Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1835/Sesión de la Cámara de Diputados, en 10 de junio de 1835
CÁMARA DE DIPUTADOS SESION 3.ª, EN 10 DE JUNIO DE 1835 PRESIDENCIA DE DON JOSÉ VICENTE IZQUIERDO SUMARIO. —Nómina de los asistentes. —Aprobacion del acta precedente. —Cuenta. —Solicitud de la Municipalidad de Ancud. —Apertura del Congreso. —Residencia del Ejército. —Puentes i caminos. —Solicitud de doña Loreto Huidobro. —Incorporacion de los señores Rosales i Garrido. —Proyecto de lei de retiros. —Acta. —Anexos. CUENTA[editar]Se da cuenta:
ACUERDOS[editar]Se acuerda:
ACTA[editar]SESION DEL 10 DE JUNIO DE 1835
Se abrió con los señores Arce don Estanislao, Arce don Miguel, Arlegui, Astorga, Arriarán, Barra, Barros, Bustillos, Carrasco, Dávila, Eyzaguirre, Fierro, Fuenzalida, García don Manuel, García de la Huerta, Gárfias, Gutiérrez, Huidobro, Íñiguez, Irarrázaval, Izquierdo, Larrain, Martínez, Morán, Montt, Mendiburu, Prieto, Reyes, Renjifo, Rozas, Riesco, Soffia, Sotomayor, Tocornal don Joaquin, Tocornal don José María, Torres, Troncoso, Valdés don Miguel, Valdés don José Agustín, Vial don Antonio i Vidal. Aprobada el acta de la sesion anterior, se le yeron tres oficios del Presidente de la República, por los dos primeros avisa quedar instruido de la reeleccion que hizo esta Cámara de su Presidente i Vice, i de la continuacion de los mismos empleados de Secretaría, mandando en su consecuencia, se tome razon en las correspondientes oficinas; con el tercero acompaña una solicitud de la Municipalidad de San Cárlos de Chiloé para que se establezcan nuevos impuestos en su favor, éste se mandó pasar a la Comision de Hacienda i los primeros archivarse. Dióse así mismo cuenta de dos oficios del ▼Senado, uno anunciando la eleccion de Presidente i Vice, que se mandó archivar; el otro, comunicando el acuerdo de aquella Cámara por el cual el ▼Congreso aguardará para la apertura de sus sesiones al Presidente de la República, siempre que avise querer asistir a este acto, i se mandó pasar a la ▼Comision de Constitucion. Leyéronse dos informes de las ▼Comisiones de Guerra i Hacienda: el primero en el Mensaje del Ejecutivo, solicitando residan cuerpos del Ejército permanente en el lugar de las sesiones del ▼Congreso, i se mandó traer en discusion para segunda hora. El segundo, en el proyecto sobre caminos e imposicion de pequeños derechos, i se mandó traer para discusion jeneral. Dióse cuenta de la solicitud de doña Loreto Huidobro, para que se considerase la que tenía hecha el año 32, sobre pension pia. Se mandó unir a sus antecedentes i traer para discusion. Los señores Diputados don ▼José Antonio Rosales i don Victoriano Garrido fueron incorporados, prestando préviamente el juramento de estilo; i el señor ▼Gutiérrez, llamado por falta del primero, continuó representando por muerte del señor Diputado don ▼Manuel Barros. Púsose a discusion el artículo 4.º de la lei de retiros. Declarado estarlo suficientemente i acordado por mayoría que debía votarse primero sobre si se suprimía en la palabra cansancio que contenía dicho artículo, se fijó la siguiente proposicion: "¿Se suprime o nó la palabra cansancio que contiene el artículo 4.º del proyecto presentado por el Ejecutivo? Aprobada la afirmativa por 26 sufrajios contra 10, se fijó esta otra proposicion. ¿Se aprueba o nó el artículo 4.º del proyecto del Ejecutivo? i habiendo resultado la afirmativa por 27 sufrajios contra 10, quedó en los términos que siguen: ▼Art. 4.º Los oficiales que no en un acto especial del servicio sino que por achaques o por otro grave motivo solicitaren su retiro, podrán obtenerlo bajo la escala siguiente: de diez a quince años, con el goce de fuero i uso de uniforme; a los quince cumplidos hasta veinte, con la cuarta parte de sueldo de su empleo efectivo; de veinte cumplidos a veinticinco, un tercio; de veinticinco cumplidos a treinta, la mitad; de treinta a treinta i cinco, los dos tercios; de treinta i cinco a cuarenta, con el total haber del sueldo de su empleo. En segunda hora, se discutió el permiso que se pedía para que residiesen cuerpos del Ejército permanente, i declarado suficientemente discutido el informe de la Comision fué ▼aprobado por 35 sufrajios contra uno, en los términos que siguen: "El ▼Congreso Nacional permite que residan cuerpos del Ejército permanente en el lugar de sus sesiones hasta el 1.º de Julio de 1836." Discutióse en jeneral el proyecto sobre caminos i fué aprobado por 32 sufrajios contra 1, se mandó traer a discusion para la próxima sesion, levantándose la presente i anunciándose para la venidera la lei de retiros, proyectos de caminos i solicitud de los ministros tesoreros. —▼Jose Vicente Izquierdo. —▼Montt, diputado-secretario. ANEXOS[editar]Núm. 46[editar]▼Por la comunicación de V. E., fecha 4 del corriente, quedo instruido de que esa ▼Cámara ha elejido para Presidente i Vice a los señores don ▼José Vicente Izquierdo i don ▼Diego Arriarán. —Dios guarde a V. E. —Santiago, Junio 8 de 1835. —▼Joaquín Prieto. —▼Joaquín Tocornal. —A. S. E. el Presidente de la Cámara de Diputados. Núm. 47[editar]▼He mandado tomar razón en las oficinas correspondientes de la comunicación de V. E., fecha 4 del corriente, en que me participa haber continuado ejerciendo sus funciones todos los empleados en Secretaría.— Dios guarde a V. E. —Santiago, Junio 8 de 1835. —▼Joaquín Prieto. —▼Joaquín Tocornal. —A. S. E. el Presidente de la Cámara de Diputados. Núm. 48[editar]▼He dado las órdenes convenientes para que se entreguen al Secretario de esa ▼Cámara, los cuatrocientos pesos que V. E., por su honorable nota de ayer, me anuncia necesitarse para adorno del salón de sesiones, compra de algunos muebles i gastos de escritorio. —Dios guarde a V. E. —Santiago, Junio 9 de 1835. —▼Joaquín Prieto. —▼Joaquín Tocornal. —A. S. E. el Presidente de la Cámara de Diputados. Núm. 49[editar]▼El ▼Senado, en sesión de 3 del corriente, ha elejido para su Presidente al que suscribe i para Vice al señor don Santiago Echéverz. —Dios guarde al señor Presidente. —Cámara de Senadores. —Santiago, Junio 6 de 1835. —▼Dr. Diego A. Elizondo. —▼Juan Francisco Meneses, secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Diputados. Núm. 50[editar]▼El ▼Senado ha acordado se ponga en noticia del Presidente de la República, que el ▼Congreso le aguardará para la apertura de sus sesiones, siempre que avise que intenta asistir a este acto. Dios guarde al señor Presidente. —Junio 6 de 1835. —A la Cámara de Diputados. Núm. 51[editar]▼La ▼Comision Militar ha tomado en consideración el oficio del señor Presidente de la República, solicitando permanezcan las tropas de la guarnición de esta capital durante las sesiones del ▼Congreso, i existiendo las mismas razones de economía que se espusieron en el año anterior, somete a la ▼Cámara el siguiente ▼PROYECTO DE LEÍ:
"Artículo único. El ▼Congreso Nacional permite que residan cuerpos del Ejército permanente en el lugar de sus sesiones hasta el 1.º de Julio de 1836." —Santiago, Junio 8 de 1835. —▼Ambrosio de Aldunate. —▼Pedro Nolasco Vidal. Núm. 52[editar]▼La ▼Comision de Hacienda, instruida del proyecto contenido en el Mensaje que, con fecha 4 del corriente, ha pasado a esta ▼Cámara el Presidente de la República, cree que la Sala no puede negarse a prestarle su aprobación. A todos es conocida la absoluta necesidad que hai de allanar los obstáculos que entorpecen i dificultan el trasporte de los productos de la industria nacional en sus diversos ramos; i todos conocen también que el único medio de conseguirlo que por ahora se presenta, es la construcción de puentes i caminos, concediendo a los contratistas la facultad de cobrar un moderado derecho de peaje que sirva de compensación a los costos i trabajos que emprendan. El ▼Congreso no puede intervenir en la celebración de estos contratos, mas no por esto, ha de privarse a nuestra industria del beneficio que de ello va a reportar. Aunque se trató de la imposición de contribuciones, no es incompatible con las atribuciones del ▼Cuerpo Lejislativo el delegar en algún caso esta facultad, como lo hará ver la Comision a la Sala al tiempo de la discusión. En esta intelijencia, pues, se somete a la aprobación de la Cámara el siguiente ▼proyecto: "Artículo primero. Se autoriza al Poder Ejecutivo para que proceda a celebrar contratos para la construcción de puentes i caminos, concediendo a los empresarios la facultad de cobrar moderados i proporcionados derechos de pontazgo i peaje, los cuales serán designados por el mismo Poder Ejecutivo. Art. 2.º La autorización que se concede por el artículo anterior solo durará el período constitucional de la actual Lejislatura." —Sala de la Comision, Junio 10 de 1835. —▼Pedro Nolasco Vidal. —▼Ramón Renjifo. |