Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1831/Sesión de la Cámara de Diputados, en 3 de agosto de 1831

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Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1831)
Sesión de la Cámara de Diputados, en 3 de agosto de 1831
CÁMARA DE DIPUTADOS
SESION 35, EN 3 DE AGOSTO DE 1831
PRESIDENCIA DE DON RAMON ERRÁZURIZ


SUMARIO. — Asistencia. — Aprobacion del acta de la sesion precedente. —Cuenta. —Oficios de recibo del Gobierno. —Suspension del remate de los terrenos de indíjenas. — Comisiones nombradas por el Senado para defender unos proyectos en la Cámara de Diputados. —Tratado entre Chile i Méjico.— Escusa de don J. B. García. — Licencia solicitada por don F. F. Acuña.— Solicitud de don F. Formas.— Id. de don P. J. Reyes. —Querella de don R. M. de Aris. —Solicitud de don T. Contreras sobre que se le reincorpore en el ejército. — Informes de varias Comisiones. —Mocion relativa al impuesto de los licores.— Reintegro de la Comision de Gobierno. — Comision encargada de llevar al Gobierno la contestación del Mensaje. —Elecciones de la Serena. —Acta. — Anexos.

Don Pablo Silva, diputado suplente por Santiago, presta juramento i se incorpora a la Sala.


CUENTA[editar]

Se da cuenta:

  1. De un oficio en que S. E., el Vice-Presidente de la República, comunica haber mandado practicar nuevas elecciones de diputados por Curicó. (Anexo núm. 195 V. sesiones del 22 de Julio i del 12 de Agosto de 1831.)
  2. De otro oficio en que el mismo Majistrado comunica haber mandado practicar nuevas elecciones de diputados por el Huasco. (Anexo núm. 196. V . sesiones del 27 de Julio i del 12 de Agosto de 1831.)
  3. De otro oficio con que el Senado devuelve modificado el proyecto de lei que manda suspender el remate de los terrenos sobrantes del pueblo de Llopeo. (Anexo núm. 197. V . sesiones del 23 de Junio i del 4 de Octubre de 1831.)
  4. De otro oficio en que la misma Cámara avisa haber nombrado una comision compuesta de los señores don Mariano Egaña i don José Miguel Irarrázaval para que defienda ante la Cámara de Diputados las modificaciones hechas al proyecto de lei que precede. (Anexo núm. 198. V . sesiones del 31 de Enero de 1829 i del 12 de Agosto de 1831.)
  5. De otro oficio en que la misma Cámara avisa haber nombrado una comision compuesta de los señores don Manuel José Gandarillas, don Mariano Egaña, don José Miguel Irarrázaval i don Agustin Vial San telices para que sostenga en laCámara de Diputados el proyecto de reforma de la Constitución. (Anexo núm. 199. V . sesión del 25.)
  1. De otro oficio con que la misma Cámara acompaña unos tratados de amistad, comercio i navegación celebrados entre Chile i los Estados Unidos de Méjico; i un proyecto de acuerdo dirijido a excitar al Gobierno a jestionar para que todas las Repúblicas americanas nombren Ministros con el objeto de cumplir lo dispuesto en los artículos 14 i 15 de dichos tratados. (Anexo núm. 200.)
  2. De una mocion de don José Domingo Barros, quien propone el restablecimiento del impuesto de los licores. ( V. sesión del 20 de Octubre de 1826.)
  3. De una notarle don Felipe Francisco Acuña, quien pide dos meses de licencia. (Anexo núm. 201.)
  4. De otra de don Juan Bautista García, diputado suplente por Petorca, quien avisa que no puede incorporarse a la Sala. (Anexo núm 202.)
  5. De otra de la Comision de Constitutucion; la Comision indicada pide que la de Poderes certifique cuántos diputados están autorizados para convocar una convención(Anexo núm. 203. V. sesión del 25.)
  6. De un informe de la Comision Calificadora de Peticiones sobre la solicitud de don José María Jiménez; la Comision opina que la Cámara es competente para tratar de este asunto. (Anexo núm. 204. V . sesiones del 6 de Junio i del 17 de Agosto de 1831.)
  7. De otro informe que, en desacuerdo con sus colegas, presenta don José Vicente Bustillos, individuo de la misma Comision, sobre la misma solicitud de don J. M. Jiménez; el informante propone que se declare no haber lugar a lo pedido. (Anexo núm. 205. V sesión del 17.)
  8. De otro informe déla Comision Calificadora, sobre la acusación del ex-Presidente don F. R . de Vicuña, entablada por doña Margarita Fernández viuda de Rojas; la Comision propone que se pase el espediente a la Comisiones de Justicia i de Guerra para que informen si hai o no lugar a formación de causa. (Anexo núm. 206. V. sesiones del 25 de Julio i del 5 de Octubre de 1831.)
  9. De otro informe de la misma Comision sobre la solicitud de doña Mercedes García; la Comision propone que se devuelva el espediente a la interesada para que a su tiempo ocurra al Ejecutivo. (V. sesión del 27.)
  10. De otro informe de la Comision de Gobierno sobre la mocion de don Carlos Rodríguez, relativa a que se repongan a todos los chilenos en sus domicilios i en sus empleos; la Comision es de opinion que la Cámara 110 está autorizada para tratar de este asunto. (Anexo núm. 207. V. sesiones de 18 de Julio i del 24 de Agosto de 1831.)
  11. De una solicitud de don Francisco Formas, quien hace protestas de su amor a la paz i pide que no se le comprenda en la resolución que se dicte sobre la petición de don Pedro José Reyes i otro. (Anexo núm. 208. V . sesión de 29 de Julio de 831.)
  12. De otra solicitud, de clon Pedro José Reyes, quien pide no se comprenda en la resolución aludida sino a él i a los demás ciudadanos que nombra. ( V. sesión del 29 de Julio de 1831.)
  13. De una querella de don Ramón Mariano de Aris contra la Corte Suprema de Justicia por infracción de garantías. ( V. sesión del 5 de Julio de 1830.)
  14. De una solicitud entablada por don Tomas Contreras en demanda de que se le reincorpore en el ejército. (V. sesión del 3 de Octubre.)

ACUERDOS[editar]

Se acuerda:

  1. Avisar al Senado que oportunamente se le anunciará el dia en que ha de discutir el proyecto de reforma de la Constitución, ( V. sesión del 8) i la suspensión del remate de ciertos terrenos, a fin de que las Comisio" nes respectivas vengan a sostener los acuerdos del Senado. (Anexo núm. 209. V . sesión del 4 de Octubre de 1831.)
  2. Que la Comision de Gobierno i Relaciones Esteriores dictamine sobre el tratado celebrado entre Chile i Méjico. (V. sesión del 14 de Setiembre de 1831.)
  3. Que la Comision de Policía Interior dictamine sobre la escusa de don J. B. García. ( V. sesión del 22.)
  4. Que la misma dictamine sobre la licencia solicitada por don F. F. Acuña.
  5. Agregar a sus antecedentes las presentaciones de don F. Formas i don P. J . Reyes. ( V. sesión del 26 de Setiembre de 1831.)
  6. Que la Comision Calificadora de Peticiones dictamine sobre la querella de don R. M. Aris, ( V. sesión del 14 de Octubre de 1831) i sobre la solicitud de don T. Contre. ras. ( V. sesión del 3 de Octubre de 1831.)
  7. Que la Comision de Actas certifique cuántos diputados han recibido poder de sus comitentes para convocar una convención. ( V. sesión del 8.)
  8. Poner en tabla los informes de que se ha dado cuenta.
  9. Dejar para la segunda lectura la mocion relativa al restablecimiento del impuesto de los licores. ( V. sesión del 8.)
  10. Reintegrar la Comision de Gobierno con don Pedro García de la Huerta i don Guillermo Blest.
  11. Que una comision compuesta de don Santiago Echeverz, don José Antonio Rosales i don Pedro de Uriondo lleve al Gobierno la contestación al Mensaje. ( V. sesiones del 29 de Julio de 1831 i del 22 de Junio de 1832.)
  12. Dejar pendiente la discusión" del reclamo de nulidad entablado contra las elecciones de la Serena. ( V. sesiones del 27 de Julio i del 8 de Agosto de 1831.)

ACTA[editar]


SESION DEL 3 DE AGOSTO

Se abrió con los señores Arce, Astorga, Aspillaga, Barros, Blest, Bustillos, Cavareda, Carvallo don Manuel, Errázuriz, Echeverz, Fierro, García de la Huerta, Gárfias, Gutiérrez, Irarrázaval, Larrain don Juan Francisco, Larrain don Vicente, López, Martínez, Manterola, Mathieu, Moreno, Ortúzar, Osorio, Ovalle, Puga, Cuadra, Renjifo, Rosales, Silva don José Manuel, Tocornal don Gabriel, Tocornal don Joaquin, Valdivieso, Uriondo, Uribe, Vial don Juan de Dios, Vial don Antonio i Vial don Manutl. Aprobada el acta de la sesion'anterior, se leyeron dos oficios del Poder Ejecutivo, acusando recibo de las notas en que se le comunicó haber resuelto la Cámara eran nulas las elecciones de diputados practicadas en Curicó i el Huasco, i avisando que se han dado las órdenes necesarias para que procedan a nueva elección en ámbos partidos; i se mandaron archivar.

Cuatro de la Cámara de Senadores: el 1 comunicando haber tomado en consideración lo acordado en ésta para suspender el remate de los terrenos sobrantes del pueblo de Llopeo; i que debiendo por la identidad délos motivos hacerse estensiva a los demás pueblos que se hallen en igual caso, en sesión de 28 del pasado, acordó los artículos siguientes: Suspéndase el remate de los terrenos sobrantes del pueblo de Llopeo; 2º Esta suspensión se hace estensiva a todos los demás pueblos de indios que se hallen en igual caso al de Llopeon; i se mandó a la Comision de Lejislacion i Justicia.

El 2º i 3º esponiendo que, por la adición hecha al anterior acuerdo i para obviar las dificultades que pudieran ofrecerse a la Cámara en éste i el proyecto sobre reforma de la Constitución, acordó que una comision compuesta de los señores don Manuel Gandarillas, don Mariano Egaña, don José^Miguel Irarrázaval i don Agustin Vial Santelices pasen a sostener el último, i otra de los señores Egaña e Irarrázaval la adición de aquél; uno i otro se mandaron archivar, acusando el correspondiente recibo i previniendo se avisaría el dia en que la Sala los tome en consideración.

El 4° remitiendo los tratados de amistad, comercio i navegación celebrados entre los Plenipotenciarios de este Gobierno i el de los Estados Unidos Mejicanos, que han sido aprobados por unanimidad en aquella Sala, adoptando para su aprobación i la del artículo adicionadla fórmula siguiente:

"El Congreso Nacional de Chile, habiendo visto i examinado el tratado de amistad, comercio i navegación celebrado entre la República de Chile i los Estados Unidos Mejicanos, por medio de Plenipotenciarios respectivamente nombrados i autorizados en bastante forma, cuyo tenor es el siguiente:

Por tanto, ha venido en aprobar en todas sus partes el espresado tratado, con arreglo a lo prevenido en el parágrafo 7º, artículo 83 de la Constitucion.11 I últimamente espone que, a propuesta de la Comision especial que nombró para que le informase sobre estos particulares, acordó en la misma sesión el proyecto de decreto siguiente:

"El Congreso Nacional decreta: se excitará el celo del Supremo Gobierno de la República para que, con arreglo a lo estipulado en los artículos 14 i 15 del tratado celebrado entre la República de Chile i los Estados Unidos Mejicanos, en 7 de Marzo del presente año, promueva, a la mayor brevedad, en todos los Gobiernos de las nuevas Repúblicas americanas los objetos a que se refieren dichos artículos, nombrando al efecto los Ministros o Ajentes Diplomáticos que conceptuare necesarios; i se mandó a la Comision de Gobierno i Relaciones Esteriores.

Se leyó un oficio del diputado suplente por Petorca, don Juan Bautista García, en contestación a otro del secretario, manifestando que no puede incorporarse a la Sala por una grave enfermedad que actualmente padece; i pasó a la Comision de Policía Interior.

Se dió cuenta de varias solicitudes particulares:

La Iª del diputado don Felipe Francisco Acuña, en que pide se le concedan dos meses de licencia a consecuencia de una grave enfermedad que le ha asaltado; i pasó a la Comision de Policía Interior.

La 2ª de don Francisco Formas, para que se le separe de la solicitud que hizo don Pedro Reyes, a quien él i otros ciudadanos dieron poder, cualquiera que sea la resolución que tuviere a bien dictar la Cámara sobre aquélla, reservándose el reclamar cuando las circunstancias del Erario lo permitan, i cuando haya pasado el tiempo necesario para que se reconozcan los sentimientos de órden i respeto de que se halla animado.

La 3ª de don Pedro José Reyes, para que, a consecuencia del memorial de don Francisco Formas, solo recaiga la resolución sobre él, don José Labbé, don Juan Barrera, don Ramón Coyhuepan, don Juan Acevedo i don Lucas Novoa; ámbas se mandaron agregar a los antecedentes a que se refieren.

La 4ª de don Ramón Mariano de Aris, quejándose de infracción de garantías por una providencia de la Suprema Corte, en que declaró no habia lugar al despojo de los diez regadores de agua que compró en el canal de Maipo.

La 5ª de don Tomas Contreras, para que se le reincorpore en el ejército, con respecto a no aparecer causa alguna que motive su separación.

I pasaron las dos a la Comision Calificadora de Peticiones.

Se dió cuenta de cinco informes de las Comisiones: el primero de la especial nombrada para el proyecto de reforma de la Constitución, i pide, para dar su dictámen, que la de Actas informe a la Sala del número de diputados que estén autorizados para convocar la Cran Convención, i que, verificado éste, decida la Cámara si tiene o nó las facultades necesarias para convocarla; i se mandó pasar a la Comision de Actas; tres de la Calificadora de Peticiones: el 1.° en la solicitud de don José María Jiménez, i es de parecer que no hai dificultad para que la Cámara se ocupe de este asunto. El señor Bustillos, miembro de la misma, informó por separado, i opina porque se declare que no ha lugar a la gracia que se solicita; el 2° en la acusación de doña Margarita Fernández contra el ex-Presidente Vicuña, i somete a la decisión de la Sala el proyecto siguiente:

"Pase este espediente a las Comisiones de Justicia i de Guerra para que, a la mayor brevedad, informen a la Cámara si hai lugar o nó a formación de causa contra el ex-Presidente de la República, don Francisco Ramón Vicuña;" el 3º en la de doña Mercedes García, i son de parecer se devuelva a la interesada para que, a su tiempo, ocurra al Ejecutivo, i, finalmente, otro de la Comisión de Gobierno en la mocion de don Carlos Rodríguez, sometiendo el proyecto siguiente:

"No estando autorizada laCámara para conocer de la presente mocion, devuélvase al diputado que la suscribe;" i se pusieron en tabla.

Se leyó por primera vez una mocion del diputado don José Domingo Barros, que contiene los artículos siguientes:

"Artículo primero. — Se restablece el impuesto de licores conforme a su institución.

Art. 2.º Las Municipalidades pagarán, con su producto, los oficiales instructores de las milicias de su departamento.

Art. 3.º El sobrante se invertirá en establecimientos de educación pública.

Art. 4.º Las Municipalidades acordarán los medios mas convenientes para su recaudación, quedando a su arbitrio las penas con que deben castigarse a los infractores de esta lei.

Art. 5.º Las Municipalidades pasarán anualmente al intendente de la provincia una cuenta documentada del producto e inversión de este ramo, corrijiendo éste los abusos que se cometan, a que serán responsables todos los individuos de que se compone la Municipalidad.

Art. 6.º Comuniqúese.

Se presentaron los poderes del diputado suplente por Santiago don Pablo Silva, i, como habian sido aprobados los del propietario, prestó juramento i se incorporó a la Sala.

El Presidente nombró, con aprobación de la Sala, para la Comision de Gobierno, a los señores don Pedro García de la Huerta i a don Guillermo Blest, i habiendo acordado la Sala se nombrara una comision para llevar al Supremo Gobierno la contestación a su discurso leido en la apertura de las Cámaras, elijió, del mismo modo, a los señores Echeverz, Rosales i Uriondo.

Quedaron en tabla los negocios pendientes i los informes espresados anteriormente.

Se puso a discusión el reclamo sobre nulidad de las elecciones de la Serena, i quedó pendiente, levantándose, en este estado, la sesión.— Errázuriz. — Vial, diputado-secretario.

ANEXOS[editar]

Núm. 195[editar]

He recibido la nota de V.E., fecha de ayer, por la que me comunica haber declarado nulas, la Sala, las elecciones de diputados por Curicó, ordenando se verifiquen nuevas elecciones; a cuyo efecto se ha prevenido ya al intendente de Colchagua proceda, con la mayor brevedad, a su cumplimiento.

Dios guarde a V.E —Santiago, Julio 30 de 1831. — Fernando Errázuriz. — Diego Portales.— Al señor Piesidente de la Cámara de Diputados.



Núm. 196[editar]

He recibido la nota de V.E., fecha de ayer, comunicándome haber resuelto la Cámara de Diputados, en sesión de 27 del corriente, ser nula la elección de diputados practicada en el partido del Huasco; i, en su consecuencia, se han librado las órdenes necesarias para que se proceda a nueva eleccion, conforme a lo prevenido por V.E. en su citada nota.

Dios guarde a V.E. —Santiago, Julio 30 de 1831. — Fernando Errázuriz. — Diego Portales.— Al señor Presidente de la Cámara de Diputados.



Núm. 197[editar]

Esta Cámara, habiendo tomado en consideracion la nota del Presidente de la de Diputados, en que le comunica haber acordado suspender el remate de los terrenos sobrantes del pueblo de Llopeo, i considerando que esta resolución debe también, por la identidad del motivo, hacerse estensiva a todos los demás pueblos de indios que se hallan en igual caso, en sesión de 28 del próximo pasado Julio, ha acordado lo siguiente:

"Artículo primero.— Suspéndase el remate de los terrenos sobrantes del pueblo de Llopeo.

Art. 2.º Esta suspensión se hace estensiva a todos los demás pueblos de indios que se hallen en igual caso al de Llopeo."

El Vice-Presidente que suscribe, tiene el honor de trascribirlo al señor Presidente de la Cámara de Diputados, para que lo ponga en su conocimiento, reproduciéndole las seguridades de su distinguido aprecio. —Santiago, Agosto i.° de 1831. —Jose Vicente Izquierdo. — 'Fernando Urízar Garfias,pro-secretario.— Al señor Presidente de la Cámara de Diputados.


Núm. 198[editar]

Como el proyecto de decreto sancionado por la Cámara de Diputados, sobre suspensión del remate de las tierras sobrantes del pueblo de Llopeo, ha sido adicionado por ésta, en sesión del 28 del próximo pasado Julio, para obviar las dificultades que pudieran ofrecerse en la Cámara de Diputados, para su aprobación, la de Senadores, en sesion del mismo dia, ha acordado nombrar una comision de su seno compuesta de los señores don Mariano Egaña Fabres i don José Miguel Irarrázaval.

El vice Presidente que suscribe, tiene el honor de comunicarlo al Presidente de la Cámara de Diputados, para los efectos consiguientes.

Dios guarde al señor Presidente. —Cámara de Senadores. — Santiago, Agosto 1.° de 1831.— Jose Vicente Izquierdo. — 'Fernando Urízar Garfias, pro-secretario. — Al señor Presidente de la Cámara de Diputados.


Núm. 199[editar]

Esta Cámara, en sesión de 28 del próximo pasado Julio, ha acordado que una comision de su seno compuesta de los señores don Manuel Gandarillas, don Mariano Egaña Fabres, don José Miguel Irarrázaval i don Agustín de Vial, pase a la Cámara de Diputados a sostener el proyecto sobre reforma de ia Constitución Política de la República, que sancionó el 21 del mes próximo pasado.

La Cámara de Senadores, al tomar esta resolución, ha considerado que se allanarían mejor las dificultades que pueden ofrecerse en la de Diputados para la aprobación del espresado proyecto, enviando una comision que manifieste, en el curso de los debates, las razones que ha tenido presentes para sancionarlo.

El vice-Presidente que suscribe, tiene el honor de hacerlo presente al Presidente, a quien se dirije, para los efectos consiguientes, saludándole con el mas distinguido aprecio. — Cámara de Senadores. —Santiago, Agosto 1° de 1831.— Jose Vicente Izquierdo. — 'Fernando Urízar Garfias, pro-secretario. — Al señor Presidente de la Cámara de Diputados.


Núm. 200[editar]

Esta Cámara ha considerado, en sesión de 28 del mes próximo pasado, el tratado de amistad, comercio i navegación celebrado entre los Plenipotenciarios de este Gobierno i el de los Estados Unidos Mejicanos, que le fué pasado por el Poder Ejecutivo i tengo el honor de acompañarlo.

Considerados sus artículos, han sido aprobados por unanimidad,adoptándose, para su aprobación ¡ para la del artículo adicional, la fórmula siguiente:

"El Congreso Nacional de Chile, habiendo visto i examinado el tratado de amistad, comercio i navegación celebrado entre la República de Chile i los Estados Unidos Mejicanos, por medio de Plenipotenciarios respectivamente nombrados i en bastante forma autorizados, cuyo tenor es el siguiente: Por tanto, ha venido en aprobar en todas sus partes el espresado tratado, con arreglo a lo prevenido en el parágrafo 7º , artículo 83 de la Constitucion."

La Sala, a propuesta de la comision especial que nombró para que le informase sobre estos particulares, acordó, en la misma sesión, el proyecto de decreto que sigue:

El Congreso Nacional decreta:

"Se excitará el celo del Supremo Gobierno de la República para que, con arreglo a lo estipulado en los artículos 14 i 15 del tratado celebrado entre la República de Chile i los Estados Unidos Mejicanos, en 7 de Marzo del presente año, promueva, a la mayor brevedad, en todos los Gobiernos de las nuevas Repúblicas americanas los objetos a que se refieren dichos artículos, nombrando al efecto los Ministros o Ajenles Diplomáticos que conceptuare necesarios".

Tengo el honor de trasmitirlo todo al señor Presidente de la Cámara de Diputados, para el conocimiento de su Sala i efectos consiguientes —Cámara de Senadores. — Santiago, Agosto 2 de 1831- —Jose Vicente Izquierdo.— Juan Francisco Meneses, secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Diputados.



Núm. 201[editar]

Señores Representantes en la Cámara de Diputados:

Vine a este valle de Colina a dilijencias particulares, i me asaltó una enfermedad de que ya me resentía, teniéndome en términos que me inhabilita para asistir a la Sala i aun para contraerme a un trabajo mental. Jamas me he negado a cualquier servicio que haya podido prestar a la Patria; pero, en el dia, estoi físicamente imposibilitado, i necesito sosiego i aires de campo para íestablecer la salud i aun para conservar la vida. Por esto, suplico a los señores Representantes se dignen concederme dos meses, por lo ménos, de licencia, i aceptar los homenajes de mi respeto.

— Colina, Agosto 2 de 1831 . — Felipe Francisco Acuña.



Núm. 202[editar]

En contestación a la nota de U., fecha 1.°, en que me anuncia lo acordado por la Cámara de Diputados, en la sesión del 29 del pasado, digo:

que, por ahora, me es absolutamente imposible ir a desempeñar el cargo de Representante, a que soi llamado por ausencia del propietario don Manuel José Silva. Sírvase U. esponer a la Cámara que una grave enfermedad, que actualmente padezco, me impide el pasar a incorporarme en la Sala, i que, tan pronto como el estado de mi salud me lo permita, iré a suplir la falta del diputado ausente.

Aprovecho esta oportunidad para ofrecer a U. las consideraciones de mi mayor aprecio. —Santiago, 3 de Agosto de 1831 .— Juan García. —Al señor don Manuel Camilo Vial, Secretario de la Cámara de Diputados.


Núm. 203[editar]

Señores Representantes:

La Comision especial encargada de informar sobre el proyecto de lei relativo a la convocatoria de la Gran Convención, sancionado en la Cámara de Senadores i pasado a la de Diputados, crée de absoluta necesidad, para poder espedirse con acierto en materia tan importante, que la Comision de Actas o Poderes instruya del número de diputados que, por los documentos de su elección, resulten autorizados para convocar la Gran Convención, de que trata el artículo 133 de la Constitución.

La Comision considera este paso como un preliminar indispensable, porque si procediese a dictaminar sin la noticia que solicita, i resultase despues no haber en la mayoría de la Cámara las facultades necesarias para tratar del proyecto presentado, se encontraría entonces un obstáculo invencible, que inutilizaría no solo los trabajos de la Comision, sino también el tiempo en que la Sala se hubiese ocupado del asunto. Esto es, pues, lo que la Comision quiere allanar i para ello propone a la Cámara el siguiente proyecto:

"ARTÍCULO PRIMERO. La Comision de Actas informará a la Cámara, del número de diputados que estén autorizados por sus comitentes para convocar a la Gran Convención, de que trata el artículo 133 de la Constitución.

"Art. 2.º Verificado el informe de que habla el artículo anterior, decidirá la Cámara si tiene o nó las facultades necesarias para convocar la Gran Convención." —Santiago, Agosto 1.° de 1831. — Ramón Errázuriz. — Beltrán Mathieu. — A. Jacobo Vial. —Santiago de Echeverz. — Ramón Renjifo. — M. Carvallo. — J. Vicente Bustillos.


Núm. 204[editar]

Señor:

La Comision Calificadora de Peticiones, informando sobre la anterior solicitud, dice que no halla dificultad para que la Cámara se ocupe de este asunto. . Santiago, Agosto i.° de 1831.— Antonio Garfias PatiñoManuel Carvallo.—José María Silva i Cienfuegos.— Estanislao Arce.


Núm. 205[editar]

Señores Representantes:

El que suscribe, no habiéndose conformado con el dictámen de los demás miembros de la Comision Calificadora de Peticiones, en la gracia que solicita don José María Jiménez, en el espediente que presenta a su nombre i el de su esposa doña Antonia García, ha creído deber esponer a la Sala las razones en que se funda i son las siguientes:

Atendiendo que la petición de indulto, que se pide, está apoyada en la parte 13 del artículo 46 de la Constitución, que confiere a las Cámaras la atribución de conceder indulto en casos estraordínarios; el que suscribe, se halla persuadido que el actual es de tal naturaleza, que no se baila comprendido en dicha atribución, de consiguiente, somete a la deliberación de la Sala el siguiente proyecto de decreto:

"No ha lugar a la gracia que se solicita." — Santiago, Agosto 3 de 1831. — José Vicente Bustillos.



Núm. 206[editar]

Señor:

La Comision Calificadora de Peticiones, informando sobre la acusación interpuesta por doña Margarita Fernández viuda del teniente reformado don Pedro Rojas, contra el ex-Presidente don Francisco Ramón De Vicuña , dice, que debe admitirse por la Sala la espresada acusación. A su juicio, los documentos que la acompañan, arrojan fundamentos suficientes para entablarla, i la Cámara de Diputados debe conocer de ella, conforme a la parte 2ª , artículo 47 de la Constitución. Cree, por tanto, que admitida por la Sala, debe pasar el espediente a las Comisiones de Justicia i de Guerra, para que reunidas lo examinen con mas detención, e informar si hai lugar o nó a formacion de causa contra el ex-Presidente Vicuña. El decoro de la Nación i, mui en particular, el de la Cámara de Diputados exijen imperiosamente la pronta decisión de un negocio de tanta trascendencia, la cual no pueden ménos de desear tanto el acusado como el acusador. La Comision cree de su deber recomendarla a la Cámara, i, al efecto, somete a su aprobación el siguiente proyecto de decreto:

"Pase este espediente a las Comisiones de Justicia i de Guerra, para que, a la mayor brevedad, informen a la Cámara sí hai lugar o nó a formacion de causa contra el ex-Presidente de la República don Francisco Ramón Vicuña." — Santiago, Agosto 1° de 1831.— - J . Vicente Bustillos.— M. Carvallo. — Antonio Gárfias. —Estanislao Arce.



Núm. 207[editar]

Señores de la Cámara de Diputados:

Los individuos de la Comision de Gobierno que suscriben, han examinado la mocion i proyecto de lei presentado por el diputado don Carlos Rodríguez, dirijido a que sean restituidos en sus hogares los que, con motivo de la guerra civil, fueron separados temporalmente i a que sean repuestos en sus empleos i honores los militares dados de baja, sin que, ladeposicion que sufrieron, les cause perjuicio en sus derechos, ni en los de sus familias, i sin que haya lugar a otra reparación; pero observan que no pueden entrar en el fondo de la cuestión, ni pronunciarse sobre la justicia o conveniencia de la medida que se propone, por que no se encuentra en la Constitución una atiibucion del Congreso que le faculte para tomarla en consideración, porque ella no se reduce, a víitud de lo dispuesto en la parte doce del artículo 46, que le permite dar pensiones o recompensas, a los grandes servicios; pues, aquí no se aspira a que la restitución de los empleos sea por recompensa, sino a que se alce la violencia con que han sido despojados, i, en consecuencia, que ese despojo no les cause el menor perjuicio, en sus derechos ni en los de sus familias, esto es, en los sueldos que debieron gozar, ni en el montepío que competa a sus mujeres e hijos de los que murieron; i tanto que, por el artículo 3º , se creyó necesario coartar a los interesados el derecho de reclamar otras recompensas que las designadas en los dos anteriores; así es que la solicitud no puede acomodarse a la facultad del citado artículo. Ménos se aplicará a la parte 13 del mismo artículo, porque no se impetra indulto, ni podía impetrarse sin confesar crimen, para lo que no es facultado el señor Rodríguez. Tampoco se intenta acusación contra el Poder Ejecutivo, en cuyo caso compete a esta Cámara declarar si hai lugar a ella. Estas son las únicas atribuciones que se rejistran en la Carta, facultando al Congreso para resolver sobre materias de Ínteres particular, o que no tiendan a una lei.

Bien es que el proyecto, que se propone, se denomina de lei; i que la parte 2ª de dicho artículo 46 atribuye al Congreso hacer leyes jenerales en todo lo relativo a la independencia, seguridad, tranquilidad i decoro de la República, protección de todos los derechos individuales etc., pero adviértase lo 1° que esta misma disposición espresa hacer leyes jenerales (aunque esa espresion era escusable) porque la jeneralidad es uno de los caractéres precisos de toda lei, i la que se solicita, es para determinados individuos. 2° Que toda lei debe ser permanente, i la que se propone, concluye en el mismo acto que se mande ejecutar. 3º Que toda lei tiene su efecto sucesivo, i la que se pretende, es de efecto retroactivo, contra lo que espresamente dispone el artículo 15 de la Constitución. De aquí es que el proyecto de lei que se propone, ni puede verificarse ni puede aprovechar a los interesados. Si éstos dirijen su solicitud, de modo que la Cámara pueda considerarla, entonces la Comision pronunciará su opinion. Por todo lo espuesto, los diputados que suscriben, someten a la deliberación de la Cámara el siguiente proyecto de decreto:

"No estando autorizada la Cámara para conocer de la presente mocion, devuélvase al diputado que la suscriben —Santiago, Julio 29 de 1831.— Juan de Dios Vial del Río. —José Manuel Astorga.— Santiago De Echevers.—Manuel Camilo Vial.



Núm. 208[editar]

Soberano Señor:

Francisco Formas, respetuosamente, espone: que el vehemente deseo que tenia de manifestar a sus compatriotas que siempre deseó la paz i estuvo dispuesto a cooperar, por su parte, a la terminación de la guerra civil, reci nociendo las Autoridades Supremas, como lo hizo por el tratado de Cuzco, le obligaron a representar en la solicitud que hizo don Pedro Reyes, a su nombre i de otros ciudadanos; pero, conseguido este objeto i penetrado, por otra parte, que la próxima terminación de la guerra civil, no ha dado tiempo para que se reconozcan los sentimientos de órden i respeto, de que se halla animado el que suscribe, que las actuales escaseces del Erario i están talvez encontrándose con los sentimientos bienhechores del Gobierno que, en mas felices circunstancias, no se desentenderá de servicios que merecieron la aprobación pública i que son garantidos de una comportacion honrada, presentarán la oportunidad que ahora resisten talvez las circunstancias; me separo de la solicitud entablada i suplico solo a V. E. se sirva reconocer i aceptar los sentimientos que he espresado i que forman el fondo de mi conducta política, no comprendiéndome, sea cual fuere la resolución que tuviere a bien dictar, sobre la solicitud espresada, de que me he separado.— Francisco de Formas.



Núm. 209[editar]

El Presidente que suscribe, tiene el honor de acusar recibo al señor Presidente de la Cámara de Senadores, de dos notas que le ha remitido, con fecha 28 del pasado, en que le anuncia el nombramiento hecho por la Cámara de Senadores, de las dos comisiones designadas para sostener el proyecto de reforma de la Constitución i la adición al proyecto sobre la suspensión del remate de los terrenos sobrantes del pueblo de Llopeo, sancionado por la Cámara de Diputados, i, al mismo tiempo, tiene el honor de comunicarle que se le anunciará, con anticipación, el dia en que acuerde la Cámara discutir estas materias i en que pueden presentarse las sobredichas comisiones.

El que suscribe, saluda al señor Presidente de la Cámara de Senadores con las consideraciones de su mayor aprecio. — Santiago, Agosto 5 de 1831. — JJoaquín Tocornal. — Manuel Camilo Vial, diputado-secretario.— Al señor Presidente de la Cámara de Senadores.