Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1833/Sesión de la Cámara de Diputados, en 9 de agosto de 1833

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Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1833)
Sesión de la Cámara de Diputados, en 9 de agosto de 1833

CÁMARA DE DIPUTADOS
SESION 16, EN 9 DE AGOSTO DE 1833
PRESIDENCIA DE DON JUAN DE DIOS VIAL DEL RIO


SUMARIO. SUMARIO. —Asistencia. —Aprobacion del acta de la sesion precedente. —Cuenta. —Solicitud de privilejio para elaborar ácido sulfúrico.—Informes de las Comisiones. —Solicitud de A. Castro. —Id. de don J. A. de Alcázar. —Renovación de la Mesa. —Solicitudes particulares en demanda de privilejios esclusivos. —Creacion de fondos para la milicia cívica.— Interes de los censos. —Acta. —Anexos.

CUENTA

Se da cuenta:

  1. De un oficio con que el Presidente de la República acompaña una solicitud de don José Vicente Bustillos, quien pide privilejio esclusivo para elaborar ácido sulfúrico. (Anexo núm. 98.)
  2. De un informe de la Comision de Gobierno sobre el proyecto de lei que declara que la exencion de derechos otorgada a los buques estranjeros de guerra, se debe entender concedida a contar desde el 10 de Mayo de 1831; la Comision propone la aprobación (Anexo núm. 99. V. sesiones del 12 de Julio i del 11 de Octubre de 1833.)
  3. De otro informe de la Comision de Lejislacion sobre el permiso solicitado por el prebendado Alcázar para aceptar un nombramiento de la Silla Apostólica; la Comision propone que se le conceda el permiso en ciertas condiciones. (Anexo núm. 100. V. sesion del 17 de Julio.)
  4. De otro informe de la Comision de Hacienda sobre la autorización pedida por el Gobierno para trasladar el depósito de pólvora de Concepcion; la Comision propone que se otorgue la autorizacion. (Anexo núm. 101. V. sesion del 77 de Julio.)
  5. De otro informe de la Comision de Hacienda sobre la solicitud de don Carlos Thurn. ( V. sesiones del 12 de Julio i del 26 de Agosto de 1833.)
  6. De otro informe de la Comision de Hacienda sobre la solicitud de don Josué Waddington; la Comision propone que se autorice al Gobierno para vender al solicitante, sin las formalidades de estilo, los terrenos que ocupó la antigua batería de la Concepcion en Valparaíso, a fin de que en ellos se establezca una fábrica de jarcias. (Anexo núm. 102. V. sesiones del 2 i del 26.)
  7. De otro informe de la Comision de Lejislacion sobre el proyecto de codificacion propuesto por el secretario. (Anexo núm. 103. V. sesiones del 14 de Junio de 1833 i del 14. de Julio de 1834.)
  8. De otro informe de la misma Comi sion sobre el proyecto de lei que constituye la propiedad artística i literaria. (Anexo núm. 104. V. sesiones del 29 de Julio i del 22 de Noviembre de 1833.)
  9. De otro informe de la Comision de Lejislacion sobre el proyecto de acuerdo, celebrado por el Senado, para manifestar al Gobierno la satisfacción del Congreso por la manera como él usó de la autorizacion que se le confirio para formar una tarifa de avalúos; la Comision propone la aprobacion. (Anexo núm. 103. V. sesion del 3 de Julio.)
  10. De una solicitud de Ascencio Castro, quien pide se le devuelva la que presentó el 20 de Octubre de 1832. (Anexo núm. 106. V. sesion del 10 de Setiembre de 1832.)
  11. De otra del prebendado don José Antonio de Alcázar, quien pídese considere en sesion estraordinaria la que tiene presentada en demanda de un permiso. (V. sesion del 17 de Julio de 1833.)

ACUERDOS[editar]

Se acuerda:

  1. Que la Comision de Hacienda dictamine sobre la solicitud de don José Vicente Bustillos. (V. sesion del 26.)
  2. Devolver a Ascencio Castro el espediente de su anterior solicitud.
  3. Reelejir a los diputados que ocupan los puestos de Presidente i Vice-Presidente de la Sala. (Anexo núm. 107. V. sesiones del 3 de Julio i del 11 de Octubre de 1833.)
  4. Aprobar en jeneral el proyecto de lei que autoriza al Ejecutivo para conceder privilejios esclusivos. (V. sesiones del 19 de Julio i del 26 de Agosto de 1833.)
  5. Desechar el artículo 3.º del proyecto de lei que crea fondos para el sostenimiento de las milicias i comunicarlo al Senado con los dos artículos aprobados anteriormente. (V. sesiones del 29 de Julio i del30 de Agosto de 1833.)
  6. Dejar pendiente la discusion del proyecto de lei relativo al Ínteres de los censos. (V. sesiones del 2 i del 26.)
  7. Dejar la solicitud del prebendado Alcázar para considerarla a su tiempo. (V. sesion del 26.)

ACTA[editar]

SESION DEL 9 DE AGOSTO DE 1833

Se abrió con los señores Astorga, Bustillos, Carvallo don Francisco, Carrasco, Carvallo don Manuel, Echeverz, Eyzaguirre, Fierro, García de la Huerta, Gutiérrez, Irarrázaval, Larrain don Juan Francisco, Larrain don Vicente, Lira, López, Martínez, Mathieu, Mendiburu, Plata, Portales, Puga, Renjifo, Rosales, Rosas, Silva don Pablo, Tocornal don Joaquín, Valdivieso, Valdés, Uríbe, Vial don Juan de Dios, Vial don Antonio i Vial don Manuel.

Aprobada el acta de la sesión anterior, se leyó un oficio del Poder Ejecutivo con que acompaña el memorial que presentó don José Vicente Bustillos, para que se le conceda privilejio esclusivo por el término de ocho años para elaborar el ácido sulfúrico; i pasó a la Comision de Hacienda.

Se leyeron también ocho informes de las Comisiones de Gobierno, Hacienda i Lejislacion, en que aprueban los dos proyectos del Senado sobre los artículos de provision que se internaron desde el 10 de Mayo de 1831 para los buques de guerra pertenecientes a potencias amigas o neutrales, i el relativo a la solicitud del prebendado Alcázar; las autorizaciones para invertir 272 pesos en la traslación del almacén de pólvora de la plaza de Concepción sobre la cantidad que se habia señalado para refaccionar el antiguo; para vender, sin las solemnidades prescritas por la lei con reserva de los derechos particulares que se disputan, los terrenos en que existió la antigua batería de la Concepción en que debe establecerse la fábrica de jarcias; i para que el Gobierno disponga lo conveniente acerca de la solicitud de don Cárlos Thurn; el proyecto que presentó el secretario sobre compilación de los Códigos Civiles; el que pasó el Presidente de la República sobre los privilejios que deben concederse a los autores de obras literarias; i el del Senado para manifestar al Poder Ejecutivo la satisfaccion con que el Congreso ha visto desempeñado el difícil encargo que le confió por el artículo 10 de la lei de 23 de Julio del año próximo pasado; i quedaron en tabla.

Se dió cuenta de dos peticiones: la una de Ascencio Castro para que se le devuelva la solicitud que presentó el 20 de Octubre de 1832; i la otra del prebendado Alcázar para que se considere en sesión estraordinaria la que elevó al Senado i con su acuerdo pasó a esta Sala: la primera fué aprobada, i ésta quedó para considerarse despues.

En seguida se procedió a la eleccion de Pre sidente i Vice-Presidente, i fueron reelectos los señores Vial don Juan de Dios i Eyzaguirre.

Se discutieron i aprobaron en jeneral las peticiones de don Juan Lay i don José Coupelon, la de don Joaquín Pérez i don Manuel Carrasco, i por haber propuesto la Comision de Hacienda en todas las de igual clase que se faculte al Gobierno para que resuelva sobre ellas, se discutieron i aprobaron también en jeneral la de don José Vicente Bustillos que se habia mandado pasar a Comision i la de don Cárlos Thurn.

Discutido por segunda vez el artículo 3.º del proyecto en que se designan fondos para la milicia cívica, fué desechado i se acordó comunicar al Senado este proyecto con los dos artículos acordados ántes de aprobar el acta.

Continuó discutiéndose la mocion del señor Valdivieso, i quedó pendiente, levantándose en este estado la sesion. —Eyzaguirre. —Vial, diputado-secretario.


ANEXOS[editar]

Núm. 98[editar]

Acompaño a V. E. un memorial de don José Vicente Bustillos, en que solicita la concesion de un privilejio esclusivo por el término de 8 años, para elaborar el ácido sulfúrico, a fin de que, poniéndolo en conocimiento de su Sala, resuelva lo conveniente.

Dios guarde a V. E. —Santiago, Agosto 7 de 1833. —JOAQUÍN PRIETO. —Joaquín Tocornal. —Al Exemo. Señor Presidente de la Cámara de Diputados.


Núm. 99[editar]

Cuando la Cámara acordó exceptuar de los derechos de trasbordo i tránsito a los artículos de provision que viniesen para los buques de guerra pertenecientes a potencias amigas o neutrales, tenemos bien presente que concedió esa gracia a las provisiones que se habian internado desde el dia 10 de Mayo de 1831; en este sentido la aprobó también el Senado, de manera que la actual consulta del Gobierno solo ha podido tener lugar por la oscuridad de los términos en que fué concedida esa exencion. La Sala puede traer a la vista el oficio del Senado i su acuerdo de aquella fecha i se persuadirá de esta verdad, así es que los miembros de la Comision informante se hallan persuadidos de que la Cámara debe aprobar el proyecto del Senado, solo por evitar las dudas o dificultades que ha ofrecido la espresion de aquella lei.

Santiago, Agosto 6 de 1833. —Juan Francisco de Larrain. —José Manuel de Astorga. —Manuel Camilo Vial.


Núm. 100[editar]

Los miembros de la Comision de Lejislacion que suscriben, son de parecer que la Sala conceda al prebendado don José Antonio de Alcázar la facultad que solicita para obtener la distincion de honor con que le ha distinguido Su Santidad, con tal que el Gobierno, al conceder el pase al breve presentado, lo haga bajo las condiciones que pide el fiscal en su vista del 1.º de Julio próximo pasado, que corre en el espediente de la materia. —Santiago, Agosto 6 de 1833. —Juan Francisco de Larrain. —José Manuel de Astorga.


Núm. 101[editar]

La Comision de Hacienda no encuentra embarazo para que se autorice el gasto de 272 pesos sobre la cantidad que estaba ya destinada para la refaccion del antiguo almacén de pólvora de la plaza de Concepcion, a fin de que pueda verificarse la traslación de dicho almacén a otro local, por los motivos que se espresan en el espediente informativo de la materia que, a juicio de la Comision, son suficientes para que en fuerza de ellos apruebe la Cámara el proyecto siguiente:

"Se faculta al Ejecutivo para que invierta la cantidad de 272 pesos a que monta el presupuesto de los gastos de la traslacion del almacén de pólvora de la plaza de Concepción, sobre la que se habia señalado para refaccionar el antiguo".

Sala de las Comisiones. —Santiago, Agosto 7 de 1833. —Eyzaguirre. —Ramón Renjifo. —Antonio Jacobo Vial. —Fernando Márquez de la Plata.


Núm. 102[editar]

En consecuencia de la nota que antecede, la Comision de Hacienda, instruida del espediente que el Poder Ejecutivo acompaña sobre la solicitud de don Josué Waddington, cree que la Sala puede aprobar el siguiente proyecto:

"EI Congreso Nacional, atendiendo a la importancia i utilidad del establecimiento de la fábrica de jarcia que se trata de plantear en Valparaiso, ha acordado dispensar al Ejecutivo de las formalidades prevenidas por la lei parala venta del terreno en que existió la antigua batería de la Concepcion, entendiéndose que el contrato, que celebre en virtud de esta autorizacion será sin perjuicio de los intereses de aquéllos que disputan la propiedad de dicho terreno".

Sala de la Comision. —Agosto 8 de 1833. ——Eysaguirre. —Fernando Márquez de la Plata. —A. Jacobo Vial. —Ramón Renjifo.


Núm. 103[editar]

La Comision, despues de repetidas discusiones sobre este negocio, se ha persuadido de los inconvenientes que ofrece la formacion de nuevos códigos, i es de sentir que en ningún caso podria conseguirse con ella el pronto remedio que exijen los males producidos por nuestra dificultosa lejislacion. El tiempo que demanda el exámen i aprobacion dé los diversos cuerpos de la jurisprudencia civil, basta para hacernos perder la esperanza de conseguirlos con la brevedad que requieren nuestras necesidades.

A juicio de la Comision no ofrece ménos dificultades ni demanda ménos tiempo su formacion; pues, aunque nada habrá de orijinal porque estas materias han ocupado a todas las sociedades civilizadas i se han empleado en su consideracion los hombres mas sabios i distinguidos de todas ellas, con todo nosotros, por una desgracia que no podremos ménos de lamentar, carecemos de ellos aun para hacer la elección de las diversas opiniones en que se hallan divididos los juriscon sultos filósofos i pudiéramos fácilmente escollar con los desvarios i estravagancias que es una enfermedad tan común o con las preocupaciones de los que solo se han empleado en el foro, que es cuanto podemos encontrar entre nosotros.

Por el contrario, la compilación de los códigos vijentes, sino es una obra fácil a lo ménos puede realizarse con mas prontitud, i no necesita de la sancion de la Lejislatura que la retardaría perpetuando los males que ha producido bajo cualquier aspecto que se le considere. Esta misma reforma pondría de manifiesto los vacíos i todos los defectos en que abunda nuestro Código, i entónces la modificación seria parcial, se habria pronunciado la opinion pública sobre los vicios mas notables, i esta misma prepararía el ánimo para hacer una reforma útil i adecuada a nuestras necesidades i costumbres.

La Comision tendría que estenderse demasiado si hubiese de manifestar los inconvenientes que ofrece el proyecto del Senado, i las ventajas que encuentra en el nuevo proyecto presentado a la Sala, i persuadida de que será mas útil esponerlo todo de palabra al tiempo de la discusion, se limita a manifestar su decisión en favor del nuevo proyecto que a su juicio ia Sala debería considerar con preferencia. —Santiago, Agosto 6 de 1833. —Santiago de Echeverz. —Joaquin Gutiérrez. —Rafael V. Valdivieso Zañartu. -Manuel Camilo Vial. —P.F. Lira.


Núm. 104[editar]

La Comision ha visto el proyecto que antecede i juzga tan justo como útil al progreso de las luces conceder los privilejios que en él se acuerdan a los autores de toda clase de obras literarías.

Las sociedades cultas los han establecido a pesar de otros muchos beneficios de que gozan los literatos; i las sociedades nacientes que carecen de ilustracion, que no tienen otros estímulos para fomentarlo, i que no pueden lisonjear a los pocos hombres estudiosos que en ellas se encuentran con ninguna dase de esperanzas, necesita algo mas que aquellas de moderados favores que les alienten en las penosas tareas a que deben consagrarse.

Declarar que es una propiedad el descubrimiento o trabajo de cada uno, i que deben gozar la esclusivamente por un tiempo determinado, es hacer lo que la justicia i el ínteres común prescriben, i es también conceder un nuevo goce a la comunidad a quien aparentemente se niega, porque de otro modo no disfrutarían jamas de tales beneficios; por todo lo espuesto i en conformidad con el artículo 152 de la Constitucion, la Comision cree que la Sala debe aprobar en todas sus partes el proyecto a que se refiere. —Santiago, Agosto 6 de 1833. —Santiago de Echeverz. —Joaquin Gutiérrez. —P.F. Lira. —Manuel Camilo Vial. —Rafael V. Valdivieso Zañartu.


Núm. 105[editar]

En vista del oficio del Supremo Gobierno del Reglamento de Aduanas, que fué servido acompañar, la Comision cree que debe aprobarse el proyecto que acordó el Senado, para manifestar al Poder Ejecutivo la satisfaccion con que el Congreso ha visto desempeñado el difícil i penoso encargo que le confió por el artículo 10 de la lei de 23 de Julio del año próximo pasado.

La Comision, al apoyar el dictámen del Senado, se complace de poder asegurar a la Sala que su conformidad en esta materia marcharía de acuerdo con el voto unánime de todos los chilenos, i que el trabajo presentado es digno de la sabiduría i confianza que el Congreso depositó en el Gobierno. —Santiago, Agosto 6 de 1833. —Santiago de Echeverz. —Joaquin Gutiérrez. —P.F. Lira. — Rafael V. Valdivieso Zañartu. Manuel Camilo Vial.


Núm. 106[editar]

Señor: el artillero inválido Ascencio Castro ante V. E. comparezco i digo con el mayor respeto: que habiéndome presentado el 20 de Octubre de 1832 por un espediente, pidiendo gracia se me repusiese mi medio sueldo cedido en beneficio del Estado i tropas vencedoras del Sud, en tiempo que se le hizo la guerra al perverso de Benavides, i no habiéndose tomado en consideración, a V. E. suplico se sirva mandar al señor secretario se me devuelvan para los fines que me convengan; su mas humilde súbdíto.

Santiago 1 Agosto 5 de 1833. —Ascencio Castro. —A Su Excelencia el señor Presidente de la Cámara de Diputados.


==== Núm. 107 ====

La Cámara de Diputados, en sesion de 9 del corriente, ha reelejido al Presidente i Vice-Presidente que funcionaron en el mes anterior.

Dios guarde a V. E . —Santiago, Agosto 16 de 1833. —Juan de Dios Vial del Rio. —Antonio Jacobo Vial, pro-secretario. —A S. E. el Presidente de la República.