Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1842/Sesión de la Cámara de Senadores, en 24 de junio de 1842
CÁMARA DE SENADORES SESION 6.ª EN 24 DE JUNIO DE 1842 PRESIDENCIA DE DON JOSÉ MIGUEL IRARRÁZAVAL CUENTA[editar]Se da cuenta:
ACUERDOS[editar]Se acuerda:
ACTA[editar]SESION DEL 24 DE JUNIO DE 1842
Asistieron los señores Irarrázaval, Barros, Bello, Benavente, Egaña, Formas, Omtúzar, Ossa, Ovalle Landa, Solar, Subercaseaux i Vial del Rio. Aprobada el acta de la sesion anterior se dió cuenta de un mensaje del Presidente de la República en que inicia un proyecto de lei para que se señale un sobresueldo a los jefes, oficiales e individuos de tropa que se emplearen en la guarnicion de los departamentos del Norte de la República, i se puso en tabla para segunda lectura. Se leyó un oficio de la ▼Cámara de Diputados invitando a la de ▼Senadores a que nombre una Comision que se una con la de ▼Hacienda de esa Cámara para el exámen de los ▼gastos del servicio público durante el año de 1841 i de los presupuestos para el año de 1843; i se mandó tener presente para considerarse en la sesion actual. Se le dió cuenta de lo que espone la Comision de Hacienda en las solicitudes de doña Dolores Noguerol, doña María Suárez i doña Josefa Zúñiga, en que por los motivos que espresa reserva a la discrecion de la Sala el resolver lo que crea por conveniente; i se manda que dichos asuntos volviesen a la Comision para que informe sobre si deben o no concederse las gracias que se solicitan. Leyóse una nota del contador de la Caja de Crédito Público con que remite la llave de la caja en que está guardado el gran libro del crédito Público, que segun la lei debe quedar en poder del Presidente del Senado; i para evitar en lo sucesivo el estravío de dicha llave, se acordó que su trasmision se anotase en el acta del dia. Ultimamente se leyó una representacion de los ▼capellanes de coro de la ▼Iglesia Metropolitana en que se espone que por el ▼proyecto de lei sobre distribucion de la masa decimal se aumentan considerablemente las obligaciones de sus servicios i piden que se haga tambien un aumento en la dotacion que se les señala, i se acordó tener presente esta representacion al tiempo de discutirse el artículo a que se refiere. Se tomo en consideracion el oficio de la ▼Cámara de Diputados de que arriba se ha hecho mencion; i habiendo acordado la Sala por unanimidad que se nombrase una ▼comision especial, cor forme a la invitacion contenida en dicha nota, el señor Presidente designó para que la compusiesen a los señores don Diego José Benavente, don ▼Mariano Egaña i don ▼José Manuel Ortúzar, lo que se mandó comunicar a la otra Cámara sin esperar la aprobacion del acta. Continuó la segunda discusion del artículo 1.º del ▼proyecto de lei sobre distribucion de la masa decimal i concluido el debate, se procedió a votar solo las enmiendas propuestas principiando por la que hizo el señor Benavente para que se suprimiese dicho artículo; i habiendo resultado ocho votos por la afirmativa i tres por la negativa quedó ▼suprimido el artículo 1.º no entrando en esta votacion el señor ▼Vial del Rio, porque ántes se habia retirado de la Sala. En este estado se levantó la sesion, quedando en tabla para la próxima discusion por menor de los proyectos de lei sobre distribucion de diezmos i sobre arreglo de pesos i medidas. —Irarrazaval. ANEXOS[editar]Núm. 27[editar]▼Conciudadanos del ▼Senado i de la ▼Cámara de Diputados: La distancia en que se hallan situados los ▼departamentos del Norte de la ▼República, el aislamiento que separa a unos de otros, la naturaleza de los trabajos en que se ocupan sus habitantes, i la vecindad de las provincias trasandinas, son motivos poderosos que demandan preferente atencion, el que se proporcione a las respectivas autoridades la fuerza veterana de que necesitan para conservar el orden i atender a la seguridad de aquellos departamentos. El Gobierno aunque convencido de tan urjente necesidad, se halla embarazado para aumentar como debiera la guarnicion de dichos pueblos desde que ha llegado a conocer que el escesivo ▼precio que tienen allí los artículos de subsistencia hace del todo imposible que el ofi ▼cial i el soldado puedan atender a sus necesidades con el ▼sueldo que se le señala en el reglamento. Este conocimiento i la firme persuacion de que tal estado podría comprometer la moral i disciplina de la tropa, le obligaron a dictar algunas providencias que alivian la situacion de la que al presente se halla de servicio; mas no pudiendo considerarse subsistentes otras providencias i ménos hacer estensivas a la fuerza con que debe aumentarse aquella guarnicion, sin que el Gobierno sea autorizado especialmente para ello el ▼Presidente de la República, de acuerdo con el Consejo de Estado somete a la aprobacion del ▼Congreso nacional el siguiente ▼PROYECTO DE LEI:
Los jefes del ▼ejército veterano que se emplearen en la guarnicion del departamento de la Serena gozarán del ▼sobresueldo de $ 12 mensuales; los oficiales desde capitan inclusive abajo el de $ 8; i los individuos de tropa el de $ 3 cada uno. Los jefes del ejército veterano que se emplearen en la guarnicion de los departamentos del Huasco o Copiapó gozarán del sobre sueldo de $ 20 mensuales; los ▼oficiales desde capitan inclusive abajo el de $ 15, i los individuos de tropa el de $ 6 cada uno. La presente lei deroga la de 9 de Setiembre de 1834 por la cual se señaló el sobre sueldo de $ 1 mensual a los individuos de tropa que se emplearen en la guarnicion de la provincia de Coquimbo. Santiago, Junio 21 de 1842. —▼Manuel Búlnes. —▼J. Santiago Aldunate. Núm. 28[editar]▼Esta ▼Cámara en sesion de ayer ha acordado invitar a la que V. E. preside para que nombre una ▼comision de su seno que en union con la de ▼Hacienda de la de Diputados, procedan al exámen de las cuentas de ▼gastos públicos en el año de 1841, i presupuestos para el de 1843, que el ▼Presidente de la República ha sometido ya a la aprobacion del ▼Congreso a fin de obviar con mas facilidad las dificultades que puedan ocurrir. La esperiencia de los retardos sufridos en años anteriores en el conocimiento de iguales asuntos han obligado a esta Cámara a adoptar este arbitrio, que no dudo sea de la aprobacion del Senado. Dios guarde a V. E. —Santiago, Junio 20 de 1842. -▼José Ignacio de Eyzaguirre. —▼José Miguel Arístegui, Diputado-Secretario. —A S. E. el ▼Presidente de la Cámara de Senadores. Núm. 29[editar]▼La ▼Comision de Hacienda, considerando que son puramente de gracia las solicitudes dirijidas al ▼Congreso Nacioral por doña Dolores Noguerol, doña María Suárez i doña Josefa Zúñiga para que se les concedan ▼pensiones alimenticias, i atendiendo a que otras solicitudes fundadas en motivos de justicia aun no han sido despachadas, sin duda porque el ▼Erario público en su actual estado no puede recargarse con nuevos gravámenes, reserva a la discrecion de la Sala el adoptar en estos asuntos la resolucion que crea mas conveniente. Sala de la Comision, Junio 24 de 1842. —Barros. —Formas. Núm. 30[editar]▼Luego que recibí el oficio de V. E, fecha 8 de Octubre próximo pasado, en que me dice que el señor ▼Presidente del Senado le ha ordenado dirijirse a mí para que averigüe el paradero de las llaves de la caja en que está guardado el gran libro del ▼Crédito Público, las que deben depositarse conforme lo dispone la lei; hice las mas activas dilijencias por encontrarlas, i cuando ya desesperaba de conseguirlo, hallé una en poder de los herederos del finado señor ▼Senador don ▼Agustin Vial, otra en el del señor don ▼Santiago Echevers como Presidente que fué de la ▼Cámara de Diputados, i la tercera se hallaba en el ▼Ministerio de Hacienda, en donde debe quedar a disposicion del señor Ministro. En esta virtud remito a V. S. una de ellas, a que se sirva pasarla al señor Presidente del Senado, i la otra dirijo en esta ocasion al señor Presidente de la Cámara de Diputados. Dios guarde a V. E. —▼Miguel del Fierro. —Al señor Secretario de la Cámara de Senadores. |