Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1834/Sesión de la Cámara de Diputados, en 8 de agosto de 1834

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Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1834)
Sesión de la Cámara de Diputados, en 8 de agosto de 1834
CÁMARA DE DIPUTADOS
SESION 22, EN 8 DE AGOSTO DE 1834
PRESIDENCIA DE DON LORENZO FUENZALIDA


SUMARIO. —Nómina de los asistentes. —Aprobacion del acta precedente. —Cuenta. —Derechos sobre las imposiciones de capellanías. —Sobresueldo de la guarnicion de Coquimbo. —Id. de la de Valparaíso. —Renovacion de la Mesa. —Nombramiento de jueces letrados suplentes. —Acta. —Anexos.

CUENTA[editar]

Se da cuenta:

  1. De un informe de la Comision de Lejislacion i Justicia sobre el proyecto de lei que autoriza al Gobierno para nombrar jueces letrados suplentes. (Anexo núm. 439. V . sesiones del 6 i del 13.)
  2. De otro informe de la Comision de Hacienda sobre la indicacion hecha por el Gobierno para que se abone un sobresueldo a la guarnicion de Coquimbo. (Anexo núm. 440. V. sesion del 4 de Julio último.)
  3. De otro informe de la misma Comision sobre la representacion hecha por el Comandante Jeneral de Artillería, en demanda de que se abone un sobresueldo a la guarnicion de Valparaiso. (Anexo núm 441. V. sesion del 8 de Julio de 1833)

ACUERDOS[editar]

Se acuerda:

  1. Que la Comision de Hacienda, unida con la de Lejislacion i Justicia,informe sobre el proyecto de lei que abroga el derecho de 15 por ciento que grava las imposiciones de patronatos i capellanías. (V. sesiones del 4 i del 6 de Agosto i del 5 de Setiembre de 1834.)
  2. Aprobar un proyecto de lei que mannda abonar un sobresueldo a la guarnicion de Coquimbo. (V. sesion del 1.º de Setiembre venidero.)
  3. Dejar para segunda discusion la peticion de otro sobresueldo para la guarnicion de Valparaiso. (V. sesion del 11.)
  4. Reelejir a los señores Fuenzalida e Iñiguez para Presidente i Vice-Presidente de la Cámara. (Anexo núm. 442.)
  5. Dejar para segunda discusion el proyecto de lei que autoriza al Gobierno para nombrar jueces letrados suplentes i disponer que se traiga a la vista el decreto del 7 de Noviembre de 1827.

ACTA[editar]

SESION DEL 8 DE AGOSTO

Se abrió con los señores Arce, Astorga, Aldunate, Arlegui, Barros, Carrasco, Dávila, Eyzagui rre, Fuenzalida, Gárfias, García de la Huerta, García don Manuel, Gutiérrez, Huidobro, Izquierdo, Iñiguez, Luna, Martínez, Mena, Montt, Plata, Prieto, Renjifo, Toro, Troncoso, Tocornal don José María, Torres don José Antonio, Torres don Domingo, Valdés don Miguel, Valdés don José Agustin, Vial don Manuel, Vial don Antonio i Vidal.

Leida el acta de la sesion anterior, fué aprobada.

Leyóse el informe de la Comision de Justicia para autorizar al Presidente de la República en el nombramiento de jueces suplentes letrados; i se mandó traer, para discusion. Así mismo se mandó discutir con preferencia el informe de la Comision de Hacienda en las solicitudes para un sobresueldo a los soldados de la guarnicion de Coquimbo i Valparaiso.

Dióse cuenta de la mocion presentada sobre abolicion del 15 por ciento en la imposicion de capellanías; i se mandó pasar a las Comisiones de Hacienda, Lejislacion i Justicia reunidas.

Púsose a discusion el espediente acompañado por el Poder Ejecutivo para un sobresueldo a favor de la tropa que guarnece la plaza de Coquimbo; i declarado suficientemente discutido i en estado de votarse, fué aprobado por mayoría el dictámen de la Comision i es como sigue:

"Artículo único. Se declara en favor de la guarnicion de Coquimbo el sobresueldo de un peso mensual por plaza, i en consecuencia, la Nacion dejará de contribuir con el rancho que hasta ahora ha estado costeando, en atencion a la carestía de los víveres en aquella provincia."

Discutióse despues lasolicitud del Comandante Jeneral de Artillería para un sobresueldo a la guarnicion de Valparaiso; i se reservó para la segunda discusion.

Procedióse a la eleccion de Presidente i Vice i en ella obtuvieron para el primer cargo 26 sufrajios el señor Fuenzalida, 4 el señor Plata i uno cada uno de los señores Izquierdo, Eyzaguirre, Renjifo i Torres don José Antonio. Para el segundo cargo 27 sufrajios el señor Iñiguez, 2 el señor Vidal i uno los señores Astorga, Guzman, Aldunate, Martínez i Vial don Manuel. Quedaron, en su consecuencia, electos los mismos señores que desempeñaban estos cargos, mandándose comunicar a quienes correspondía.

Discutióse el acuerdo del Senado que autorizaba al Presidente de la República para el nombramiento de jueces letrados suplentes, i reservándose para segunda discusion, se mandó se trajese a la vista el decreto supremo de 7 de Noviembre de 1827.

En este estado se levantó la sesion, anunciándose para la siguiente la discusion de los negocios mandados traer. —Lorenzo Fuenzalida. —Montt, diputado-secretario.


ANEXOS[editar]

Núm. 439[editar]

La Comision de Lejislacion i Justicia opina que el proyecto de decreto, aprobado por la Cámara de Senadores, relativo a autorizar al Gobierno para que nombre suplentes en las ausencias o enfermedades de los jueces de letras, es en estrerno conveniente i de suma urjencia su sancion, para que se detenga en demostraciones que saltan a la vista; i cree, por lo tanto, que debe adoptarlo la Sala en los mismos términos en que está redactado.

Sala de la Comision. —Agosto 7 de 1834. —Diego Arriarán. —E. Domingo Torres. —Juan Manuel Carrasco.



Núm. 440[editar]

La Comision de Hacienda, despues de examinar el espediente adjunto, se ha penetrado de la necesidad que hai de conceder el aumento o sobresueldo de un peso a la guarnicion de la provincia de Coquimbo.

Si la Lejislatura anterior decretó cese de dicho sobresueldo, fué en consecuencia de que él se abonaba en virtud de un abuso introducido i tolerado hasta entónces por las autoridades, sin que hubiese lei que lo autorizase o decretase. En el dia se presenta a la Cámara un espediente en que aparecen demostrados hasta la evidencia los perjuicios fiscales i del servicio que irroga la práctica adoptada para proporcionar al soldado los víveres necesarios en aquella provincia, i la Comision juzga que la Sala, atendiendo (como parece justo i conveniente) la invitacion del Ejecutivo, puede prestar su aprobacion al siguiente proyecto:

"Artículo único. Se declara en favor de la guarnicion de Coquimbo, el sobresueldo de un peso mensual por plaza, i en consecuencia, la Nacion dejará de contribuir con el rancho que hasta ahora ha estado costeando, en atencion a la carestía de los víveres en aquella provincia".

Sala de las Comisiones. —Agosto 8 de 1834. —Francisco García Huidobro. —M. C. Vial. —Pedro Nolasco Vidal. —Ramón Renjifo.


Núm. 441[editar]

A la Comision de Hacienda parece digno de atencion el reclamo del {{MarcaCL|A|Comandante|OK|Informe sobre la conveniencia de asignar un sobresueldo a la guarnición de Coquimbo}Comandante Jeneral del Cuerpo de Artillería, por el cual solicita fundadamente el {{MarcaCL|RH|Aumento|OK|Informe sobre la conveniencia de asignar un sobresueldo a la guarnición de Coquimbo}aumento de un peso mensual por plaza a favor de la {{MarcaCL|RH|Guarnición|OK|Informe sobre la conveniencia de asignar un sobresueldo a la guarnición de Coquimbo}guarnicion de Valparaiso.

El Poder Ejecutivo recomendó este asunto en Julio del año anterior, i la Comision que, con fecha de hoi, ha abierto dictámen en un negocio seme jante respecto de la guarnicion de Coquimbo, no puede ménos que opinar de igual modo en el presente asunto, si se atiende a que la guarnicion de Valparaiso se halla en el mismo caso que la de Coquimbo i que a mas presta un servicio doblemente activo. En consecuencia, se propone para la aprobacion de la Sala el siguiente proyecto:

"Artículo único. Se concede a la guarnicion del Cuerpo de Artillería residente en Valparaiso el sobresueldo de un peso mensual por plaza."

Sala de la Comision Santiago, Agosto 7 de 1834. —Francisco Huidobro. —M. C. Vial. —Pedro Nolasco Vidal. —Ramón Renjifo.


Núm. 442[editar]

La Cámara de Diputados ha elejido nuevamente para su Presidente i Vice a los que funcionaban en el mes anterior. —Dios guarde a V. E. —Santiago, Agosto 11 de 1834. —Lorenzo Fuenzalida. —José Santiago Montt, diputado-secretario. —A S. E. el Presidente de la República.