Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1832/Sesión de la Cámara de Senadores, en 17 de octubre de 1832 (2)

De Wikisource, la biblioteca libre.
Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1832)
Sesión de la Cámara de Senadores, en 17 de octubre de 1832 (2)
CAMARA DE SENADORES
SESION 50, EN 17 BIS DE OCTUBRE DE 1832
PRESIDENCIA DE DON DIEGO ANTONIO BARROS


SUMARIO. —Asistencia. —Acusacion de don F. R. de Vicuña: arresto del acusado, absolucion, felicitacion al Senado por el ejercicio de la facultad que hace efectiva la responsabilidad de los funcionarios. —Acta.—Anexos.

Don Francisco Ramón de Vicuña es puesto en rigoroso arresto, i en seguida es absuelto por unanimidad. (Anexos núms. 621 i 622. V. sesion del 16.)

Don Mariano de Egaña felicita al Senado por la parte que le ha cabido en el ejercicio de la facultad de hacer efectiva la responsabilidad de los depositarios del poder.



ACTA[editar]

SESION DEL 17 DE OCTUBRE POR LA NOCHE

En conformidad de lo acordado en la sesion de ayer, se reunieron hoi i 7 de Octubre de 1832 en esta sala del Senado, los señores Bairos, Egaña, Elizalde, Elizondo, Errázuriz, Huici, Rodríguez, Ovalle i Meneses. I habiendo dado órden previamente para poner en riguroso arresto la persona de don Francisco Ramon Vicuña; luego que ésta fué cumplida, procedieron los señores Senadores por su órden a emitir sus votos, de cuya mutua conferencia resultó la sentencia que se estendió i firmó por todos i fué concebida en los términos siguientes:

"La Cámara de Senadores de Chile, teniendo presente lo dispuesto en el artículo 22 de la Constitucion; considerando además el mérito que resulta del proceso: —Absuelve a don Francisco Ramon Vicuña, ex-Presidente de la República, del cargo que se le hace en el juicio nacional intentado por la Cámara de Diputados por infraccion de Constitucion, en haber aprobado i mandado ejecutar la sentencia pronunciada por un Consejo de Oficiales Jenerales contra el teniente don Pedro Rojas." —Acto continuo se mandaron entrar a la sala los Diputados comisionados, i presentado también el reo por el oficial a quien estaba encargada su custodia, se hizo saber la sentencia, mandando el señor Presidente al espresado oficial pusiese en libertad a don Francisco R. Vicuña, i al Secretario cancelase la fianza que se le mandó dar en seguridad de su persona.

El acusado dió las gracias al Senado por su procedimiento tan conforme a las leyes i pidió que la resolucion dictada se mandase comunicar a las autoridades del Estado para su vindicacion.

Concluido así este juicio, el señor Egaña tomó la palabra para felicitar al Senado, como una parte de la Representación Nacional, por el beneficio que le resultaba de las dos grandes instituciones que acababa de ver ponerse en práctica, tan importantes para la libertad pública i para obtener un buen sistema de juicios: I.ª el hacerse efectiva la responsabilidad de los depositarios del poder, observándose a un Presidente de la República acusado i firmado por actos de su ministerio; 2.ª un juicio público donde se daban al acusado todas las garantías necesarias para su defensa i al Juez la oportunidad de sentenciar con pleno conocimiento del mérito de la causa i con la brevedad que tanto importa al bien público. —Barros, Vice-Presidente. —Juan Francisco Meneses, Secretario.



ANEXOS[editar]

Núm. 621[editar]

A la Comision de Guerra le parece que se apruebe la resolucion de la Cámara de Diputados en los mismos términos que aparece, teniendo presente el mérito que arroja el espediente manifestado, el que sin duda motivó la resolucion citada.

Sala de la Comision, Octubre 17 de 1832. —Barros. —Elizalde. ——Huici.



Núm. 622[editar]

La Cámara de Senadores de Chile, teniendo presente lo dispuesto en el artículo 22 de la Constitucion; considerando además el mérito que resulta del proceso:

Absuelve a don Francisco Ramon Vicuña, ex-Presidente de la República, del cargo que se le hace en el juicio nacional intentado por la Cámara de Diputados, por infraccion de Constitucion en haber aprobado i mandado ejecutar la sentencia pronunciada por un Consejo de Oficiales Jenerales contra el teniente don Pedro Rojas. —Diego Antonio Barros. —Pedro Ovalle. —Fernando Errázuriz. —Manuel Fruto Rodríguez. —Dr. Diego A. Elizondo. —J. Antonio de Huici. —Mariano de Egaña. —Fernando A. Elizalde. —Juan Francisco Meneses, Senador-Secretario.