Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1844/Sesión de la Cámara de Diputados, en 7 de noviembre de 1844

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Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1844)
Sesión de la Cámara de Diputados, en 7 de noviembre de 1844
CÁMARA DE DIPUTADOS
SESION 52.ª EN 7 DE NOVIEMBRE DE 1844
PRESIDENCIA DE DON FRANCISCO A. PINTO


SUMARIO. —Nómina de los asistentes. —Aprobacion del acta precedente. —Cuenta. —Préstamo de los dineros fiscales sobrantes. —Compra de buques. —Venta de la fragata Chile. —Acta. —Anexos.

CUENTA[editar]

Se da cuenta:

  1. De un informe de la mayoría de la comision de hacienda sobre el proyecto de lei que autoriza al Gobierno para prestar dineros fiscales sobrantes (Anexo núm. 354. V. sesiones del 4 i el 8).
  2. De un informe particular presentado por don Manuel de Cifuentes, individuo de la comision de hacienda, sobre el mismo proyecto de lei. (Anexo núm. 355.)
  3. De otro informe particular presentado sobre el mismo proyecto por don Bernardo José de Toro. (Anexo núm. 356).

ACUERDOS[editar]

Se acuerda:

  1. Aprobar los tres artículos del proyecto de lei que autoriza al Gobierno para comprar unos buques. (V. sesiones del 4 de Noviembre de 1844 i 12 de Setiembre de 1845).
  2. No agregar a dicho proyecto de lei un artículo propuesto por el señor García Reyes para autorizar la venta de la fragata Chile. (V. sesion del 4 de Julio de 1849).

ACTA[editar]


Sesion en 7 de noviembre de 1844

Se abrió a las ocho tres cuartos de la noche con asistencia de los señores Arlegui, Arteaga, Correa don Juan de Dios, Dávila, Errázuriz don Ramon, Formas, Gandarillas, García de la Huerta, García Reyes, Iñiguez, Larrain, Lastarria, Lira, López, Mena, Necochea, Palacios, Palazuelos, Palma don Cipriano, Palma don José Gabriel, Pérez, Pinto, Prieto, Riesco, Sánchez, Seco, Tagle don José Agustin, Tagle don Ramon, Toro don Antonio, Toro don Bernardo, Velásquez i Renjifo.

Aprobada el acta de la sesion anterior, se leyó un informe presentado por la mayoría de la comision de Hacienda acerca del proyecto de autorizacion al Presidente de la República, para dar a interes los fondos sobrantes de las rentas nacionales i se leyeron tambien los votos parti culares que presentaron por separado los señores Cifuentes i Toro don Bernardo, miembros de dicha comision sobre el mismo asunto que se dejó en tabla para la sesion inmediata.

Despues se pusieron en segunda discusion los tres articulos de que consta el proyecto de autorizacion para la compra de un vapor i dos buques de vela para la reforma de la escuadra nacional i despues de un largo debate fué aprobado dicho proyecto en la forma siguiente:

"Artículo primero. Se autoriza al Presidente de la República para contratar la construccion de un vapor de 900 toneladas i de dos buques de velas de porte de 240 toneladas cada uno.

Art. 2.º Se le autoriza tambien para invertir en la construccion de los espresados buques, hasta la cantidad de $230,000.

Art. 3.º Se le autoriza asimismo para que pueda enajenar las dos goletas Janequeo i Magallánes.

Despues de la aprobacion del artículo 3.º, el señor García Reyes, propuso que se autorizase igualmente al Gobierno para la venta de la fragata Chile. El señor Larrain pidió que esta indicacion pasase a comision, sobre lo cual se consultó a la Sala i habiéndose resuelto, que se omitiese este trámite, se procedió inmediatamente a votacion sobre la antedicha indicacion del señor García Reyes i resultó desechada por mayoría de dieciocho votos contra once.

En este estado se levantó la sesion a las diez i tres cuartos de la noche. —Pinto. R. Renjifo.


Núm. 354[editar]

Los miembros de la Comision de Hacienda que suscriben, consideran el proyecto de lei que el Poder Ejecutivo ha sometido a la aprobacion de la Cámara, sobre dar a interes los fondos sobrantes en Arcas, de suma importancia a la Nacion. Las ventajas que producirá esta medida son tan conocidas de todos, que nos exonera de entrar en detalles minuciosos, i nos obligan a opinar por la aprobacion del citado proyecto en los términos en que está concebido.

Sala de la Comision, Noviembre 6 de 1844. V. García de la Huerta. —José A. Sánchez. —Pedro Palazuelos.


Núm. 355[editar]

La Comision de Hacienda ha ccnsiderado el proyecto de lei pasado por el Gobierno a las Cámaras, con el objeto que se dé a interes el dinero sobrante en Arcas, i le es altamente satisfactorio manifestar a la Cámara la utilidad jeneral del presente proyecto, al cual la Comision ha considerado conveniente hacer algunas modificaciones que las cree justas, i equitativas, i las somete a la consideracion de la Cámara, para que se digne de liberarlas.

PROYECTO DE LEI:

"Artículo primero. Se autoriza al Gobierno para que preste los fondos nacionales sobrantes al interes del ocho por ciento anual señalando los plazos qre estime convenientes, los cuales no pueden exceder del término de dos años así como no podrá exceder la cantidad portada de la suma de $500,000.

Art. 2.º No podrá exceder de la cantidad de $10,000 la que se dé a una sola persona, i esta deberá rendir dos fianzas, siendo hipotecaria a lo ménos una de ellas. Bastará una sola fianza si ademas el deudor hipotecare especialmente bienes propios. Los artículos 3.º, 4.° i 5.º cree la Comision justo aprobarlos en los mismos términos que se hallan en el proyecto orijinal.

Art. 6.º No gozará el Gobierno de privilejio fiscal que le está concedido por las leyes para el cobro de las rentas nacionales en este empréstito, i sólo quedará ccn iguales derechos a los particulares segun las fuerzas que tengan sus Escrituras.

Sala de la Comision, Santiago, Noviembre 7 de 1844. Manuel de Cifuentes.


Núm 356[editar]

El que suscribe tiene el honor de informar a la Honorable Cámara, por separado, no habiendo podido uniformar su opinion, con la de sus amigos, los demas miembros de la Comision de Hacienda, sobre el nuevo mensaje del Ejecutivo por el que pide autorizacion para dar a interes de un ocho por ciento por la Tesorería de Hospitales, los sobrantes del tesoro que se encuentran en arcas.

Desde luego encuentra tantos inconvenientes a semejantes medida, que jamas podrá darle su asentimiento.

Favorecer al pais i a la industria volviendo a la circunstancias i sobrantes atesorados, es lo que se propone el Gobierno, pero es bastante que se reconozca el error de tal atesorizacion para que, por salir del mal paso nos decidamos a darla a interes, ¿no seria esto una operacion no ménos ruinosa i perjudicial a los intereses públicos, que aquella por la que se facultó al Gobierno para emplear los sebrantes en la amortizacion de nuestra deuda estranjera, sin fijar siquera las bases bajo las cuales debia amortizarse?

Patriótico será sin duda el motivo que inspira este pensamiento, pero es preciso ver primero cuáles son los resultados que pueden esperarse de dar a interes este dinero, cuáles los males que pueda orijinar i sobre todo ver si no hai otra inversion que darle que sea mas útil i ventajosa. Se va a disponer hoi de los sobrantes con tanta lijereza como fué mal meditada la retencion.

Dar $500,000 al ocho por ciento es sacrificar esta suma en manos del favoritismo; es consagrarla al ajio; apénas aumenta de un modo insensible la demanda de capitales que pida la industria.

Estos $500,000 como base del crédito que pudiera criarse a la sombra del Gobierno podria echar millones a la circulacion, usar de ellos i del modo que se presten de hacer, es sólo aumentar los obstáculos que en adelante encuentre el banco, pues tendrá otros tantos opositores cuantos sean los participes de esos fondos a ocho por ciento.

Fundado en estas razones de consecuencia pública es que opino porque se deseche el proyecto presentado por el Gobierno.

Santiago, Octubre 6 de 1844. —B.J. de Toro.