino, obtuvo veinte i §eis votos i con gual facultad.

De la parroquia de Quilimarí el ciudadano don Manuel José de Silva obtuvo para diputado cien votos, con facultad de convocar a la Gran Convención si lo hallaba conveniente. El ciudadano don Carlos Rodríguez obtuvo treinta i cinco votos por la misma parroquia, para igual destino i con la misma facultad. El ciudadano don Enrique Campino obtuvo cuarenta votos por la misma parroquia, para igual destino i con la misma facultad. El ciudadano don Silvestre I.azo obtuvo treinta votos por la misma parroquia, también para diputado i con igual facultad.

De la parroquia cabecera, obtuvo el ciudadano don Juan Bautista García doscientos sesenta votos para diputado suplente, con igual facultad que a los primeros, i por la parroquia de Quilimarí el mismo ciudadano obtuvo cien votos, para el mismo destino i con igual facultad. El ciudadano don Melchor Concha, por la parroquia cabecera, obtuvo ciento diez votos para diputado suplente, i por la parroquia de Quilimarí obtuvo el mismo ciudadano setenta votos, para igual destino i con la misma facultad. El ciudadano don Santiago Montes, por la parroquia cabecera, obtuvo ciento seis votos para diputado suplente i por la parroquia de Quilimarí obtuvo, para el mismo destino, treinta i cinco votos i con la misma facultad.

Concluida esta operacion, se dió principio al escrutinio jeneral, i hecho con la mayor prolijidad, a presencia de los comisionados de las parroquias, ciudadanos don Joaquín Venegas por la parroquia de esta cabecera i don Bernardino Iturrieta por la de Quilimarí, resultando, de consiguiente, electos don Manuel José de Silva para diputado al Congreso con cuatrocientos cincuenta votos que obtuvo a su favor, í don Juan Bautista García con trescientos sesenta votos que obtuvo su favor para diputado suplente. Hecha la correspondiente proclamación por el Presidente, fiimó conmigo como secretario del Cabildo la presente acta, despues que fué leida i aprobada por él.— JOSÉ RAMÓN DE SILVA. —Manuel García. — Hermenejildo Vivar. — Pedro Plores. - Miguel Villalon. —Joaquín Venegas. — Bernardino Iturrieta. Concuerda con el orijinal que queda en el archivo de esta Ilustre Municipalidad, al que me refiero.— JOSÉ RAMÓN DE SILVA.



Núm. 33[editar]

Reunida la Municipalidad del partido de Illapel el dia diez de Marzo de mil ochocientos treinta i uno, con asistencia de los señores don Cayetano Izquierdo, don Domingo Bustamante, don José Gálvez, don Juan Antonio Cruz i don Pedro Solar, a efecto de verificar el escrutinio de la votacion recibida en las parroquias que se contienen en la jurisdicción i en el partido de Combarbalá, para diputado al Congreso Nacional, mandó examinar, a presencia de los comisionados por las mesas receptoras, las cerraduras de la caja en que se hallaban depositadas las de la votacion, i, hallándolas en el mismo estado en que habian quedado al tiempo de distribuirse las llaves, se procedió a su apertura, i en seguida a la de la caja que habia dentro.

Acto continuo i con las formalidades de los artículos treinta i tres i treinta i cuatro del Reglamento de Elecciones, se procedió al exámen de todas las cajas, el cual produjo el siguiente resultado:

La de la parroquia de Illapel, ciento veinte i seis sufrajios; de ellos ciento tres a favor del ciudadano don Carlos Rodríguez para diputado, e igual número a favor del ciudadano don Pedro Lira para suplente, treinta i tres a favor del ciudadano don Gaspar Marin para diputado i los mismos a favor del ciudadano don Ventura Marin para suplente.

La de la parroquia de Mincha, ciento sesenta sufrajios; de ellos ciento cuarenta i cinco a favor del ciudadano don Carlos Rodríguez para diputado, e igual número a favor del ciudadano don Pedro Lira para suplente; quince a favor del ciudadano don Gaspar Marin para el primer destino i catorce a favor del ciudadano don Ventura Marin para el segundo.

La de la parroquia de Choapa, veinte i un sufrajios; de ellos doce a favor del ciudadano don Carlos Rodríguez para diputado i los mismos a favor del ciudadano don Pedro Lira para suplente; nueve a favor del ciudadano don Gaspar Marin para diputado e igual número para suplente a favor del ciudadano don Ventura Marin.

La del partido de Combarbalá, ciento veinte i tres sufrajios; de ellos ochenta i cuatro a favor del ciudadano don Carlos Rodríguez para diputado e igual número a favor del ciudadano don Pedro Lira para suplente. Treinta i nueve a favor del ciudadano don Gaspar Marin para diputado i los mismos a favor del ciudadano don Ventura Marin para suplente.

Concluida esta operacion, se dió principio al escrutinio jeneral, i hecho con la mayor prolijidad a presencia de los comisionados de las parroquias, ciudadanos don Juan José Gutiérrez, don José Antonio Avalos, don Francisco Toro i comisionado por el partido de Combarbalá, ciudadano don Manuel Antonio Solar, obtuvo trescientos cuarenta i cuatro sufrajios para diputado el ciudadano don Carlos Rodríguez i otros tantos para suplente el ciudadano don Pedro Lira i ochenta ¡ seis el ciudadano don Gaspar Marin para el primer destino i los mismos el ciudadano don Ventura Marin para el segundo; resultando, de consiguiente, electos para diputado al Congreso Nacional el ciudadano don Carlos Rodríguez i para suplente el ciudadano don Pedro Lira.

Hecha la correspondiente proclamación por el Presidente, firmó conmigo como secretario del Cabildo la presente acta, despues que fué leida i aprobada por él.— Cayetano Izquierdo. —José Gálvez.— Pedro Solar.— Domingo Bustamante.— Juan Antonio Cruz.—Juan José Gutiérrez,, comisionado por la mesa de Illapel. — José Antonio Avalos, comisionado por la mesa de Mincha.—Francisco Toro, comisionado por la mesa de Choapa.— Manuel Antonio Solar, comisionado por la mesa de Combaibalá. — Lorenzo Undurraga, secretario de Cabildo.

Concuerda con el orijinal que queda en el archivo de mi cargo, de que doi fé. -J . Rafael Caballero, secretario.


Núm. 34[editar]

Reunida la Municipalidad del partido de la Serena el dia doce de Marzo del año de mil ochocientos treinta i uno, con asistencia de los señores: gobernador local, don Pedro de Santiago Concha i municipales don Cayetano Contador, don Juan José Urízar, don Tomas Carmona, don José Segundo Matta, don Eustaquio Osorio, don Juan Martin Gallo, don Francisco Herreros, don Diego Cavada, don Bruno Cordovez i don Isidoro Campaña, a efecto de verificar el escrutinio de la votacion recibida en las distintas parroquias que se contienen en su jurisdicción, para diputados al Congreso, mandó examinar, a presencia de los comisionados de las mesas receptoras, las cerraduras de la caja en que se hallaban depositadas las de la votacion, i, hallándolas en el mismo estado en que habian quedado al tiempo de distribuirse las llaves, se procedió a su apertura, i en seguida a la de las cajas que habia dentro.

Acto continuo i con las formalidades prevenidas en el Reglamento de Elecciones, se procedió al exátnen de todas las cajas, el cual produjo el siguiente resultado:

La parroquia de Caren treinta i dos votos; de ellos obtuvieron para diputados propietarios, veinte don Manuel Antonio González, idem don Juan Antonio Guerrero, doce don José Miguel Irarrázaval e idenr don Buenaventura Marin í Recabárren, i para suplente, veinte don Pedro Félix Vicuña i doce don José Miguel Varas.

La parroquia de Barraza diez votos; de ellos obtuvieron para diputados propietarios, diez don José Miguel Irarrázaval, e idem don Buenaventura Marin i Recabárren e igual número don José Miguel Varas, para suplente.

La parroquia de Sotaquí noventa votos; de ellos obtuvieron para diputados propietarios, los noventa a favor de don José Miguel Irarrázaval, idem a favor de don Buenaventura Marin e idem don José Miguel Varas para suplente.

La parroquia de Andacollo ochenta votos; de ellos obtuvieron para diputados propietarios cincuenta i cinco don Juan Antonio Guerrero, idem don Manuel Antonio González, veinte i cinco don José Miguel Irarrázaval, idem don Buenaventura Marin i Recabárren; para suplente, cin cuenta i cinco don Pedro Félix Vicuña i veinte i cinco don José Miguel Varas.

La parroquia de Tuqui veinte i un votos; de ellos obtuvieron para diputados propietarios, diez i seis don Jo^é Miguel Irarrázaval, ídem don Buenaventura Marin Recabárren, cinco don Juan Antonio Guerrero, idem don Manuel Antonio González, i para suplente, diez i seis don José Miguel Varas i cinco don Pedro Félix Vicuña.

La parroquia de la Serena ciento cuarenta i dos votos; de ellos obtuvieron para propietarios, ciento trece don Manuel Antonio González, ciento doce don Juan Antonio Guerrero, vtinte i nueve don José Miguel Irarrázaval, ídem don Buenaventura Marin i Recabárren, i para suplente, ciento once don Pedro Félix Vicuña, veinte i nueve don José Miguel Varas i uno don José Félix Vicuña.

Concluida esta operacion, se principió al escrutinio jeneral, i hecho con la mayor prolijidad, a presencia de los comisionados por las parroquias, ciudadanos don Buenaventura Solar, don Francisco de Paula Campos, don Juan Domingo Valdivieso, don Marcos Cristi, don Matías Godomar i don Manuel Iñiguez, obtuvieron para propietarios ciento noventa i tres votos don Manuel Antonio González, ciento noventa i dos don Juan Antonio Guerrero, ciento ochenta i dos don José Miguel Irarrázaval, idem don Buenaventura Marin i Recabárren, i para suplente ciento noventa i uno don Pedro Félix Vicuña, ciento ochenta i dos don José Miguel Varas i uno don José Félix Vicuña, resultando, de consiguiente, electos los ciudadanos don Juan Antonio Guerrero i don Manuel Antonio González para diputados propietarios, i don Pedro Félix Vicuña para suplente.

Hecha la correspondiente proclamación por el Presidente, firmó conmigo la presente acta como secretario de Cabildo, despues que fué leida i aprobada por él. —Pedro de Santiago Concha. —Cayetano Contador. —Juan José Urízar. — José María Pérez de la Mata.— José Eustaquio Osorio. —Juan Martin Gallo. —Diego Cavada. — Francisco Herreros. — Bruno Cordovez. Isidoro Campaña. —Manuel Iñiguez, comisionado.— Marcos Cristi, comisionado. —Francisco de Paula Campos,comisionado.—Buenaventura Solar, comisionado. — Narciso Melendez, secretario de Cabildo.

Nota. — Los comisionados Valdivieso i Godomar no firmaron por haberse ausentado al tiempo de tirarse la presente acta.— Narciso Melendez. — Es copia. — TADEO CORTÉS—Narciso Melendez, secretario de Cabildo.



Núm.35[editar]

En la ciudad de la Serena en doce dias del mes de Marzo de mil ochocientos treinta i un años, reunidos los señores que componen este Ilustre Ayuntamiento en su Sala consistorial, presididos del gobernador local del partido, con asistencia de los señores municipales don Cayetano Contador, don Juan José Urízar, don José Segundo Matia, don Eustaquio Osorio, don Juan Martin Gallo, don Francisco Herreros, don Diego Cavada, don Bruno Cordovez i don Isidoro Campaña; i a presencia de los comisionados por las distintas mesas receptoras contenidas en su jurisdicción; a fin i efecto de autorizar los presentes poderes conferidos a los diputados al Congreso Nacional próximo a reunirse en la capital de la República, dijeron: que, por cuanto en virtud de la Lei de Elecciones, se ha procedido a elejir dos diputados propietarios i uno suplente, resultando para aquéllos los ciudadanos don Juan Antonio Guerrero i don Manuel Antonio González, i para éste el ciudadano don Pedro Félix Vicuña, habiéndose observado, en cuantos actos han precedido, todo lo preceptuado en la Lei de Elecciones, según consta de las actas i demás documentos archivados en la secretaría de la Municipalidad; por tanto, a nombre de los pueblos de cuyos importantes derechos se han encargado, otorgan los presentes poderes en forma, conforme a derecho i a las actuales circunstancias de la República, a los diputados propietarios i suplente a su vez, para que desempeñen las augustas funciones de su destino, i, de acuerdo con los diputados elejidos por los demás departamentos del Estado de Chile, sancionen en el Congreso en uso de su soberanía cuanto pueda i deba convenir a los intereses de la Nación, a la estabilidad de un gobierno, el mas análogo a la naturaleza e inadmisibilidad de su libertad e independencia, i a llenar todos los objetos que exijen los altos fines de su misión.

Les dan así mismo facultad para que, de acuerdo con los demás diputados, puedan anticipar i convocar la Gran Convención prevenida en el artículo ciento treinta i tres de la Constitución Política de la República, si así lo estimasen conveniente a los intereses de la Madre Patria i felicidad de la Nación.

En su virtud, firmaron estos poderes los señores municipales i comisionados en el dia de su fecha.— Pedro de Santiago Concha. —Cayeta- no Contador. —Juan José Urízar. —José Eustaquio Osorio. —José María Pérez de la Mata. —Juan Martin Gallo. —Francisco Herreros. —Diego Cavada. —Bruno Cordovez. —Isidoro Campaña. — Marcos Cristi, comisionado. —Juan Domingo Valdivieso,comisionado.—Buenaventura Solar, comisionado. —Manuel Iñiguez, comisionado.— Francisco de Paula Campos, comisionado. —Narciso Melendez, secretario de Cabildo.

Es copia. — TADEO CORTÉS.— Narciso Melendez, secretario de Cabildo.


Núm.36[editar]

Reunida la Municipalidad de esta villa de Copiapó el dia nueve de Marzo de mil ochocientos treinta i uno. con asistencia de los señores gobernador local, don Santiago Segundo Escuti, alcalde de primera elección don José Antonio Campos, de segunda don José María Cobos, rejidores don Jorje Diego Garin, don Diego Carvallo i don José Cuellar, a efecto de verificar el escrutinio de la votacion recibida en esta parroquia i su urisdicción, para diputados al Congreso, mando examinar, la presencia del comisionado por la mesa receptora don Ramón Guerrero, las cerraduras de la caja en que se hallaba depositada la de la votacion, i, hallándolas en el mismo estado en que habian quedado al tiempo de distribuirse las llaves, se procedió a su apertura, i en seguida a la de la caja que habia dentro.

Acto continuo i con las formalídades' de los artículos 33, 34, 35 i 36 del Reglamento de Elecciones, se procedió al exámen de la caja en que se hallaban depositados los sufrajios, el cual produjo ochenta votos.

Concluida esta operacion, se dió principio al escrutinio jeneral, i hecho con la mayor prolijidad, a presencia del comisionado de la mesa receptora, obtuvo para diputado al Congreso don Ramón Renjifo cincuenta i ocho votos, para idem don Ramón Guerrero diez i siete, para idem don Domingo Otaegui tres, para idem don Enrique Campino uno; para suplente don Clemente Pérez Montt cincuenta i ocho, para idem don Ramón Guerrero tres, don Pedro Prado Montaner trece, don Domingo Ocampos cuatro, don José Agustín de la Sierra uno, resultando, de consiguiente, electos don Ramón Rengifo para diputado al Congreso Nacional i para suplente don Clemente Pérez Montt.

Hecha la correspondiente proclamación por el Presidente, firmó, conmigo como secretario del Cabildo la presente acta, despues que fué leida ¡ aprobada por él.—Santiago Segundo Escuti.—José Antonio Campos. — José María Lobos. —Jorje Diego Garin. — Diego Carvallo. -José Cuellar. —Ramón Guerrero, comisionado de la mesa receptora.— Ante mí.—Francisco Guerra, secretario del Cabildo.

Es copia de su orijinal.— Santiago 2º Escuti.—Francisco Guerra, secretario del Cabildo.



Núm.37[editar]

Reunida la Municipalidad del partido de Vallenar el dia doce del mes de Marzo de mil ochocientos treinta i uno, con asistencia de los señores gobernador local, don José María Quevedo, don José Urqueta, don Francisco Domingo Herreros, don José María Montt, don Agustín Manterola, don Nicolás Guerra, don Eusebio Pérez, cura-párroco Pablo José Julio, ciudadanos para la mesa receptora don Julián Pérez, don Ramón Antonio Ruiz, don Francisco Domingo Herreros i comisionado por la parroquia de Freirina, Mateo Acevedo, a efecto de verificar el escrutinio de la votacion recibida en ámbas parroquias para diputados al Congreso Nacional, mandó examinar, a presencia de los comisionados por las mesas receptoras, las cerraduras de la caja en que se hallaban depositadas las de la votacion, i, hallándolas en el mismo estado en que habian quedado al tiempo de distribuirse las llaves, se procedió a su apertura, i en seguida a la de la caja que habia dentro.

Acto continuo i con las formalidades de los artículos 33, 34, 35 i 36 del Rtglamento de Elecciones, se rocedió al exámen del resultado de la caja de la parroquia de Freirina i al del acta, el cual produjo el siguiente: El de la primera ciento catorce votos, la de esta parroquia ciento noventa votos, de los que seis se anularon, teniéndose por de ningún valor ni efecto, por los motivos que se espresan en acuerdo de esta fecha i que se resolvió en conformidad del artículo 36 del Reglamento de Elecciones, i uno que, en efecto, lo estaba por el ciudadano don José Antonio Sánchez, a quien, en una misma cédula, se le nombraba para diputado i suplente.

Concluida esta operacion, se dió principio al escrutinio jeneral, i hecho con la mayor prolijidad, a presencia de los comisionados por las parroquias que arriba se han espresado, obtuvo para diputado el ciudadano don Gaspar Marin ciento cincuenta i uno, para el mismo cargo don Manuel José Gandarillas ciento cuarenta i cinco, para el propio don Jorje Edwards uno; para suplente don José Santiago Sánchez ciento cincuenta i tres, para lo mismo don Clemente Pérez ciento cuarenta i cinco; resultando, de consiguiente, electos para diputado al Congreso Jeneral don Gaspar Marin i para suplente don José Santiago Sánchez.

Hecha la correspondiente proclamación por el Presidente, firmó conmigo como secretario del Cabildo la presente acta, despues que fué leida i aprobada por él. — José Urqueta. —Francisco Domingo Herreros. —José María Montt. —Agustín de Manterola. —Nicolás Guerra. —Eusebio Pérez. — Sin perjuicio ni renuncia de la protesta hecha con fecha de hoi.— Mateo Acevedo, Presidente por Freirina.—Julián Pérez. — JOSÉ MARÍA QUEVEDO, Presidente.—Ramón Mancilla, secretario de Cabildo.

Es conforme con el acta orijinal que queda en el libro de acuerdos de esta Ilustre Municipalidad i de órden de dichos señores doi el presente testimonio en Vallenar, a diez i nueve de Marzo de mil ochocientos treinta i uno. —Ramón Mancilla, escribano público i de Cabildo.