Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1832/Sesión de la Cámara de Senadores, en 14 de setiembre de 1832

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Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1832)
Sesión de la Cámara de Senadores, en 14 de setiembre de 1832
CÁMARA DE SENADORES
SESION 38, EN 14 DE SETIEMBRE DE 1832
PRESIDENCIA DE DON AGUSTÍN DE VIAL S.


SUMARIO. —Asistencia. —Aprobacion del acta de la sesion precedente. —Cuenta. —Franquicia de los efectos destinados a los buques estranjeros de guerra. —Id. del comercio interior de las mercaderías nacionalizadas. —Impuesto de las harinas. —Prórroga de las sesiones. —Solicitud de don P. Trujillo. —Voto de gracias a don D. Portales. —Cultivo del cáñamo. —Acta.—Anexos.


CUENTA[editar]

Se da cuenta:

  1. De un oficio en que la Cámara de Diputados comunica haber aprobado la prórroga de las sesiones acordada por el Senado a indicacion del Gobierno. (Anexo núm. 532. V. sesion del 12.)
  2. De otro oficio con que la misma Cámara devuelve aprobado el proyecto de acuerdo relativo a la solicitud entablada por don P. Trujillo en demanda de abono de sueldos. (Anexo núm. 533. V. sesion del 10 de Agosto de 1832.)
  3. De otro oficio en que la misma Cámara comunica haber aprobado el proyecto de lei que decreta un voto de gracias a don D. Portales. (Anexo núm. 534. V. sesion del 31 de Agosto de 1832.)
  4. De otro oficio con que la misma Cámara acompaña un proyecto de lei que tiene por objeto el fomento de las industrias del cáñamo el lino. (Anexo núm. 535. V. sesiones del 28 de Noviembre de 1823 i 9 de Abril de 1824.)
  5. De un dictámen de la Comision de Hacienda sobre el proyecto de lei que declara libres de derechos los efectos destinados a los buques estranjeros de guerra. (Anexo núm. 536. V. sesiones del 30 de Junio i 13 de Octubre de 1832.)

ACUERDOS[editar]

Se acuerda:

  1. Dejar pendiente la discusion del proyecto de impuesto sobre las harinas. (V. sesiones del 12 i el 29.)
  2. Comunicar al Ejecutivo el acuerdo relativo a la prórroga dejas sesiones (Anexo núm. 537. V. sesion del 12), el que manda dar un voto de gracias a don Diego Portales (Anexo núm. 538. V. sesion del 23 de Setiembre de 1835) i el relativo a la soliciud de don P. Trujillo. (Anexo núm. 539.)
  3. Que la Comision de Agricultura dictamine sobre el proyecto de fomento de las industrias del cáñamo i el lino. (V. sesion del 3 de Octubre de 1832.)



ACTA[editar]

SESION DEL 14 DE SETIEMBRE

Se abrió con los señores Vial, Alcalde, Barros, Egaña, Elizondo, Errázuriz, Izquierdo, Ovalle, Rodríguez i Meneses.

Aprobada el acta de la sesión anterior, se dió cuenta del dictámen de la Comision de Hacienda, en órden al proyecto de lei sobre declarar libres de derechos los efectos que remitan para provision de sus buques de guerra, las naciones amigas o neutrales; i no habiendo otra cosa, se puso en segunda discusion el proyecto de lei pasado por la Cámara de Diputados sobre libertad de derechos en el comercio de cabotaje a los efectos que los hubiesen pagado en las Aduanas marítimas o del interior. Reclamada por el señor Egaña la órden del dia, que el señor Presidente habia postergado por no hallarse en la Sala tres de los señores senadores que en las discusiones anteriores habian concurrido i votado en el negocio correspondiente, en que por dos ocasiones ha salido empate, la Sala resolvió que se tratase de este asunto, cual es el proyecto de lei sobre imponer un real por fanega a las harinas que se beneficien en la provincia de Santiago.

En este estado, entraron los señores Elizalde i Gandarillas i discutida la materia con presencia del señor Ministro de Hacienda, sin resolverse cosa alguna, se suspendió la sesion.

A segunda hora, se dió cuenta de cuatro comunicaciones de la Cámara de Diputados: una en que avisa haber aprobado la prórroga de las sesiones del Congreso, acordada por esta Cámara.

Otra en que anuncia su conformidad con el decreto que acordó el Senado a la solicitud del ex-tesorero de la Aduana de Valparaíso don Pedro Trujillo.

Otra por la que aprueba el veto de gracias decretado al Vice Presidente de la República don Diego Portales. Se mandaron comunicar a S. E. el Presidente de la República.

I otra en que trascribe el proyecto de lei que acuerda varios privilejios a los que se dediquen al cultivo de los cáñamcs, i a los que inventen o introduzcan máquinas que faciliten la elaboracion de este artículo. Se mandó pasar a la Comision de Agricultura.

Luego se continuó tratando de la leí sobre harinas, i el stñor Gandarillas pidió se reservase este negocio para otra sesion, lo que ccnsiderado por la Sala, se acordó así, i se levantó la presente. —Vial, Presidente. —Meneses, Secretario.



ANEXOS[editar]

Núm. 532[editar]

La Cámara, en sesion de esta noche, ha aprobado la prórroga de sus sesiones ordinarias que acordó el Senado a consecuencia de la nota del Supremo Gobierno. —Dios guarde al señor Presidente. —Cámara de Diputados, Santiago, Setiembre 14 de 1832. —Gabriel José de Tocornal. —Manuel Camilo Vial, Diputado. —Secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Senadores.



Núm. 533[editar]

En sesion del 10 ha sido aprobado el proyecto de decreto que acordó el Senado a consecuencia del espediente promovido por don Pedro Trujillo, ex-tesorero de la aduana de Valparaíso, que se comunicó a la Cámara en esta forma:

"Devuélvase este espediente al Presidente de la República para que, según sus atribuciones, disponga lo conveniente acerca de la peticion elevada al Congreso por don Pedro Trujillo".

Dios guarde al señor Presidente. —Cámara de Diputados, Santiago, Setiembre 12 de 1832. —Gabriel José de Tocornal. —Manuel Camilo Vial, Diputado-Secretario. —A señor Presidente de la Cámara de Senadores.



Núm. 534[editar]

En sesion del 10 la Cámara aprobó en todas sus partes el proyecto del Senado para dar gracias al Vice-Presidente de la República don Diego Portales por los servicios que ha prestado al país.

Dios guarde al señor Presidente. —Cámara de Diputados, Santiago, Setiembre 12 de 1832. —Gabriel José de Tocornal. —Manuel Camilo Vial, Diputado-Secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Senadores.



Núm. 535[editar]

A consecuencia de la nota del Supremo Gobierno, que orijinal accmpaño, la Cámara ha acordado el siguiente proyecto de lei:

"Artículo primero, los cáñamos i linos cosechados en el país, i sus semillas, serán exentos del pago de diezmo por el término de diez años, que principiarán a ccntarse desde la promulgacion de esta lei.

Art. 2.º Las espresadas semillas i los aceites que de ellas se estraigan, a su esportacion para puertos estranjeros, serán libres de los derechos de salida.

Art. 3.º Se señala un premio de dos mil pesos al que invente, i de mil pesos al que introduzca o construya en Chile imitando modelos estranjeros, la primera máquina que simplifique i perfeccione el beneficio de ambas plantas.

Art. 4.º Para conseguir este premio será necesario no solo que la máquina simplifique i perfeccione dicho beneficio, sino que sea de poco costo i de fácil uso para el común del pueblo, i de con el mismo trabajo cuando menos un producto doble del que actualmente se obtiene.

Art. 5.º Si después de adjudicarse el primer premio se hiciesen nuevos inventos en el país, tendrá el inventor de cada máquina que consulte las condiciones pedidas, i dé diez libras diarias de producto sobre la última premiada, los mismos dos mil pesos que señala la primera parte del artículo 3.º

Art. 6.º El exámen i calificacion de las condiciones pedidas en los artículos 3.º, 4.º i 5.º para obtener el premio, se hará por la junta central de beneficencia, o por las personas o autoridades que el Gobierno designare en el reglamento que deberá dictar para que esta lei tenga un exacto cumplimiento, i su calificación servirá de suficiente título para reclamarlo."

Dios guarde al señor Presidente. —Cámara de Diputados, Santiago, Setiembre 12 de 1832. —Gabriel José de Tocornal. —Manuel Camilo Vial, Diputado-Secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Senadores.



Núm. 536 [1][editar]

La espresion se autoriza de que usa el anterior proyecto de la Cámara de Diputados es impropia, principalmente cuando la usa un cuerpo lejislativo que debe saber que el Presidente de la República no necesita de autorizacion para hacer reglamentos para la mejor ejecucion de las Leyes.

La prevencion que el informe del frente quiere se haga al Presidente de la República, solo puede tener lugar en la misma lei; i si el Senado conceptúa necesario que se observe lo que dispone dicha prevención, es preciso establecerlo por un artículo espreso de la misma lei. Por otra parte, el Senado por sí solo, no puede prevenir sino pedir; i en materias de esta naturaleza, no parece conveniente hacer una peticion, estando en manos del Senado promover una resolucion.

Parece, pues, necesario que se rechace el proyecto, según ha sido modificado por la Cámara de Diputados, i se deje espedito el camino para que en la siguiente sesion de la lejislatura se proponga nuevamente la lei, en la forma que se tuviere por mas conveniente. —Santiago, 24 de Agosto de 1832. —Mariano de Egaña.



Núm. 537[editar]

Tomada en consideracion la nota de V. E. fecha el 11 del corriente, el Congreso Nacional ha acordado prorrogar sus sesiones ordinarias por treinta dias, contados desde el diez i nueve del actual.

Dios guarde a V. E muchos años. —Setiembre 15 de 1832. —Al Poder Ejecutivo.



Núm. 538[editar]

A consecuencia de la nota de V. E. de diez i siete de Agosto último, se ha acordado por las Cámaras el siguiente proyecto de decreto: —El Congreso Nacional, teniendo en consideracion que don Diego Portales entró a servir los ministerios del despacho del Interior i de la Guerra en la época mas angustiada de la Patria, cuando destruido el imperio de las leyes i encendida la guerra civil, la anarquía i el desórden amenazaba la ruina política de la Nación, en cuyas lamentables circunstancias desplegando un celo, vigor i patriotismo estraordinarios, consiguió con la sabiduría de los consejos i el acierto de las medidas que proponía en el Gabinete, restablecer gloriosamente la tranquilidad pública, el órden i el respeto a las instituciones nacionales, decreta:

"Que el Presidente de la República de las gracias a don Diego Portales, a nombre del pueblo chileno, i le presente este decreto como un testimonio de la gratitud nacional, debida al celo, rectitud i acierto con que desempeñó aquellos Ministerios, i a los jenerosos esfuerzos que ha consagrado al restablecimiento del órden i tranquilidad de que hoi disfruta la Patria."

Dios guarde a V. E. —Setiembre 20 de 1832. —Al Poder Ejecutivo.



Núm. 539[editar]

A consecuencia del espediente promovido por don Pedro Trujillo, ex-tesorero de la Aduana de Valparaíso, que orijinal acompaño, el Congreso Nacional ha resuelto lo siguiente:

"Devuélvase este espediente al Presidente de la República para que, según sus atribuciones, disponga lo conveniente acerca de la peticion elevada al Congreso por don Pedro Trujillo"

Dios guarde a V. E. —Octubre 9 de 1832. —Al Poder Ejecutivo.




  1. Este dictámen de don Mariano de Egaña está escrito al márjen del dictámen de la Comision de Hacienda, fecho el 17 de Octubre de 1831, a fs. 116 vta. del tomo 75 del archivo del Senado. (Nota del Recopilador.)