Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1835/Sesión de la Cámara de Diputados, en 27 de marzo de 1835

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Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1835)
Sesión de la Cámara de Diputados, en 27 de marzo de 1835
CÁMARA DE DIPUTADOS
SESION 8.ª, EN 27 DE MARZO DE 1835
PRESIDENCIA DE DON DIEGO ARRIARÁN


SUMARIO. —Nómina de los asistentes. —Aprobacion del acta precedente. —Cuenta. —Edificios deteriorados por el terremoto. —Acta. —Anexo.

CUENTA[editar]

Se da cuenta:

De un informe de la Comision de Hacienda sobre el proyecto de lei que concede al Gobierno 30,000 pesos para reparar los edificios fiscales deteriorados por el terremoto del 20 de Febrero. (Anexo núm. 25. V. sesion del 23.)

ACUERDO[editar]

Se acuerda:

Aprobar el proyecto de lei que concede al Gobierno 30,000 pesos para reparar los edificios fiscales deteriorados por el terremoto.


ACTA[editar]


sesion del 27 de marzo de 1835

Se abrió con los señores Astorga, Aldunate, Arriarán, Barros, Bustillos, Carrasco, Dávila, Eyzaguirre, Fierro, García don Manuel, Gárfias, Iñiguez, Luna, Martínez, Morán, Montt, Prieto, Reyes, Rozas, Riesco, Soffia, Sotomayor, Tocornal don Joaquín, Tocornal don José María, Torres, Vial don Antonio, Valdés don José Agustin i Vidal.

Aprobada el acta de la sesion anterior, se leyó el informe de la Comision de Hacienda en el proyecto de decreto, acordado por el Senado, sobre autorizar al Presidente de la República para invertir treinta mil pesos en la reedificacion de los edificios públicos arruinados por el terremoto en las provincias del Sur, i se mandó poner a discusion. Verificada ésta, en seguida, resultó aprobado por unanimidad en los términos que siguen:

"Sobre la cantidad fijada en el presupuesto para los gastos ordinarios i estraordinarios del presente año, se señalan treinta mil pesos, que podrán invertirse en la construccion o reparacion provisoria de los edificios públicos de propiedad fiscal, que se hayan destruido o deteriorado por el terremoto de 20 de Febrero anterior; debiendo deducirse de esta suma las cantidades que el Presidente de la República hubiese decretado desde dicha fecha con el mismo objeto."

En este estado se levantó la sesion, previniendo el señor Vice-Presidente a los señores Diputados serían convocados oportunamente para la próxima. —ARRIARÁN. Montt, diputado-secretario.


ANEXO[editar]

Núm. 25[editar]

La Comision de Hacienda, especialmente encargada de informar sobre el decreto sancionado por el Senado, en consecuencia de la nota del Supremo Gobierno para que se proveyese de fondos suficientes para el reparo o reedificacion de los edificios i oficinas públicas demolidas por el terremoto del 20 del próximo pasado, cree que la medida adoptada por el Senado es tan justa como imperiosa la necesidad de que existan esos edificios, sin los cuales se invertiría el órden de la administracion; juzga, pues, indispensable el que la Sala, correspondiendo a los deseos de la de Senadores, i a los clamores de toda la Nacion, le preste su aprobacion.

Santiago, Marzo 23 de 1835. Francisco de B. Irarrázaval. Enrique Domingo Torres. Ramon Renjifo. Pedro Nolasco Vidal. Manuel Sotomayor.