Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1843/Sesión de la Cámara de Diputados, en 14 de julio de 1843

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Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1843)
Sesión de la Cámara de Diputados, en 14 de julio de 1843
CÁMARA DE DIPUTADOS
SESION 17ª. EN 14 DE JULIO DE 1843
PRESIDENCIA DE DON FRANCISCO ANTONIO PINTO


SUMARIO. —Nómina de los asistentes. —Aprobacion del acta precedente. —Cuenta. —Proyectos de lei aprobados en favor de don J. F, Cárdenas i de doña Nicolasa Romero. —Solicitud de doña Dolores Santander viuda de Aspillaga. —Id. de doña María Urízar viuda de Prado. —Id. de doña Joaquina Vera. —Id. de don F. Tagle. —Proyecto de abolicion del estanco. —Amonedacion de plata. —Solicitud de doña Javiera Mascayano. —Impuesto sobre los carruajes en Valparaiso. —Restricciones a las peticiones de gracia.— Solicitud de doña Josefa Várgas. —Id. de doña Micaela Verdugo. —Acta.—Anexos.

CUENTA[editar]

Se da cuenta:

  1. De un oficio por el cual el Gobierno avisa que queda instruido de la renovacion de la Mesa.
  2. De otro oficio con que el Senado devuelve aprobado el proyecto de lei que manda pagar cierta suma de dinero a don Juan Felipe Cárdenas. (Anexo núm. 218. V. sesion del 3 de Octubre de 1842).
  3. De otro oficio con que la misma Cámara devuelve aprobado el proyecto de lei que otorga una pension a doña Nicolasa Romero viuda de Segovia. (Anexo núm. 219. V. sesion del 17 de Setiembre de 1841).
  4. De un informe de la Comision de Peticiones sobre la de doña Joaquina Vera. (V. sesion del 5).
  5. De otro informe de la misma Comision sobre la solicitud de don Francisco Tagle. (V. sesiones del 18 de Julio de 1834 i 19 de Junio de 1833).
  6. De otro informe de la Comision de Justicia i Gobierno sobre la solicitud de doña Javiera Mascayano. (V. sesiones del 10 de Octubre de 1842 i 11 de Octubre de 1843)
  7. De Otro informe de la misma Comision sobre el proyecto de lei que grava los carruajes de Valparaíso con un impuesto en favor de la Municipalidad. (V. sesiones del 3 de Octubre de 1842 i 17 de Julio de 1843).
  8. De una mocion propuesta por don Antonio García Reyes para restrinjir la libertad de admitir solicitudes de gracia. (Anexo núm. 220 V. sesion del 17).
  9. De una solicitud de doña Dolores Santander viuda de Aspillaga en demanda de viudedad.
  10. De otra solicitud entablada por do ña María Urízar viuda de Prado en demanda de montepío.

ACUERDOS[editar]

Se acuerda:

  1. Comunicar al Gobierno la lei que manda pagar una suma de dinero a don J. F. Cárdenas. (Anexo núm. 221).
  2. Comunicarle asimismo la lei que otorga una pensiona doña Nicolasa Romero viuda de Segovia. (Anexo núm. 222).
  3. Pedir informe a la Comision de Peticiones sobre la de doña Dolores Santander viuda de Aspillaga. (V. sesion del 25 de Setiembre de 1843).
  4. Pedir informe a la misma Comision sobre la solicitud de doña María Urízar viuda de Prado (V. sesion del 30 de Agosto de 1844).
  5. Pedir informe a la Comision Militar sobre la solicitud de doña Joaquin H Vera. (V. sesion del 24).
  6. Pedir informe a la Comision de Hacienda sobre la solicitud de don Francisco Tagle Echeverría. (V. sesion del 17).
  7. Aguardar a oir al Ministro de Hacienda para votar el proyecto de lei que suprime el estanco. (Anexo núm. 223. V. sesiones del 12 de Julio de 1841 i 10 de Agosto de 1844).
  8. Aguardar a oir al mismo funcionario; a discutir en particular el proyecto de lei que manda emitir moneda de plata, i mientras tanto aprobarlo en jeneral. (V. sesiones del 12 i el 21).
  9. Aprobar el acuerdo del Senado sobre la solicitud de doña Juana Várgas. acuerdo que niega pension a la peticionaria.
  10. Desechar el informe de la Comision de Hacienda sobre la solicitud de doña Micaela Verdugo viuda de Gazitúa, informe que le asigna una pension de $ 8 mensuales, i volver el asunto a comision.

ACTA[editar]

SESION DEL 14 DE JULIO DE 1843

Se abrió con los señores Aldunate, Arteaga, Covarrúbias, Cifuentes, Eyzaguirre, Errázuriz don Ramon, Formas, Gana, Gandarillas, García de la Huerta. García Reyes, Huidobro, Iñiguez, Lazcano, Lastarria, Lastra, López, Necochea, Orrego, Palacios, Palazuelos, Palma, Pérez, Pinto, Prieto, Renjifo, Rosas, Seco, Toro don Bernardo, Toro don Santiago, Varas, Vial don Manuel, Vial don Ramon, Vila, Vidal, Urriola i Barra.

Aprobada el acta de la anterior, se leyeron tres oficios, uno del Presidente de la República en que avisa quedar instruido de la eleccion de Presidente i Vice i dos del Senado comunicando la aprobacion de los proyectos acordados por esta Cámara en favor de don Juan Felipe Cárdenas i doña Nicolasa Romero; el piimero se mandó archivar i los dos últimos trascribir al Ejecutivo.

Luego se dió cuenta de las solicitudes de doña Dolores Santander viuda de don Manuel José Aspillaga, Ministro de la Corte de Apelaciones, para que se le asigne una pension i de doña María Urizar viuda del teniente coronel don Pedro Antonio Prado para que se le conceda montepío; ámbas se remitieron a la comision de peticiones.

También se dió cuenta de dos informes de la comision calificadora en la peticion de doña Joaquina Vera i en el espediente que sigue don Francisco Tagle con el Fisco sobre pago de honorario, este memorial se hallaba informado desde 1842; del primero se pidió informe a la comision militar i del segundo a la de hacienda.

Continuó la discusion jeneral de la mocion del señor Toro don Bernardo para suprimir el Estanco i estando para resolverse, el señor Lastarria pidió para emitir su voto se le suministrasen datos sobre los productos i gastos de la administracion de especies estancadas; se le contestó por el señor Eyzaguirre.

Con este motivo el señor Pérez indicó que para satisfacer mejor los deseos del señor Diputado preopinante, como por ser ésta una renta hipotecada al pago de la deuda estranjera, se debia oir al señor Ministro de Hacienda por lo que convenia se le citase para la sesion inmediata, i así se acordó. Igual acuerdo se celebró por indicacion del señor Toro para discutir la leí sobre moneda que se sometió inmediatamente a la consideracion de la Cámara i fué aprobada en jeneral.

A segunda hora se dió cuenta de les informes de la i omisión de Justicia i de la de Gobierno espedido en el periodo anterior en la solicitud de doña Javiera Mascayano i en el proyecto de lei para imponer una contribucion a los carruajes públicos de Valparaíso, i quedaron en tabla. Se leyó en seguida una mocion del señor García Reyes dirijida arestrinjir la libertad ilimitada que tiene la Cámara para admitir las peticiones de gracia; i se reservó para segunda lectura.

Despues se discutió el acuerdo del Senado en la solicitud de doña Josefa Várgas i se aprobó desechándose la pension que anteriormente se le había concedido.

Asimismo se desechó el informe de la comision de hacienda en la solicitud de doña Micaela Verdugo, por el que se le asignaban ocho pesos de pension alimenticia, i volvió a comision, con lo que se levantó la presente. —Pinto. —M. de la Barra.


SESION DEL 14 DE JULIO [1]

Aprobada el acta de la sesion anterior se ocupó la Cámara en varios asuntos particulares. En seguida se puso en discusion jeneral la mocion sobre el estanco; el señor Lastarria tomó la palabra i dijo mas o ménos lo que sigue:

No puedo votar sobre esta materia porque carezco absolutamente de datos; no sé ni las entradas que ha tenido el Erario desde el entablecimiento del monopolio ni el producto líquido, en fin, estoi a oscuras sobre el asunto de que se trata. He hablado con muchos señores Diputados quienes se encuentran lo mismo que yo, ignorantes de todo; soi pues de opinion que se llame al señor Ministro de Hicienda, quien podiá suficientemente instruimos sobre esta materia. De otro modo yo no puedo votar.

El señor Eyzaguirre tomó la palabra para su ministrar algunos datos al Diputado preopinante i despues de haberle instruido acerca de las entradas que tenia la administracion del estanco, sus productos líquidos, etc., dijo: El cálculo que acabo de hacer es conforme al que ha hecho el autor de la mocion con una diferencia de ménos de mil pesos, muí corta por consiguiente. Una variacion he notado en este cálculo, variacion que no me parece bien, pues el cálculo que ántes era mui aproximado, ahora no lo es a mi juicio. El consumo de un cuartillo que se calculaba, era talvez exajerado, pues hai muchas personas a quienes el cuartillo de tabaco dura una semana, i no es este el menor número; ahora el de un real, me parece pues que es mucho mas exajerado.

Obsérvese que hai familias enteras que no usan el tabaco, i entre las que consumen este jénero, hai mujeres, hii párvulos, personas que no acostumbran fumar. Tampoco estoi conforme con el argumento que se ha hecho, diciendo que el tabaco es una necesidad; yo entiendo por necesidad aquello sin lo cual el hombre no podria existir i bien se ve que se pudiera vivir mui bien sin el consumo del tabaco. El pobre mismo considera este consumo como un vicio, asi es que cuando se le pregunta ¿cuánto necesita?... responde—tanto para nu vicio. —Si el tabaco fuera una necesidad todos los vicios tendrían el mismo nombre, la bebida misma seria una necesidad. Muchos hai que no podrían pasar sin beber i nadie niega que la bebida es un vicio, el tabaco pues se encuentra en el mismo caso, es un vicio i siendo un vicio, sobre nada mejor que sobre él puede recaer el impuesto. Las demas razones que se han alegado en favor de la mocion las creo suficientemente refutadas; lo mismo digo con respecto al informe de la comision i he notado que aun el autor de la mocion discuerda con él.

El señor Palazuelos dijo: que tomaba la palabra, no para hablar a favor del proyecto, ni tampoco a favor de las opiniones que habian emitido en la sala algunos señores preopinantes; que tampoco se fijaban en el grave daño que sufrian los pobres de nuestros campos, i sólo llamaba la atencion de la Cámara a otro principio muí claro i es el prohibir a la tierra que produzca; que Dios habia dicho a la tierra de Chile produce el trigo, el maiz, la cebada i una lei venia a oponerse a las miras del Señor, a prohibirle que produjera. No quiero, dijo, entrar en la definicion de necesidades i sólo diré que si se admitieran las ya espresadas en la Cámara, vendria al fin el Gobierno a apalearnos con contribuciones i en tal caso el republicanismo i la democracia, no serian mas que un modo de vivir a nuestro antojo; nó: el verdadero republicanismo es la caridad cristiana, aplicada a nuestras instituciones. Por último, dijo: a mí me daiia vergüenza aparecer como hijo de un pueblo donde se prohibe a la tierra el producir. Despues de estas razones pasó a esponer las que tuvo presente la comision para reformo del modo que se habia visto el proyecto presentarlo por el señor Toro; que la comision había considerado que no seria posible privar de pronto al Gobierno de este recurso para satisfacer sus necesidades; que la comision habia pensado entonces en acercarse al Gobierno para saber de él mismo cuánto tiempo necesitaría de este establecimiento i que en efecto habia oido al Ministro de Hacienda i que éste había declarado que sólo necesitaba cuatro años a lo mas; en vista de esto i del crédito de que gozaba actualmente la nacion, el cual en casos críticos podia mui bien convertirlo en dinero, negociándolo como se negociaba una deuda, determinó la comision del modo que habia visto la Cámara, que este partido era el mas propio, era chileno.

El señor Pérez tomó la palabra i dijo: El señor Lastarria ha hecho una indicacion que a mi juicio es mui fundada. Me es mui estraño que la Cámara haya discutido un asunto tan importante sin haber oido al señor Ministro de Hacienda i sin tener un conocimiento exacto de la materia. Juzgo pues mui oportuna la observacion que ha hecho el señor Lastarria i me parece indispensable la presencia del señor Ministro para que pueda votarse con acierto.

EL señor Cifuentes dijo:

No concibo la necesidad de que venga el señor Ministro de Hacienda.

En la Memoria presentada al Congreso en 1841, están detallados con claridad todos los datos de que se quiere tener conocimiento; se sabe que las rentas han aumentado mas en el año de 1842, i para esto no creo necesaria la presencia del señor Ministro. Sin embargo soi de opinion que debe asistir a la discusion en jeneral del proyecto.

Se procedió a votacion i resultó de que debia llamarse al señor Ministro de Hacienda.

En seguida se leyó por el secretario un mensaje del Ejecutivo sobre la lei de moneda, aprobada ya por la Cámara de Senadores.

El señor Toro dijo que seria conveniente se nombrase una comision para que suministrase los datos que se le pidieran al efecto o que se hiciera llamar al señar Ministro de Hacienda con este objeto.

El señor Vial (don Manuel Camilo) dijo: La Cámara no puede dejar de ocuparse en un proyecto que ha sido presentado por el Ejecutivo, que ha sido sancionado por el Senado i que se halla informado por la comision respectiva. El reglamento de esta Cámara dice que todo proyecto debe pasar a una comision i recibido el informe de ésta proceder a su examen; el proyecto de amonedacion ha seguido ya todos estos trámites i la Cámara no puede dejar de discutirlo. Por otra parte el proyecto es tan sencillo, las razones en que se apoya tan obvias, que me parece imposible que pueda sujerir duda ninguna. Hai necesidad de un ájente de circulacion que facilite los cambios, esta necesidad se hace sentir desde mucho tiempo atras, se han aumentado las producciones i los cambios i por consiguiente se ha hecho mas indispensable el ájente de circulacion. Llenar esta necesidad es el fin que se propone el proyecto. En la discusion particular, podrá hacerse las reformas que se quiera, pero ahora la Cámara no puede dejar de aprobar las bases del proyecto. Se exijen datos i se desea saber cuál es la fuente de donde se han tomado.

Poco importa saber cuál es la fuente, si los datos son exactos; sin en bargo no puede ser otra que la Casa de Moneda, el precio corriente que tienen las pastas en el mercado i las operaciones practicadas por los empleados a quienes se ha cometido. No valdrá sin duda mas la opinion verbal del Ministro, que la que ha hecho en el mensaje, autorizada por el Presidente de la República. En él se encuentran cuantos datos pueden desearse, espresados con bastante claridad.

Debe pues procederse a la aprobacion, sin perjuicio de que P1 señor Ministro de Hacienda asista a la discusion particular.

El señor Toro no se opuso a que se aprobara el proyecto en jeneral, pero sí juzgó conveniente que se llamara al señor Ministro de Hacienda.

Se aprobó en jeneral.

A segunda hora, despues de un acuerdo particular, se leyó un mensaje del Presidente presentado a la Cámara el año pasado que tiene por objeto establecer una moderada contribucion a todos los carruajes de uso público que trafican por las calles de Valparaíso. Quedó en tabla.

El señor García Reyes presentó una mocion que tiene por objeto poner un dique al sin número de solicitudes particulares que infestan la Cámara. Se levantó la sesion.


ANEXOS[editar]

Núm. 218[editar]

El Senado ha prestado su aprobacion al proyecto de lei en que se manda pagar cantidad de pesos a don Juan Felipe Cárdenas en los mismos términos con que V. E. se sirvió anunciarlo en su nota de 4 de octubre del año próximo pasado.

Devuelvo los antecedentes. —Dios guarde a V. E. —Santiago julio 13 de 1843. —José Miguel Irarrázaval. —Francisco Bello, Pro Secretario. A S. E. el Presidente de la Cámara de Diputados.


Núm. 219[editar]

La Cámara de Senadores ha aprobado sin alteracion alguna el proyecto de lei acordado por la que V. E. preside en que se concede una pension a doña Nicolasa Romero viuda del ayudante mayor don Cipriano Segovia.

Devuelvo los antecedentes. —Dios guarde a V. E —Santiago. Julio 13 de 1843. —José Miguel Irarrázaval. —Francisco Bello, Pro-Secretario. —A S. E. el Presidente de la Cámara de Diputados.


Núm. 220 [2][editar]

El abuso temerario que se ha hecho de algún tiempo a esta parte del derecho de peticion para entablar solicitudes sobre pension de gracia, ha escitado justamente en el público una censura jeneral cuyos ecos se han dejado oir mas de una vez en esta sala Apénas hai deudo de un empleado difunto, por inferior que haya sido su jerarquía e insignificantes los servicios que ha prestado, que no se crea con derecho para presentarse al Congreso de mandando rentas i pretendiendo que el Erario Público caigue con la obligacion de mantenerlo. Por estrena que parezca esta pretension, vemos que cada dia se jeneraliza mas, que brotan solicitudes por momentos a cual mas inconsideradas i atrevidas, i que la Cámara tiene que consagrar una parte de su escaso tiempo en oir peticiones de interes privaeio, siempre onerosas al Tesoro Nacional i rara vez fundadas en la equidad ni en la justicia.

Por desgracia, la Cámara ha sido demasiado dócil a los estímulos de una conmiseracion no siempre bien entendida, de manera que, a fuerza de repetir unas tras otras las concesiones de gracias, se ha despertado un aliento jeneral para impetrarlas, i establecídose una especie de obligacion de concederlas, que pesa ya en la conciencia de algunos de los diputados.

No necesita la Cámara que encarezca cuán imprudente es esta jenerosidad, cuando las arcas nacionales están sobrecargadas con una deuda injente, cuando carecemos de caminos, de cárceles, de instrucción pública, de policia, de los primeros ramos de la ventura social, cuando está todavía por cimentarse el equilibrio de los ingresos con los gastos del servicio ordinario. Toda pension de gracia importa un nuevo capital impuesto sobre fondos públicos que reditúa para el agraciado i en este sentido el Congreso ha echado algunos centenares de miles sobre la Nacion que la agobian en el tiempo cabalmente en que esperaba salir de sus antiguos empeños. Lo mas notable que hai en este asunto es el contraste que forma esa facilidad con que se acuerdan gracias pecuniarias, con los entorpecimientos que encuentra el acreedor que cobra al Fisco lo que lejítimamente se le debe, no sólo en las leyes restrictivas que cierran la puerta a sus reclamos, sino en el celo con que los empleados defienden los intereses del Fisco. A seguir por mas tiempo en este sistema, seria preciso renunciar las vias de derecho i recurrir a las súplicas para obtener del Erario lo que lejítimamente se nos debe.

Pero no sólo es imprudente i perjudicial en sumo grado al tesoro nacional el abuso de que hablo, sino que envuelve en sí mismo un principio de verdadera injusticia, que ha hecho censurable muchas de las concesiones que ha otorgado la Cámara. No es posible, en la brevedad del tiempo que el Congreso Nacional funciona, ni la naturaleza misma de su organizacion i procedimientos, le permiten averiguar la verdad de los títulos que dan mérito a la solicitud; ni es de esperarse tampoco que se investigue el estado de fortuna de los peticionarios, ni la calidad de los servicios que hayan prestado a la patria.

De aquí es que se abre un ancho campo al influjo, al favoritismo, a la superchería, añadiendo así un motivo de escándalo a la natural sin razon de todos los actos de esta clase.

Si el remedio de este mal fuese la negativa de toda peticion infundada, no habria necesidad del acuerdo que voi a proponer a la Cámara, pero una triste esperiencia hace ver que se da curso i acojida a memoriales bien poco acreedores a la consideracion de la Cámara, i que accidentes, de cuyo influjo no es siempre dado libertarse, pueden comprometer el justo criterio que debe presidir sus deliberaciones. A mi juicio no hai otro remedio que cerrar la puerta a esa multitud de pretensiones que invaden diariamente a la Sala, que, de hacerlo así, ciertamente, no se ofende ningun derecho perfecto, ninguna obligacion positiva, i se someten a una regla jeneral i por lo mismo mas llevadera, todos los asuntos de igual naturaleza.

En esta virtud propongo a la Cámara el siguiente

PROYECTO DE ACUERDO [3]

"Artículo Primero. NO se dará curso a ningun memorial en solicitud de pension de gracia, a ménos que se funde en grandes servicios hechos a la República, justificados con documentos fehacientes.

Art. 2.° No se considerará como grandes servicios el desempeño regular i ordinario de un empleo rentado.

Art. 3.° Si alguna vez hubiese alguna solicitud fundada en tan poderosas razones de equidad que algún Diputado pida se le tome en consideracion, se procederá a ello, previo un acuerdo especial para aquel solo caso, que seguirá todos los trámites de una mocion.

Art. 4.° Para la concesion de gracias de esta especie, así como para la admision de la proposicion previa, de que habla el artículo precedente, deberá concurrir el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes en la Sala.

Art. 5.° No quedan comprendidos, en el presente acuerdo, las peticiones que se hallan en la actualidad pendientes."

Santiago, Julio 14 de 1843. —Antonio García Reyes.


Santiago, Julio 17 de 1843. —A la Comision de Lejislacion.


"Artículo Primero. Se dará el curso ordinario a toda solicitud de pension de gracia que se funde en grandes servicios prestados a la República, justificados por documentos o pruebas fehacientes. Art. 2.° Si la solicitud no se fundare en grandes servicios i éstos no estuviesen justificados, no se tomará en consideracion en la Cámara de su orijen, si no lo pidiere algunos de sus miembros i se acordare así con la concurrencia de la mayoría relativa de los presentes.

La aprobacion de una de las Cámaras bastará para que la otra la tome en consideracion.

Art. 3.° Pata conceder las gracias que en esta clase de peticiones se solicite, bastará, como para cualquier asunto ordinario, la mayoría relativa.

Art. 4.° No quedan comprendidas en la restriccion del artículo 2.° las peticiones que en la actualidad están pendientes en ámbas Cámaras."


Núm. 221[editar]

El Congreso Nacional ha tenido a bien aprobar el siguiente


PROYECTO DE LEI:

Artículo Único. LOS veinticinco mil setecientos cincuenta i siete pesos siete i tres cuartillos reales juzgados por los tribunales de justicia a favor de don Juan Felipe Cárdenas se le pagarán en dinero efectivo entregándosele un mil quinientos pesos cada mes Dios guarde a V. E. —Santiago, Julio 14 de 1843. —Francisco A. Pinto, Presidente. —M . de la Barra, Diputado Secretario. —A S. E. el Presidente de la República.


Núm. 222[editar]

A consecuencia de la solicitud de la viuda del ayudante mayor don Cipriano Segovia, el Congreso Nacional ha acordado el siguiente


PROYECTO DE LEI:

"{MarcaCLArtículo Único}}. Se concede a doña Nicolasa Romero viuda del ayudante mayor don Cipriano Segovia una pension de doce pesos mensuales durante los dias de su vida."

Dios guarde a V. E. —Santiago, Julio 14 de 1843. —Francisco A. Pinto, Presidente. —M. de la Barra, Diputado-Secretario. —A S. E. el Presidente de la República.


Núm. 223[editar]

En sesion de anoche ha considerado esta Cámara indispensable la presencia de V. S. para discutir la mocion del señor Toro sobre abolicion del Estanco i el proyecto de lei para alterar el peso a la moneda menuda de plata.

Con este motivo el señor Presidente me ordena decir a V. S. se sirva concurrir a la sesion del Lúnes 17 del corriente en que deben discutirse los indicados proyectos.

Dios guarde a V. E. —Santiago, Julio 15 de 1843. —M. de la Barra, Diputado-Secretario. —Al señor Ministro de Hacienda don Manuel Renjifo.


  1. Este documento es tomado del periódico El Progreso del 17 de Julio de 1843. —(Nota del Recopilador).
  2. Este documento ha sido trascrito del volumen titulado Asuntos Varios, años 1834 a 84, pájina 757, del archivo de la Secretaría de la Cámara de Diputados. —(Nota del Recopilador).
  3. Este documento ha sido trascrito del volumen titulado Asuntos Varios, años 1834 a 84, pájina 760, del archivo de la Secretaría de la Cámara de Diputados—. (Nota del Recopilador).