Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1836/Sesión de la Cámara de Diputados, en 2 de setiembre de 1836

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Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1836)
Sesión de la Cámara de Diputados, en 2 de setiembre de 1836
CÁMARA DE DIPUTADOS
SESION 30, EN 2 DE SETIEMBRE DE 1836
PRESIDENCIA DE DON JOSÉ VICENTE IZQUIERDO


SUMARIO. —Nómina de los asistentes. —Aprobacion del acta precedente. —Cuenta. —Aumento del Ejército. —Nombramiento de un juez letrado interino para Valparaiso. —Moneda de cobre. —Premio a los marineros de la fragata Monteagudo. —Reeleccion de don Joaquin Prieto. —Memoria del Ministro del Interior. —Sesion estraordinaria. —Acta. —Anexos.


A primera hora.


CUENTA[editar]

Se da cuenta:


  1. De un oficio por el cual el Presidente de la República, en prevision de un conflicto con el Perú, pide que se le autorice para aumentar el Ejército. (Anexo núm. 315. V. sesiones del 8 i del 10 de Agosto i del 7 de Octubre de 1836.)
  2. De otro oficio por el cual el mismo Majistrado pide que se le autorice para nombrar un juez de letras interino en Valparaiso. (Anexos núms. 316 i 317.)
  3. De otro oficio con que la Cámara de Senadores acompaña un proyecto de lei que aumenta el valor de la moneda de cobre. (Anexo núm. 318.)
  4. De otro oficio con que la misma Cámara acompaña un proyecto de lei que concede premios a los marineros de la fragata Monteagudo. (Anexo núm. 319.)
  5. De otro oficio con que la misma Cámara acompaña una comunicacion dirijida por don Joaquín Prieto, con motivo de su reeleccion para el cargo de Presidente de la República. (Anexo núm. 320. V. sesion del 26 de Agosto último.)
  6. De la Memoria del Ministerio del Interior. (Véase C. de S. S. en 29 de Agosto próximo pasado.)


ACUERDOS[editar]

Se acuerda:


  1. Que) la Comision Militar informe sobre el proyecto de aumento del Ejército.
  2. Que la de Lejislacion i Justicia informe sobre el nombramiento de un juez letrado interino para Valparaiso. (V. sesion del 3.)
  3. Que la de Hacienda informe sobre el proyecto de lei que aumenta el valor de la moneda de cobre.
  4. Que la misma Comision de Hacienda informe sobre el proyecto de lei que concede premios a los marineros de la Monteagudo.
  5. Contestar la comunicacion de don Joaquin Prieto relativa a su reeleccion. (V. sesion del 14.)
  6. Que las Comisiones de Gobierno i de Hacienda propongan un proyecto de contestacion a la Memoria del Interior.


A segunda hora.


CUENTA[editar]

Se da cuenta:


  1. De un informe de la Comision Militar sobre el proyecto de lei que autoriza al Gobierno para aumentar el Ejercito. (Anexo núm. 321.)
  2. De otro informe de la Comision de Hacienda sobre el proyecto de lei que concede premios de dinero a unos marineros de la fragata Monteagudo. (Anexo núm. 322.)
  3. De otro informe de la Comision de Lejislacion i Justicia sobre el proyecto de lei que autoriza al Gobierno para nombrar con carácter de interino un juez de letras que actúe en Valparaiso. (Anexo núm. 323.)
  4. De otro informe a la Comision de Hacienda sobre el proyecto de lei que aumenta el valor de la moneda de cobre. (Anexo núm. 324.)


ACUERDOS[editar]

Se acuerda:


  1. Aprobar el proyecto de lei que concede premios a los marineros de la Monteagudo.
  2. Aprobar en jeneral el proyecto de lei que autoriza al Gobierno para nombrar interinamente un juez de letras que actúe en Valparaiso. (V. sesion del 3.)
  3. Aprobar en jeneral el proyecto de lei de aumento del Ejército, i en particular su art. 1.º i dejar el 2.º para 2.ª discusion. (V. sesion del 3.)
  4. Aprobar en jeneral el proyecto de lei que aumenta el valor de la moneda de cobre. (V. sesion del 3.)
  5. Celebrar sesion estraordinaria el sábado 13.




ACTA[editar]

SESION DEL 2 DE SETIEMBRE DE 1836

Se abrió con los señores Arce don Estanislao, Arce don Miguel, Arlegui, Astorga, Barros, Bustillos, Carrasco, Dávila, Eyzaguirre, Fierro, Fuenzalida, García de la Huerta, Gutiérrez, Huici, Izquierdo, Luna, Martínez, Mena, Montt, Morán, Pérez, Plata, Prieto, Renjifo, Reyes, Riesco, Soffia, Sotomayor, Tocornal don José María, Toro don Antonio, Torres, Troncoso, Valdés don Miguel, Valdés don José Agustin, Urízar i Vidal.


Aprobada el acta de la sesion anterior, se leyeron cinco oficios: dos del Presidente de la República pidiendo se le autorice para aumentar la fuerza del Ejército i usar de las milicias cívicas, en caso que la seguridad de la República lo exija, i para nombrar un juez de letras interino en Valparaiso hasta que el propietario de aquella ciudad termine la causa importante de que se ocupa; i tres del Senado, comunicando haber acordado el aumento de precio en la moneda de cobre que va a circular; el premio propuesto por el Ejecutivo a los marineros de la fragata Monteagudo, i acompañando con el último la comunicacion del Presidente de la República en que manifiesta quedar instruido de la reeleccion que se ha hecho de su persona para aquel destino. De los dos primeros, uno pasó a la Comision Militar i otro a la de Lejislacion, i de los tres últimos, dos pasaron a la de Hacienda, i uno se mandó contestar i devolverse.


En seguida, se leyó la Memoria presentada por el Ministro del Interior i se remitió a las Comisiones de Gobierno i Hacienda para un proyecto de contestacion i aprobacion del presupuesto de sueldos i gastos.


A 2.ª hora, se leyeron los informes pedidos a las Comisiones Militar, de Gobierno i Hacienda, i puestos a discusion el primero por su órden, se aprobó en jeneral, i particular el que concede a los marineros de la Monteagudo el premio propuesto por el Presidente de la República, en los términos siguientes:


Artículo primero. Se concede por primera vez la cantidad de quinientos pesos a Manuel Zapata e igual suma a José Rojas.


Art. 2.º De las rentas de la República se asistirá a cada uno de dichos individuos con la pension de doscientos pesos anuales durante su vida.


Art. 3.º Cada uno de estos individuos será distinguido con una medalla de oro costeada por el Tesoro Nacional, que dentro de un círculo de laurel contenga por el anverso esta inscripcion: Fiel a la Patria en 1.º de Agosto de 1836, i por el reverso esta otra: A la lealtad manifestada en la fragata Monteagudo.


"Art. 4.º Se destina la cantidad de seis mil pesos para gratificar a los demas individuos de la tripulacion de la fragata Monteagudo, que se mandarán distribuir por el Presidente de la República, segun la cooperacion que cada uno de sus individuos hubiere prestado en el movimiento de dicho buque e incidencias posteriores, hasta su entrega en Valparaiso."


Aprobada en jeneral la autorizacion pedida por el Ejecutivo para nombrar un juez de letras interino en Valparaiso, se contrajo la Sala a la de aumentar la fuerza del Ejército en caso necesario, i fué aprobada tambien en jeneral, i ademas en particular el artículo i,° en los términos que siguen:


Artículo primero. El Ejército permanente de tierra se mantendrá en la fuerza de tres mil hombres, que fijó la lei de 20 de Octubre del año próximo pasado."


Habiendo quedado para 2.ª discusion el artículo 2.º, i en jeneral el acuerdo del Senado sobre aumentar el valor a la moneda de cobre. Se acordó últimamente tener sesion estraordinaria el sábado trece del actual para despachar los negocios urjentes; con lo que se levantó la presente. —Jose Vicente Izquierdo. Montt, diputado-secretario.




ANEXOS[editar]

Núm. 315[editar]

Conciudadanos del Senado i de la Cámara de Representantes:


No me faltan motivos para esperar una guerra promovida por el Gobierno del Perú contra esta República; pero como, si llega desgraciadamente este caso, es tan fácil aumentar las fuerzas del Ejército, juzgo que éste puede continuar por ahora en el mismo número que fijasteis en la sesion lejislativa del año próximo pasado.


En consecuencia, os propongo, con acuerdo del Consejo de Estado, tengais a bien, en uso de la facultad que os concede la parte tercera del artículo 37 de la Constitucion, acordar la siguiente resolucion:


  1. El Ejército permanente de tierra se mantendrá en la fuerza de tres mil hombres, que fijó la lei de 20 de Octubre del año próximo pasado.
  2. En caso de guerra, el Ejecutivo podrá aumentar la fuerza del Ejército hasta el número que creyere necesario para mantener la seguridad de la República, pudiendo disponer al mismo tiempo de la milicia nacional para este objeto. —Santiago, Agosto 26 de 1836. -Joaquín Prieto. Diego Portales.




Núm. 316[editar]

Conciudadanos del Senado i de la Cámara de Diputados:


Por el oficio del gobernador de Valparaiso, que acompaño, os impondreis que el juez de letras de aquella ciudad ha tenido que contraerse esclusivamente al conocimiento de la causa que se ajita contra algunos reos que, falsificando la firma del Ministro de aquella Aduana, i valiéndose de otros medios igualmente criminales, estaban hace tiempo defraudando los derechos fiscales, de lo que ha resultado la paralizacion de los demas asuntos pendientes ante aquel juzgado. Para evitar perjuicios que pudieran ocasionar al público el retardo de estos asuntos, he tenido a bien, con acuerdo del Consejo de Estado, pediros me autoriceis para nombrar un juez de letras interino que se encargue de ellos, hasta que el juez de aquella ciudad termine la causa importante a que está contraido. —Santiago, Agosto 31 de 1836. —Joaquín Prieto. Diego Portales.




Núm. 317[editar]

Se sigue actualmente una causa criminal a los autores de un robo de la mayor consideracion que, tiempo hace, se estaba haciendo de los derechos fiscales, ya falsificando la firma del Ministro de esta Aduana, ya por medio de otras maniobras no ménos criminales, i por las cuales han comprometido en gran parte el crédito del pais, el de los empleados fiscales i el de muchos comerciantes honrados de este pueblo. Felizmente se han descubierto i aprehendido a los principales cómplices; mas, como esta causa es por su naturaleza de tanta gravedad, no solo por el fraude sino por la trascendencia que puede tener, a que se agrega sus muchas ramificaciones que deban hacerla larga i complicada, ha sido necesario que el juzgado de letras paralice enteramente el despacho de todos los asuntos ordinarios, i se contraiga esclusivamente a ella, a fin de concluirla con toda la brevedad que el caso exije.


Todo lo que participo a V. S. para su conocimiento, i a fin de que, instruido el Gobierno de estos particulares, dicte las medidas que crea convenientes para que dicho juzgado de letras no padezca retardo en los asuntos ordinarios, o resolver lo que sea mas conveniente.


Dios guarde a V. S. muchos años. —Gobierno Militar de la plaza. —Valparaiso, Agosto 29 de 1836. Ramon Cavareda. —Al señor Ministro de Estado en el Departamento del Interior.




Núm. 318[editar]

El Senado, conformándose en el todo con el Mensaje, que acompaño, del Presidente de la República, sobre aumentar el valor a la moneda de cobre que está próxima a circular, ha aprobado el proyecto de lei que contiene, en los mismos términos en que se halla concebido.


Dios guarde al señor Presidente. —Cámara de Senadores. —Santiago, Setiembre 2 de 1836. —Gabriel José de Tocornal. Juan Francisco Meneses, secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Diputados.




Núm. 319[editar]

El Senado ha aprobado el proyecto de lei, pasado por el Presidente de la República, por el que se señala un premio a los marineros que entregaron la fragata Monteagudo, en los mismos términos que se halla concebido en el Mensaje, que orijinal acompaño.


Dios guarde al señor Presidente. —Cámara de Senadores. -Santiago, Agosto 29 de 1836. —Gabriel José de Tocornal. Juan Francisco Meneses, secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Diputados.




Núm. 320[editar]

Dirijo a V. E. el Mensaje en que S. E. el Presidente de la República manifiesta quedar instruido de la eleccion que, por segunda vez, ha recaido en su persona para desempeñar este alto cargo en el próximo período de la presidencia, para que, hecho presente en la Cámara que preside, V. E. se sirva mandarlo devolver a la Secretaría de ésta.


Dios guarde al señor Presidente. —Cámara de Senadores. —Santiago Agosto 31 de 1836. —Gabriel José de Tocornal. Juan Francisco Meneses, secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Diputados.




Núm. 321[editar]

La Comision de Guerra es de opinion que debe aprobarse en todas sus partes el proyecto anterior sobre la fuerza existente, i aumentarse en caso de guerra, que pide el Presidente de la República, por el término de dieziocho meses, segun la parte 3.ª del artículo 37 de la Constitucion.


Sala de la Comision. —2 de Setiembre de 1836. -Juan de Luna. —Pedro Nolasco Vidal. — Fernando Márquez de la Plata.




Núm. 322[editar]

La Comision de Hacienda, que ha visto con satisfaccion la aprobacion que la Cámara de Senadores ha prestado al proyecto, pasado por el Ejecutivo, para premiar el importante servicio que hicieron a la Nacion los individuos que pusieron a disposicion del Gobierno de la República la fragata Monteagudo, no puede ménos que recomendar a la Sala la aprobacion de dicho proyecto, sin la menor alteracion o reforma.


Santiago, Setiembre 2 de 1836. Pedro Nolasco Vidal. —José Antonio de Huici. -Ramon Renjifo. —F. Márquez de la Plata.




Núm. 323[editar]

La Comision de Lejislacion i Justicia se ha hecho cargo del oficio, pasado por el Gobierno, relativo a pedir autorizacion para nombrar un juez de letras interino que despache los asuntos pendientes en el juzgado de letras de la ciudad de Valparaiso, a fin de que el propietario pueda dedicarse esclusivamente a la averiguacion del delito de los sustractores de varias especies, falsificando las firmas de los Ministros de la Aduana de dicho puerto, i convencida de la mucha atencion que exije la averiguacion del delito i del grado de complicidad de sus autores, i poder tomar las medidas convenientes para evitar un mal de tamaña trascendencia, i que compromete en tanto grado el crédito del Gobierno i las garantías de los ciudadanos, ha llegado a convencerse de que la medida, para la cual se pide autorizacion, es no solo conforme con los intereses de los ciudadanos sino de la mas alta justicia i reclamada al mismo tiempo por la imperiosa necesidad; debe, por consiguiente, la Cámara proceder a la autorizacion, en los mismos términos que lo pide el Gobierno i a la mayor brevedad por la urjencia del caso.


Santiago, Setiembre 2 de 1836. José Joaquin Pérez. —Juan M. Carrasco. — Joaquin Gutiérrez. —Eujenio Domingo Torres.




Núm. 324[editar]

La Comision de Hacienda opina que debe aprobarse el proyecto del Ejecutivo, sobre aumento del valor de la nueva moneda de cobre, en los mismos términos que ha sido aprobado por la Cámara de Senadores.


Santiago, Setiembre 2 de 1836. J. Antonio de Huici. —Pedro Nolasco Vidal. —José María de Tocornal. — F. Márquez de la Plata.