Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1837/Sesión de la Cámara de Senadores, en 1 de febrero de 1837

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Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1837)
Sesión de la Cámara de Senadores, en 1 de febrero de 1837
CÁMARA DE SENADORES
SESION 30 ESTRAORDINARIA, EN 1.° DE FEBRERO DE 1837[1]
PRESIDENCIA DE DON DIEGO ANTONIO ELIZONDO


SUMARIO. —Cuenta. —Lei del estado de sitio i facultades estraordinarias. —Clausura de las sesiones estraordinarias. —Anexos.

CUENTA[editar]

Se da cuenta:

  1. De un oficio por el cual el Presidente de la República clausura las sesiones estraordinarias. (Anexo núm. 319)
  2. De otro por el cual la Cámara de Diputados devuelve aprobado el proyecto de lei que declara la República en estado de sitio i otorga al Gobierno autorizacion para usar de toda la suma del poder público. (Anexo núm. 320.)
  3. De otro oficio por el cual la misma Cámara comunica haber aceptado la modificacion hecha por el Senado al artículo 2.° de la lei que adiciona la de reconocimiento de la deuda interior. (Anexo núm. 321.)

ACUERDOS[editar]

Se acuerda:

  1. Comunicar al Gobierno la lei de estado de sitio i facultades estraordinarias. (Anexo núm. 322. V. la sesion del 27 de Enero de 1837 i la del Congreso Nacional en 1.° de Junio de 1839.)
  2. Clausurar las sesiones. (Anexo núm. 323.)

ANEXOS[editar]

Núm. 319 [2][editar]

Conciudadanos del Senado i de la Cámara de Diputados:

Habiendo cesado los motivos que me obligaron a reuniros en sesiones estraordinarias, he determinado cerrarlas.

Al poner este acuerdo en vuestra noticia, debo felicitaros por los actos importantes con que habéis señalado este período estraordinario de vuestros trabajos, i por la marcha constante i uniforme de vuestras opiniones en la senda de los intereses nacionales. Los testimonios irrefragibles que habéis dado en el Congreso chileno, no es solamente el centro de la voluntad del pueblo, sino también del patriotismo, de la cordura i del órden os dan el mas justo derecho a la gratitud pública. —Santiago, Enero 31 de 1837. -Joaquín Prieto. Diego Portales.


Núm. 320[editar]

Ha aprobado esta Cámara, por unanimidad i en los mismos términos que lo hizo la de Senadores, el proyecto de lei que, declarando en estado de sitio el territorio de la República todo el tiempo que dure la guerra con el Perú, autoriza al Presidente de ella para que use de todo el poder público que su prudencia necesite para rejir el Estado, sin otra limitación que no condenar por sí ni aplicar penas.

Devuelvo los antecedentes.

Dios guarde a V. E. —Cámara de Diputados. —Santiago, Enero 30 de 1837. —J. Manuel Astorga. José Santiago Montt, diputado-secretario. —Al señor Presidente del Senado.


Núm. 321[editar]

La Cámara de Diputados se ha conformado con la variacion que ha hecho la de Senadores al artículo 2.° de la lei de reconocimiento de la deuda nacional interior.

Dios guarde al señor Presidente. —Cámara de Diputados. —Santiago, Enero 30 de 1837. —J. Manuel Astorga. José Santiago Montt, diputado-secretario. —Al señor Presidente del Senado.


Núm. 322[editar]

El Congreso Nacional ha acordado por unanimidad el siguiente


proyecto de lei:

"El Congreso Nacional declara en estado de sitio el territorio de la República por el tiempo que durase la actual guerra con el Perú i queda, en consecuencia, autorizado el Presidente de la República para usar de todo el poder público, que su prudencia hallare necesario para rejir el Estado, sin otra limitacion que la de no condenar por sí, ni aplicar penas, debiendo emanar estos actos de los tribunales establecidos, o que en adelante estableciere el mismo Presidente." —Dios guarde a V. E. —Santiago, Enero 30 de 1837. —Al Presidente de la República.


Núm. 323[editar]

Esta Cámara, a consecuencia de un Mensaje del Presidente de la República, en que comunica que, habiendo cesado los motivos que le obligaron a reunir el Congreso a sesiones estraordinarias, ha determinado cerrarlas, ha cerrado las suyas hoi a las ocho i tres cuartos de la noche. Lo comunico a V. E. para intelijencia de la Cámara que preside.

Dios guarde a V. E. —Santiago, Febrero 1.° de 1837. —A la Cámara de Diputados.


Núm. 324[editar]

Acompaño a Ud. la llave del local a donde debe trasladarse la secretaría del Senado, previniéndole que el que deja, debe hallarse enteramente desocupado para el lunes inmediato. —Dios guarde a Ud. —Santiago, Marzo 22 de 1837. —José de la Cavareda. —Al Secretario del Senado.


Núm. 325[editar]

La alfombra, sillas i demás útiles de la sala del Seriado, que se hallan al cargo de Ud., serán puestos a disposicion del Secretario de la Corte Suprema de Justicia; con excepcion de la mesa grande, sofá i mesas pequeñas que hai en dicha sala.

Dios guarde a Ud. —Santiago, Abril 12 de 1837. —J. de la Cavareda. —Al Secretario de la Cámara de Senadores.


  1. No se ha encontrado en los archivos el acta de la presente sesion; se la ha reconstituido en vista de los documentos anexos. —(Nota del Recopilador.)
  2. Este Mensaje ha sido trascrito de El Araucano, número 335, correspondiente al 3 de Febrero de 1837. —(Nota del Recopilador.)