Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1839/Sesión de la Cámara de Diputados, en 26 de junio de 1839

De Wikisource, la biblioteca libre.
Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1839)
Sesión de la Cámara de Diputados, en 26 de junio de 1839
CÁMARA DE DIPUTADOS
SESION 6.ª, EN 26 DE JUNIO DE 1839
PRESIDENCIA DE DON JOSÉ JOAQUIN PÉREZ


SUMARIO. —Nómina de los asistentes. —Aprobacion del acta precedente. —Cuenta. —Adicion a la lei de elecciones. —Matrimonios clandestinos. —Reintegro de algunas comisiones. —Pérdida que la guarnicion de Coquimbo esperimenta en el cambio. —El tratado chileno-brasilero i los esclavos desertores. —Acta. —Anexo.


CUENTA[editar]

Se da cuenta:


De un oficio por el cual el Senado comunica que en su archivo no hai antecedente alguno del proyecto de lei que adiciona el artículo 59 de la lei de elecciones. (V. sesion del 19.)


ACUERDOS[editar]

Se acuerda:


  1. Pedir al Gobierno los antecedentes de dicho proyecto de lei. (Anexo núm. 531. V. sesion del 12 de Julio de 1839.)
  2. Que las Comisiones de Lejislacion i Eclesiástica informen de nuevo sobre el proyecto de lei de matrimonios clandestinos. (V. sesiones del 8 de Julio de 1835 i del 29 de Julio de 1839.)
  3. Reintegrar la Comision de Lejislacion con los señores Montt i Gutiérrez, i la Eclesiástica con el señor Concha.
  4. Que las Comisiones de Hacienda i de Guerra informen de nuevo sobre la pérdida que la guarnicion de Coquimbo esperimenta en el cambio. (V. sesiones del 27 de Julio de 1835 i del 22 de Julio de 1842.)
  5. Reservar para cuando este presente el Ministro de Relaciones Esteriores el deliberar sobre si se agrega al tratado chileno brasilero un artículo relativo a los esclavos desertores. (V. sesiones del 24. i del 28.)




ACTA[editar]

SESION DEL 26 DE JUNIO DE 1839


Se abrió con los señores Bustillos, Concha, Covarrúbias, Dávila, Eyzaguirre, Fierro, Frutos, Gandarillas, García de la Huerta, Gatica, González, Gutiérrez, Huidobro, Iñiguez, Irarrázaval, Izquierdo, Larrain, Martínez, Matte, Montt, Morán, Palacios, Pérez, Reyes, Solar don Fermin, Solar don José María, Valdés Aldunate, Valdivieso, Vidal i Bilbao.


Aprobada el acta de la sesion anterior, se dió principio por incorporar a la Sala a los señores Arce don Miguel i don Estanislao, el primero Diputado propietario por Cauquénes, i el segundo por Chillan. Luego se dió cuenta de un oficio del Senado, en contestacion al que se le dirijió de esta Cámara pidiendo los antecedentes que motivaron la adicion al artículo 59 de la lei de elecciones, i resultando no existir en aquella Secretaría, acordaron se pidiesen al Ministerio del Interior.


Así mismo se acordó que la lei sobre matrimonios clandestinos, de que debe ocuparse la Cámara, volviese a las Comisiones de Lejislacion i Eclesiástica reunidas para que, reviéndose por éstas juntamente con el nuevo proyecto que presentare el señor Irarrázaval, informen lo que juzguen oportuno.


A fin de reintegrar dichas Comisiones, se nombró al señor Montt i al señor Gutiérrez para la de Lejislacion i al señor Concha para la Eclesiástica.


Se tomó en consideracion el informe que las Comisiones de Hacienda i Guerra espidieron en Julio de 1835, en la consulta del intendente de Coquimbo, referente a la pérdida que esperimentan en el cambio de las onzas las tropas de aquella guarnicion, i se mandó volver a dichas Comisiones para que instruyan nuevamente a la Sala sobre el particular.


El señor Valdivieso observó que a los tratados entre Chile i el Brasil, aprobados en la sesion anterior, debía añadírseles un artículo relativo a los esclavos desertores de la marina brasilera, i se reservó su discusion hasta la sesion inmediata que se tuviese con asistencia del Ministro de Relaciones Esteriores.


Con lo que se levantó la presente, quedando en tabla las mociones de los señores Valdivieso i Reyes, informadas que fuesen por las respectivas Comisiones. —JOSÉ JOAQUIN PÉREZ. Rafael Valentín Valdivieso, diputado-secretario.




ANEXO[editar]

Núm. 531[editar]

En Junio de 1835 acordó el Senado un proyecto de adicion al artículo 59 de la lei de elecciones, a consecuencia del Mensaje de V. E., del 9 del mismo mes i año, en que se sirve instruirle de las ocurrencias que impidieron se verificase la eleccion de Diputado al Congreso en la ciudad de Concepcion.


La Cámara para ocuparse de este negocio ha creido conveniente tener a la vista los documentos que remitió el intendente de Concepcion sobre el particular; dichos antecedentes no existen en la Secretaría del Senado, i me dirijo a V. E. para que tenga a bien mandar se pasen a la Cámara que presido.


Dios guarde al señor Presidente. —Santiago, Julio 1.º de 1839. —JOSÉ JOAQUIN PÉREZ. Rafael Valentín Valdivieso, diputado-secretario. —A. S. E. el Presidente de la República.