Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1839/Sesión de la Cámara de Senadores, en 29 de julio de 1839

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Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1839)
Sesión de la Cámara de Senadores, en 29 de julio de 1839
CÁMARA DE SENADORES
SESION 13 ORDINARIA, EN 29 DE JULIO DE 1839
PRESIDENCIA DE DON JUAN DE DIOS VIAL DEL RIO


SUMARIO. —Nómina de los asistentes. —Aprobacion del acta precedente. —Cuenta. —Restitucion de don Hernardo O`higgins en su grado. —Ascensos de don S. Billarna, don V. Garrido, don T. Ovejero i de don N. Maruri. —Sucesion de los estranjeros. —Retardo de la Cámara de Diputados para despachar los proyectos de lei. —Gustos de Secretaría. —Tratado chileno brasilero. —Lei de Imprenta. —Informe sobre la Memoria de Hacienda. —Acta. —Anexos.

CUENTA[editar]

Se da cuenta:

  1. De un Mensaje en el cual el Presidente de la República propone que se restituya a don Bernardo O'Higgins en el grado de Capitan Jeneral. (Anexos núms. 486 a 488.)
  2. De otro Mensaje en el cual el mismo Majistrado propone que se conceda a don Santiago Ballarna la efectividad del empleo de Coronel i a don Victorino Garrido el grado del mismo empleo. (Anexos núms. 489 a 491.)
  3. De otro Mensaje en el cual el mismo Majistrado propone que se confiera la efectividad del mismo empleo de Coronel a don Tomas Ovejero. (Anexos núms. 492 a 494 )
  4. De otro Mensaje en el cual el mismo Majistrado propone que se confiera también la efectividad del empleo de Coronel a don Nicolas Maruri. (Anexos núms. 495 a 497.)
  5. De un oficio en que el mismo Majistrado trascribe un Mensaje dirijido al Congreso el 12 de Julio de 1836, para que se amplié a diez años el término dentro del cual puedan los herederos de los estranjeros reclamar los bienes. (Anexo núm. 498. V. sesion del 27 de Julio de 1836.)
  6. De un informe de la Comision de Policía Interior sobre las cuentas de la Secretaría. (Anexos núms. 499 a 510.)
  7. De otro informe de la Comision de Hacienda, sobre las cuentas de gastos públicos. (Anexo núm. 511. V. sesiones del 15 de julio i del 2 de Agosto de 1839.)

ACUERDOS[editar]

Se acuerda:

  1. Que la Comision de Guerra informe sobre los ascensos propuestos por el Gobierno. (V. sesion del 28 de Agosto venidero.)
  2. Oficiar a la Cámara de Diputados interrogándola acerca del proyecto de lei relativo a la sucesion de los estranjeros i noticiarlo al Gobierno. (Anexo núm. 312. V. sesion del 15 de Julio de 1842.)
  3. Que el señor Egaña traiga por escrito un proyecto que fije el procedimiento que se debe seguir en aquellos casos en que una Cámara demora el despacho de proyectos aprobados por la otra.
  4. Pedir al Gobierno el saldo que dan las cuentas de la Secretaría. (Anexo núm. 513.)
  5. Aprobar el artículo 31 del proyecto de Lei de Imprenta, dejar el 32 para nueva discusiOn i rechazar el 35. (V. sesiones del 22 de Julio i del 2 de Agosto de 1839.)
  6. Revocar la aclaracion hecha con la precedente sesión al artículo 7.º del tratado chileno-brasilero i declarar aprobado dicho convenio sin modificacion alguna. (V. sesiones del 22 de Julio de 1839 del 8 de Julio de 1840.)
  7. Pasar este tratado a la otra Cámara sin esperar la aprobacion del acta.
  8. Pedir informe a la Comision de Guerra sobre el proyecto de lei que repone a don Bernardo O'Higgins en su empleo de Capitan Jeneral. (V. sesion del 2 de Agosto venidero.)

ACTA[editar]


Sesion del 29 de Julio de 1839

Asistieron los señores Vial del Rio, Barros, Bello, Egaña, Elizalde, Formas, Meneses, Ortúzar, Solar, Tocornal e Irarrázaval.

Leida el acta de la anterior fué aprobada, i en seguida se dió cuenta de cuatro Mensajes del Ejecutivo.

En el primero se recuerdan los importantes servicios prestados a la Nacion por el señor Director Supremo de la República don Bernardo O'Higgins, i se propone al Senado se le restituya su grado de Capitan Jeneral del Ejército de Chile con la antigüedad correspondiente a su primitivo nombramiento, i se pasó a la Comision de Guerra.

En el segundo se hacen presentes los méritos i servicios del Coronel graduado del cuerpo de Injenieros don Santiago Ballarna; i del Teniente Coronel graduado don Victorino Garrido, a fin de que el Senado concurra con su acuerdo para conceder al primero la efectividad de su grado i al segundo el grado de Coronel, i pasó también a la Comision de Guerra.

En el tercero se recomiendan ios servicios del Coronel graduado don Tomas Ovejero i la contraccion i esmero con que ha desempeñado varias comisiones importantes al beneficio público i en que le ha ocupado el Gobierno, para que se le confiera la efectividad de su grado en el arma de infantería, i pasó a la espresada Comision.

En el cuarto se declara la antigüedad e importantes servicios prestados por el Coronel graduado don Nicolas Maruri, i las relevantes prendas que, a juicio del G jbierno, le hacen acreedor a obtener la efectividad del grado, i pasó a la misma Comision.

Se leyó, en seguida, una comunicacion del Ejecutivo en que transcribe un Mensaje dirijido al Congreso en 12 de Julio de 1836, a fin de que el término concedido a los herederos ausentes para suceder en los bienes de los estranjeros que mueren intestatos, se estienda al de diez años perentorios, contados desde el dia del fallecímiento, i habiendo sido aprobado en el Senado este proyecto, en sesión de 27 de Julio de 1836, se acordó por nueve votos contra dos oficiar a la Cámara de Diputados sobre el particular; i para que, en lo sucesivo, se procediese con uniformidad, en el caso de demorar una Cámara el despacho de un proyecto aprobado por la otra; se encargó al señor Egaña presentar por escrito una indicacion sobre esta materia.

Luego se dió cuenta del informe de la Comision de Policía Interior sobre los gastos hechos en la Secretaría i Sala, i el presupuesto de los que deben seguir inmediatamente; i conformándose con su dictámen, acordó la Sala se pidiese su importe al Ejecutivo, archivándose la cuenta.

Incontinenti el señor Bello hizo una indicacion relativa al acuerdo tenido en la sesion anterior, sobre el Tratado ajustado entre esta República i el Imperio del Brasil, i se le encargó que la presentase redactada a segunda hora.

Luego se pasó a la tercera discusion del artículo 31 de la Lei de Imprenta i fué aprobado por ocho votos contra tres, en la forma que sigue:

"Art. 31. A los autores de impresos que se calificaren de blasfemos en tercer grado, corresponde la pena de mil pesos de multa i tres años de presidio, destierro o reclusion.

Si el reo no tuviese con que satisfacer la multa, se aumentará por un año mas la pena de presidio, destierro o reclusion." El señor Bello prometió presentar por escrito una indicacion i determinar el sentido de este artículo.

El artículo 32 se dejó para otra discusion; i el señor Egaña ofreció reformarlo con arreglo a las indicaciones que se habían hecho en la Sala.

El artículo 35 fué desechado por siete votos contra cuatro i se suspendió la sesion.


A segunda hora, se dió cuenta del informe de la Comision de Hacienda sobre la Memoria presentada por el señor Ministro del Despacho en este Departamento i los estados justificativos que la acompañan; i se puso en tabla por su órden.

Ultimamente, se leyó la indicacion sobre el Tratado con el Brasil que el señor Bello presentó por escrito, i fué aprobada en los términos siguientes:

"Se reforma la indicacion aprobada en la sesion del 22 del corriente con respecto al Tratado ajustado entre esta República i el Imperio del Brasil; i el Senado estima conveniente que se apruebe el sobredicho Tratado sin modificacion alguna i que se devuelva a la Cámara de su oríjen."

Habiéndose acordado pasar los Tratados, sin esperar la aprobacion del acta, se levantó la sesion, quedando en tabla para la próxima la Lei de Imprenta i demás asuntos pendientes. -Juan de Dios Vial del Rio.


ANEXOS[editar]

Núm. 486[editar]

Conciudadanos de la Cámara del Senado:

Los servicios que ha prestado a la Patria i aun a la causa americana en jeneral el ex Director Supremo de la República don Bernardo O'Higgins, han sido de tal notoriedad e importancia que, tanto nuestras Lejislaturas como nuestros Gobiernos, se han complacido en asegurar otra vez que las glorias de Chile se hallan estrechamente enlazadas con el nombre de O'Higgins, i que las pájinas mas brillantes de nuestra historia son un monumento consagrado a la memoria de este benemérito ciudadano, el mas antiguo que hoi existe entre los veteranos de la Independencia. Su nombre i su reputacion ilustres, tiempo há, en los anales de la libertad americana, pertenecen con mas propiedad a Chile, su Patria i teatro de sus servicios realzados con los que últimamente ha rendido durante la guerra que gloriosamente terminó contra el Usurpador del Perú, como os instruiréis por la nota del Jeneral en jefe del Ejército Restaurador que, en copia, tengo el honor de acompañaros.

He creido, por tanto, un deber del Gobierno, tan urjente como indispensable, restituirle a sus antiguos honores i graduacion,, de que fué suspendido por un decreto odioso que no daba otro fundamento para esta resolucion que el de hallarse fuera del territorio de una Patria a que las circunstancias, como es notorio, no le permitían por entónces regresar, si la misma autoridad que le despojaba no le allanaba el camino.

Como un deber, pues, de justicia i de gratitud nacional propongo a vuestro acuerdo la resolucion siguiente:

"El antiguo Capitan Jeneral del Ejército de Chile don Bernardo O'Higgins, queda restituido a esta graduacion con la antigüedad correspondiente a su primitivo nombramiento."

Santiago, 25 de Julio de 1839. —Joaquín Prieto. Ramon Cavareda.


Núm. 487[1][editar]

Atendiendo a que el Capitan Jeneral don Bernardo O'Higgins se halla actualmente en paises estranjeros sin la competente autorizacion del Gobierno, puesto que le fué concedida licencia para salir futra de la República por el término de dos años, en 2 de Julio de 1823, i que, espirado dicho tiempo, no ha obtenido prórioga, désele de baja en el Ejército, para lo que sepa sará conocimiento de esta suprema resolucion a la Comandancia Jeneral de Armas, tomándose razon de ella en las oficinas donde corresponda. —Departamento de la Guerra. —Santiago, 24 de Mayo de 1826. Freire. -Novoa.


Núm. 488[editar]

(Copia)

Creo de mi deber hacer presente a V S. la conducta patriótica que ha observado el gran Mariscal del Perú don Bernardo O'Higgins, desde nuestra llegada a esta capital. Sus sentimientos humanos 1 jenerosos, juntos con los antecedentes de la parte principal que había tenido en la emancipacion americana, le habían granjeado de antemano la mas alta popularidad e influencia en este pais; pero estos sentimientos i este proceder han estado, por decirlo así, sometidos a los de buen chileno, el mas amante de las glorias i de los intereses de su pais natal i han sido empleados en su obsequio.

Bajo estos principios me atrevo a interponerme con S. E. el Presidente, por el respetable conducto de V. S., a fin de que este veterano de la Independencia pueda volver a Chile, con sus títulos i honores antiguos, a gozar en medio de sus conciudadanos de las bendiciones de la paz i del órden actual. —Dios guarde a V. S. —Ejército Restaurador. —Cuartel Jeneral en Luna, 17 de Junio de 1839. |Manuel Búlnes. Al señor Ministro de Estado en el Departamento de la Guerra. —Está conforme. —Guillermo Vega.


Núm. 489[editar]

Conciudadanos de la Cámara del Senado:

Las poderosas recomendaciones del Jeneral en jefe del Ejército Restaurador que, en copia, tengo el honor de acompañaros, en favor del Coronel graduado del cuerpo de injenieros don Santiago Ballarna, i del Teniente-Coronel graduado de Ejército don Victorino Garrido, actual Intendente de aquel Ejército, i el anticipado convencimiento del Gobierno de lo justo i equitativo que sería el recompensar a estos jefes de algún modo el mérito de sus servicios en la gloriosa campaña del Perú, obligan al Presidente de la República a solicitar el que, con arreglo a lo dispuesto en la parte 9.º del artículo 82 de la Constitucion, concurráis con vuestro acuerdo para conceder al Coronel graduado don Santiago Ballarna la efectividad de su grado i al Teniente Coronel graduado don Victorino Garrido el grado de Coronel como una recompensa debida al esclarecido mérito de estos jefes.

Santiago, Julio 25 de 1839. -Joaquín Prieto. Ramon Cavareda.


Núm. 490[editar]

Aunque al hacer a V. S. las recomendaciones del combate del puerto Casma, iba incluida entre ellas la del Coronel graduado don Santiago Ballarna, ahora con motivo del grado jeneral decretado en favor del Ejército, debo hacer presente a V. S que le creo acreedor a ser comprendido en dicha gracia, sin embargo de no haberse hallado cn la gran batalla, a la que no pudo asistir por sus notorias enfermedades. Mas, su conducta en Casma es, en mi opinion, digna de que V. S. la represente a S. E. el Presidente para el efecto indicado.

Dios guarde a V. S. —Ejército Restaurador. —Cuartel Jentral, Lima, a 18 de Junio de 1839. Manuel Búlnes. —Al señor Ministro de Guerra de Chile. -Está conforme. —Guillermo Vega.


Núm. 491[editar]

En oficio separado tengo la honra de anunciar a V. S. la ida a Chile con la primera division del Ejército, del Intendente Jeneral don Victorino Garrido. Con este motivo, creo de mi deber recomendar a V. S. el mérito contraído por este funcionario durante nuestra mansion en el Perú; habiendo desplegado en el servicio todo el celo i actividad que le caracterizan, i por el que se ha hecho conocer desde ántes en los diferentes empleos i comisiones que ha desempeñado. Lo creo, pues, acreedor a las gracias del Gobierno i a que sea ademas numerado entre los que han obtenido promociones militares con motivo de la gran batalla, a la que no asistió por hallarse desempeñando comisiones importantes, que llenó satisfactoriamente como todas las de mas que he tenido ocasion de confiar a su exactitud, capacidad i conocimientos.

Dios guarde a V. S. -Ejército Restaurador. —Cuartel Jeneral, en Lima, a 17 de Junio de 1839. -Manuel Búlnes. —Al señor Ministro de Guerra de Chile. —Está conforme. —Guillermo Vega.


Núm. 492[editar]

Conciudadanos de la Cámara del Senado:

Al someter a vuestro conocimiento la propuesta con la hoja de servicios que me ha sido dirijida por el Inspector Jeneral del Ejército en favor del Coronel graduado don Tomas Ovejero, para que se le confiera la efectividad de su grado en el arma de infantería, no puedo ménos de recomendar el mérito contraído por este jefe en los veintiún años que ha consagrado sus servicios a la República. Ademas de la circunstancia de haber desempeñado fiel i cumplidamente las obligaciones de los diferentes empleos que abraza la escala de sus ascensos, tiene también la de haberle ocupado el Gobierno en todas épocas en el trabajo de varias comisiones importantes a beneficio público, a las que ha correspondido satisfactoriamente, entre éstas ocupa un lugar distinguido la laboriosa obra de la reforma del Código Militar, debida a sus desvelos i oficiosa contraccion, cuyo importante servicio le hacen digno de las consideraciones de la Nacion.

Por otra parte, sus aptitudes, honrado proceder i la calidad de ser el mas antiguo entre los de su clase, pues cuenta mas de trece años de Teniente Coronel, i entre éstos, diez años de Coronel graduado, le hacen acreedor a que se le confiera la propiedad de este empleo por considerarlo de justicia.

En esta virtud, os lo propongo para que os sirváis concurrir con vuestro acuerdo, en conformidad de la parte 9.ª del artículo 82 de la Constitucion.

Santiago, Julio 25 de 1839. —Joaquín Prieto. Ramon Cavareda.


Núm. 493[editar]

Faltada a mis deberes si no elevase al conocimiento del Supremo Gobierno la justa recomendacion de los servicios, antigüedad i calidades del primer ayudante de la Inspección Jeneral de mi cargo, Coronel graduado don Tomas Ovejero.

Con fecha 1.º de Julio de 1826, fué promovido a la clase de Teniente Coronel de infantería, i en la de 1.º de Julio de 1829 le fué conferido el grado de Coronel. En los 19 años de servicios prestados a la República, ha desempeñado este jefe con el mejor acierto varias comisiones importantes, habiendo merecido por su exacto cumplimiento la aprobación de la Superioridad. Entre éstas deben enumerarse los cuatro años que tuvo a su cargo el desempeño del Ministerio de la Guerra. Su constante laboriosidad en este Departamento i la delicadeza con que se condujo en la expedicion de los graves asuntos que tuvo a su cargo, le hicieron acreedor a las consideraciones manifestadas por la suprema órden de 9 de Julio de 1829, que, para su satisfaccion, se mandó publicar entónces en el periódico oficial, cuando se separó voluntariamente del Ministerio. Posteriormente, se le han confiado trabajos de suma importancia de ínteres público (ademas de las obligaciones que por su destino le corresponden), cuyas tareas han sido del agrado de la Supremacía.

En atencion a lo que llevo espuesto, i a que el espresado jefe tiene la circunstancia de ser el mas antiguo entre los de su clase, no puedo ménos de recomendarlo a la consideración de V. S., a fin de que se sirva hacerlo a la de S. E. el Presidente de la República, quien, como dispensador de la justicia distributiva, teniendo presente la mayor antigüedad, honrado proceder i decisión en favor del órden público, se dignará en uso de sus facultades, conceder al espresado jefe la efectividad de su grado de Coronel de infantería.

Dios guarde a V. S. —Inspeccion Jeneral del Ejército. —Santiago, Noviembre 22 de 1837. —Domingo Frutos. —Al señor Ministro de la Guerra.


Núm. 494[editar]

INSPECCION JENERAL DEL EJÉRCITO
El Coronel graduado don Tomas Ovejero; su pais. España; su edad, sus servicios i circunstancias los que se espresan



Tiempo en que empezó
a servir los empleos

EMPLEOS

Tiempo a que sirve i
cuánto en cada empleo
Dias Meses Años Años Meses Dias
24 Pebre. 1809 Cadete
11 4
28 Enero 181 Subteniente 2 7 2
30 Agosto 18212 Teniente 7 5 6
6 Pebre. 1819  Capitan graduado por el Gobierno de esta República
3 4
10 Mayo 1819 Capítan efectivo 4 2 20
7 Agosto 1823 Sarjento Mayor 2 10 23
1.° Julio 1826 Teniente Coronel graduado
2 26
6 Setbre. 1826 Teniente Coronel efectivo 2 9 24
1.° Julio 1829 Coronel graduado 8 4 22
Total de servicios en la República hastalafecha(deducidos losdela Península) 18 9 16

Nota. —Este jefe, hallándose sirviendo en clase de teniente del Rejimiento de Cantabria peninsular, abandonó las banderas del Rei de España en odio a su dominacion tiránica, habiéndosele concedido en consecuencia por el Supremo Gobierno de la República el grado de Capitan i colocádosele en esta clase en el Rejimiento de Granaderos Guardia de Honor.

CUERPOS DONDE HA SERVIDO

Guardia de Honor. —Tribunal Militar. —Sub-Inspector de Guardias Nacionales. —Ministerio de la Guerra. —Inspeccion Jeneral del Ejército. —Contador Mayor de Plaza. —I 2.ª vez en esta Inspección Jeneral.

CAMPAÑAS I ACCIONES DE GUERRA DONDB SE HA HALLADO

En la Península, en catorce acciones de guerra i en sitio de Plaza. En la República ha prestado sus servicios en el Rejimiento de la Guardia de Honor desde el 6 de Febrero de 1819 hasta el 22 de Julio de 1824, fecha en que fué extinguido este cuerpo. En la misma pasó a servir el empleo de Fiscal del Tribunal Militar, el que ejerció hasta el 1.° de Noviembre de 1828, que fué destinado al Ministeriode la Guerra en clase de oficial auxiliar. —En Diciembre del mismo año, obtuvo el nombramiento de Secretario de la Sub Inspeccion de Guardias Nacionales. En 1.° de Febrero de 1826 le fué conferido el empleo de Oficial Mayor interino del Ministerio de la Guerra, i en 1.° de Junio del mismo año obtuvo la propiedad. —En 9 de Julio de 1829 renunció dicho cargo por hallarse con imposibilidad física para continuar ejerciendo sus funciones, exonerado de él en la misma fecha, en virtud del supremo decreto que se halla impreso en el periódico ministerial titulado La Clave, del núm. 3, tomo 3.º i en consecuencia, pasó a continuar sus servicios a la Inspeccion del Ejército, en donde permaneció hasta el 30 de Abril de 1830. —Por la nueva planta dada a esta oficina, por superior disposicion de 1.º de Mayo del mismo año, pasó agregado al Estado Mayor de Plaza en el que permaneció hasta el 21 de Mayo de 1831, que se le nombró nuevamente para el empleo que actualmente desempeña. —Ha obtenido otras varias comisiones importantes del servicio, habiendo merecido la aprobacion del Supremo Gobierno por su exacto desempeño.

Juan de Dios Ansieta, primer Ayudante de esta Inspeccion Jeneral, certifica que la presente hoja de servicios está conforme con la orijinal que está archivada en la Secretaría de esta Inspeccion Jeneral. —Santiago, Noviembre 22 de 1837. —Juan de Dios Ansíela. —V.º B.º. —Frutos.


Núm. 495[editar]

Conciudadanos de la Cámara del Senado:

La antigüedad e importantes servicios que tiene prestados a la causa pública el Coronel graduado don Nicolas Maruri, su honradez, su bordinacion í exacto desempeño de sus deberes i sobre todo el decidido amor al órden, de que tiene dados repetidos testimonios, lo hacen acreedor, en el concepto del Gobierno, a obtener la efectividad del grado para que se le propone. Mas, no pudiendo proveerlo por sí mismo sin que concurráis con vuestro acuerdo, según lo dispuesto en la parte 9.ª del artículo 82 de la Constitucion, os acompaño dicha propuesta con la competente hoja de servicios del Jefe que se propone.

Santiago, Julio 25 de 1839. —Joaquín Prieto. Ramon Cavareda.


Núm. 496[editar]

INSPECCION JENERAL DEL EJÉRCITO

Los servicios prestados por el Coronel graduado don NicolAs Maruri i la circunstancia notable de contar su antigüedad de Teniente Coronel efectivo desde el 5 de Setiembre de 1826 i de Coronel graduado desde el 22 de Mayo de 1830, me constituyen en la obligacion de recomendarle a la consideracion de S. E. el Presidente de la República; a fin de que, teniendo presente todas las circunstancias que este Jefe reúne, se digne conferirle la efectividad de su grado en el arma de infantería a que pertenece.

No dudo de que los servicios que constan de la hoja de ellos, que acompaño a V. S. para su conocimiento, i la honradez del Jefe recomendado, serán títulos bastantes para que la Superioridad se sirva aprobar esta propuesta.

Dios guarde a V. S. —Santiago, Diciembre 14 de 1837. —Domingo Frutos. —Señor Ministro de la Guerra.

Núm. 497[editar]

INSPECCION JENERAL DEL EJÉRCITO

Hoja de servicios que la Inspección Jeneral forma al Coronel graduado i edecan del Supremo Gobierno don Nicolas Maruri, en los términos siguientes: su edad 46 años, su pais la ciudad de Concepcion, su salud buena, sus servicios i circunstancias los que se espresan:

Tiempo en que empezó a servir los empleos
EMPLEOS

Tiempo a que sirve  i cuánto en cada empleo
Dias
Meses
Años Años
Meses
Dias
3 Abril 1810 Cabo 1° ...
...
12
15 Id. 1810 Sarjento 1.° 3 11 6
21 Marzo 1814 Subteniente 3 7 10
1.° Novbr. 1817 Ayudante mayor graduado de Capitan ...
3 ...
2 Febre. 1818 Ayudante mayor graduado del número 4 ...
9 26
27 Novbr. 1818 Capitan efectivo 2 2 4
31 Enero 1821 Sarjento mayor graduado 2 1 22
23 Marzo 1823 Sarjento mayor efectivo 3 ...
29
22 Abril 1826 Teniente Coronel graduado ...
4 13
5 Setbre. 1826 Teniente Coronel efectivo 3 11 17
23 Agosto 1830 Coronel graduado 4 ...
8
Total de servicios hasta fin de Agosto de 1834 24 4 27

CUERPOS DONDE HA SERVIDO

En el Batallón de Nacionales de Concepcion desde 1.° de Abril de 1810 hasta el 21 de Marzo de 1814, que pasó al número 2 de infantería de línea de Concepcion, sirviendo en éste hasta el 1.° de Noviembre de 1817, en que fué incorporado 2.° vez en el Batallon de Nacionales arriba dicho, permaneciendo nuevamente en el espresado cuerpo hasta el 1.° de Julio de 1818, que pasó al batallón número 4, sirviendo en éste hasta el 23 de Marzo de 1823.

Seguidamente en el batallon de infantería de línea número 2, permaneciendo prestando sus servicios en éste hasta el 18 de Setiembre de 1824, que pasó al batallon Concepcion i sirvió en él hasta el 9 de Enero de 1828, que por órden suprema fué nombrado ayudante de campo del señor Jeneral en jefe del Ejército del Sur,estando desempeñando éste hasta el 30 de Diciembre de 1829, que fué nombrado edecan del Supremo Gobierno i permaneció en dicho hasta la fecha; habiendo en este tiempo dádosele la comision de crear el batallón número 3 de guardias de esta capital i seguidamente el batallón Constitucion denominado últimamente Cazadores, logrando en mui poco tiempo su planteacion i poniéndolo con la mayor premura en estado de llenar el objeto para que fué formado, saliendo incontinenti a expedicionar sobre el Norte i este jefe a la cabeza de él.

CAMPAÑAS I ACCIONES DE GUERRA EN QUE SE HA HALLADO

En las campañas de 1813 i 1814. En las acciones de guerra Huilquilemo, Quilacoya, Gomaro, en el Roble, en el ataque del Quilo, en los Tres Montes, en Quechereguas i en el sitio de Rancagua, que se señaló estraordinariamente i particular en una salida que hizo con 50 hombres contra una trinchera a distancia de dos cuadras de la plaza sostenida por mas de 80 hombres enemigos, a los que pasó a la bayoneta tomándoles el punto i quitándoles la artillería, municiones i armamentos.

Se halló en la accion de la Cordillera, en la cuesta de los Pajonales.

En Octubre del mismo año emigró a las provincias unidas de la Plata, cuando los enemigos invadieron todo el Estado.

Volvió a su reconquista en Febrero de 1817 i se halló en las campañas del Sur en el mismo año i en el sitio i ataque de Talcahuano en el memorable 6 de Diciembre del referido año.

Se halló en la batalla de Maipo, el 5 de Abril de 1818 i portan gloriosa acción fué condecorado con una medalla de plata; cuyo diploma obtuvo con el mote siguiente: a los vencedores en Maipo.

Se embarcó con el batallon número 4 en el puerto de Valparaiso con destino al Estado libertador en 20 de Agosto de 1820 i desembarcó en Pirco el 9 de Setiembre del mismo año; siguió la campaña i salió con la expedición al Sur al mando de 100 hombres e hizo la guerra en la provincia de Arequipa i todos los encuentros que tuvo con los enemigos se portó valerosamente según los informes del jefe de la división don Cuillermo Miller.

Se halló en la nacion de Mira ve i obtuvo por ella la medalla i diploma, cuyo mote es el siguiente: A los Bravos de Mirave.

Se halló en la accion del rio de Moquegua a fin de Agosto del mismo afio, haciendo prisionero este jefe al Comandante Jeneral de la division enemiga i dos oficiales.

Este jefe es benemérito de la órden del Sol Peruano. Se halló en parte del sitio del Callao el 16 de Octubre de 1821, mandando la tropa i se halló en las acciones de guerra del 14 de Enero de 1823 en Locumba, en la de Torata i en la de Moquegua el 21 del mismo año, portándose en todas ellascon su acostumbrada intrepidez i valor.

Goza medalla i diploma del Ejército libertador que, con fecha 15 de Diciembre, se decretó; volvió al Callao en Febrero de 1823 i en el sitio de esta plaza el mismo año.

Hizo la tercera campaña a los puertos intermedios i ciudad de Arequipa con el Ejército unido que se embreó en el Callao el 15 de Julio de 1823, al mando de los dos batallones que se hallaban reunidos, que eran el número 2 i 5 a las órdenes del Jeneral Sucre de Colombia, volviendo al mismo puerto en el mes de Noviembre del citado año.

Se halló al frente de los enemigos en la Ligua cuando la sublevación de los castillos del Callao i fué retirado de este destino, habiendo invadido un dia ántes el enemigo la capital de Lima. En Febrero de 1824 se retiró hasta reunirse con el Ejército unido en Trujillo i de allí fué en destino a esta capital de Santiago de Chile.

Hizo la campaña a Chiloé en el año 1825 i se halló en la accion de Bella-Vista el 14 de Enero de 1826 al mando de cuatro compañías de cazadores.

Se halló en la accion de Chagavia al mando de dos compañías del batallon número 6 el 14 de Diciembre de 1829 contra los refractarios i la campaña que hizo la division contra los mismos a las órdenes del señor Jeneral de Brigada de don José Santiago Aldunate.

Don Tomas Ovejero, Coronel graduado de i infantería i ayudante jeneral de la expedición del Ejército de la que es jefe principal el señor Coronel de caballería don Juan de Luna etc., certifico que la presente hoja de servicios del Coronel graduado don Nicolas Maruri, es copia a la letra de la orijinal que obra en el archivo de esta Secretaría.

Santiago, Octubre 16 de 1834. —Tomas Ovejero. —V.º B.º —LUNA.


====Núm. 498====

En Mensaje de 12 de Julio de 1836 espuse al Congreso Nacional lo siguiente:

"Conciudadanos del Senado i de la Cámara de Diputados:

Habiendo representado el Cónsul Jeneral de Su Majestad Británica que es insuficiente el término de dos años que, por el artículo 10 de la lei de 25 de Julio de 1834, se concede para que los herederos ausentes de los estranjeros que mueren intestados en el territorio de la República puedan percibir los bienes que dejen, i solicitado al mismo tiempo la reforma de dicho artículo, el Gobierno ha creido justa esta peticion i conforme a los principios de equidad i justicia que profesa, convencido de que el espíritu de la lei es dirijido mas bien a asegurar las propiedades estranjeras a quienes de derecho les corresponda, que a consultar la utilidad del Fisco.

En consecuencia, despues de haber oido el dictámen del Consejo de Estado, someto a vuestra deliberación la siguiente reforma:

"Artículo único. —El término concedido por el artículo 10 de la lei de 25 de Julio de 1834, para que los herederos ausentes puedan suceder en los bienes de los estranjeros que mueren intestados, se estiende al de diez años perentorios, contados desde el dia del fallecimiento; i trascurrido este término sin que dentro de él parezca ningún interesado, se adjudicará la herencia al Fisco, en el modo i forma que previene dicho artículo de la lei."

No habiendo tenido el Gobierno noticia del resultado de este proyecto, i sabiendo que ni existe en las Secretarías de las Cámaras; ha tenido por conveniente volverlo a dirijir, para que el Congreso se sirva tomarlo en consideracion i espedir la resolucion que crea justa.

Santiago, Julio 27 de 1839. —JOAQUIN PRIETO. —Joaquin Tocornal.


Num. 499[editar]

La Comision de Policía Interior ha examinado la cuenta documentada de los gastos hechos en la Secretaría i Sala desde el 31 de Mayo del presente año hasta la fecha, que ascienden a doscientos cuarenta i cuatro pesos dos i un cuartillo reales, i hallándola arreglada en todas sus partes, ha tenido a bien aprobarla como tambien el presupuesto de los gastos que deben seguir inmediatamente i que se creen indispensables, ascendentes a ciento ochenta i un pesos cuatro reales

Sala de la Comision, Julio 29 de 1839. —Vial. —Barros.


Núm. 500[editar]

Cuenta documentada de los gastos hechos en la Secretaría i Sala desde 31 de Mayo del presente año hasta la fecha de abajo:

Por cuarenta i siete pesos dos reales que constan de la planilla presentada por don Tadeo Diaz, número 1.° $ 47 2
Por cuatro pesos composturas de escritorio, etc., segun recibo número 2 4
Por seis pesos seis reales papel de oficio i comun, recibo número 3 6 6
Por veintidos pesos uno i medio reales importe de un cajon velas esperma, recibo número 4 22
Por treinta pesos en ocho esteras para la Sala i Secretaría, recibo número 5 30
Por tres pesos tres reales al carretero que sacó los escombros 3 3
Por veintiún pesos siete i tres cuartillos reales pagados al carpintero por la hechura del tabique i demas que espresa el recibo número7 21
Por cuarenta i un pesos cuatro reales importe de la madera para dicho tabique, según el recibo número 8 41 4
Por sesenta i siete pesos dos reales importe de una docena sillas comunes de junquillo i dos mas ídem de brazo, recibo número 9 67 2
$ 244

Segun parece de la suma del márjen importan los gastos hechos hasta esta fecha doscientos cuarenta i cuatro pesos dos i cuartillo reales. Santiago, Julio 24 de 1839. —José Miguel Irarrázaval, secretario.


Núm. 501[editar]

Gastos que parece deben hacerse

Una piedra destiladera i su cajón calculados en veinticinco pesos $ 25
Encuademación de treinta i tantos legajos 34 4
Dos candados i tres cerrojos 6
Cubierta para una mesa 4
Dos palmatorias platina i un tintero bronce 14
Un armario caoba para el archivo 70
Un cajon mas velas de esperma 22
Seis pesos mas varios gastos menudos 6
$ 181 4

Núm. 502[editar]

Cuenta de los gastos hechos en la Secretaria i Sala desde 31 de Mayo de 1839
Por seis peones a cuatro reales cada uno que trabajaron el 31 de Mayo i 1.° de Junio en pasar i acomodar los muebles de la Secretaría i Sala $ 3
Junio 3. —A dos peones que devolvieron los muebles que se habían pedido prestado 2
Por cuatro reales pagados a otros tantos peones por sacar los armarios para componerlos 4
Por una aldabita para el armario i un tirador para un cajon de la mesa
Por una chapa para un baúl, dos reales 2
Por dos llaves una para el patiecito i otra para el antiguo comun; chapas i un tirador 1 2
Por veinte libras azúcar a $ 6 arroba 4 6
Por dos libras té, a 13 reales 3 2
Por un cuarto yerba-mate 1
Por cinco reales al pintor por remiendos en la Sala 5
Por tapar la acequia i enladrillar el cuartito del antiguo comun 1 4
Por dos frascos de tinta para escribir 6
Por una libra clavos para marcos de puertas i capoteras
Por una chocolatera lata
Por una tinaja para agua 2
Por dos cordeles para el farol del patio 1
Por cuatro cargas carbon, a un peso 4
Por encuademacion del 4.° tomo de El Araucano 3 4
Por dos reales lacre 2
Por tres reales leche 3
Por un real i medio velas de sebo gastados en el mes de Junio
Por medio de canela ½
Por conduccion de la madera del tabique 6
Por un farol con candeleja de cobre 1 1
Por pago a los peones que voltearon la pared i ayudaron a sacar escombros 2
Por empapelar el tabique 1
Por blanquear la Secretaría i componer la entrada de la puerta 3 4
Por compostura i aforro de un sofá 1
Por cuatro reales papel secante 4
Por tres libros blancos para actas, oficios i curso interior a tres pesos 9
Por dos plumeros 7
$ 47 2

Importan estos gastos según se ve al márjen cuarenta i siete pesos dos reales.

Santiago, Julio 24 de 1839. —Tadeo Diaz de la Vega


Núm. 503[editar]

Número 2

Recibí de don Tadeo Diaz cuatro pesos por la compostura de los dos escaparates, dos escritorios i una mesa para el Senado.

Santiago, Junio 10 de 1839. —Pedro Reyes.


Núm. 504[editar]

Número 3

Recibí de don Tadeo Diaz de la Vega seis pesos seis reales por una media resma de papel comun i nueve manos de papel florete recortado para oficio, i a petición del espresado señor Diaz firmo éste en Santiago a Junio 3 de 1839. —Pedro Caris.


Núm. 505[editar]

Número 4

Recibí del señor don Tadeo Diaz de la Vega la cantidad de 22 pesos i 1 reales por valor de un cajon de velas de esperma.

Santiago, Junio 3 de 1839. —Por don Martin Andonaegui. —Juan J. Ruiz.


Núm. 506[editar]

Número 5

Recibí del señor don Tadeo Diaz de la Vega 30 pesos por las esteras trenzadas, a saber, una para la Secretaría del Senado, otra para el cuarto del descanso i seis esteras para toda las Salas del Senado, i para que conste firmo éste en Santia go, Julio 12 de 1839. —A ruego de Paulo Silva. —Mariano Diaz.



Núm. 507[editar]

Núm. 6

Recibí de don Tadeo Diaz de la Vega tres pesos tres reales por tres dias que le alquilé una carreta para que sacara tierra de una pared que se votó en el Consulado de la Sala del Senado, i para que conste le firmo éste en Santiago, Julio 1.º de 1839. —A ruego de Manuel Castro. —D. Arteaga.



Núm. 508[editar]

Núm. 7

Recibí de don Tadeo Diaz de la Vega veintiún pesos siete i tres cuartillos reales en la forma siguiente: veinte pesos por la hechura del tabique en la Secretaría del Senado, por un cuarto de clavos recortados para entablar a ocho reales el cuarto, por dos i media libras de clavos de media a uno i medio real libra, i por cuatro tablas mas de alerce a real cada una, por que las oscientas no alcanzaron.

Santiago, Julio 8 de 1839. —Juan Alquenai.


Núm. 509[editar]

Núm. 8

Recibí de don Tadeo Diaz cuarenta i un pesos cuatro reales, importe de las maderas siguientes que compró para la Sala del Senado, a saber:

Dos vigas de roble jemales a veinte reales cada una $...5

Diez tijerales de roble jemales mas delgados a ocho reales...10

Cuatro tablas de laurel de tercia a cinco reales...2.4

Doscientas tablas de alerce a doce pesos ciento...24

Total...$41.4

Santiago, Julio 18 de 1839. —Ramon Ordenes.


Núm. 510[editar]

Núm. 9

Recibí de don Tadeo Díaz de la Vega sesenta i siete pesos dos reales, valor de una docena de sillas de junquillo comunes i dos ídem de brazos.

Santiago, 19 de Julio de 1839. —Santiago Préndez.


Núm. 511[editar]

Señor:

La Comision de Hacienda, despues de haber examinado atentamente la memoria presentada por el señor Ministro del Despacho en el departamento de este ramo, i los estados justificativos que acompañan a dicha esposicion, se propone trasmitir a la Cámara las observaciones que ha hecho sobre tan importantes documentos.

I Según el presupuesto aprobado por la Representacion Nacional, se fijaron los gastos del servicio público para el inmediato año de 1836, en 1.990,204 pesos un real; i aun de esta suma es preciso rebatir 72,000 pesos concedidos para construir almacenes de depósito i un muelle en Valparaíso, obras que no se emprendieron; de modo que debió quedar reducido el gasto legal efectivo a 1.918.204 pesos un real. Por el estado número i, que acompaña a la memoria del señor Ministro de Hacienda, se viene en conocimiento de que el citado año de 1836, hubo un dispendio de 2.173,443 pesos 3 reales; es decir, 183,239 pesos 2% reales mas que el máximum de los gastos fijados por el Congreso con arreglo a los presupuestos.

Sin embargo de que a primera vista, por esta comparación, parece resulta contra el Gobierno un cargo de mucha consecuencia, por haber traspasado la esfera de sus facultades económicas, se reúnen tantas circunstancias para disculpar este desliz, que la Comision cree de su deber recomendar al Senado apruebe el exceso de gasto, limitándose a prevenir que, para lo sucesivo, en casos análogos se pida con oportunidad por el Presidente de la República una autorizacion que legalice las partidas de gastos no comprendidas en el presupuesto.

Para opinar así, la Comision ha reflexionado:

1.º Que en los últimos meses de 1836 se halló el Gobierno imprevisto e inevitablemente empeñado en una guerra esterior, que comprometía el honor i la seguridad de la República; 2.º Que constituido en la obligacion de rechazar un ataque insidioso i de armar sin demora la fuerza naval necesaria para conseguir este objeto preferente, no se le ofrecía otra alternativa que la de suscribir a un dispendio extraordinario, o renunciar a la salvacion del Estado; 3.º Que habiendo el Congreso autorizado al Jefe de la República para que exijiese del Protector de la Confederacion Perú-Bolivíana, una reparacion plena por los agravios que espontáneamente nos había inferido, facultándole también para declararle la guerra si no obtenía una completa vindicacion de nuestros derechos vulnerados, esta lei incluía en cierto modo la tácita aprobacion de los gastos que la misma guerra causase; por cuanto era imposible proveer a un armamento estraordinario con las sumas asignadas para el servicio público en tiempo de paz.

Pesadas imparcialmente estas consideraciones, todas ellas inducen a absolver al Gobierno de la responsabilidad que contrajo por cumplir el primero de sus deberes, i hacen de estricta justicia la aprobacion del gasto excedente que se nota, según las cuentas presentadas.

Respecto a los gastos de la Administracion, causados en los años de 1837 i 1838, no se conceptúa la Comision autorizada para hacer reparo alguno, porque, cortespondiendo a una época en que se hallaba el Presidente de la República con plenitud de facultades i fuera del imperio de la Constitucion, pudo sin reato disponer, durante este peí iodo, de todos los recursos del Estado en uso de la autoridad legal que el Congreso le había conferido.

Antes deconcluir, i sin embargode que la aprobacíon de los presupuestos para el año de 1840, no debe ser individual sino colectiva, i cuando todos ellos se hallan presentado, la Comision anticipa para ese caso un reparo que considera fundado. Entre los gastos orijinados por la Casa de Moneda, se nota una partida de novecientos ochenta pesos anuales, como sueldo de varios empleados entretenidos en la custodia de algunas máquinas, que existen en la ciudad de la Serena. Este gravámen, a juicio de la Comision, es supérfluo o, a lo ménos, excesivo, i no duda podrá evitarse adoptando medidas que conciben a un mismo tiempo la economía, con la seguridad de los intereses fiscales.

En consecuencia de las razones espuestas, propone la Comision el siguiente


Proyecto:

"Artículo primero. —Se aprueban las cuentas del gasto que ha causado el servicio público en los años de 1836, 1837 i 1838, presentadas al Congreso Nacional por el señor Ministro de Hacienda en 15 de Junio del presente año." —Sala de la Comision, Julio 29 de 1839. Formas. Barros. Renjifo.


Núm. 512[editar]

El que suscribe, visto el Mensaje de 12 de Julio de 1836, que V. E. pasó trascrito al Congreso con fecha 27 del pasado, tiene el honor de esponer a V. E. que el proyecto de lei en él sobredicho Mensaje fué aprobado por el Senado en sesion de 27 de Julio de 1836; i que en 29 del mismo mes i año se dirijió al Presidente de la Cámara de Diputados, acompañado de un oficio para que, si esa Cámara lo tiene a bien, otorgase su aprobacion.

Al ponerlo en conocimiento de V. E., aprovecho esta ocasion de espresarle mi consideracion i aprecio.

Santiago, Agosto 16 de 1839. —A S. E. el Presidente de la República.


Núm. 513[editar]

El Senado, en sesion de 29 del pasado, aprobó la cuenta de los gastos hechos en la Secretaría i Sala de esta Cámara desde el 31 de Mayo del presente año hasta la fecha, que asciende a doscientos cuarenta i cuatro pesos, dos un cuartillo reales, i también el presupuesto de los gastos que deben seguir inmediatamente i que se creen indispensables, cuyo importe es de ciento ochenta i un pesos cuatro reales; i acordó que se oficiara a V. E., a fin de que se sirva dar las órdenes coi respondientes para que se entregue al oficial mayor de esta Secretaría, don Francisco Bello, la suma de cuatrocientos veinticinco pesos seis i un cuartillo reales que es el monto de ámbas partidas.

Con este motivo, tengo el honor de saludar a V. E. asegurándole mi consideracion i aprecio.

Santiago, Agosto 3 de 1839. —A S. E. el Presidente de la República.


  1. Este decreto ha sido trascrito de El Araucano, número 468, de 16 de Agosto de 1839. —(Nota del Recopilador)