Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1842/Sesión de la Cámara de Diputados, en 7 de setiembre de 1842

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Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1842)
Sesión de la Cámara de Diputados, en 7 de setiembre de 1842
CÁMARA DE DIPUTADOS
SESION 37.ªORDINARIA EN 7 DE SETIEMBRE DE 1842
PRESIDENCIA DE DON JOSÉ JOAQUIN PÉREZ


SUMARIO. —Nómina de los asistentes. —Aprobacion del acta precedente. —Cuenta. —Reincorporacion de los militares destituidos en 1830. —Honores al jeneral San Martin. —Id. al Jeneral O'Higgins. —Solicitud de doña Rosa González de Urbistondo. —Id. de doña Javiera Mascayano. —Acta. —Anexos.

A primera hora.

CUENTA[editar]

Se da cuenta:

  1. De un oficio por el cual el Presidente de la República propone un proyecto de lei que manda reincorporar en el servicio a los jenerales, jefes i oficiales que fueron separados en 1830. (Anexo núm. 151 al 153. V. sesion del 16 de Octubre de 1841).
  2. De otro oficio por el cual el mismo Majistrado propone un proyecto de lei que manda considerar al jeneral San Martin en servicio activo i le autoriza para gozar de sus sueldos fuera de la República. (Anexo núm. 154).
  3. De otro oficio por el cual el mismo Majistrado propone un análogo proyecto de lei en honor del jeneral O'Higgins. (Anexo núm. 155. V. sesion del 13 de Julio de 1832).
  4. De un informe de la Comision de Justicia sobre la solicitud de doña Rosa González viuda de Urbistondo. (Anexo núm. 156. V. sesion del 29 de Agosto i 12 de Setiembre de 1842).
  5. De otro informe de la Comision de Peticiones, sobre la solicitud de doña Javiera Mascayano. (V. sesion del 29 de Agosto último).

ACUERDOS[editar]

Se acuerda:

  1. Que la Comision de Guerra informe a segunda hora sobre los tres proyectos de lei propuestos por el Gobierno.
  2. Que la Comision de Justicia informe sobre la solicitud de doña Javiera Mascayano. (V. sesion del 10 de Octubre venidero). A segunda hora:

CUENTA[editar]

Se da cuenta:

  1. De un informe de la Comision Militar sobre la reincorporacion de los militares destituidos en 1830. (Anexo núm. 157).
  2. De otro informe de la misma Comision sobre el proyecto que manda pagar sueldo de actividad al jeneral San Martin. (Anexo núm. 158. V. sesion del 12).
  3. De otro informe de la misma Comision sobre el proyecto de lei que manda pagar sueldo de actividad al jeneral O'Higgins. (Anexo núm. 159. V. sesion del 12).

ACUERDOS[editar]

Se acuerda:

Aprobar en jeneral el proyecto de lei que reincorpora en el Ejército a los militares destituidos en 1830, i dejar su deliberacion particular para segunda discusión. (V. sesion del 9).

ACTA[editar]

SESION DEL 7 DE SETIEMBRE DE 1842

Se abrió con los señores Arriagada, Cerda, Cobo, Concha, Covarrúbias, Eyzaguirre don Ignacio, Fierro, González, Huidobro, Iñiguez don Vicente, Irarrázaval, López, Mena, Montt, Ovalle, Ortúzar, Osandon, Palacios don Juan José, Palazuelos, Pérez, Plata, Prieto, Reyes don Ignació, Reyes don José, Renjifo, Rozas Urrutia, Tocornal Grez, Toro, Várgas, Velásquez, Vergara, Vial don Ramón, Vicuña, Vidal i Aristegui.

Aprobada el acta de la sesion anterior, se leyeron tres mensajes del Presidente de la República con los proyectos de lei siguientes: 1.° para restituir sus grados i empleos a los jenerales, jefes i oficiales que fueron separados del servicio el año de 1830; el 2.º para que se considere al jeneral San Martin como en actual servicio durante toda su vida i pueda disfrutar fuera del territorio de la República el sueldo correspondiente a su clase; el 3.º concediendo igual gracia al jeneral O'Higgins, todos pasaron a la Comision de Guerra.

Despues se dió cuenta de los informes de las Comisiones de Justicia i Peticiones en las solicitudes de doña Rosa González i doña Javiera Mascayano, i el primero quedó en tabla i el segundo se remitió a la comision de justicia.

Luego el señor Renjifo pidió se diese una especial preferencia a los proyectos contenidos en los antedichos mensajes, i así se acordó; en su consecuencia, la comision militar los informó inmediatamente, la sala tomó en consideracion el primero i se aprobó en jeneral; se discutió por primera vez en particular i se reservó para segunda.

Se propuso por algunos señores Diputados continuar ocupándose de los otros dos proyectos, pero siendo la hora avanzada, se levantó la sesion. —Perez. —Aristegui, Diputado-Secretario.

SESION DEL 7 DE STIEMBRE[1]

Aprobada el acta de la sesión anterior, se dió cuenta de tres proyectos de lei presentados por el Ejecutivo, los cuales tienen por objeto: 1.° reabilitar a todos los jenerales, jefes i oficiales que por el Congreso de Plenipotenciarios en el año 1829 i acuerdos del Gobierno, fueron destituidos de sus sueldos i empleos; 2.º considerar como jeneral chileno al caudillo en nuestra revolucion, don José de San Martin, i como tal asignarle en el pais estranjero en que reside, la recompensa que reclaman sus importantes servicios; 3.º conceder al jeneral O'Higgins el goce de sus rentas aun cuando se halle fuera de la República.

Acto continuo tomó la palabra el señor Ministro de Hacienda, i dijo: Señores: el Supremo Gobierno al presentar a esta Honorable Cámara los proyectos de lei que ha oido, se propuso sin duda dos objetos: conciliar enteramente los partidos, haciendo de todos ellos una sola familia i borrar hasta la memoria de nuestros funestos estravios, i ¿cómo podia alcanzar el fruto de tan laudable i tan noble pensamientos? Forzoso era, pues, disipar ya enteramente los tristes efectos que cada instante herian nuestra vista i lastimaban nuestro corazon.

Restituyamos a sus antiguos i elevados puestos a los impertérritos rejeneradores de nuestra libertad, premiando de este modo sus heroicos sacrificios, i desmintiendo asimismo las notas con que se nos ha calificado. Ya es tiempo, señores, de colocarnos a la vanguardia de los estados hispano-americanos: no vacilemos un momento en dar un paso que consolida la paz, un paso tan majestuoso i jigantesco hácia la civilizacion. Nuestra gloria será todavía mayor cuando las repúblicas hermanas imiten el ejemplo que hoi Ies damos de virtud, moralidad i patriotismo. Concluyo, señores, pidiendo a la Cámara sancione, si es posible, los proyectos de que nos ocupamos ántes del 18 de Setiembre, que así contribuiremos a solemnizar de un modo glorioso el dia grande de nuestro aniversario.

El señor Concha no pudo ménos de manifestar las afecciones de su corazon apoyando el discurso del señor Ministro i exijiendola mas pronta ejecucion de un proyecto de que no solo pendía la suerte o fortuna de algunos ciudadanos sino tambien el orden, la armonía, en una palabra, la felicidad i gloria de la patria.

El señor Cobo espuso en pocas palabras que la mas pequeña demora, la mas leve desconfianza, la menor duda sobre este asunto, ofendía el republícanismo; que era preciso proceder inmediatamente a consumar una obra tan fecunda en buenos resultados.

En seguida tomó la palabra el señor Palazuelos, i dijo: —Señores: siento tomar la palabra i ocupar una parte del tiempo que debíamos consagrar desde luego en realizar un objeto tan grande, tan patriótico, tan republicano; pero, señores, no me es posible resistir al deseo de manifestar el júbilo que innunda mi corazon al ver repentinamente cerrado el campo que abrieron los crímenes i las mas violentas pasiones. Sí, señores, este es un acto gubernativo que arrancará elojios a las naciones civilizadas, i avergonzará i estimulará a las repúblicas americanas.

Debemos, pues, mirar estos mensajes como una inspiración divina, a la cual debe contestar sin tardanza nuestra conciencia, debemos darle la preferencia sobre otros asuntos, i, en fin, debemos considerarla como un símbolo de nuestra civilizacion.

Se pasó inmediatamente a comision, por indicacion de este señor diputado, i a segunda hora se leyó el informe que declara se deban aprobar en todas sus partes los proyectos presentados.

Acto continuo tomó la palabra el mismo señor diputado para indicar a la Cámara seria mui conveniente votar al Gobierno una acción de gracias por haber sido el primero que ha procurado establecer de nuevo la union i confraternidad de los chilenos; por haber sido el primero que ha intentado sacarnos del imperio de la injusticia i del dolor para introducirnos en el templo augusto de la razon i la moralidad.

En seguida indicó el señor Concha seria mejor que se quitase la caja que se habia traido con el objeto de votar en privado, como es de costumbre en asuntos de esta clase, que esa caja indicaba un secreto, un misterio que no existia en realidad, pues el voto de aprobacion se estaba divisando en todos los semblantes i manifestándose con ardiente entusiasmo.

El señor Ministro Irarrázaval, dijo:

Señores: Desde el último período de la administracion pasada se anunciaba la época de ventura a que habíamos de llegar. El primer paso que se dió hácia nuestra completa dicha fué sin duda la elevacion de algunos jefes a sus antiguos honores; siguióse la lei de amnistía, que si no llenó entónces los deseos de todo pecho republicano, hoi se han realizado: este es un complementó.

El espectáculo lisonjero que hoi nos presenta nuestra República, es obra señores de algún tiempo de trabajo por disipar enteramente los disturbios, conciliar las fracciones i hacer imperar con brillantez la virtud i el patriotismo. Al fin tomó la palabra el señor Cerda, i dijo: Señores: Yo deseo que esto sea obra de la refleccion i no del entusiasmo; quiero que se trate este asunto detenidamente, pues se me ocurren mil dudas desde luego, sea porque yo soi tardío para entender las cosas, sea por el poco lugar que ha habido para meditar. Yo deseo pues, saber primeramente si esta lei comprenderá tambien a los militares manchados con crímenes comunes; en segundo lugar, quiero tener a la vista una nómina de todos los jefes i oficiales a quienes se piensa elevar, pues, hasta aquí no pasan de cuatro o seis los que se me vienen a la imajinacion; en tercer lugar, quiero que se me diga cuáles son estos grados que se restituyen, si los conferidos por el jeneral que se titulaba entónces de división (Freire), o por el jeneral Prieto, Presidente al poco tiempo despues; en cuarto lugar, si estos militares quieren reformarse ¿se les debe contar sin interrupcion su servicio? Ultimamente, señores, las dudas que orijina los montepíos, i en fin...señor Presidente, yo me opongo, puede considerar desde ahora mis dudas como una oposicion. Aunque mil digan que soi un judío, ¡qué me importa! Yo debo hablar aquí con la voz de mi conciencia.

En seguida tomó la palabra el señor Concha, i dijo: que aunque no era seguro el convencimiento, se atrevia, sin embargo, a rebatir las objeciones hechas, i en efecto, las consideró particularmente. Hizo ver que no se debia atender en las circunstancias presentes al número i clase de individuos; que se debia considerar solamente el fondo i el espíritu de la cuestion: que a la Lejislatura sólo le incumbe la aprobacion o desaprobacion de la lei, i al Ejecutivo, su ejecucion; que en cuanto a los manchados con crímenes comunes, los Tribunales de Justicia habian juzgado ya sobre ellos, o debian juzgar; que por lo tocante a los grados no existia ningún inconveniente, pues se darian segun la validez o calidad de sus despachos; últimamente, que en los montepíos era mui natural se siguiese el órden de costumbre. Concluyó este señor Diputado, indicando a la Cámara que para aprobar en jeneral todo proyecto de lei bastaba una discusion.

Habló el señor Cerda, i dijo: que cuando se habla de gracias, debe atenderse precisamente a las personas a quienes se les confieren estas gra cias, i que por lo tanto, no se hallaba ahora dispuesto para prestar su aprobación. Repitió al señor Presidente que se oponia, intertanto no disipara sus dudas. Se votó sobre el primer proyecto de lei i se aprobó en jeneral. Acto continuo se discutió en particular el primer artículo: su lectura satisfizo una duda al señor Cerda; pero le sujirió otras. Quedó pues, a pesar del esfuer zo de algunos señores Diputados, para segunda discusion. Se procedió a la lectura del artículo 2.° i se opuso del mismo modo el señor Cerda, i espuso que sus dudas se iban aumentando considerablemente. Ros señores Palazuelos, Concha i Cobo, se empeñaron en dar al señor Diputado la luz que necesitaba; pero él repitió que era tardío para entender las cosas, i que, por tanto, necesitaba tiempo para pensar con madurez. El señor Tocornal Grez, espuso a la Cámara seria conveniente llamar al señor Ministro de la Guerra con el objeto de que allanara las dudas que estaban embarazando. Los señores Cobo i Concha, espusieron se prolongase la sesion algunos momentos mas, con el fin de dar cima lo mas pronto posible, a la obra grandiosa que los ocupaba. El señor Presidente atendiendo a que la costumbre habia autorizado dos horas solamente de sesiones, i viendo por otra parte la buena disposición en que se hallaban algunos señores para retirarse, se resolvió por la negativa, con lo que se levantó la sesion.


ANEXOS[editar]

Núm. 151[editar]

Conciudadanos del Senado i de la Cámara de Diputados:

El proyecto de lei que someto a la discusion del Cuerpo Lejislativo, se recomienda por los mismos principios que el que en 12 de Octubre del año próximo pasado tuve por conveniente proponeros, i que, aceptado sustancialmente por vosotros, obtuvo en seguida una sanción no ménos respetable, ni ménos grata a mis sentimientos, en la satisfaccion i regocijo con que fué recibida la lei de 29 de Octubre por toda la nacion chilena.

El proyecto que ahora os dirijo es un complementó necesario de aquella medida; complemento invocado por todos los que recuerdan la época azaroza de desavenencias que pusieron en peligro el porvenir de Chile; complemento destinado a cerrar para siempre (como yo lo espero) la herida dolorosa que dejaron nuestras disenciones domésticas en el seno de la patria.

Los motivos que pudieron alegarse para retardarlo han dejado de existir, i yo no puedo dejar de recordaros que entre los partícipes de la lei que voi a proponeros, hai nombres que figurarán con honor en las pájinas que recuerden al mundo la fundacion de la libertad i la independencia chilena.

La objecion del gravámen que esta providencia ocasionará al Erario, no debe prevalecer sobre las consideraciones de bien entendida política que en mi concepto la apoyan, i perderá, ademas, mucha parte de su fuerza, si se tiene presente, que los oficiales comprendidos en ella no estarán en actividad de servicio, miéntras el Gobierno no crea necesario emplearlos, i sólo recibirán una parte de sus sueldos conforme a la lei.

En virtud de las razones que acabo de esponeros con acuerdo del Consejo de Estado someto a vuestra deliberacion el siguiente

PROYECTO DE LEI:

Artículo primero. Serán rehabilitados a sus grados i empleos los jenerales, jefes i oficiales separados del servicio a consecuencia de los acuerdos del Congreso de Plenipotenciarios, de 9 de Marzo i 15 de Abril de 1830, i de los decretos del Gobierno del mismo año.

Art. 2.º Las viudas, hijos i madres de los individuos designados en el artículo anterior, que hubiesen fallecido despues de dichos acuerdos i decretos, gozarán desde la promulgacion de la presente lei del montepío militar, conforme al respectivo reglamento si por él les correspondiere.

Santiago, Setiembre 6 de 1842. —Manuel Búlnes. —J. Santiago Aldunate.


Núm. 152[editar]

ALTA DE JENERALES I OFICIALES DEL EJÉRCITO

He acordado i decreto:

Artículo primero. Los jenerales, jefes i oficiales separados del servicio en consecuencia de los decretos del Congreso Nacional de Plenipotenciarios de 7 de Marzo i 15 de Abril de 1830 serán rehabilitados a sus honores i empleos si se presentaren al Gobierno solicitándolo, dentro de cuatro meses los que estén en el territorio de la República, i dentro de ocho los que se hallen fuera de él, contados ámbos términos desde la promulgacion de la presente lei.

Art. 2.º Se esceptúan:

  1. Los que salieron del territorio de la República en virtud de decreto especial;
  2. Los que han sido sentenciados por delitos o crímenes posteriores, o se hallen actualmente procesados;
  3. Los que hubieren tomado partido con el enemigo durante la última guerra con don Andrés Santa Cruz, o se hubieren empleado en servicio de alguna potencia estranjera;
  4. Los que despues de reformados volvieron a incorporarse en el ejército;
  5. Los que empezaron sus servicios despues del año de 1826;
  6. Los que llamados especialmente al servicio en la última guerra se escusaron de admitirlo.

Art. 3.º Las viudas i huérfanos de los dados de baja que hubieren fallecido en los años corridos desde 1830, gozaran del montepío designado por la lei si sus maridos o padres no se hallaban comprendidos en las escepciones espresauas en el artículo 2.º

Art. 4.º Declaro por el presente decreto cerrado el uso de las facultades estraordinarias conferidas al Gobierno por la lei de 31 de Enero de 1837.

Tómese razon i publíquese. —Santiago, Mayo 31 de 1839. —Prieto. Mariano de Egaña.


Núm. 153[editar]

Comprendidos en las escepcioiies del decreto de 31 de Mayo de 1839

Capitan Jeneral, don Ramón Freire.

Coroneles graduados, don Salvador Puga, don José Antonio Cotapos. Artículos de escepciones 1.° i 2.° Don Pedro Barnechea i don Pedro José Rojas. Artículo 2.° de escepciones.

Teniente-Coronel con grado de Coronel de milicias, don Francisco Porras. Artículo 5.° de escepciones.

Sarjento Mayor, don Justo Rivera. Artículo 2.° de escepciones.

Capitanes, don Eusebio Ruiz. Artículo 2.° de escepciones. Don Felipe Rosa i don Pablo Huerta. Artículos de escepciones 4.° i 1.° respectivamente.

Tenientes, don José Antonio Rivero. Artículo 5.° de escepciones. Don José Manuel Dávila. Don Segundo Tolosa. Artículo 4.° de escepciones.

Subtenientes, don Pedro Corail, don Bernardo Moreno i don Santiago Moreno. Artículo 5.° de escepciones.

Teniente, don Juan José Godoi. Artículo 1.° escepciones.

Alférez, Victorino Domínguez. Artículo 1.° de de escepciones.

No están comprendidos en las escepciones del decreto de 31 de Mayo de 1839.

Don Juan Gregorio de las Heras, Jeneral de Division.

(T. C.) don José Francisco Gana. Coronel graduado.

(S. M.), don Agustín Gana, Teniente Coronel graduado.

Capitan, don Francisco Fuentes.

Id. id. José Monreal.

Capitan don José Antonio Novoa,

Id. id. Joaquín Oliva graduado de Sarjento Mayor.

Teniente, don Manuel Badilla.

Id. id. Lúcas González.

Id. id. J. Francisco Navarro.

Id. id. José Antonio Reveco.

Id. id. Félix Bazan.

Id. id. Jacinto Holley.

Subten. id. Matías Balbontin.

Id. id. Lorenzo Sanhueza.

Id. id. José María Oñate.

Id. id. Luis Villegas.


Núm. 154[editar]

Conciudadanos del Senado i de la Cámara de Diputados:

Recompensar los servicios prestados a la patria durante la guerra de la Independencia, es el uso mes noble que podéis hacer de una de vuestras atribuciones, i no debe sorprendernos el proyecto de lei que someto a vuestra deliberacion, cuando consideréis que el Gobierno se propone en él un fin digno de la Nacion que representáis. Felizmente hemos llegado a una época en que la paz, el órden i las instituciones están sólidamente afianzadas entre nosotros i podemos ya tender la vista sobre aquellos que nos pusieron en el camino de obtener tan inestimables beneficios. El Jeneral San Martin merece, sin duda, ser contado en este número i exije un recuerdo que le manifieste nuestra gratitud. Existe hoi en paises extranjeros i se halla en el último tercio de su vida. No seria honroso para Chile dejarle morir condenado al olvido en medio de la abundancia i prosperidad de que afortunadamente gozamos, mas no contando él, como cuentan los militares a que se refieren los mensajes que os dirijo con esta fecha, el tiempo de servicio que exije la lei para obtener Cédula de retiro, el abono a titulo de pension durante su vida, del sueldo que le corresponde por su empleo, sería una demostracion de la gratitud que le debemos; pero careciendo el Gobierno de facultades para acordarlo a los militares que se hallan fuera del territorio de la República, ocurre a vosotros i de acuerdo con el Consejo de Estado os propone el siguiente

PROYECTO DE LEI:

Al Jeneral don José de San Martin se le considerará por toda su vida como en servicio activo en el ejército, i se le abonará el sueldo íntegro correspondiente a su clase, aun cuando resida fuera del territorio de la República.

Santiago, Setiembre de 6 1842. —Manuel Búlnes. —J. Santiago Aldunate.

Núm. 155[editar]

Conciudadanos del Senado i de la Cámara de Diputados:

El estado decadente de la salud del Capitan Jeneral don Bernardo O'Hijigins le obligó a solicitar permiso del Gobierno por el término de un año para permanecer fuera del territorio de la República con el fin de restablecerla; mas no podiendo asegurarse de un modo preciso el tiempo en que podrá efectuar su regreso en vista de las prórrogas que posteriormente ha solicitado i se le han concedido con el mismo fin, puede asegurarse talvez con certidumbre que el mencionado Jeneral no llegará a gozar en el todo de la recompensa que acordásteis a sus importantes servicios prestados a la patria, si ha de carecer como hasta ahora aun del sueldo que como retirado pudiera corresponderle por hallarse prohibido su abono a los que residen fuera del territorio de la República. Cualquiera escepcion de esta regla que acordáseis en favor del Jeneral O'Higgins seria una muestra manifiesta de gratitud nacional a los que nos pusieron en el camino de obtener la paz, órden e instituciones de que hoi gozamos, i por lo mismo el Presidente de la República, de acuerdo con el Consejo de Estado, propone a vuestra aprobacion el siguiente

PROYECTO DE LEI:

El Capitan Jeneral don Bernardo O'Higgins gozará del sueldo que por sus servicios le corresponda, aun cuando residiere fuera del territorio de la República.

Santiago, Setiembre 6 de 1842. —Manuel Búlnes. —J. Santiago Aldunate.


Núm. 156[editar]

La Comision de Justicia juzga que el Congreso Nacional atendiendo a los m.jntos i servícios prestados por don Vicente Urbistondo, i a la miserable situacion a que en el dia se ve reducida su familia, debe conceder a su esposa doña Rosa González de Urbistondo dos años de espera para que pague la deuda fiscal de $ 4,130 a que es responsable su casa de la calle de la Catedral, sin que entre tanto pueda ser molestada con ejecucion ni procedimiento alguno judicial, i sin incurrir tampoco en los intereses penales sino despues de espirado el término de esta moratoria.

Sala de la Comision, Santiago, Setiembre 5 de 1842. José Santiago Velásquez. —P. Palazuelos. —M. Santiago Concha.


Núm. 157[editar]

La Comision Militar ha examinado el anterior proyecto de lei que el Presidente de la República ha elevado a la Lejislatura, i es de sentir que la Cámara debe aprobarlo en todas sus partes.

Sala de la Comision, Setiembre 7 de 1842. —Agustín López. —Pedro Nolasco Vidal. —Ramon Vial.


Núm. 158[editar]

La Comision Militar ha examinado el anterior proyecto de lei i cree escusado alegar otras razones que las que el Presidente de la República espone en su mensaje para que la Cámara le preste su aprobacion.

Sala de la Comision, Setiembre 7 de 1842. —Agustín López. —Pedro Nolasco Vidal. —Ramon Vial.


Núm. 159[editar]

La Comision Militar ha examinado el anterior proyecto de lei i cree escusado alegar otras razones que las que el Presidente de la República espone en su mensaje para que la Cámara le preste su aprobacion.

Sala de la Comision, Setiembre 7 de 1842. —Agustín López. —Pedro Nolasco Vidal. —Ramon Vial.


  1. Esta sesion ha sido tomada de Semanario de Santiago, núm. 9, de 8 de Setiembre de 1842. —(Nota del recopilador).