Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1842/Sesión de la Cámara de Senadores, en 4 de noviembre de 1842

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Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1842)
Sesión de la Cámara de Senadores, en 4 de noviembre de 1842
CÁMARA DE SENADORES
SESION 4.ª ESTRAORDINARIA EN 4 DE NOVIEMBRE DE 1842
PRESIDENCIA DE DON JOSÉ MIGUEL IRARRÁZAVAL



SUMARIO. —Nómina de los asistentes. -Aprobacion del acta precedente. -Cuenta. —Nuevos asuntos incluidos en la convocatoria. -Sellos de los boletos de calificacion. —Nota de don Salvador Sanfuentes. —Cuestion del Macedonio i el Gazelle. -Acta. -Anexos.

CUENTA[editar]

Se da cuenta:

  1. De un oficio por el cual el Presidente de la República comunica que ha acordado incluir entre los asuntos de la convocatoria los proyectos de lei que fijan el valor de los documentos estendidos en papel no competente. (Anexo núm. 269. V. sesion del 15 de Octubre último).
  2. De otro por el cual el mismo Majistrado comunica que ha mandado que los boletos de calificacion se estampen con el sello del Ministerio del Interior. (Anexos núm. 270 i 271. V. sesion del 10 de Setiembre de 1839).
  3. De una nota por la cual don Salvador Sanfuentes i Torres comunica que acepta el cargo de miembro de la Junta Revisora del Proyecto de Código Civil. (Anexo núm. 272. V. sesiones del 19 i el 28 de Octubre de 1842 i 24 de Julio de 1844).

ACUERDOS[editar]

Se acuerda:

  1. Contestar al Gobierno que ya fué despachado por el Senado i se encuentra en la Cámara de Diputados el proyecto de lei que fija el valor de los documentos estendidos en papel no competente. (V. sesion del 18).
  2. Aprobar en la forma que consta en el acta los artículos 2.º, 3.º,4.º i 5.º del proyecto de lei que autoriza al Gobierno para terminar la cuestion del Macedonio i la Gazelle i comunicarlo a la otra Cámara sin esperar la aprobacion del acta. (V. las sesiones del 2 de Noviembre i 28 de Diciembre de 1842).

=== ACTA ===
SESION DEL 4 DE NOVIEMBRE DE 1842

Asistieron los señores Irarrázaval, Bello, Benavente, Cavareda, Echevers, Egaña, Ovalle Landa, Portales, Solar, Subercaseaux i Vial del Rio.

Aprobada el acta de la sesion anterior, se leyó un mensaje del Presidente de la República en que agrega a los asuntos espresados en la convocatoria a sesiones estraordinarias la consulta dirijida al Congreso sobre el valor que deben tener en juicio los documentos que no estuviesen estendidos en el papel sellado correspondiente; i hallándose despachada dicha consulta por ésta Cámara i remitida a la de Diputados, se acordó esponerlo así al Presidente de la República en contestacion a su mensaje i que éste se tuviese presente cuando volviese de la otra Cámara la consulta referida.

Leyóse tambien un oficio del Presidente de la República en que anuncia haber dispuesto se estampe en los boletos de calificacion el sello del Ministerio del Interior, a consecuencia de la nota en que el Presidente del Senado le habia comunicado esta determinacion; i se mandó archivar

Se dió cuenta de la contestacion del licenciado don Salvador Sanfuentes i Torres al oficio que se le habia pasado por Secretaría comunicándole su nombramiento como miembro de la Junta Revisora del Proyecto de Código Civil; i se mandó archivar.

Hallándose presente los señores Ministros de Relaciones Esteriores i de Hacienda, continuó la discusion por menor del proyecto de lei en que se contiene una transaccion relativa a los apresamientos hechos en el puerto de Supe i a bordo del bergantin La Gazelle i oidas las esposiciones de los mencionados señores Ministros, los artículos 2.º, 3.º i 4.º del presente proyecto de lei fueron aprobados por unanimidad, escepto en cuanto los artículos 2.º i 4.º previenen que los intereses del 5 % sean de pesos fuertes, contra la cual votó el señor Egaña. En la discusion del artículo 5.º hizo una indicacion el señor Egaña para que se agregase una cláusula espresando que podrán suspenderse así mismo los pagos pendientes despues del año de 1843, siempre que apareciesen documentos que justificasen la ilegalidad del reclamo. El señor Presidente hizo otra indicacion para que se suprimiese el artículo pendiente; i habiéndose procedido a votar primeramente sobre ésta, resultó desechada por diez votos contra uno.

En seguida se puso a votacion el artículo 5.º i fué aprobado por ocho votos contra tres. Ultimamente se votó sobre la adicion propuesta por señor Egaña; la que fué desechada por ocho votos contra tres. Los artículos acordados son del tenor siguiente:

"Art. 2.º Los intereses de esta cantidad, a razon de $ 5.00 fuertes por ciento al año, corridos desde las fechas de los apresamientos hasta la fecha de la presente lei, se capitalizarán i se agregarán a la sobredicha cantidad de $ 104.000 fuertes.

Art. 3.º El capital que compongan la sobredicha partida i los intereses capitalizados, se dividirá en siete porciones iguales, la primera de las cuales se tendrá a disposicion del Gobierno de los Estados Unidos el 2 de Enero de 1843; i las otras seis porciones se tendrán así mismo a disposicion del Gobierno de los Estados Unidos el dia 2 de Enero de los seis años subsiguientes, una partida cada año.

Art. 4.º Se pagarán junto con cada una de estas partidas el interes anual que a razon de $ 5.00 fuertes por ciento, desde la fecha de la presente lei, corresponda a la suma que hasta la fecha de cada pago se adeuda.

Art. 5.º Si para el 2 de Enero de 1843 el Gobierno de Chile se hallase en posesion de documentos que demostrasen la ilejitimidad del reclamo, en tal caso el Gobierno de Chile suspenderá dichos pagos hasta que el asunto se arregle a satisfaccion de ámbos Gobiernos."

Se acordó por fin comunicar este proyecto de lei a la otra Cámara sin esperar aprobacion del acta, con lo cual se levantó la sesion, quedando en tabla para la próxima la declaracion sobre el artículo 6.º de la lei de alcabalas, la autorizacion para la compra del campo de instruccion i el proyecto de lei sobre nombramiento i dotacion de jueces. —IRARRÁZABAL.


SESION DEL 4 DE NOVIEMBRE [1]

Duró desde las ocho i media hasta las diez de la noche. Aprobada el acta se dió cuenta de un mensaje del Ejecutivo recomendando el pronto despacho de la lei sobre papel sellado que pende de esta Cámara i de una contestacion del licenciado don Salvador Sanfuentes al oficio que se le dirijió por secretaría, anunciándole haber sido nombrado para reintegrar la Comision Revisora del Código Civil. Mandóse contestar el primero i archivar la segunda i con presencia de los señores Ministros del despacho se procedió en acto continuó a la discusion particular del proyecto de transaccion con el encargado de negocios Norte-Americano de que se trató en la sesion pendiente. Dejamos de copiarlo por haber ya dado cuenta en uno de nuestros números anteriores. Tiene cinco artículos que disponen en resúmen se paguen al Gobierno de Estados Unidos los $ 104,000 fuertes apresados, con mas los intereses del 5 % al año desde la fecha del apresamiento hasta la promulgacion de la lei, por séptimas partes entregables el 2 de Enero de cada año, debiendo contarse estos desde el próximo de 1843. Despues de algun debate en que tomaron parte los señores Benavente, Bello i los referidos Ministros, a fin de salvar las dudas que ocurrían al señor Egaña sobre el pago de los réditos, fueron aprobados unánimemente tres de sus artículos, i los dos restantes por nueve votos contra tres. En este estado se levantó la sesion quedando en tabla para la siguiente el proyecto discutido en la pasada sobre compra de un campo de Marte.


ANEXOS[editar]

Núm. 269[editar]

Conciudadanos del Senado i de la Cámara de Diputados:

Entre los asuntos que están actualmente sometidos a vuestra deliberacion, uno de los que exijen mas imperiosamente un pronto despacho, es la lei que ha de fijar el valor que deban tener en juicio los documentos otorgados en papel simple, o de un sello no correspondiente. La diverjencia de opiniones que sobre esta materia existe entre los diversos juzgados i tribunales de la Nacion, produce una perplejidad funesta en el comercio, en las transacciones i en los juicios i son demasiado conocidos los clamores con que diversas veces se ha solicitado una resolucion que la haga desaparecer. No dudo, pues, que persuadidos vosotros de la instancia con que este mal pide remedio, le concedereis la atencion que merece en vuestras actuales sesiones, i os servireis espedir con la posible brevedad, la declaracion que con tanta impaciencia se desea i cuya falta ocasiona tan graves embarazos en la administracion de justicia.

Santiago, Noviembre 2 de 1842. —Manuel Búlnes. Manuel Montt.


Núm. 270[editar]

A consecuencia de la determinacion que V. E. me comunica por su nota número 34, de 29 del pasado, se ha dispuesto ya que en las calificaciones que han de servir para el trienio inmediato se estampe el sello del Ministerio del Interior, lo que pongo en conocimiento de V. E. en contestacion a su citada nota.

Dios guarde a V. E. —Santiago, 2 de Noviembre de 1842. —Manuel Búlnes. Ramon Luis Irarrázaval. —A S. E. el Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm. 271[editar]

En contestacion al mensaje que V. E. se ha servido pasar a esta Cámara para que se resuelva por el Congreso la consulta pendiente sobre el valor que deben obtener en juicio los documentos que no estuvieren estendidos en papel sellado competente, tengo el honor de esponer a V. E. que la referida consulta ha sido despachada por el Senado i remitida a la Cámara de Diputados, i que a su tiempo oportuno se tendrá presente la recomendacion de V. E. para que se espida en las actuales sesiones estraordinarias la declaracion correspondiente.

Dios guarde a V. E —Santiago, 5 de Noviembre de 1842. —A S. E. el Presidente de la República.


Núm. 272[editar]

Tengo el honor de acusar recibo de la apreciable nota, fecha 20 de Octubre próximo pasado, en que me participa Ud. el nombramiento que se ha dignado hacer en mí el Excmo. Senado, para miembro de la Junta Revisora del Proyecto de Código Civil.

Persuadido como estoi íntimamente, de la insuficiencia de mis conocimientos para desempeñar con el debido acierto el distinguido cargo que se me ha conferido, solo puedo asegurar que no omitiré esfuerzo alguno, para corresponder en cuanto me sea posible, a la confianza honrosa con que se ha servido favorecerme el Excmo. Senado.

Dios guarde a V. E. —Santiago, 3 de Noviembre de 1842. Salvador Sanfuentes Torres —Al señor Secretario de la Excma. Cámara de Senadores.


  1. Esta sesion ha sido tomada de El Semanario de Santiago, núm. 19, de 10 de Noviembre de 1842. -(Nota del Recopilador).