Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1834/Sesión de la Cámara de Diputados, en 6 de junio de 1834

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Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1834)
Sesión de la Cámara de Diputados, en 6 de junio de 1834
CÁMARA DE DIPUTADOS
SESION 1.ª, EN 6 DE JUNIO DE 1834
PRESIDENCIA DE DON LORENZO FUENZALIDA


SUMARIO. —Nómina de los asistentes —Aprobacion del acta precedente. —Incorporacion de los señores Gutiérrez Urízar. —Formacion de la Mesa. —Cuenta. —Reclamacion contra el escrutinio electoral practicado en Vallenar. —Id. contra el practicado en Talca.—Residencia de las tropas en Santiago. —La Mesa del Senado. —Minoridad del diputado electo don R. Gatica. —Reglamento de sala. —Asuntos pendientes.—Poderes de don F. Urízar G. —Próxima sesion. —Acta. —Anexos.

Prestaron juramento i se incorporaron a la Sala don José Joaquin Gutiérrez i don Fernando Urízar Gárfias.

Son elejidos para Presidente don Lorenzo Fuenzalida i para secretario don José Santiago Montt.

Habiendo habido dispersion de votos en la eleccion de Vice-Presidente, se repite la votacion, i como se notara la misma dispersion, se contrajo la votacion a los dos candidatos que habían obtenido mayoría, i fué eiejido don Pedro Felipe Iñiguez. (Anexo núm. 284.)

CUENTA[editar]

Se da cuenta:

  1. De un oficio con que el Presidente de la República acompaña una reclamacion entablada por la Municipalidad de Freirina contra el escrutinio electoral practicado por la de Vallenar. (Anexos núms. 285 a 293.)
  2. De otro oficio con que el mismo Majistrado acompaña unos documentos relativos a la omision en el escrutinio electoral practicado en Talca, de los votos de Curepto. (Anexos núms. 294 a 306.)
  3. De otro oficio por el cual el mismo Majistrado propone que para ahorrar gastos se autorice la residencia de las tropas en Santiago. (Anexo núm. 307. V. sesiones del 4 de Diciembre de 1833 i del 9 de Junio de 1834.)
  4. De otro oficio por el cual el Senado comunica la formacion de su Mesa. (Anexo núm. 308.)
  5. De una nota por la cual don Rafael Gatica comunica que todavía no tiene la edad para poder desempeñar el cargo de diputado. (Anexo núm. 309.)
  6. De unos poderes informados por la Comision i que acreditan a don Victorino Garrido i a don Fernando Urízar Gárfias como diputados por Valparaiso. (Anexos núms.310 i 311.)
  7. De otros poderes igualmente informados por la Comision, que acreditan a don Ramon Renjifo i a don Vicente Arlegui como diputados por Osorno. (Anexos núms. 312 i 313.)

ACUERDOS[editar]

Se acuerda:

  1. Pedir informe a la Comision de Poderes sobre las irregularidades ocurridas en Vallenar (V. sesion del 20.) i en Talca. (V. sesion del 2 de Julio de 1834.)
  2. Reservar para la Comision respectiva el oficio del Gobierno sobre la residencia de las tropas.
  3. Reservar igualmente para la respectiva Comision la nota de don Rafael Gatica. (V. sesion del 9.)
  4. A indicacion de don J. Tocornal, adoptar por ahora el reglamento de sala que la Cámara aprobó el 15 de Julio de 1831.
  5. Que para la próxima sesion traiga el secretario una razon de todos los asuntos pendientes.
  6. Aprobar los poderes del señor Urízar.

ACTA[editar]

SESION DEL 6 DE JUNIO

Se abrió con los señores Astorga, Aldunate, Arriarán, Barros don Manuel, Barros don José Manuel, Barra, Bustillos, Carrasco, Dávila, Eyzaguirre, Fierro, Fuenzalida, García don Manuel, García de la Huerta, Gutiérrez, González, Irarrázaval, Iñiguez, Luna, Martínez, Montt, Prieto, Plata, Puga, Renjifo, Rosas, Sotomayor, Torres don Domingo, Torres don José Antonio, Toro, Tocornal don Joaquin, Tocornal don José María, Troncoso, Valdés don José Agustin, Valdés don Miguel, Urízar i Vial don Antonio.

Leida el acta de la última sesion preparatoria, fué aprobada.

Los señores don José Joaquin Gutiérrez i don Fernando Urízar Gárfias prestaron el juramento de estilo i fueron incorporados a la Sala.

Acto continuo se procedió a la eleccion de Presidente, Vice-Presidente i secretario, la que, habiéndose verificado, obtuvieron para el primer cargo: el señor Fuenzalida, 33 sufrajios; el señor Tocornal don Joaquin dos, i el señor Iñiguez uno; para el segundo: los señores Montt, 15; el señor Barros don José Manuel, cinco; el señor Irarrázaval, cinco; el señor Iñiguez, cuatro; el señor Torres don José Antonio, tres i uno los señores Eyzaguirre, Guzman, Renjifo i Huidobro; para el tercero: Montt, 19; el señor Vial don Manuel, 16 i el señor Urízar, uno; quedaron, en su consecuencia, electos: Presidente, el señor Fuenzalida i secretario el señor Montt. Como no resultase mayoría absoluta para Vice-Presidente, volvió a repetirse la eleccion de este cargo, i en ella obtuvo el señor Iñiguez, 17 i el señor Aldunate, 8; el señor Barros don José Manuel, 5; el señor Renjifo, 2; i 1 los señores Guzman, Eyzaguirre, Astorga, Irarrázaval i Torres don José Antonio. No habiendo tampoco resultado electo Vice-Presidente, se propuso a la Sala si la votacion se reducía solo a los dos señores que habían sacado mayor número de sufrajios, i convenida en la afirmativa, se procedió a la tercera eleccion, en la que resultaron a favor del señor Iñiguez, 34, i dos en favor del señor Aldunate, con lo que quedó electo el primero Vice-Presidente.

Se leyeron dos comunicaciones del Supremo Gobierno, acompañando por la primera el reclamo que, por conducto de la intendencia de Coquimbo, ha elevado la Municipalidad del departamento de Freirina contra las operaciones del Cabildo de Vallenar en el escrutinio i proclamacion que hizo éste de la eleccion de diputado, i por la segunda el oficio i documentos que le había pasado el intendente de Talca con motivo de haberse omitido por la mesa escrutadora de aquella provincia el exámen de la votacion de la parroquia de Curepto; i se mandaron pasar a la Comision de Poderes.

Dióse así mismo cuenta de otra comunicacion del Supremo Gobierno, solicitando permiso para que permanezcan en esta capital las tropas veteranas que actualmente existen en ella, como el único medio de escusar los injentes gastos que demandaría el recargado servicio de la guarnicion, reemplazándose por los cuerpos cívicos, i se mandó reservar para que pasase a la Comision respectiva luego que estuviese nombrada.

Leyóse el oficio de la Cámara de Senadores anunciando la eleccion que había hecho de Presidente en el señor don Diego José Benavente; de su Vice en el señor doctor don Diego Antonio Elizondo, i de secretario en el señor doctor don Juan Francisco Meneses, i se mandó contestar, archivarse i comunicarse la que se hizo de iguales destinos en esta Cámara.

Dióse cuenta de la nota remitida por el diputado don Rafael Gatica, esponiendo no tener cumplida la edad que la lei señala para el desempeño de su cargo, a fin de que, acordada su separacion, se llamase al que debía reemplazarle; i se mandó reservar para que cuando estuviese nombrada la Comision respectiva pasase a ella.

El señor Tocornal don Joaquin hizo indica cion para que se aprobase por ahora el reglamento de sala que, con fecha 15 de Julio de 1831, había aprobado la anterior Cámara de Diputados. Fué apoyada, i puesta en votacion, se aprobó por unanimidad con la calidad indicada.

El mismo señor propuso que, por secretaría, se presentase para la primera sesion la razon de todos los negocios que habían quedado, tanto en las Comisiones como despachados por ellas i en tabla, i se acordó se hiciese así.

Se dió cuenta del informe de la Comision de Poderes en los presentados por el señor Urízar Gárfias, i fueron aprobados, con lo que se levantó la sesion, citándose conforme a lo prevenido por el reglamento, para el lunes a las siete de la noche. —Lorenzo Fuenzalida. —Montt, diputado secretario.


ANEXOS[editar]

Núm. 284[editar]

El Presidente accidental que suscribe, tiene el honor de poner en conocimiento de S. E. el Presidente de la República, que reunida esta Cámara, en sesion de anoche, procedió a elejir su Presidente, Vice i secretario, i por mayoría de sufrajios recayó la elección por el mismo órden de estos cargos en los señores diputados don Lorenzo Fuenzalida, don Pedro Felipe Iñiguez i don José Santiago Montt.

Dios guarde a V. E. muchos años. —Santiago, Junio 7 de 1834. —Manuel Barros. —José Santiago Montt, diputado-secretario. —A S. E. el Presidente de la República.


Núm. 285[editar]

Tengo la honra de acompañar a V. E. el reclamo que, por conducto de la intendencia de Coquimbo, ha elevado la Municipalidad del departamento de Freirina contra las operaciones del Cabildo de Vallenar en el escrutinio i proclamacion que hizo éste de la eleccion de diputado, para que V. E. se sirva someterlo a la deliberacion de la Cámara que preside.

Dios guarde a V. E. —Santiago, Junio 6 de 1834. —Joaquin Prieto. —Joaquín Tocornal. —A S. E. el Presidente de la Cámara de Diputados.


Núm. 286[editar]

Señor Ministro:

Por el acta que le acompañé en mi comunicacion número 453, fecha 11 del actual, sobre la eleccion de diputado al Congreso Nacional i electores para senadores, practicada en los departamentos del Huasco, i la adjunta presentacion del Cabildo de Freirina, se instruirá V. S. de lo ocurrido en dicha eleccion, para que se sirva darle el curso que corresponda.

Dios guarde a V. S. —Intendencia de Coquimbo. —Serena, Mayo 13 de 1834. —J. Aldunate. —Señor Ministro de Estado en el departamento del Interior.


Santiago, Mayo 27 de 1834. —Resérvese para someter oportunamente su decision a la Cámara respectiva i contéstese. —(Hai una rúbrica.)Arriarán, pro-secretario.


Núm. 287[editar]

Comisionado por la mesa receptora de la votacion del departamento para el escrutinio jeneral en la del de Vallenar, me presenté a dicha mesa con el resultado de los sufrajios de éste; pero, cuando esperaba que la mesa escrutadora se circunscribiese a las reglas jenerales que le designan la via que deben tomar las de su clase en todos los casos, sus acuerdos i determinaciones han sido marcados por una conducta bien poco regular.

Los componentes, sobre mui poca circunspeccion, jamas contaron conmigo para discutir las materias que se trataron, i por mandatos terminantes de su presidente se me obligó a ser un mero testigo de sus resoluciones que siempre venían de fuera de la mesa. Esta conducta i el deber que me imponía el carácter de un comisionado por la mesa receptora de mi departamento, me obligó a hacer algunas observaciones i viéndolas inútiles pasé las dos notas de que incluyo copias, pero no obtuve mas contestacion que el testimonio del acta adjunta, habiéndoseme despojado del libro matriz de calificados del departamento i lista alfabética,sin querer aun rubricar los blancos, como lo solicité.

No existiendo la mesa mi comitente, dirijo al Ilustre Cabildo ésta i documentos adjuntos, para que, teniendo por desempeñado el cargo que se me confirió, determine el cuerpo lo conveniente.

Saludo al Ilustre Ayuntamiento con las consideraciones de mi mayor respeto. —Freirina, Mayo 3 de 1834. —José Gregorio de la Cuadra, comisionado por la mesa receptora de la votacion. —S S. Presidente i miembros del Ilustre Ayuntamiento del departamento de Freirina.


Núm. 288[editar]

El comisionado por la mesa receptora de los sufrajios del departamento de Freirina para las elecciones del presente período, debiendo dar cuenta de la mision que se le ha encargado a la mesa, ofreciendo a la de este departamento algunas dificultades sus operaciones; i siendo a juicio del que suscribe sin un apoyo bastante en el testo literal de la lei, para proceder al escrutinio i conclusion del acto para que se han remi tido los votos del departamento a que corresponde, necesita para dar cuenta a la mesa, su comitente, se lé dé un certificado bastante especificado de las razones en que funda esta mesa sus observaciones i disenso a verificar el escrutinio i terminacion del acto electoral.

El que suscribe, con este motivo, ofrece a la mesa a quien se dirije las consideraciones de su distinguido aprecio. —Vallenar, Abril 30 de 1834. —José Gregorio de la Cuadra. —SS. de la Mesa Escrutadora.


Núm. 289[editar]

Debiendo dar cuenta circunstanciada a la mesa receptora del departamento de Freirina, que me ha comisionado, de los actos de ésta i de que ha dimanado la inadmision del sufrajio de aquél para fundar sus ulteriores recursos, pedí por una nota dirijida a esta mesa, con fecha de ayer, un certificado el que se me ha negado verbalmente i no se me ha querido ni aun contestar.

Posteriormente se me ha despojado, sin poderlo resistir, del libro matriz de mi departamento i lista alfabética de sufragantes, i por un acta declarada nula la votacion de éste, conteniendo sesenta i tres sufrajios, i la de aquí solo doce, declarando con ello, hecha la eleccion de ámbos departamentos para su representacion en el Congreso Nacional.

Ignorando sobre qué fundamentos estriban estos hechos i ni aun trasluciendo por qué leyes o reglamentos se hayan dirijido, sírvase usted, como presidente de la mesa, mandar se me dé una copia autorizada del acta que se ha levantado para presentarla a la mesa, mi comitente, o en caso de negárseme, acusarme recibo de éste.

Saludo a usted con las consideraciones de mi aprecio. —Vallenar, Mayo 1.º de 1834. —José Gregorio de la Cuadra, comisionado por la mesa receptora de Freirina. —Señor Presidente de la mesa receptora de Vallenar, gobernador del departamento.


Núm. 290[editar]

En la villa de San Ambrosio de Vallenar, a treinta dias del mes de Abril del año de mil ochocientos treinta i cuatro, reunida la Ilustre Municipalidad con asistencia de los señores gobernador departamental don Pedro Nolasco Martínez i municipales don José Urquieta. don Francisco Domingo Herreros, don José María Gallo i por enfermedad del de la misma clase, don Nicolas Guerra, el señor párroco don José Miguel Gutiérrez, a efecto de verificar el escrutinio de la votacion recibida en esta parroquia de Vallenar i la del departamento de Freirina que debe unirse a éste como mas antiguo en la presente eleccion de diputados al Congreso i electores para senadores, mandó la Ilustre Municipalidad examinar, a presencia del comisionado por la mesa receptora de Freirina, las cerraduras de la caja en que el dia veintiocho se depositó la de la votacion de esta parroquia, i el anterior la de la votacion de Freirina i hallándolas en el mismo estado en que habían quedado al tiempo de distribuirse las llaves, se procedió a su apertura, i en seguida, a la de las cajas que había dentro.

Acto continuo i con las formalidades de los artículos 60, 61 i 62 del reglamento de elecciones, se procedió al exámen de la caja que contenía la votacion de este departamento i parroquia de Vallenar, el cual produjo el siguiente resultado, a saber: para diputado al Soberano Congreso doce votos a favor del señor don Fernando Urizar Garfias; el mismo número para suplente por don Manuel Montt, i para electores de senadores igual suma de sufrajios por los ciudadanos don Jorje Edwards, don Pedro José Aracena i don Santiago Ramírez, i siendo solo doce el número de los sufragantes fué conforme a él, el de los votos que encerraba la caja, como así mismo uniforme el de la lista alfabética llevada por la junta receptora con cuyas consideraciones se aprobó.

Pasando a practicar el mismo exámen con respecto a la caja remitida del departamento de Freirina, abierta que fué, se encontró en ella un rejistro de las calificaciones, las dos actas de los dos dias en que se recibió la votacion i una lista de los, sufragantes; i principiando su exámen i cotejo con las formalidades prevenidas por la lei del caso, se notó en primer lugar que en la lista de los sufragantes aparecen como tales, don Antonio Cabezas, don José Ignacio Pérez, don José Varas, don Jacinto Avilez i don Pablo Cortés, que ninguno de ellos se halla incluido en el rejistro orijinal de las calificaciones.

Se notó igualmente que, en las actas de los escrutinios particulares, aparecen firmados seis individuos, a saber: don Bartolo García, don José Manuel Barrios, don Mariano Marcoleta, don Gregorio Paredes, don Javier Navarro i don Cayetano Araya; este último como secretario, i consideró la Municipalidad como un vicio el aumento de un individuo, debiendo ser solo cinco, segun el reglamento.

Se notó tambien la falta de la copia auténtica que debía pasar aquella Municipalidad a la mesa receptora, segun lo prevenido en el artículo 49, i se tuvo por un defecto notable con respecto a no aparecer documento alguno de aquella Corporacion que compruebe el rejistro ni las actas recibidas.

Con todos los defectos i vicios anotados se procedió a examinar el resultado de las actas, las que presentan el número de sesenta i tres sufragantes entre ámbas, todos ellos por unanimidad a favor del licenciado don Pedro de la Cuadra para diputado propietario al Soberano Congreso; los mismos para suplente por don José Antonio Argomedo; i todos tambien para electores de senadores por don Jorje Edwards, don Pedro José Aracena i don Santiago Ramírez; mas, atendiendo no solo a lo anotado anteriormente sino tambien a que no han venido en la caja las cédulas o sufrajios de los sufragantes, ni constancia de que aquella Municipalidad haya practicado el escrutinio, ni turnado conocimiento alguno de este acto, acordó la presente Municipalidad, por unanimidad de votos, declarar como efectivamente declaró nula i sin efecto la votacion celebrada en el departamento de Freirina; como lejítima i valedera la practicada en éste de Vallenar, i por consiguiente, electos, para diputado don Fernando Urízar Gárfias, para suplente don Manuel Montt; i para electores para senadores don Jorje Edwards, don Pedro José Aracena i don Santiago Ramírez.

Hecha la correspondiente proclamacion por el Presidente, firmó conmigo como secretario del Cabildo la presente acta, despues que fué leida i aprobada por él, suscribiéndola también los señores municipales i el señor comisionado por el departamento de Freirina, que lo es don Gregorio de la Cuadra, de todo lo cual doi fé. —Pedro Nolasco Martínez. —José Urquieta. —Francisco Domingo Herreros. —José María Gallo. —José Miguel Gutiérrez. —El comisionado por el departamento de Freirina no se conforma con la deliberacion de este cuerpo —José Gregorio de la Cuadra. —Juan Miguel Alvarez, secretario.

Concuerda con el acta orijinal que queda estampada en el libro de acuerdos de este Cabildo, i a ella en caso necesario me refiero. —Vallenar i Mayo 1.º de 1834. —Pedro N. Martínez. —Juan Miguel Alvarez, secretario.


Núm. 291[editar]

En la villa de San Ambrosio de Vallenar, a primero de Mayo de mil ochocientos treinta i cuatro, reunida la Ilustre Municipalidad con asistencia de los señores gobernador-departamental, don Pedro Nolasco Martínez i municipales don José Urquieta, don Francisco Domingo Herreros i don José María Gallo, i por imposibilidad del de la misma clase don Nicolas Guerra, el señor párroco don José Miguel Gutiérrez, dijeron: que, hallándose dentro del término prefijado por el artículo sesenta i tres de la lei de elecciones para el escrutinio jeneral, podían i debían hacer cuantas observaciones creyeren concernientes a lejitimar este acto; en su consecuencia, mandaron examinar un acta formada por la junta revisora del departamento de Freirina i que literalmente se copiase en ésta, lo que verificado es como sigue:

En la villa de F'reirina, a diez i nueve dias del mes de Enero de mil ochocientos treinta i cuatro, hallándose reunidos los señores que componen la mesa revisora, al terminar sus funciones, mandaron levantar el presente acto, ordenando i haciendo saber que han sido calificados en los dias que estaban funcionando: don José Rafael Varas, don Justo Avalos, don José María Varela, don Francisco Lémus, don Francisco Julio, don Francisco Valera, don Pedro Lémus, don Pedro Varela, don Manuel Antonio Herrera i Ramon Jorquera por no haberse hallado presentes, segun sus alegatos al tiempo de las calificaciones, i está conforme al artículo veinticuatro del reglamento de elecciones, i para constancia de ello lo firmaron en el mismo dia de la fecha. —José Antonio Marcoleta. —José de la Cruz Barrios. —Mariano MarcoletaJosé Dolores Rojas.

En conformidad al acta inserta, la presente Municipalidad hizo los reparos siguientes:

Primero; que la espresada acta carece de la suscricion legal por no aparecer firmada mas que por cuatro individuos, debiendo ser cinco los funcionarios en la junta revisora.

Segundo; que aun cuando se hace suscrita por cinco individuos siempre el acto era ilegal porque, concediéndoles solo el artículo veinticuatro en que se apoyan la atribucion de oir los reclamos de los escluidos por la junta calificadora, o los que se hagan contra los indebidamente incluidos en las calificaciones, no pudieron ni debieron calificar a los que, por ausencia o acaso por omision, dejaron de calificarse en tiempo hábil.

Tercero; que de los diez individuos calificados tan ilegalmente aparecen seis incluidos en la lista de los que han sufragado en las elecciones de diputados al Congreso i electores para senadores.

Cuarto i último; que esa junta revisora cerró sus sesiones un dia ántes de aquél en que debían hacerlo, como se comprueba por la fecha con que aparece datada el acta inserta. Que con estas consideraciones ratifican nuevamente la nulidad que tienen declarada en el acta fecha de ayer; i en su consecuencia, mandaron levantar la presente a la vista del comisionado don Gregorio de la Cuadra i firmaron, de que doi fé. —Pedro Nolasco Martínez. —José Urquieta. —Francisco Domingo Herreros. —José María Gallo. —José Miguel Gutiérrez. —No me conformo. —José Gregorio de la Cuadra. —Juan Miguel Alvarez, secretario.

Concuerda con el acta orijinal que queda estampada en el libro de acuerdos de este Cabildo, i a ella en caso necesario me refiero.

Vallenar, Mayo i.°de 1834. —Pedro N. Martínez. —Juan Miguel Alvarez, secretario.


Núm. 292[editar]

En la villa Freirina, en cuatro dias del mes de Mayo de mil ochocientos treinta i cuatro años, reunida esta Ilustre Municipalidad en su sala de acuerdos, con asistencia de los señores: gobernador-departamental, presidente del cuerpo don José Rafael Varas, i municipales don José Antonio Marcoleta, don Bartolo García, don José de la Cruz Barrios i don Justo Avalos, se dió cuenta por el secretario de una nota dirijida a la Municipalidad por el comisionado don José Gregorio de la Cuadra para conducir al departamento de Vallenar los sufrajios de éste i presenciar el escrutinio del de ámbos para las elecciones del pasado período, copia de las actas allí levantadas con este motivo i demas documentos que le acompañan; i habiéndose tomado el asunto en consideracion, se declaró preferente su discusion a todo otro, lo que verificado suficientemente se declaró por unanimidad que se remitan orijinales al señor gobernador del departamento todos aquellos documentos quedando aquí copia legalizada, se les agregue una de esta acta del mismo modo, haciéndole en el oficio remisivo las observaciones convenientes, para que, por conducto del señor intendente de la provincia, llegue este protocolo al Congreso Nacional, i sea considerada oportunamente la materia de su referencia, en la época en que se califiquen los nombramientos. Con lo que se cerró la sesion. —'José Antonio Marcoleta. —Bartolo García. —José de la Cruz Barrios. —Justo Ávalos. —José Rafael Varas, presidente.

Es copia del orijinal. —Bartolo García, rejidor-secretario.


Núm. 293[editar]

Este cuerpo incluye al señor gobernador departamental copia del acta celebrada el dia de ayer i documentos que han motivado la sesion a que se refiere, para que se eleven con la posible brevedad por conducto de la intendencia de la provincia adonde corresponde, a fin de evitar con su retardacion que los actos posteriores emanados sin conocimiento de las observaciones que exijen, acarreen vicios de nulidad o entorpecimientos perjudiciales a la administracion pública; pues que, la Municipalidad de Vallenar, quizá sin una premeditacion séria, ha creido posible que, con un número tan pequeño de sufrajios, pueda darse la representación a dos departamentos que contienen mas de veinte mil almas. Las actas de 30 de Abril i 1.º de Mayo del corriente año celebradas en aquel departamento, i que van adjuntas,son el mas eficaz comprobante de esa asercion, i aunque en su consecuencia no querría ocuparse este cuerpo de los pueriles fundamentos con que se apoyan los supuestos vicios en las calificaciones, revision, recepcion de votos i escrutinios, se le hace indispensable observar que, cuando hubiesen sido notables los vicios de que se hace mérito, no aparecen sustanciales hasta el estremo de privar del sufrajio a todo el departamento; ni a la Municipalidad del de Vallenar autorizada para declarar la nulidad, como lo hace. Esa corporacion debió circunscribirse a representarlas a las Cámaras Lejislativas sin avanzarse a decidir discrecionalmente, pues que está de manifiesto que cualquiera error que pudiese haber, no sería efecto mas que de falta de intelijencia de la lei, que las autoridades superiores a quienes corresponde pesarlas las correjirían segun su valor, sin privar de un golpe de la garantía mas preciosa de la libertad a un departamento entero.

Como mesa escrutadora no pudo escluir mas que los sufrajios absolutamente nulos, porque éste es el espíritu de la lei electoral en su artículo 26, i de modo alguno por quince o dieziseis que presumiese adoleciesen de ese vicio, hacerlo de treinta i cinco o cuarenta que ninguno tenían, i proclamar electos a los candidatos por doce votos, que prudentemente puede pensarse se compondrían de los de los cinco escrutadores i siete de su clientela.

Esta Municipalidad no cree del caso entrar en minuciosos análisis de varios actos que pudieran comprobar la poca circunspeccion del Cabildo de Vallenar, porque no tiene otro interes que el que no se estinga el espíritu público de estos ciudadanos viendo coartado su voto de un modo tan poco decoroso a un pais republicano, como agraviante a la dignidad i altas funciones del Cuerpo Lejislativo para que se ha sufragado.

Esta Municipalidad ofrece al señor gobernador departamental las consideraciones de su distinguido aprecio.

Freirina, Mayo 5 de 1834. —Bartolo García, rejidor secretario. —José Antonio Marcoleta. —José de la Cruz Barrios. —Justo Avalos. —Señor Gobernador departamental.


Núm. 294[editar]

Tengo la honra de acompañar a V. E., para conocimiento de la Cámara, el oficio i documentos que ha pasado al Gobierno el intendente de Talca, con motivo de haberse omitido por la mesa escrutadora de aquella provincia el exámen de la votacion de la parroquia de Curepto, en la reciente eleccion de diputados.

Dios guarde a V. E. —Santiago, Junio 6 de 1834. —Joaquin Prieto. —Joaquín Tocornal. —A S. E. el Presidente de la Cámara de Diputados.


Núm. 295[editar]

Consiguiente a la noticia que, por este mismo correo, doi a V. S. con el número 20, de las personas en quienes ha recaido la eleccion de diputados al Congreso i electores de senadores por esta provincia, he creido imprescindible poner tambien en conocimiento de S. E. las adjuntas copias para que, a su tiempo i si fuere de su supremo agrado, obren ante la Cámara respectiva los efectos que convengan.

Las que llevan el número 1 i 2 son de las notas que puso la mesa receptora de Curepto al cerrar su lista alfabética que llevó conforme al artículo 53 del reglamento de elecciones.

La del número 3 contiene los nombres i los números del rejistro orijinal i de la copia que remitió la Municipalidad a la mesa, cumpliendo con el artículo 54.

La número 4 es el acta jeneral, por la que se ve que la sala escrutadora, segun lo que ella misma esplica, escluyó del escrutinio jeneral la caja de Curepto impidiendo se continuase su escrutinio, prevalida la mayoría del artículo 61, que parece significar que no debe continuarse el escrutinio apareciendo algun defecto."

La número 5 es del acta que, por separado, se levantó de la caja escluida del escrutinio jeneral.

Dios guarde a V. S. —Intendencia de Talca, Mayo 11 de 1834 —José Javier de Bustamante —Señor Ministro del Interior.


Núm. 296[editar]

En la ciudad de San Agustin de Talca, en dos dias del mes de Mayo de mil ochocientos treinta i cuatro años, reunida la mesa escrutadora de la provincia, dispuso, conforme a lo acordado en esta fecha, que sin embargo de los defectos enormes que se han notado en el rejistro de la parroquia de Curepto, por los cuales se tuvo a bien escluir la caja de la votacion de aquella parroquia del escrutinio jeneral, para evitar infracciones de la lei, se procediese a examinar su resultado, a fin de que quede constancia para los efectos que convengan, cuyo resultado fué como sigue: don Joaquín Tocornal obtuvo para diputado al Congreso, ciento sesenta votos; don Ambrosio Aldunate, ciento sesenta; i para suplente: don Pedro Vidal Letelier, ciento treinta i seis; don José Manuel Barros, veinticuatro; para electores de senadores: don José Miguel Cerda, ciento cuarenta i cuatro; don José Miguel Opazo, ciento treinta i seis; don Pascual Corvalan, ciento treinta i seis; don Ramon Letelier, ciento treinta i seis; don Manuel Jerónimo Henríquez, ciento treinta i seis; don José María Silva i Donoso, ciento treinta i seis; don Juan Nepomuceno Cruz, veinticuatro; don Juan Crisóstomo Zapata, veinticuatro; don Miguel Concha, veinticuatro; don Vicente Antúnez, quince; don Cayetano Astaburuaga, veinticuatro, i don Juan de la Cruz, veinticuatro. I para los fines arriba dichos se firmó esta acta. —José Javier de Bustamante. —Matías Silva. —Vicente Antúnez. —Diego Vergara. —Rafael Gana. —José Manuel Donoso. —Francisco Urzúa. —Valeriano San Cristóbal. —Manuel José Henríquez. —Pedro Antonio Donoso. —Pedro Nolasco Vergara. —Rosauro de la Cruz. —Manuel Letelier.

Juan de la Cruz Donoso, rejidor-secretario.

Es copia. —J. de la Cruz Donoso, rejidor-secretario.


Num 297[editar]

Reunida la Municipalidad de la provincia de Talca, el día dos de Mayo de mil ochocientos treinta i cuatro, con asistencia de los señores presidente don José Javier de Bustamante, don Matías Silva, don Manuel José Henríquez, don Juan de la Cruz Donoso, don Vicente Antúnez, don Francisco Urzúa, don Diego Vergara, don Manuel Donoso, don Rafael Gana, don Pedro Antonio Donoso, i comisionados de las mesas don Juan Lois, don Rosauro de la Cruz, don Manuel Letelier, don Pedro Nolasco Vergara í don Valeriano San Cristóbal, a efecto de verificar el escrutinio de la votacion recibida en las parroquias que se contienen en su jurisdiccion, para diputados al Congreso i electores de senadores, mandó examinar, a presencia de los referidos comisionados de las mesas receptoras, las cerraduras de las cajas en que se hallaban depositadas las de la votacion, i hallándolas en el mismo estado en que habían quedado al tiempo de distribuir las llaves, se procedió a su abertura, i en seguida, a la de las cajas que había dentro.

Acto continuo i con las formalidades de los artículos cincuenta i nueve, sesenta, sesenta i uno i sesenta i dos del reglamento de elecciones, se procedió al exámen de todas las cajas, el cual produjo el siguiente resultado:

La de la parroquia de Talca, doscientos treinta votos; de ellos para diputados, doscientos veintinueve a favor del ciudadano don Joaquin Tocornal, doscientos veintiocho a favor del ciudadano don Ambrosio Aldunate, uno a favor del ciudadano don José Miguel Cerda, uno a favor de don Rafael Gana, uno a favor del señor obispo Cienfuegos, uno a favor de don Manuel Pió Silva; i para suplentes, ciento cuarenta i seis a favor de don José Manuel Barros, ochenta i dos a favor de don Pedro Vidal Letelier, uno a favor de don Juan Nepomuceno de la Cruz, uno a favor de don Pedro Letelier; para electores, ciento treinta i seis a favor de don Juan Nepomuceno de la Cruz, ciento treinta i seis a favor de don Vicente Antúnez, ciento treinta i seis a favor de don Juan Crisóstomo Zapata, ciento treinta i cinco a favor de don Cayetano Aslaburuaga, ciento treinta i seis a favor de don Miguel Concha, ciento treinta i tres a favor de don Juan de la Cruz Donoso, ochenta i tres a favor de don Manuel Jerónimo Henríquez, ochenta i tres a favor de don José María Silva i Donoso, ochenta i tres a favor de don José Miguel Opazo, ochenta i tres a favor de don Ramon Letelier, ochenta a favor de don José Miguel Cerda, ochenta i cuatro a favor de don Pascual Corvalan, uno a favor de don Ambrosio Silva, uno a favor de don Pedro Vidal Letelier, uno a favor de don José Francisco Gana, uno a favor de don Pedro Bravo, uno a favor de don Dionisio San Cristóbal, uno a favor de don Matías Silva, uno a favor de don José Miguel Munita, uno a favor de don Antonio Vergara, uno a favor de don Francisco Urzúa i uno en blanco.

La de la parroquia de Pencahue, ciento veintiun votos; de ellos para diputados ciento veintiuno a favor de don Joaquin Tocornal,ciento veintiuno a favor de don Ambrosio Aldunate, i para suplente: noventa i tres a favor de don Pedro Vidal Letelier, veintiocho a favor de don José Manuel Barros; para electores, noventa i tres a favor de don Manuel Jerónimo Henríquez, noventa i tres a favor de don José María Silva i Donoso, noventa i tres a favor de don José Miguel Opazo, noventa i tres a favor de don Ramon Letelier, noventa i tres a favor de don José Miguel Cerda, noventa i tres a favor de don Pascual Corvalan, veintiocho a favor de don Juan Nepomuceno de la Cruz, veintiocho a favor de don Vicente Antúnez, veintiocho a favor de don Juan Crisóstomo Zapata, veintiocho a favor de don Miguel el Concha, veintiocho a favor de don Cayetano Astaburuaga, veintiocho a favor de don Juan de la Cruz Donoso.

La de la parroquia de Talpen, ciento treinta i cinco votos; de ellos para diputado ciento treinta i cinco a favor de don Joaquin Tocornal, ciento treinta i cinco a favor de don Ambrosio Aldunate, i para suplente, ciento uno a favor de don Pedro Vidal Letelier, treinta i cuatro a favor de don José Manuel Barros; para electores, ciento uno a favor de don Manuel Jerónimo Henríquez, ciento uno a favor de don José María Silva i Donoso, ciento uno a favor de don José Miguel Opazo, ciento uno a favor de don Ramon Letelier, ciento uno a favor de don José Miguel Cerda, ciento uno a favor de don Pascual Corvalan, treinta i cuatro a favor de don Juan Nepomuceno de la Cruz, treinta i cuatro a favor de don Vicente Antúnez, treinta i cuatro a favor de don Juan Crisóstomo Zapata, treinta i cuatro a favor de don Miguel Concha, treinta i cuatro a favor de don Cayetano Astaburuaga, treinta i cuatro a favor de don Juan de la Cruz Donoso.

La de la parroquia de Lontué, noventa i cuatro votos; de ellos para diputados, noventa i cuatro a favor de don Joaquin Tocornal, noventa i cuatro a favor de don Ambrosio Aldunate, i para suplente, ochenta i uno a favor don José Manuel Barros, doce a favor de don Pedro Vidal Letelier; para electores, ochenta i uno a favor de don Juan Nepomuceno de la Cruz, ochenta i uno a favor de don Vicente Antúnez, ochenta i uno a favor de don Juan Crisóstomo Zapata, ochenta i uno a favor de don Miguel Concha, ochenta i uno a favor de don Cayetano Astaburuaga, ochenta i uno a favor de don Juan de la Cruz Donoso, once a favor de don Manuel Jerónimo Henríquez, doce a favor de don José María Silva i Donoso, doce a favor de don José Miguel Opazo, doce a favor de don José Miguel Cerda, doce a favor de don Pascual Corvalan, uno a favor de don Miguel Jerónimo Henríquez, uno a favor de don José Antonio Maturana, uno a favor de don Mariano Muñoz, uno a favor de don Pedro Mesa, uno a favor de don Pascual Pérez, uno a favor de don Dionisio Lazo, uno a favor de don Justo Toreada, uno a favor de don Ramon Letelier.

La de la parroquia de Pelarco, sesenta i nueve votos; de ellos para diputados sesenta i nueve a favor de don Joaquin Tocornal, sesenta i nueve a favor de don Ambrosio Aldunate, i para suplente, sesenta i dos a favor de don José Manuel Barros, siete a favor de don Pedro Vidal Letelier; para electores, sesenta i dos a favor de don Juan Nepomuceno de la Cruz, sesenta i dos a favor de don Vicente Antúnez, sesenta i dos a favor de don Juan Crisóstomo Zapata, sesenta i dos a favor de don Miguel Concha, sesenta i dos a favor de don Cayetano Astaburuaga, sesenta i dos a favor de don Juan de la Cruz Donoso, siete a favor de don Manuel Jerónimo Henríquez, siete a favor de don José María Silva i Donoso, siete a favor de don José Miguel Opazo, siete a favor de don Ramon Letelier, siete a favor de don José Miguel Cerda, siete a favor de don Pascual Corvalan.

Concluida esta operacion, se dió principio al escrutinio jeneral, hecho con la mayor prolijidad a presencia de los comisionados de las parroquias, obtuvo seiscientos cuarenta i ocho votos don Joaquin Tocornal, seiscientos cuarenta i siete don Ambrosio Aldunate, trescientos cincuenta i uno don José Manuel Barros, doscientos noventa i cinco don Pedro Vidal Letelier, uno don José Miguel Cerda, uno don Rafael Gana, uno el señor obispo Cienfuegos, uno don Manuel Pió Silva, uno don Juan Nepomuceno de la Cruz, uno don Pedro Vidal Letelier, trescientos cuarenta don Juan Nepomuceno de la Cruz, trescientos cuarenta i uno don Vicente Antúnez, trescientos cuarenta i uno don Juan Crisóstomo. Zapata, trescientos cuarenta i uno don Miguel Concha, trescientos cuarenta don Cayetano Astaburuaga, trescientos treinta i ocho don Juan de la Cruz Donoso, doscientos noventa i cinco don Manuel Jerónimo Henríquez, doscientos noventa i seis don José María Silva i Donoso, doscientos noventa i seis don José Miguel Opazo, doscientos ochenta i cuatro don Ramon Letelier, doscientos noventa i tres don José Miguel Cerda, doscientos noventa i siete don Pascual Corvalan, uno don Ambrosio Silva, uno don Pedro Vidal Letelier, uno don José Francisco Gana, uno don Pedro Bravo, uno don Dionisio San Cristóbal, uno don Matías Silva, uno don José Miguel Munita, uno don Antonio Vergara, uno don Francisco Urzúa, uno don Miguel Jerónimo Henríquez, uno don José Antonio Maturana, uno don Mariano Muñoz, uno don Pedro Mesa, uno don Pascual Pérez, uno don Dionisio Lazo, uno don Justo Toreada; resultando, de consiguiente, electos don Joaquín Tocornal i don Ambrosio Aldunate para diputados al Congreso i don José Manuel Barros para suplente; para electores de senadores, don Juan Nepomuceno de la Cruz, don Vicente Antúnez, don Juan Crisóstomo Zapata, don Miguel Concha, don Cayetano Astaburuaga i don Juan de la Cruz Donoso.

Cuando se procedió al escrutinio de la caja de votacion de la parroquia de Curepto, se notó que habían sufragado individuos que no se hallan inscritos en el rejistro de aquella parroquia, i a mas dieziocho personas que sus votos de calificacion no están conformes con el rejistro por defecto del orijinal i de la copia que remitió la Municipalidad; i previniéndose por el artículo sesenta i uno del reglamento de elecciones que, no apareciendo defecto alguno en el rejistro i actas respectivas, se escriba su resultado, la mesa escrutadora se encontró embarazada para proceder i fijó la siguiente proposicion: ¿Se continúa el escrutinio de la caja de la votacion de la mesa de la parroquia de Curepto, no obstante de los defectos que se han notado en su rejistro? i se resolvió que nó, por mayoría absoluta, i votaron por esta resolucion don Diego Vergara, don Manuel Donoso, don Valeriano San Cristóbal, don Pedro Nolasco Vergara, don Juan Lois, don Pedro Antonio Donoso, don Rafael Gana, don Francisco Urzúa, don Vicente Antúnez i don Juan de la Cruz Donoso, i en oposicion don Matías Silva, don Rosauro Cruz, don Manuel Letelier i don Manuel José Henríquez. Don Matías Silva i don Manuel José Henríquez protestaron de nulidad de esta resolucion, i el primero invocó la autoridad del jefe de la provincia a fin que estorbase lo resuelto por la mesa. El señor Presidente pidió que constase en el acta que su opinion era porque continuase el escrutinio i se diese cuenta al Congreso de los defectos, i en qué consistían éstos respecto a esta eleccion.

Se notó tambien que a la caja de votacion de la parroquia de Lontué le faltaba una cerradura que, segun comunicaciones de aquella mesa, solo se observó esta falta al tiempo de cerrar la caja el primer dia de las votaciones; i en la lista alfabética de la mesa de la parroquia de Pelarco que faltaba el nombre de uno de los que sufragaron.

Concluido el escrutinio, se acordó se hiciese por separado el de la caja de Curepto para que quede constancia de su resultado.

Hecha la correspondiente proclamacion por el Presidente, firmó conmigo como secretario del Cabildo la presente acta despues que fué leida i aprobada por él. —José Javier de BustamanteVicente Antúnez. —Rafael Gana. —Diego Vergara. —Francisco Urzúa. —José Manuel Donoso. —Pedro Antonio Donoso. —Juan Lois. —Valeriano San Cristóbal. — Pedro Nolasco Vergara. —Juan de la Cruz Donoso, rejidor-secretario.

Es copia. —José Miguel Munita, secretario interino.


Núm. 298[editar]

En la ciudad de San Agustin de Talca, en dos dias del mes de Mayo de mil ochocientos treinta i cuatro años, reunida la mesa escrutadora de la provincia, dispuso conforme a lo acordado en esta fecha i que, sin embargo de los defectos enormes que se han notado en el rejistro de la parroquia de Curepto, por los cuales se tuvo a bien escluir la caja de la votacion de aquella parroquia del escrutinio jeneral para evitar infracciones de la lei, se procediese a examinar su resultado, a fin de que quede constancia para los efectos que convengan, cuyo resultado fué como sigue: don Joaquín Tocornal obtuvo para diputado al Congreso ciento sesenta votos, don Ambrosio Aldunate ciento sesenta, i para suplente, don Pedro Vidal Letelier ciento treinta i seis, don José Manuel Barros veinticuatro; para electores de senadores, don José Miguel Cerda ciento cuarenta i cuatro, don José Miguel Opazo ciento treinta i seis, don Pascual Corvalan ciento treinta i seis, don Ramon Letelier ciento treinta i seis, don Manuel Jerónimo Henríquez ciento treinta i seis, don José María Silva i Donoso ciento treinta i seis, don Juan Nepomuceno Cruz veinticuatro, don Juan Crisóstomo Zapata veinticuatro, don Miguel Concha veinticuatro, don Vicente Antúnez quince, don Cayetano Astaburuaga veinticuatro i don Juan de la Cruz Donoso veinticuatro. I para los fines arriba dichos se firmó esta acta. —José Javier de Bustamante. —Diego Vergara. —Matias Silva. —Vicente Antúnez. —José Manuel Donoso. —Rafael Gana. —Francisco Urzúa. —Valeriano San Cristóbal. —Manuel José Henríquez. — Pedro Nolasco Vergara. —Pedro Antonio Donoso. —Rosauro de la Cruz. —Manuel Letelier. —Juan de la Cruz Donoso, rejidor-secretario.

Es copia. —J. de la Cruz Donoso, rejidor-secretario.


Núm. 299[editar]

Razon de los individuos que, segun las notas del primero i segundo dia, se hallan en la lista alfabética de la votacion de Curepto para diputados al Congreso i electores de senadores, cuyos boletos no están conformes en su numeracion con los de la copia del rejistro que se remitió.

Núm. de
la copia
Nombres Núm. del
rejistro
Don José María Letelier sin número ni en la copia, ni en el rejistro.
" Bruno Martínez sin número ídem.
" José Letelier sin número ídem.
" José Antonio Diaz sin número ídem.
" Antonio Contreras sin número ídem.
" José Morales sin número ídem.
" Diego Vergara no se encuentra, ni en la copia ni en el rejistro.
14 " Pedro Torres. 13
4 " Diego Valenzuela 3
6 " Francisco Muñoz 4
6 " Francisco Márquez 5
14 " Pedro Avendaño 12
12 " Melchor Arenas 11
10 " José Ignacio Al varado 8
18 " Saturnino Núñez 17
9 " José Antonio Diaz 9
12 " Manuel Herrera 12
14 " Pablo Muñoz 14
34 " Pedro José González. Está en la copia Pedro González i en el rejistro por Pedro J. González 14

J. de la Cruz Donoso, rejidor-secretario.

Núm. 300[editar]

Razón de la diferencia de la numeracion que se advierte entre el rejistro i la copia de él, que se remitió a Curepto por esta Municipalidad i nombres de los sujetos inscritos bajo esta numeracion.

Núm. de
la copia

Nombres Núm. del
rejistro


Don José María Letelier sin número ni en uno ni otro.
14 Pedro Torres 13
4 Diego Valenzuela 3
6 Francisco Muñoz 4
6 Francisco Márquez 5
14 Pedro Avendaño 12
Bruno Martínez sin número en uno ni otro.
José Letelier sin número en uno ni otro.
José Antonio Diaz sin número en uno ni otro.
12 Melchor Arenas 11
12 Manuel Herrera 12
9 Ignacio Diaz 9
Antonio Contreras sin número en uno ni otro.
10 José Ignacio Alvarado 8
14 Pedro José González, está en la copia Pedro González i en el rejistro por Pedro J. González 14
14 Pablo Muñoz 14
José Morales sin número en uno ni otro.
18 Saturnino Núñez 17
Diego Vergara, ni en la copia ni en el rejistro.

Es copia. —J. de la Cruz Donoso, rejidor-secretario.

Núm. 301[editar]

Habiéndose recibido la votacion de esta parroquia en el primer dia de ella, la que se verificó con todas las formalidades que previene el reglamento de elecciones, resultó que en los señores sufragantes don José María Letelier, don Pedro Torres, don Diego Valenzuela, don Francisco Muñoz, don Francisco Márquez, don Pedro Avendaño, don Bruno Martínez, don José Letelier, don José Antonio Diaz, don Melchor Arenas, don Manuel Herrera, don Ignacio Diaz, don Antonio Contreras, don José Ignacio Alvarado i don Pedro José González, no están conformes el número que se halla anotado en sus boletos de calificación con la copia del rejistro, aunque dichos boletos se hallan igual con la foja i nombre de cada uno de los individuos, i habiendo sido repulsado por el presidente, lo tomó la junta en consideración, i siendo que está demostrado que la desigualdad debe de ser en la copia que se le ha remitido del orijinal, tuvo a bien que se admitiesen los sufrajios, a excepcion del presidente que salvó su voto, i siendo avan- zada la hora, se suspendió la votacion, la que firmamos en la parroquia de Curepto a veintisiete dias del mes de Abril de mil ochocientos treinta i cuatro años.— DIEGO VERGARA, presidente —José Santos Ahumada. —Pedro Letelier. —José María Núñez. —José Diaz.

Es copia. —J. de la Cruz Donoso, rejidor-secretario.

Núm. 302[editar]

Habiéndose recibido la votacion de esta parroquia en el segundo dia, la que se verificó con todas las formalidades que previene el reglamento de elecciones, resultó que en los señeres sufragantes don Pablo Muñoz, don José Morales i don Saturnino Núñez, no estar conforme el número que se halla anotado en sus boletos de calificacion con la copia del rejistro, aunque dichos boletos se hallan igual con la foja i nombre de cada uno de los individuos; i habiendo sido repulsados por el presidente lo tomó la junta en consideracion, i siendo que está demostrado que la desigualdad debe ser en la copia que se le ha remitido del orijinal, tuvo a bien que se admitiesen los sufrajios, a excepción del presidente que salvó su voto. I siendo avanzada la hora se da por concluida la votacion, i la firmamos a veintiocho dias del mes de Abril de mil ochocientos treinta i cuatro años. —Diego Vergara, presidente. —Pedro Letelier, secretario. —José Diaz. —José Santos Ahumada. —José María Núñez.

Es copia. —J. de la Cruz Donoso, rejidor-secretario.


Núm. 303[editar]

Habiéndose recibido la votacion de esta parroquia el primer dia de ella, la que se verificó con todas las formalidades que previene el reglamento de elecciones, resultó que en los señores sufragantes don José María Letelier, don Pedro Torres, don Diego Valenzuela, don Francisco Muñoz, don Francisco Márquez, don Pedro Avendaño, don Bruno Martínez, don José Letelier, don José Antonio Diaz, don Melchor Arenas, don Manuel Herrera, don Ignacio Diaz, don Antonio Contreras, don José Ignacio Alvarado i don Pedro José González no están con formes el número que se halla anotado en sus boletos de calificacion con la copia del rejistro, aunque dichos boletos se hallan igual con la foja i nombre de cada uno de los individuos, i hbiendo sido repulsados por el presidente, lo tomó la junta en consideracion, i siendo que está demostrado que la desigualdad debe ser en la copia que se le ha remitido del orijinal, tuvo a bien que se admitiesen los sufrajios a excepcion del presidente que salvó su voto. I siendo avanzada la hora, se suspendió la votacion, la que firmamos en la parroquia de Curepto a veintisiete dias del mes de Abril de mil ochocientos treinta i cuatro años. —Diego Vergara, presidente. —José Santos A humada. —Pedro Letelier. —José María Núñez. —José Diaz.

Es copia. —J. de la Cruz Donoso, rejidor-secretario.


Núm. 304[editar]

Habiéndose recibido la votacion de esta parroquia en el segundo dia, la que se verificó con todas las formalidades que previene el reglamento de elecciones, resultó que en los señores sufragantes don Pablo Muñoz, don José Morales i don Saturnino Núñez no estar conforme el número que se halla anotado en sus boletos de calificacion con la copia del rejistro, aunque dichos boletos se hallan igual con la foja i nombre de cada uno de los individuos, i habiendo sido repulsados por el presidente, lo tomó la junta en consideracion, i siendo que está demostrado que la desigualdad debe ser en la copia que se le ha remitido del orijinal, tuvo a bien que se admitiesen los sufrajios a excepcion del presidente que salvó su voto. I siendo avanzada la hora se da por concluida la votacion, i la firmamos a veintiocho dias del mes de Abril de mil ochocientos treinta i cuatro años. —Diego Vergara, presidente. —Pedro Letelier. —José Diaz. —José Santos Ahumada. —José María Núñez.

Es copia. —J. de la Cruz Donoso, rejidor-secretario.


Núm. 305[editar]

Yo, el infrascrito escribano público de la ciudad de San Agustin de Talca, certifico en cuanto puedo, debo i ha lugar, que he visto el rejistro de ciudadanos calificados de la doctrina de Curepto de esta provincia, i contados uno a uno los nombres que se hallan estampados, resultan doscientos dos ciudadanos calificados. Por órden del señor gobernador intendente de la provincia, doi el presente en Talca i Mayo veintiseis de mil ochocientos treinta i cuatro. —Francisco B. de Orihuela, escribano público.


Núm. 306[editar]

Por el correo anterior di cuenta a V. S. circunstanciadamente del resultado de la votacion para diputados al Congreso i electores de senadores, que se recibió en esta provincia, segun mi oficio de 11 del corriente, que transcrito a la letra, es como sigue:

"Consiguiente a la noticia que, por este mismo correo, doi a V. S. con el número 20, de las personas en quienes ha recaido la eleccion de diputados al Congreso i electores de senadores por esta provincia, he creido imprescindible poner tambien en conocimiento de S. E. las adjuntas copias para que, a su tiempo i si fuere de su supremo agrado, obren ante la Cámara respectiva los efectos que convengan. Las que llevan el número 1 i 2 son de las notas que puso la mesa receptora de Curepto al cerrar su lista alfabética que llevó conforme al artículo 53 del espresado reglamento. La número 3 contiene los nombres i los números del rejistro orijinal i de la copia que remitió la Municipalidad a la mesa cumpliendo con el artículo 54 La número 4 es acta jeneral por la que se vé que la Sala escrutadora, según lo que ella misma esplica, escluyó del escrutinio jeneral la caja de Curepto impidiendo se continuase su escrutinio prevalida la mayoría del artículo 61, que parece significar que no debe continuarse el escrutinio apareciendo algun defecto. La número 5 es del acta que, por separado, se levantó de la caja escluida."

I no habiéndoseme acusado recibo de dicha comunicacion, he creido de necesidad adjuntar a V. S. para los efectos que convenga, un certificado fehaciente del número de individuos calificados en la doctrina de Curepto de esta provincia segun el resultado de su rejistro, aunque no todos han sufragado en las elecciones. Tambien incluyo a V. S., para el mismo fin, tres copias de las que fueron acompañadas a mi citado oficio sobre esta materia, e igualmente una razon instructiva de los individuos de la parroquia de Curepto cuyos boletos no están conformes en su numeracion con los de la copia del rejistro respectivo que se remitió.

Dios guarde a V. S. —Intendencia de Talca, Mayo 26 de 1834. —José Javier de Bustamante. —Señor Ministro del Interior.


Santiago, Junio 3 de 1834. —Remítase oportunamente a la Cámara de Diputados; i contéstese. —(Hai una rúbrica.)Arriarán, pro-secretario.


Núm.307[editar]

El Presidente de la República, animado del mas sincero deseo de aliviar al Erario Público de gastos estraordínarios que, angustiando sus entradas naturales, entorpecen necesariamente los mas bien meditados planes de hacienda, de acuerdo con su Consejo de Estado i en conformidad con la parte 8.ª, artículo 36 de la Carta, solicita del Congreso el correspondiente permiso para que permanezcan en esta capital las tropas veteranas que actualmente existen en ella, como el único medio de escusar los injentes gastos que demandaría el recargado servicio de la guarnicion, si hubiese de reemplazarse por los cuerpos cívicos.

Dios guarde a V. E. —Santiago, Junio 6 de 1834. —Joaquin Prieto. —Guillermo Vega, pro-secretario. —A. S. E. el PPresidente de la Cámara de Diputados.


Núm. 308[editar]

Reunido el Senado, en la mañana de este dia, ha elejido por su Presidente al señor don Diego José Benavente, por Vice-Presidente al que suscribe i por secretario al señor doctor don Juan Francisco Meneses. Tengo el honor de ponerlo en conocimiento del señor Presidente para noticia de su Sala.

Dios guarde al señor Presidente. —Cámara de Senadores. —Santiago, Junio 5 de 1834. —Doctor Diego Antonio Elizondo. —Juan Francisco Meneses, secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Diputados.


Núm. 309[editar]

El que suscribe, diputado electo por el departamento de Illapel, cree de su deber manifestar al señor Presidente que no ha cumplido aun la edad que la lei señala para el desempeño del cargo que se le ha conferido; espera, en su consecuencia, se sirva ponerlo en conocimiento de la Sala para que, acordada que sea su separacion, se llame al individuo que debe subrogarle.—

Dios guarde al señor Presidente. —Santiago, Junio 6 de 1834. —Rafael Gatica. —A S. E. el Presidente de la Cámara de Diputados.


Núm. 310[editar]

Reunida la Municipalidad del partido de Valparaiso, el dia veintinueve de Abril de mil ochocientos treinta i cuatro, con asistencia de los señores don Francisco Vargas, presidente por enfermedad del señor gobernador local don Manuel Novajas; don José Vicente Sánchez i don Rafael Rodríguez, a efecto de verificar el escrutinio de la votacion recibida en esta parroquia, para diputado al Congreso i electores de senadores, se mandó examinar, a presencia del comisionado por la mesa receptora, las cerraduras de la caja en que se hallaba depositada la de la votacion, i hallándolas en el mismo estado en que habían quedado al tiempo de distribuirse las llaves, se procedió a su apertura, i en seguida, a la de la caja que había dentro.

Acto continuo i con las formalidades de los artículos sesenta i sesenta i uno del reglamento de elecciones, se procedió al exámen de la caja, el cual produjo el siguiente resultado: la caja contenía el número de ochenta i nueve sufrajios; para diputado, don Victorino Garrido, con ochenta i dos; don Juan Vidaurre, con uno; don Ventura Cousiño, con cuatro; don José Agustin Cousiño, con uno; i don Pedro Mena, con uno. Para suplentes, don Fernando Urízar Gárfias, con ochenta i seis; don Francisco Astaburuaga, con dos; don Domingo Espiñeira, con uno. Para electores de senadores, don José Domingo Bezanilla, con ochenta i siete; don Pedro Felipe Iñiguez, con ochenta i siete; el teniente-coronel don Manuel García, con ochenta i seis; don Fernando Anacleto de la Fuente, con uno; don Benito Fernández Maqueira, con uno; don Vicente Iñiguez, con uno i don Pedro Lira, con uno; advirtiéndose que un boleto solo halla el nombre del diputado i suplente, el que declaró la junta municipal útil; resultando electo para diputado propietario don Victorino Garrido; para suplente, don Fernando Urizar Garfias, i para electores de senadores los señores don Domingo Bezanilla, don Pedro Felipe Iñiguez i el teniente-coronel don Manuel García.

Hecha la correspondiente proclamacion por el Presidente, firmó con los señores municipales i conmigo el secretario de Cabildo la presente acta, despues que fué leida i aprobada por él.—Francisco Vargas, presidente. —José Vicente Sánchez. —Manuel Novajas. —Rafael Rodríguez. —Domingo Salamanca, comisionado. —Pedro Antonio Menares, secretario. Está conforme con su orijinal. —José Matías López. —Pedro Antonio Menares, secretario.


Núm. 311[editar]

La Comision Calificadora de Poderes ha procedido a examinar los presentados por don Victorino Garrido i su suplente don Fernando Urizar Garfias, electos diputados por Valparaíso, i los encuentra en todo conformes a la lei.

Sala de la Comision. —Junio 6 de 1834. —José Antonio de la Torre. —Lorenzo Fuenzalida. —Anjel María Prieto. —Juan M. Carrasco.


Núm. 312[editar]

Reunida la Municipalidad de la ciudad de Osorno, el dia veintinueve del mes de Abril del año de mil ochocientos treinta i cuatro, con asistencia de los señores presidente don Manuel Antonio Labbé, rejidores Asenjo, Gómez, Burgos, Carrasco i García, a efecto de verificar el escrutinio de la votacion recibida en esta parroquia, para diputado al Congreso i electores, mandó examinar, a presencia del comisionado por la mesa receptora, las cerraduras de la caja en que se hallaba depositada la de la votacion, i hallándolas en el mismo estado en que habían quedado al tiempo de distribuirse las llaves, se procedió a su apertura, i en seguida, a la de la caja que había dentro.

Acto continuo i con las formalidades de los artículos 53, 59 i 60 de la lei del reglamento de elecciones, se procedió al exámen de la caja, el cual produjo el siguiente resultado: de veinticinco votos, de ellos para diputado veinticuatro a favor de don Ramon Renjifo, uno por don Rafael Gómez; para suplente, veinticuatro por don Vicente Arlegui, uno por don José María Rodríguez; para electores, veinticuatro a favor de don José María Rodríguez, veinticuatro por don Isidro Vergara, veintitres por don Francisco Solano Pérez, uno por don Manuel Antonio Labbé, uno por don Juan Félix Alvarado, uno por don Javier Castelblanco i uno por don Manuel Carvallo; resultando, de consiguiente, electo para diputado al Congreso, don Ramón Renjifo, i suplente don Vicente Arlegui; i para electores, don José María Rodríguez, don Isidro Vergara i don Francisco Solano Pérez.

Hecha la correspondiente proclamacion por el Presidente, firmó conmigo como secretario del Cabildo la presente acta, despues que fué leida i aprobada por él. —Manuel Antonio Labbé. —Miguel Asenjo. —Nicolas Burgos. —Manuel Carrasco. —Juan Antonio García. —Pedro María Gómez, secretario.

Concuerda con el acta orijinal que queda protocolada en el archivo de esta Municipalidad, a la que me refiero, etc. —Osorno, Abril 30 de 1834. —Manuel Antonio Labbé. —P. María Gómez, secretario.

Es copia. —Valdivia, Mayo 24 de 1834. —José de la Cavareda.


Núm. 313[editar]

La Comision Calificadora de Poderes ha examinado los presentados por don Ramón Renjifo i su suplente don Vicente Arlegui, electos diputados por el departamento de Osorno, i los encuentra en todo conformes a la lei.

Sala de la Comision. —Santiago, Junio 4 de 1834. —Lorenzo Fuenzalida. —Anjel María Prieto. —José Antonio de la Torre. —J. Manuel Carrasco.