Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1842/Sesión de la Cámara de Diputados, en 18 de julio de 1842

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Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1842)
Sesión de la Cámara de Diputados, en 18 de julio de 1842
CÁMARA DE DIPUTADOS
SESION 19.ª ORDINARIA EN 18 DE JULIO DE 1842
PRESIDENCIA DE DON JUAN MANUEL COBO


SUMARIO. —Nómina de los asistentes. —Aprobacion del neta precedente. —Cuenta. —Solicitud de doña Maria i doña Susana Marcoleta. —Dotacion de los jueces letrados. —Revision anual de la tarifa de avalúos. —Informe de la Comision de Hacienda devuelto por el Senado. —Proyecto de una Universidad Nacional. —Acta. —Anexo.

CUENTA[editar]

Se da cuenta:

  1. De un informe de la Comision de Educacion sobre el proyecto de lei que organiza la Universidad Nacional. (Anexo núm. 90. V. sesion del 4.)
  2. De una solicitud presentada por doña Maria i doña Susana Marcoleta en demanda de que se les devuelva la que presentaron el 1.° del corriente. (V. sesion del 13.)

ACUERDOS[editar]

Se acuerda:

  1. Devolver a doña Maria i a doña Susana Marcoleta la solicitud que presentaron.
  2. Que la Comision de Lejislacion informe sobre el proyecto de lei que asigna sueldo a los jueces letrados de primera instancia. (V. sesiones del 15 de julio i 23 de Diciembre de 1842.)
  3. Dejar para segunda discusion el proyecto de lei que manda revisar anualmente la tarifa de avalúos. (V. sesiones del 15 i del 22.)
  4. No contestar el oficio con que el Senado devolvió el informe de la Comision de Hacienda relativo al artículo 6.° de la lei de alcabalas. (V. sesiones del 15 de Julio i 25 de Noviembre de 1842.)
  5. Que la sala se constituya en comision jeneral para discutir el proyecto de ereccion de una Universidad Nacional. (V. sesion del 22.)

ACTA[editar]

SESION DEL 18 DE JULIO DE 1842

Se abrió con los señores Arriagada, Cerda, Cobo, Covarrúbias, Dávila, F.cheñique, Eyzaguirre don Domingo, Eyzaguirre don Ignacio, Fierro, Formas, Gana, Iñiguez don Pedro Felipe, Larrain, Montt, Osandon, Palacios don Juan José, Palacios don Juan Manuel, Palazuelos, Pérez, Plata, Prieto, Reyes don Ignacio, Reyes don José, Renjifo, Rozas Urrutia, Seco, Tocornal Grez, Várgas, Velásquez, Vergara, Vial don Ramon, Vidal, Urriola i Aristegui.

Aprobada el acta de la sesión anterior, se dió cuenta de una petición de doña Maria i doña Susana Marcoleta para que se les devuelva la solicitud que tienen pendiente ante la Cámara i así se acordó.

El señor Cobo leyó por segunda vez su mocion para rentar los jueces letrados i admitida por la Sala pasó a la Comision de Lejislacion.

Luego se consideró en particular el proyecto de lei para poder variar anualmente la tarifa de avalúos: el señor Palazuelos insistió como en la sesión anterior que se tratase este asunto en comision, pero sin embargo de dicha indicacion se continuó discutiendo por primera vez en particular conforme a reglamento i quedó para segunda.

En seguida se examinó por última vez el proyecto de contestacion que debia darse al Senado con motivo de haber devuelto el informe de la Comision de Hacienda en el proyecto de lei declaratorio del artículo 6.º de la de alcabalas, i fué desechado por mayoría, acordándose no contestar sobre el particular.

A segunda hora, se leyó el informe de la Comision de Instruccion i Educación en el proyecto de lei, sobre el establecimiento de la Universidad i quedó en tabla, habitndo convenido el mayor número de los señores Diputados constituirse en comision jeneral para examinarlo como lo insinuó el señor Palazuelos; con lo que se levantó la sesion. —Cobo. —Aristegui, Diputado-Secretario.

SESION DEL L8 DE JULIO [1]

Se abrió a la 1 2/4 acabó un poco mas de las 3 de la tarde. Se aprobó en jeneral la mocion sobre el sueldo de los jueces letrados, despues de haberla apoyado su autor, el señor Cobo.

Se volvió a considerar la contestacion que se pretendia dar al oficio del Senado, de que se trató en la segunda hora de la sesión anterior, i a propuesta del señor Palazuelos se resolvió por votacion que se archivasen las piezas correspondientes para pasar a otro asunto de mas interes.

Se puso en discusion el proyecto de lei para autorizar al Ejecutivo con la facultad de alterar anualmente la tarifa de avalúos.

El señor Cerda espresó deseos de que el señor Ministro de Hacienda le resolviese algunas dificultades que se le ofrecían para la aprobacion de esta lei, tales como el temor de poner en manos del Ministerio un arbitrio poderoso para convertir en su fayorlas alteraciones de la tarifa; i ademas la inseguridad en que estañan los comerciantes para sus especulaciones, por estar pendientes el éxito de ellas de las variaciones anuales que el Gobierno podia hacer en los impuestos de internacion o esportacion.

El señor Ministro de Justicia i despues el de Hacienda respondieron a estas objeciones, diciendo, mas o ménos, que eran quiméricos esos temores por cuanto no podia hacer el Gobierno caprichosamente la alteración de la tarifa, pues, que no sólo tenia que atender a su buen nombre, que es de tanta estima en gobiernos como el nuestro, sino también al estado de la plaza mercantil, para lo que debe siempre tomar la asesoría de algunos comerciantes de conocida honradez i fama.

Se dejó para segunda discusión i se leyó el informe de la comision respectiva sobre el proyecto de bases para la Universidad de Chile.

Como este informe ponia algunas observaciones que exijian meditacion, el señor Palazuelos propuso que este asuntóse discutiese en Comision, para lograr así que se resuelva lo mas pronto posible, ya que es de tan urjente i vital interes para la Nacion. Espuso muchas razones a este respecto i se resolvió por la afirmativa con cuatro votos en contrario, con lo cual se levantó la sesion.


Núm. 90[editar]

La Comision de Instruccion i Educacion,al informar sobre el proyecto de bases para la Universidad de Chile, presentado a la deliberacion de la Cámara por el Supremo Gobierno, cree del todo innecesario contraerse a manifestar la importancia i utilidad de semejante establecimiento. La existencia de una corporacion que ejerza la Superintendencia de la educación pública; que la regularice i estienda a todas las clases de la sociedad i en donde se rindan las pruebas literarias i científicas que habiliten a los ciudadanos para el ejercicio de las profesiones i cargos a que sean llamados, debe producir considerables ven tajas en el fomento i progreso de la educacion nacional e influir poderosamente en la mejora del servicio público.

El proyecto de bases, presentado por el Gobierno, no duda la comision en afirmarlo, llena todos estos objetos; i bajo un plan sencillo i económico al mismo tiempo satisface otras necesidades de un carácter mas elevado reclamadas por nuestra posicion social: tales son las que des de la promulgacion de nuestra lei fundamental, se impusieron a las próximas lejislaturas sobre el establecimiento de la Superintendencia de la educacion pública i el plan jeneral de educacion nacional, objetos de primera vitalidad e importancia, i que debe llenar la futura Universidad de Chile del modo mas propio i completo, por reunir en su seno todos los elementos necesarios para su mejor desempeño, i sin nuevo gravámen del Tesoro Público.

Bajo este mismo punto de vista de las economías del Erario, la Comision encuentra dignas de elojio las felices combinaciones del plan respecto de los únicos empleados asalariados de la Universidad, por medio de las cuales se atribuyen a los Decanos de las Facultades i sus Secretarios varias otras funciones públicas, que existen actualmente o que deberían crearse en lo sucesivo, con sus dotaciones correspondientes, a fin de que fuesen sus servicios tan eficaces i activos, como lo exije el bien público.

Por conclusion, la Cámara tiene a la mano la ocasion mas favorable de llenar uno de sus primeros deberes, dando al pais una de las leyes complementarias de nuestra Constitucion Política, deseada jeneralmente, i desde cuya sancion debe empezar una nueva era de instruccion popular i de glorias literarias i científicas para la Nacion. No duda pues la Comision que adoptará la Cámara, un plan tan bien combinado, i en el que solo ha podido encontrar algunas lijeras modificaciones, i son las siguientes.

Anteponer los artículos 5.° i 6.° al 3.° para que así haya un órden mas metódico disponiendo todo lo conveniente a la Universidad en jeneral ántes de hablar de las secciones en particular.

En el artículo 10, donde dice: las vacantes sucesivas se llenarán por eleccion de la Facultad, puede agregarse de las plazas de número, para que no se entienda que pueden proveerse las que vacaren por muerte de los Doctores de la antigua Universidad.

En el artículo 18 puede subrogarse a las palabras las elecciones que hayan de hacerse, la formacion de las ternas; porque esta es la única atribucion que le compete.

En el artículo 20 deberá nombrarse al Rector ántes de los otros individuos que se mencionan, que es de mayor categoría que ellos i le corresponde presidirlos.

En fin parece necesario añadir despues del artículo 29 otro por el cual se declaren tambien como fondos de la Universidad los derechos que es indispensable exijir de los individuos que reciban grados, i facultar al Presidente de la República para que en los respectivos reglamentos señale la cuota de estos derechos.

Sala de la Comision. —Santiago, Julio 18 de 1842. Juan José Echeñique. —Manuel J. Cerda. —J. Rafael Larrain Moxó.


  1. Esta sesion ha sido trascrita de El Semanario de Santiago número 2, de 21 de Julio de 1842. —Nota del Recopilador.