Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1845/Sesión de la Cámara de Diputados, en 2 de enero de 1845

De Wikisource, la biblioteca libre.
Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile (1845)
Sesión de la Cámara de Diputados, en 2 de enero de 1845
CÁMARA DE DIPUTADOS
SESION 63.ª EN 2 DE ENERO DE 1845
PRESIDENCIA DE DON FRANCISCO A. PINTO


SUMARIO. —Nómina de los asistentes. —Aprobacion del acta precedente. —Cuenta. —Préstamo de los dineros fiscales sobrantes. —Tratado chileno-británico. —Solicitud de don Miguel Pinto. —Acta. —Anexos.

CUENTA[editar]

Se da cuenta:

  1. De un informe de la Comision de Hacienda sobre el proyecto de lei que autoriza al Gobierno para prestar los dineros fiscales sobrantes. (Anexo núm. 392. V. la sesion precedente.)
  2. De otro informe de don Santiago Gandarillas, individuo de dicha Comision, sobre el mismo proyecto de lei. (Anexo núm. 393.)
  3. De otro informe de don Antonio García Reyes sobre el tratado chileno-británico. (V. la sesion precedente.)

ACUERDOS[editar]

Se acuerda:

  1. Aprobar las modificaciones hechas por la otra Cámara al proyecto de lei que autoriza al Gobierno para prestar los dineros fiscales sobrantes. (Anexo núm. 394.)
  2. Tener presente el dictámen del señor García Reyes al discutir en particular el tratado chileno-británico.
  3. Devolver a don Miguel Pinto la solicitud que presentó hace tiempo. (V. sesion del 31 de Agosto de 1842.)
  4. Comunicar al Gobierno sin esperar la aprobacion del acta el proyecto de lei que le autoriza para prestar los dineros fiscales sobrantes.

ACTA[editar]


Sesion en 2 de enero de 1845

Se abrió a las 10 de la noche, con asistencia de los señores Arlegui, Arteaga, Barra, Dávila, Eguigúren, Gandarillas, García de la Huerta, Gundian, Huidobro, Iñiguez, Lastarria, Lastra, Lira, López, Mena, Montt, Palacios, Palazuelos, Palma don Cipriano, Palma don José Gabriel, Pérez, Sánchez, Seco, Tagle don José Agustin, Tagle don Ramon, Varas, Velásquez i Renjifo. Aprobada el acta de la anterior, se leyó el informe de la Comision de Hacienda sobre las modificaciones hechas por el Senado al proyecto de lei acordado por esta Cámara, para dar a interes el sobrante de las rentas fiscales i el voto particular del señor Gandarillas sobre el mismo asunto. Tomadas inmediatamente en consideracion, fueron aprobadas dichas modificaciones: las dos primeras por unanimidad i la tercera por mayoría de veintiun votos contra nueve, en los términos que siguen:

"Artículo primero. Se autoriza al Gobierno para que preste los fondos nacionales sobrantes que queden despues de cubiertos los gastos de la administracion pública i las remesas ordinarias que deben hacerse para el pago de la deuda estranjera al interes del 8% anual, señalando los plazos que estime convenientes, los cuales no pueden exceder del término de dos años, así como no podrá exceder la cantidad prestada de la suma de $ 500,000.

Art. 2.º No podrá exceder de la cantidad de $ 10,000, la que se dé a usa sola persona, i ésta deberá rendir dos fianzas, siendo hipotecaria a lo ménos una de ellas. Bastará una sola fianza si ademas el deudor hipotecare especialmente bienes propios.

Art. 3.º El manejo de los caudales destinados al objeto, que indica esta lei, se confiará a la Tesorería de Hospitales, a la que se asignará el 4% de los intereses que se recauden. La distribucion de la cantidad a que ascendiere el premio indicado, se hará por el Gobierno entre todos los empleados de dicha oficina".

En seguida se leyó el dictámen particular del señor García Reyes sobre la aprobacion de los tratados con la Gran Bretaña, i se mandó tener presente para el tiempo de la discusion.

Por último, se acordó entregara den Miguel Pinto una solicitud que tiene pendiente ante la Cámara i ha pedido se le devuelva, i comunicar al Gobierno, sin esperar la aprobacion del acta, el proyecto de lei anteriormente aprobado.

Con lo cual se levantó la sesion a las 11 de la noche. —Pinto. —R. Renjifo.


Núm. 392[editar]

La Comision de Hacienda cree que no ofrecería inconveniente de mayor consideracion el sancionar, con las reformas introducidas por el Senado, la lei que autorizare al Gobierno para prestar los fondos nacionales sobrantes, siempre que, atendidas la responsabilidad i pesada carga que se impone al tesorero de hospitales por el artículo 4.º del proyecto se insistiere en aprobar la asignacion de $1,800 que propone a favor de aquel empleado el artículo 3.º del mensaje de S.E. el Presidente de la República que aprobó esta Cámara. El seguro de las cantidades con que es obligado a afianzar su administracion, las gratificaciones que necesitare dar a escribientes i otros empleados de la oficina; su trabajo personal i el justo aprecio que merecen las circunstancias que se han tenido presentes para encomendar este servicio al tesorero de hospitales, han determinado a la Comision a pedir que la Cámara insista en lo que tiene aprobado con referencia a la asignacion correspondiente.

Sala de la Comision, Diciembre 30 de 1844. Pedro García de la Huerta. —Pedro Palazuelos.


Núm. 393[editar]

Habiendo desistido del dictámen que antecede, cree el que suscribe debe aprobarse la modificacion hecha por el Senado. Santiago Gandarillas.


Núm. 394[editar]

El Congreso Nacional ha prestado su aprobacion al proyecto de lei iniciado por V.E. para dar a interes los fondos nacionales sobrantes del año próximo pasado de 1844, en los términos que siguen:

"Artículo primero. Se autoriza al Gobierno para que preste los fondos nacionales sobrantes que queden despues de cubiertos los gastos de la administracion pública i las remesas ordinarias que deben hacerse para el pago de la deuda estranjera, al interes del 8% anual, señalando los plazos que estime convenientes, los cuales no pueden exceder del término de dos años, así como no podrá exceder la cantidad prestada de la suma de $500,000.

Art. 2.º No podrá exceder de la cantidad de $6,000 lo que se dé a una sola persona, i ésta deberá rendir dos fianzas, siendo hipotecaria a lo ménos una de ellas. Bastará una sola fianza si ademas el deudor hipotecare especialmente bienes propios.

Art. 3.º El manejó de los caudales destinados al objeto que indica esta lei, se confiará a la Tesorería de Hospitales, a la que se asignará el 4½% de los intereses que se recauden. La distribucion de la cantidad a que ascendiere el premio indicado se hará por el Gobierno entre todos los empleados de dicha oficina.

Dios guarde a V.E. —Santiago, Enero 2 de 1845. —Francisco Antonio Pinto, Presidente. Ramon Renjifo, Secretario. —A S.E. el Presidente de la República.


==== Núm. 395 ====

El señor Ministro del Interior ha manifestado que los deseos del Supremo Gobierno, respecto al despacho de los asuntos pendientes en la Cámara de Diputados, se limitan a la resolucion de solo tres de dichos asuntos.

En esta virtud, de órden del señor Presidente de esta Cámara, se invita a los señores Diputados, miembros de ella, i aun se les suplica si es necesario, que asistan a la sesion de esta noche, en la seguridad de que una asistencia mas quizás baste para el objeto indicado.

Secretaría de la Cámara de Diputados. —Santiago, Diciembre 27 de 1844. Ramon Renjifo, Diputado-Secretario.


Núm. 396[editar]

Adjunto a US. el inventario de los muebles i útiles de la Secretaría i Cámara de Diputados; previniéndole que, a consecuencia de lo que US. me indica en su oficio de 11 de Julio último, se ha nombrado, en sesion de 12 del mismo mes, al oficial archivero don Vicente Arlegui para que quede hecho cargo durante el receso de las Cámaras, de los mencionados objetos.

Dios guarde a US. —Santiago, Diciembre 29 de 1844. Ramon Renjifo, Diputado Secretario. —Al señor Contador Mayor.

SALA DE SESIONES

Un dosel de terciopelo carmesí, forrado con tafetan del mismo color, coronacion de metal i adornos de metal amarillo, flecadura i franja de oro, finos, le falta en un lado media vara de franja.

Item. Una funda de algodon para cubrir dicho dosel.

Item. Un sitial de terciopelo carmesí, con tres varas de ancho i cuatro i cuarta de largo, con galones finos por tres costados.

Item. Una mesa de caoba, dedos i media varas de largo i una media de ancho, para dicho sitial.

Item. Una tarima de madera blanca, sobre que está colocado el sitial.

Item. Cincuenta i seis sillas de brazo, de caoha con asiento i respaldo de crin i coronacion tallada.

Item. Dos mesas chicas, de la misma madera, de vara i tercia de largo i una de ancho i su cajon con llave, para el servicio de los taquígrafos.

Item. Veinte mesitas de caoba, de una vara de ancho i tres cuartas de largo, con una hoja de doblar situada sobre la baranda que circula dicha sala.

Item. Cuatro bancas largas, de madera blanca pintada de color caoba, que se hallan a uno i otro lado de la sala, con siete i media varas cada una.

Item. Dos estufas de fierro colado, con adornos amarillos i con sus respectivos cañones de fierro.

Item. Una mampara grande de caoba, cubierta la mitad de cristal situada en la puerta principal de dicha sala.

Item. Otra pequeña de id., situada en la puerta chica que conduce a la secretaría.

Item. Dos arañas formadas de aros i ganchos de metal amarillo, piezas de cristal engarzadas, de nueve luces, en regular estado.

Item. Otra id., de ocho luces, con igual número de fanales de cristal, de forma mas elegante que las dos anteriores, le falta uno de los adornos superiores.

Item. Cuatro lámparas solares, con pié de bronce amarillo tallado i el suficiente número de globos i tubos para el servicio.

Item. Una tabla de tintero de plata, compuesta de platillos, tintero, obleario, salvadera i campanilla.

Item. Dos tinteros con su salvadera de metal blanco.

Item. Seis escupideras de metal amarillo.

Item. Una alfombra de tripe, de cuatro varas de ancho i nueve de largo, que ocupa la testera de la sala. Hai ademas una tira sobrante del mismo tripe.

Item. Dos tiras de estera ordinaria, de veintiuna varas de largo cada una, colocadas al pié de las sillas que ocupan los Diputados.

Item. Dos tiras de jergon negro, con carmesí de veintiuna varas de largo cada una.

Item. Veinte tinteros de cristal, para el uso de los Diputados.

SECRETARÍA

Un misal, para el servicio de la Cámara.

Item. Una coleccion del "Boletín de las Leyes," con once tomos.

Item. Un Diccionario de la lengua Castellana.

Item. Una Gramática de Salvá, de id.

Item. Una Ordenanza Militar.

Item. Un cuadro de la Constitucion del año 28, con marco de jacarandá.

Item. Dos mesas de caoba, de vara i tres cuartas de largo i vara i cuarta de ancho, con seis cajones i carpeta encina para escribir.

Item. Otra id., de caoba, con cubierta de paño, de las mismas dismensiones que las anteriores i cuatro cajones.

Item. Dos estantes de caoba, de dos i media varas de alto i una i media de ancho, con puertas de la misma madera, destinados a guardar los papeles del archivo i de las comisiones.

Item. Otro id., pequeño, de madera blanca, pintado color caoba, de vara i media de alto, tambien destinado a guardar papeles.

Item. Dos mesones, de dos varas dos tercias cada uno, de madera blanca, pintados color caoba, que separan el escritorio del resto de la Secretaría con una reja de balaustre de madera, pintada de blanco, i una puerta lo mismo, con dos cajones cada uno.

Item. Una mesa grande de caoba, de tres varas i tercia de largo i vara i tercia de ancho, en que se sirve el té a los señores Diputados.

Item. Dos mesas de madera blanca, con un cajon cada una, de vara tres cuartas de largo i vara i cuarto de ancho, con sus carpetas de paño verde, viejas.

Item. Dos sillas de caoba, de brazos, asiento respaldo de crin i la coronacion con embutidos de bronce.

Item. Dos id., de brazos, pintadas de negro i asiento de junco.

Item. Tres docenas de sillas inglesas, asiento de madera i respaldo de balaustre, de id,, bastante usadas, pintadas color oscuro, entre ellas hai dos quebradas.

Item. Una docena de id., con asiento de id., pintadas color amarillo.

Item. Una estera de totora, de dieciseis varas de largo i seis i media de ancho.

Item. Una alfombra de jergon viejo, de seis i media varas de largo i cinco de ancho, con que está alfombrado el escritorio.

Item. Una mesa grande en la antesala, de madera blanca, de dos varas tres cuartas de largo i vara i cuarto de ancho.

Item. Otra pequeña de vara i cuarta de largo i una de ancho, con cajon i una carpeta de paño verde, rota.

Item. Una arca de madera de caoba para las votaciones secretas, de media vara de largo i una cuarta de ancho, con su tapa tallada.

Item. Cincuenta i cinco bolitas blancas de marfil e igual número negras de asta de búfalo.

Item. Una copa de metal blanco, con tapa i platillo, para recojer los sufrajios en las votaciones nominales.

Item. Tres tinteros de estaño, mui usados.

Item. Dos nuevos, de id.

Item. Dos salvaderas, viejas.

Item. Ocho candeleros de plaqué, cuatro de una tercia de alto i los otros cuatro de una cuarta, en regular estado.

Item. Cuatro palmatorias de plaqué o platino.

Item. Cuatro pares de despabiladoras con su platillo de platina, en buen estado.

Item. Tres id., de id., con platillo de hoja de lata charolado, mas usadas que las anteriores.

Item. Cuatro palmatorias de metal amarillo, bastante usadas.

Item. Dos bandejas grandes de charol, mui usadas, de dos tercias de largo.

Item, Cuatro id., chicas de id., de una tercia de largo.

Item. Un juego de té con dos teteras de metal blanco, desiguales, dos lecheras de id., tambien desiguales, una azucarera de id., dos id., de loza ordinaria azul i dieciocho tazas con sus correspondientes platillos.

Item. Treinta i cuatro cucharitas de metal blanco para el servicio del té.

Item. Una cajita negra charolada, pequeña de la India, para guardar el té.

Item. Tres vasos de cristal i tres platos de loza blancos.

Item. Dos teteras de fierro colado, una grande i otra chica, para calentar agua, bastante usadas.

Item. Dos braceros, uno grande de cobre i otro mas chico de metal amarillo.

Item. Dos chicos de mano, del mismo metal, para la mesa.

Item. Una bombilla de plata para servir el mate.

Item. Un farol grande, de cinco luces, de una vara de alto, le falta un pié.

Item. Dos mas pequeños, uno de tres luces i otro de una, como de media vara de alto.

Item. Una regadera de lata.

Item. Una cántara de lata, de media vara de alto, para guardar aceite para las lámparas.

Item. Una alcuza, de una cuarta de alto, de lata.

Item. Una piedra de destilar con su armazon de madera i tinaja.

Item. Un cajon de madera de alerce, con sus puertas de dos varas i media de alto i vara i cuarto de ancho que sirve de lugar comun.

Item. Una percha de madera blanca, pintada color caoba, de una vara de largo.


Núm. 397[editar]

Habiendo reconsiderado i resuelto el Congreso Nacional los principales asuntos que motivaron la convocatoria a sesiones estraordinarias de 19 de Octubre último, i considerando que los que aun quedan por resolverse no podrán ser considerados sino en el curso de dilatadas sesiones difíciles de celebrar en la actual estacion por la ausencia de un gran número de representantes; ha acordado que se reserven estos negocios para el período ordinario del presente año, quedando cerradas desde el dia de mañana las sesiones estraordinarias a que fueron convocadas las Cámaras Lejislativas en la fecha citada.

Dios guarde a V.E. —Santiago, Enero 9 de 1845. —L. Irarrázaval. Manuel Montt. —A S.E. el Presidente de la Cámara de Diputados.


====Núm. 398[1]====

Hace algun tiempo que los trabajos lejislativos están suspendidos a causa de la no asistencia de los Diputados en número suficiente para formar sala.

La multitud de asuntos que reclaman este año el exámen de los Diputados de la nacion, i los muchos proyectos de lei pendientes, habian hecho necesario la prorrogacion del período ordinario.

Obtúvose la prórroga: el mal empero, aun no ha desaparecido, puesto que la inasistencia de los Diputados deja domir los asuntos que reclaman una pronta decision.

¿Qué sucede miéntras tanto? Sucede que sistemas enteros de medidas administrativas quedan inutilizados por faltar una lei, las mas veces insignificante, pero que los completa: que la administracion se halla embarazada en su marcha, i que males sentidos de mucho tiempo atras continúan de año en año subsistiendo i haciendo pesar sus consecuencias; resulta, en fin, que las formas representativas se desacreditan, se constituyen en pura forma, i que al fin hacen nacer en el corazon de los hombres, la idea de que tanto valdria que hubiese Cámara como que nó, con tal que el Gobierno administrase con justicia i en el interes del pais.

De este convencimiento a establecerse insensiblemenle el despotismo sancionado por la mayoría i aun por el sentido comun, no hai sino un paso.

Causa en efecto, desaliento contemplar la multitud de dificultades que las costumbres oponen para el establecimiento definitivo de las fórmulas de Gobierno, a cuya sombra se mantiene hoi la libertad en los pueblos civilizados. Fácil cosa es darse una constitucion, definir los poderes, separarlos.

Hecha esta armazon i fraguada la máquina, es cosa de ver cómo se mueve en América.

La primera rueda que flaquea es la que habia de desempeñar el mas importante de los papeles; el muelle real de esta máquina es precisamente el que no juega, la representacion nacional.

Así, vemos en América, en unas partes suprimidas las Cámaras, en otra enteramente reducidas a poner visto bueno a las medidas del Ejecutivo, i en otras, en fin, flojas, gastadas i sin espíritu, las Cámaras vejetan mas bien que viven, i el Ejecutivo en vano se esfuerza en aguijonearlas, de donde resulta que todo el poder real se acumula por fin en el Ejecutivo, que nos hace mui grande merced en no alzarse con el santo i la limosna.

Pero lo que hoi dia no sucede, no hai nada que nos asegure que no sucederá mañana, en el momento en que aparezca un jenio ambicioso i con suficiente fuerza de voluntad para sacrificar unas mil cabezas, ni aun tantas, que es lo que cuesta siempre apagar las resistencias de unos cuantos, que son los que tienen valor para arrostrarlo todo, hasta la muerte i la miseria, para oponer con sus personas un obstáculo a las ambiciones que se levantan.

En Francia, la revolucion de brumario costó apénas unos culatazos; i aunque despues de Julio del año 30 no debiéramos citar a la Francia, es cierto tambien que poco ha hecho hasta hoi en comparacion de lo que debia, para acreditar que el sistema representativo no es una vana forma.

En España vive aun el sistema representativo, gracias a la fiebre de los partidos; pero en despecho de esta vida anormal ¿quién puede aventurar la mas leve conjetura sobre el porvenir gubernativo de la España?

En Buenos Aires se principió por una votacion unánime para entregar al Ejecutivo o a un hombre, de toda la suma del poder, segun la insolente espresion canonizada allí: debía esto durar cinco años, i vencidos estos, ya no se quiso repetir la farsa de una votacion popular; una Cámara lejislativa lo autorizó por un tiempo mas, i concluido este término el hombre investido de aquel poder creyó derogar a sus derechos haciendo depender de otros su permanencia en el mando.

Rosas gobierna hoi sin autorizacion de nadie, gobierna porque él es amo, i sin duda que no hai derecho mas indisputable.

Recuérdanos esto el oríjen del monstruoso poder de la inquisicion de estado de Venecia, formada por los mismos medios i prolongada durante cuatros siglos sin obstáculo alguno. Venecia era gobernada mas que por un Dux, por un gran Senado de nobles que se ocupaban de los intereses del Estado.

Estalla una vez una conjuracion, i despues de sofocada se nombra una comision de diez individuos, revestidos de poderes discrecionales para descubrir a los complicados, en la asonada. Su duracion fué limitada a diez dias tiempo que se creyó conveniente para el objeto indicado.

Pasados los diez dias, pidieron prórroga por otros diez; i de prórroga en prórroga alcanzaron a un año usando del poder de mandar asesinar secretamente a quien juzgaban oportuno i sin dar cuenta a nadie.

Al año pidieron una prórroga de cinco años mas, i tal era el terror que inspiraban los inquisidores que nadie se atrevió a oponerse.

Pasados los cinco años, no consultaron a sus comitentes, i continuó esta absurda majistratura durante siglos.

Todavía hubo mas: los diez nombraron tres de su seno, para ejercer el poder dictatorial sobre todos los ciudadanos, sobre todas las autoridades i sobre ellos mismos; en seguida, los tres facultaron a dos de entre ellos para colgar al tercero, cada vez que así les conviniese.

Pero volvamos a nuestras Cámaras, que no se reunen.

¿Qué causas enjendrán este abandono a sus deberes? Nosotros apuntaremos las que se nos alcanzan:

  1. Falta de cuestiones de partido. Si hubiera alguna, ya se aguardarían de faltar los que temiesen robustecer con su ausencia una mayoría contraria.
  2. Falta de oradores notables. Los grandes oradores animan con sus discursos las cuestiones que se ventilan.
    El ardor de la discusion, la riqueza de imajinacion, la copia de luces i el brillo del talento atraen a un gran número de Diputados que indiferentes por las cosas públicas, asisten por placer, por esperimentar emociones como si asistieran a un teatro, o a una leccion de historia. En nuestras Cámaras, la discusion es fría, insípida, fastidiosa casi siempre, ménos por la falta de interes en los asuntos, que por el poco relieve que pueden darles hombres que manejan la palabra como los que les escuchan.
    El señor Palazuelos suele de vez en cuando arrojar uno que otro dardo que anima i vivifica la discusion que despierta a los que dormitan en su banco.
  3. Falta táctica o educacion parlamentaria. Rara vez el orador de nuestras Cámaras se ciñe a la cuestion ni la hiere en sus puntos culminantes, desperdiciando i debilitado con digresiones inoportunas la atencion de los demas.
  4. Falta oposicion con programa claro i determinado.
  5. Falta en una palabra, todo lo que ha de constituir una Cámara, ménos la forma. De aquí resulta que los Diputados huyen de una tarea fastidiosa i pesada, i por no aburrirse, hacen sin quererlo, el mal, i retardan medidas lejislativas cuyos efectos son a todas luces útiles.

¿Qué remedio tiene esto? No sabremos que contestar a esta pregunta.

Quien sabe si convendría soltar a la Cámara una de esas grandes cuestiones sociales que ajitan todos los espíritus, para que sirviese de sebo para tener alerta a todos, i que de paso se ventilasen todas las cuestiones de detalles.

¿A dónde conduce este abandono de la Cámara? Lo diremos sin rodeos: al despotismo sin derechura, al Gobierno de uno o muchos por sola su buena voluntad. Esto no sucederá hoi ni mañana; pero el camino está indicado i al fin de la vereda se encontrará la meta.

Vendrá un día i sin sentirlo la arbitrariedad, por fastidio de las formas representativas.

Si estas nuestras desconsoladoras opiniones abandonan a los hombres verdaderamente liberales, tanto mejor: así concurrirán a sus puestos, que son las Cámaras i trabajando en ellas las darán vida i respetabilidad.


Núm. 399[2][editar]

En la confusion de ideas que reina sobre la manera de comprender el sistema representativo aun entre los escritores que mas blasonan adherirse a sus formas, no es estraño que toda discusion se haga imposible por falta de principios fijos i por una lamentable subvencion de todas las teorías de Gobierno.

Así sucede que en vano hemos recorrido la Gaceta de Valparaiso en busca de un sistema de ideas, de un criterio político que le sirva de piedra de toque para juzgar los actos de la administracion que tanto vitupera.

La causa de esta anarquía de ideas es mui sencilla. El Gobierno representativo es tan nuevo en el mundo i afecta tan notables accidentes en los diversos paises que lo usan, que al aplicarlo a nuestra situacion política no es de estrañar que se le traduzca el oríjen de donde son tomadas las ideas, i aun los resabios exóticos que con ellas vienen.

Los escritores que nos ilustran sobre el sistema parlamentario, son jeneralmente los franceses: en Francia, estudiamos sus elementos constitutivos, sus medios de accion, sus obstáculos, la influencia de los Ministros del poder Ejecutivo, la resistencia de la oposicion, etc. Todavía tenemos escritores que sin estudiarlo como un hecho, quieren aplicarlo como teoría concebida a priori por Mably, Rousseau i demas optimistas del siglo pasado. Resulta, pues, que al ir a aplicar aquella práctica i estas doctrinas a nuestro propio pais, se encuentran contradictorias e inadecuadas a nuestros hechos actuales; i los gritos de tiranía ministerial, de corrupcion, de degradacion i venalidad, desahogan las pasiones exasperadas i esplican lo que no se alcanza a comprender con una odiosa hipótesis que tiene por base suponer la maldad en los Ministros, el servilismo en los miembros de las Cámaras i la venalidad en la prensa.

I sin embargo, estos héroes de patriotismo, rectitud e incorruptibilidad, que desde las columnas de un diario fulminan sus anatemas contra toda la administracion, Ministros, Cámaras i prensa, no tiene un nombre conocido, ni una posicion social que diera un barniz de propiedad a sus recriminaciones; i gracias, sino es un jóven que hace sus primeros ensayos en el arte de escribir.

Pero, entremos en cuenta sobre la importancia de las palabras.

¿Qué es un Ministerio en Inglaterra? La espresion de la mayoría parlamentaria. ¿Qué es hoi un Ministerio en Francia? La espresion de la voluntad real apoyada en una mayoría parlamentaria.

¿Qué es un Ministerio en Norte-América? La espresion de un partido nacional que ha triunfado en la eleccion de un Presidente, i por tanto, establecido una mayoría omnipotente en las Cámaras, en el Ministerio, en la administracion toda i que despotiza sin límites al partido que se halla en minoría, que no participa ni en un átomo del poder.

¿Qué es un Ministerio en Chile? Del espíritu de la Gaceta resultaría que es un foco de tiranía, que tiene la opinion, la prensa i la nacion en su contra, que para tener Cámaras en mayoría ministerial, necesita degradar a los ciudadanos, corromperlos, humillarlos; que para proporcionarse órganos en la prensa tiene que derramar el dinero i los escritores acallar su conciencia, el crímen i la abyeccion, el despotismo i la vileza, la voluntad despótica del Ministerio i la docilidad de los que le sirven.

He aquí las relaciones entre el Ejecutivo i las Cámaras, entre el Gobierno i la nacion, segun la Gaceta i los demas diarios, tan sin trabajo i merced a unas cuantas suposiciones tan gratuitas como denigrantes para los que son el blanco de ellas, merced a ciertas ideas populares sobre poder i nacion, despotismo i libertad, lo hallan esplicado i aclarado todo sin mas trabajo que el de echar a manos llenas los vicios i la maldad sobre sus adversarios.

Nosotros hemos ensayado alguna vez, ménos que esplicar lo que es un Ministerio en Chile; esto es, un sistema de administracion que encierra en su seno la mayor parte de los hombres de capacidad del pais; damos cuenta de lo que los hechos nos suministran, sin empeñarnos en probar que los Ministros son unos malvados, ni los miembros de la Cámara unos hombres degradados ni la prensa dirijida por intereses venales i corrompidos.

Hemos tomado las cosas tales cuales las vemos; i si el sistema representativo no se realiza en todos sus resultados, si no corresponden a nuestras esperanzas, léjos de atribuirlo a tal hombre, porque este hombre no se presenta a la vista, lo atribuimos a que un sistema de Gobierno no se establece en las costumbres en un dia, como se forjan i plajian constituciones.

La Inglaterra creadora del sistema parlamentario, lo ha practicado siete siglos i lo ha ido afirmando poco a poco i si algunas imperfecciones cuenta, vienen desde su organizacion primitiva i de sus elementos constitutivos. Norte-América lo ha practicado durante tres siglos i desembarazada de todo obstáculo tradicional; la Francia lo ensaya no hace mas de medio siglo i esto con interrupciones largas i aun no es ni con mucho lo que sus fórmulas prometen; la América Española lo ensaya con mal suceso hace treinta años, i Chile no tiene veinticinco de escuela parlamentaria.

I sin embargo, de todo esto el Ministerio será el último obstáculo para su realizacion i la nacion será la nacion mas apta para hacerlo producir sus últimos resultados.

Quítese el actual Ministerio i póngase el otro que está guardado i empaquetado en la cabeza de ciertos publicistas i todo andará entónces a pedir de boca.

Qué felicidad, Dios mio, la que se nos priva disfrutar. Esto es tener el agua en los labios i no poder beberla!

Segun la Gaceta, El Progreso no está libre del sistema corruptor del Ministerio.

Llamóle semi oficial, "por cuanto, dice, recibe del Gobierno la mayor parte de sus ingresos," i un diario que recibe del Gobierno la mayor parte de sus ingresos, ¿tiene por eso el carácter de semi-oficial?

¿No sienten los que han dado esta solucion todo el disparate que envuelve? I la Gaceta que dá esta peregrina solucion, ¿no recibe del Gobierno una suscricion igual a la de El Progreso? ¿Es tambien semi-oficial la Gaceta?

El Araucano es un periódico oficial, sus editoriales hacen autoridad para juzgar de la opinion del Gobierno; la Gaceta de los Tribunales es semi-oficial pero El Progreso, El Mercurio ¿cómo han de tomar esta denominacion sin una ridicula subversion de las ideas que las palabras representan?

Pero no para ahí, la Gaceta es mui moderada, si sólo se contenta con insinuar que hai falta de buena fe en la emision de nuestros pensamientos comparando nuestras doctrinas con las del asalariado de Fernando VII, i aun disputándonos el título de progreso, como contrarios a las ideas que emitimos.

Perdónanos la Gaceta que no la creamos mui competente para decidir si nos corresponde o nó el título que dimos a nuestro diario, i que es la espresion de nuestros principios, aunque estos no tengan por bases las intenciones torcidas de los Ministros, o la degradacion de los que le sirven.

Que nos cite la Gaceta la cuestion de interes nacional que hemos ventilado nosotros, que hayamos cimentado principios retrógrados o arrojados la mejor idea contraria al progreso de las luces i al establecimiento de la libertad.

¿Por qué no hacemos coro a las declamaciones de los que tienen la libertad de manifestar sus ideas sobre política tales como las reciben?

Que nos cite la Gaceta la vez que hemos cotejado las preocupaciones populares, ni desistido de la penosa tarea de decir verdades molestas para los que creen que todo se esplica con llenar de lodo a la administracion i a todos los hombres públicos, i suponer que la moralidad, el patriotismo i la nobleza de carácter, están sólo la virtud, de parte de los que no gobiernan, o mas bien de parte del redactor de un diario que acusa a todos de venales i corrompidos.

Baste ya, pues, de estas indignidades estériles i sólo injuriosas para los que hacen uso de ellas. Si la Gaceta tiene una manera de ver las cosas, ¿por qué niega al progreso la suya propia tan uniforme, tan constantemente la misma en todas las épocas de la actual redaccion?

¿Si hai un Ministerio, unas Cámara i una administracion entera que proceden i piensan de cierto modo, ¿por qué halla tan difícil que haya escritores que crean de buena fé que tal pensar i tal proceder es justificable, i mucho mas, cuando los antecedentes de esos escritores están ahí para probar que es un sistema de ideas fijas que preceden a la presente administracion, i le sirvieron de base i de programa? Si hoi la apoyan, si hoi la esplican i auxilian sus cortas luces, no hacen mas que obedecer a sus convicciones íntimas i sostener hoi lo que sostuvieron ayer, lo que han sostenido durante una larga serie de años, i bajo la capa de publicaciones distintas.


Núm. 400 [3][editar]

Nos quejábamos ayer no mas de la confusion de ideas que reina entre nosotros sobre la manera de comprender el sistema representativo, i El Siglo en su número 242 viene desgraciadamente a aumentar el desordenado caos que reina sobre tan interesante materia.

El Telégrafo i La Gaceta tienen un sistema, El Siglo muestra otro, nosotros tenemos tambien uno distinto. ¿Qué prueba todo esto, sino que estamos en la infancia de la República, i que por la forma prestada de nuestro Gobierno, es un problema oscuro que cada uno comenta i esplica a su manera?

El Siglo encuentra "que si las Cámaras representasen esos intereses (los de la Nacion); si se compusieran de la parte mas intelijente, si fueran independientes, si ejercieran un poder verdadero, sin estar sometidos al Ejecutivo", estarían llenas de actividad, i los oradores notables i los caractéres pronunciados aparecían. No nos detendremos a considerar si caracteres pronunciados, como un Portales, un Dorrego u otro cualquier personaje notable, aparecieran, si las Cámaras cambiasen de carácter, lo mismo que aparecerían oradores insensiblemente.

Si en Chile hubiera hoi algun carácter pronunciado, o algun orador notable, ya lo conociéramos todos, pues que estos son la obra de la naturaleza, i no la del Gobierno; fruta es esta que trasciende a leguas. Pero démonos prisa a examinar las ideas de El Siglo sobre la oposicion, que segun él, no es tan necesaria en las Cámaras republicanas como en las monarquías. El Siglo habla ex-cátedra sobre un asunto práctico, i descendiendo de ciertas teorías acreditadas, a la aplicacion a nuestros hechos.

Parece que el camino contrario era el mejor: de los hechos conocidos a la teoría. Suplicamos a los redactores de El Siglo se tomen el trabajo de leer nuestros artículos Teoría del Senado, Cámaras Lejislativas i Oposicion, en que hemos desenvuelto suficientemente nuestras ideas sobre el sistema representativo; para que se sirvan impugnarlas en lo que estén en contradiccion con las suyas que es en todo, nada ménos.

Cuando nosotros hemos hablado del sistema parlamentario, no nos hemos abandonado a distinciones arbitrarias entre la monarquía i la república; porque eso conduce a errores gravísimos: hemos tomado nuestros ejemplos de la manera de proceder de las naciones que hacen autoridad en la materia; la Inglaterra para la monarquía; los Estados Unidos para la República. En Inglaterra, hemos dicho, la mayoría de las Cámaras impone al rei un Ministerio, que el rei acepta mal que le pese: el veto que opone a la sancion de las leyes es un trámite secundario. Creemos que El Siglo no pondrá un momento en duda la verdad de este hecho culminante. Hai en Inglaterra tres : torys, whigs i radicales: estos tienen en la Cámara sus jefes, grandes oradores, grandes hombres, Sir Russel, Palmerston, Sir Roberto Peel. No hace dos años estaba en el Ministerio, Palmerston, jefe de los whigs hasta que su partido se halló en minoría en las Cámaras; lo que se llama ser derrotado. Le sucedió ser rival, su adversario político, Peel jefe del partido tory.

El rei de Inglaterra es una pobre mujer que reina, pero no gobierna.

¿Cree El Siglo que un rei ingles es tory cuatro años, whigs seis, radical tres, i luego tory, cinco, segun que durante su reinado se cambian los Ministerios, i con ellos los sistemas adversos de política que siguen?

He aquí, pues, probado por los hechos mas concluyentes, que el oríjen del poder está en las monarquías constitucionales, i la mayoría de la Cámara, que manda sus jefes al Ministerio, para que dirijan los negocios públicos, sin que esto quite al rei su parte de influencia como hombre que piensa i que puede tener opinion. Pero si El Siglo se ha equivocado tanto en este punto, no es ménos su error en lo que respecta a la República; de manera que podemos decir sin vacilar, que no ha hecho mas que tomar los caracteres de la República por los de la monarquía i vice-versa. En la República, al contrario, no es de las Cámaras de donde parte la direccion, sino del Ejecutivo, que imprime el movimiento a las Cámaras, que son su hechura, sus satélites, porque son del mismo color político que el Presidente representa.

No se alarme El Siglo, que vamos a hacérselo comprender en dos palabras i con los hechos en la mano. Cuando se habla de sistema parlamentario, debemos atenernos a los hechos existentes, porque con un bello ideal teórico no hemos de ir a correjir un sistema de instituciones; esas locuras pasaron con el siglo XVIII.

Tenemos a la vista a Norte América.

En el mes de Mayo se reunieron en Baltimore seiscientos Diputados del partido demócrata, i nombraron su candidato para la presidencia: otro tanto hizo el partido Locofoco, lo mismo que el partido Bamburen. Ya ve El Siglo que no se trata de Cámaras: el interes de partido va en linea recta al Presidente, porque el Presidente es el muelle real de toda la máquina; i elejido un Presidente locofoco o demócrata, Ministerio, Cámara de Diputados, mayoría de Senadores, todo ha de ser del color político del Presidente. Si alguna duda queda, veamos mas hechos, i reproduciremos una noticia de diario publicada no ha muchos días.

"El partido Clay en Estados Unidos suscribe en sus banderas: ¡El Arancel! ¡Proteccion a la industria nacional! El partido demócrata, cuyo jefe es Jackson tiene por divisa ¡Agregacion de Tejas! ¡Abajo el Arancel! ¡Libertad de comercio!"

Suponemos que triunfe Clay, como se anuncia. Sigámosle en sus operaciones. Se recibe del mando, nombra sus Ministros de entre los mas exaltados partidarios del arancel, enemigos declarados de la agregacion de Tejas; presenta a las Cámaras sus proyectos de aranceles, su no agregacion de Tejas, que es el grande objeto que lo elevó a la Presidencia. Las Cámaras en uso de esa independencia del Ejecutivo que supone El Siglo, ¿rechazarán los aranceles i se decidirán por la agregacion de Tejas? I el Presidente elevado por la mayoría para realizar aquellos objetos de partidos ¿va a suscribir a otras ideas que no sean las suyas i las de sus electores? ¿No es este el colmo de lo ridículo? He aquí, pues, como El Siglo ha confundido todos los papeles obedeciendo a teorías abstractas i contrarias a los hechos realizados constantemente.

La diferencia primordial entre la República i la monarquía parlamentaria está, pues, en que en la 1.ª la voluntad nacional se espresa por un Presidente, jefe de una administracion entera, cuyo pensamiento, porque es el pensamiento del partido que en las elecciones triunfó, imprime movimientos a las Cámaras, que son la espresion de ese mismo partido, porque está en ella en mayoría; la oposicion i la minoría, i el Senado, son contrapesos que contienen la opinion triunfante en las elecciones.

Es una monarquía constitucional en donde el jefe del poder es inamovible, la voluntad nacional se espresa por medio de la mayoría de las Cámaras, que imponen al rei un Ministerio del color político de la mayoría.

Si el Siglo se ha dejado alucinar con el ejemplo de la Francia, es porque el sistema parlamentario tiene allí que luchar contra un terrible obstáculo, i es el jenio del rei, que contra el principio parlamentario, reina i gobierna a la vez.

Por eso es que aquel gran político trabaja en los colejios electorales para mantener en la Cámara una mayoría que no sea hostil a la política personal del rei, apoyado hoi por Gizot, i combatida por las diversas oposiciones que encabezan Thiers, Lamartine etc., ántes Berrier.

En España, donde no hai un rei jenio, sucede aun en medio de los trastornos lo mismo que en Inglaterra: la mayoría de las Cortes da a la corona el Ministerio, o bien el Ministerio revolucionario la convoca a Cortes nuevas.

Todavía preguntaremos al Siglo: ¿dónde deben estar i dónde están en las repúblicas los hombres mas influyentes, de mas capacidad, de mas prestijio, en las Cámaras, o en los Ministerios i la Presidencia? I si en el Ejecutivo se encuentran, ¿qué uso pueden hacer de esa capacidad superior, de esa influencia i de ese prestijio, sino es para preparar ellos los proyectos de lei, sostenerlos en la Cámara i hacerlos triunfar por medio de las mayorías con que deben contar siempre?

¿Qué gobierno posible encuentra el Siglo entre un Ejecutivo animado de un espíritu i una Cámara de otro distinto?

Para este fin es que se ha hecho temporal i periódica la reeleccion del Presidente i la renovacion de las Cámaras.

No pudiendo saberse a cada hora cuál es el partido dominante en una República, ni por cuanto dominará, se ha convenido que será la espresion de la voluntad nacional la espresion de la mayoría en unas elecciones de Presidentes i renovacion consiguiente de Cámaras por el término de cinco años precisos: tiempo suficiente para que se prepare una oposicion i represente la voluntad nacional, si llega hacer mayoría en las próximas elecciones.

Nosotros dejamos a un lado las pequeñas modificaciones que estas bases jenerales pueden esperimentar i esperimentan en efecto, ya en las Repúblicas, ya en las monarquías.

Hemos querido mostrar al Siglo que su teoría de Cámaras independientes está en oposicion con la verdad demostrada por los hechos en la monarquía i en la República.

En la una la mayoría nacional concretándose en la mayoría de las Cámaras, para ir de allí al Ministerio a confeccionar los proyectos de lei i dirijir la política: en la segunda, la mayoría naciónal concretándose en un Presidente, para que con los Ministros que él escoja, lleve a las Cámaras en leyes i espíritu, las ideas del partido que lo elevó i que necesariamente se halla por la renovacion contemporánea, en mayoría.

I no entienda el Siglo que cuando hablamos de dependencia de la Cámara, lo entendemos en el sentido innoble que ha querido darle la Gaceta. Entendemos por dependencia, la que tienen los miembros de un partido con respecto a sus oradores, jefes i cabezas; la dependencia los irlandeses a O'Connell; de la mayoría parlamentaria en Inglaterra a Peel; porque, como lo dijimos ántes de ahora, los partidos tienen una conciencia de partido, una voluntad de partido.

El consejo que Cormenin da a la oposicion, parte de este principio: la opinion individual se concreta en opinion de mayorías i minorías i todas prociden a uno.

Los miembros que no pertenecen a color ninguno político en lejislatura, los que se plegan a esta o a otra division se llama en Francia leventre, por irrision.


Núm. 401 [4][editar]

Admitida la teoría que establecemos sobre las diferencias que afecta el sistema parlamentario en las repúblicas o en las monarquías, resulta un error en cada idea que ha avanzando El Siglo cuando no sea una suposicion gratuita i contraria a la verdad.

"Si las Cámaras se compusiesen de la parte mas intelijente de la sociedad", ha dicho como si no estuviesen en ella la mayor parte de los hombres intelijentes del pais, como si fuera posible reunir fuera de su seno un número igual de intelijencias a las que hoi pesee; como si él pudiera nombrar esas intelijencias conocidas que echa ménos.

"Si fueran independientes", añade como si pudiera en una república haber completa independencia entre la Lejislatura i el Ejecutivo, que es la espresion de la fraccion de la opinion pública que ha triunfado en las elecciones i que debe estar en mayoría en las Cámaras; esto es precisamente no estar en oposicion con el Ejecutivo.

Las palabras de Cormenin que ha citado el Siglo, lo prueban demasiado.

En los Gobiernos representativos no hai mas elementos de Gobierno, que mayoría Ministerial i minoría en oposicion: en la monarquía si la oposicion se hace mayoría, derroca al Ministerio; en la república, si alguna vez ocurriese este contrasentido, la mayoría no derrocaría el Ministerio, porque el Ministro está unido al Presidente, que lo elije segun la idea o el color político que él representa.

Para este fin se ha limitado la duracion del mando a cuatro o cinco años, para que los partidos dominantes se sucedan: por eso es tambien que segun Cormenin, la oposicion no transije con el Ministerio aunque proponga medidas útiles; por que en las monarquías i en la república la oposicion pertenece aun partido distinto del que manda.

Eso significa el que cuando la Cámara encarpetó el proyecto de lei sobre pesos i medidas propuesto por ei Ejecutivo, no hubo crisis ministerial, porque en la República el Ministerio; esto es, la presidencia es por cinco años, i no cede su puesto para que se proceda a nuevas elecciones, como sucede en las monarquías cada vez que en las cuestiones de política está la oposicion en mayoría.

¿Qué escritor de nuestros dias que conozca un poco el sistema representativo de la Inglaterra, por ejemplo, dice hoi: "el parlamento se ve precisado a resistir esa prepotencia: debe cumplir con el objeto de su mandato, i no puede hacerlo sino oponiéndose a los avances del Ministerio del Monarca, luchando con él para no dejarle tiranizar i atacar los derechos del pueblo"?

Todo esto no tiene sentido parlamentario Lord Palmerston, jefe de los whigs en la Cámara, presidió los consejos de la corona durante ocho años, hasta que el partido tory se halló en mayoría i le hizo hacer dimision de su cartera, para entregarla a Lord Aberdeen, orador de la oposicion durante su Ministerio i jefe hoi del Ministerio Tory, que gobierna la Inglaterra dos años ha, i que empieza a encontrarse en minoría en la Cámara o con una mayoría dudosa.

He aquí la manera cómo el Parlamento llena su mandato, i cómo los Ministros de la corona tiranizan: este lenguaje, es siglo XVIII puro, Mably, Montesquieu, Rousseau vivitos; pero hoi se habla así de Parlamento de una parte, i Ministerio de la otra.

Cuando este fenómeno raro se presenta se llama coalicion, como la que derrocó al Ministerio Molé en Francia: en los demas casos las mayorías parlamentarias deciden de los Ministerios, salvo la injerencia del Gobierno personal de Luis Felipe que neutraliza el poder de la Cámara. Por esto es que nosotros hemos establecido siempre como base de un Gobierno, los partidos, las diversas opiniones en que está dividida una sociedad, ya sea sobre principios políticos, ya sobre sistemas puramente administrativos, como los que sirven hoi de programa a los partidos Norte-Americanos que van a luchar por la presidencia, para con ella establecer o no los aranceles agregar o no a Tejas.

En todos estos casos los hechos solos hablan; i deseáramos que El Siglo al estenderse tanto sobre los reyes i todas esas cosas, precisase de qué rei constitucional habla, i en qué pais sucede lo que él nota.

Si la oposicion no figura en las repúblicas, como él sostiene, es porque la representacion nacional entónces es toda de la devocion del Presidente; porque la oposicion no se hace a la Cámara, sino al Ministerio i Presidente, que son los jefes i directores de la política, lo cual prueba mas to davía nuestra asersion; a saber: que la direccion de los negocios públicos la proposicion de las leyes, está en el Presidente i Ministros, i la Cámara que les pertenece, por cuanto está en mayoría en ella el partido político qne elevó el Presidente i por consiguiente, influida i en dependencia de aquel, que es la capacidad mas influyente del partido.

Si esto no fuera así, valdría mas poner en una República por Presidente i Ministros a unos canastos, i llevar a la Cámara a los hombres cuya capacidad va a malograrse en una posicion pasiva como la que quiere asignarles El Siglo; i en tal caso, no vale la pena de ajitarse un Estado hasta sus cimientos para elejir un Presidente, cuando todo el poder director e influyente está en las Cámaras.

Lo contrario, sin embargo, sucede en Chile como en Norte-América; la eleccion de Presidente es todo; la de la Cámara, nada o mui poca cosa.

Pero las oposiciones existen necesariamente porque es imposible que habiendo libertad, no haya dos partidos por lo ménos; i al que se halla en minoría en la representacion se le llama oposicion, la cual en las monarquías se afana por echar abajo el Ministerio, i en las repúblicas por aumentar sus prosélitos para apoderarse de las riendas del Gobierno en las próximas elecciones de Presidente.

La oposicion en minoría si ve de estímulo a los debates parlamentarios, los anima i exsapera con sus resistencias, sus ataques al Ministerio en mayoría; i por eso dijimos que en nuestras Cámaras faltaba oposicion sistemada, con carácter, principios, influencia, objeto, nombre, etc., Muéstrenos El Siglo el pais moderno que se gobierna hoi, república o monarquía, sin mayoría parlamentaria i sin minoría en oposicion. Suponga que triunfe Jackson, en Norte-América: ¿No habrá una minoría que haga oposicion a la conocida i confesada intencion de este jefe de los demócratas, de agregar a Tejas i abolir los aranceles? ¿No ve El Siglo las luchas parlamentarias de Sir Roberto Peel, Sir John Rousssel, O'Connell i demas jefes de partidos distintos en el parlamento ingles? ¿No ve la oposicion de Thiers, Odilon Barrot, La-Martine, contra el Ministerio Guizot? ¿Dónde, pues, ha tomado su peregrina distincion entre parlamento que cumple su mandato, i Ministerio que ataca los derechos del pueblo? Estas cosas eran buenas cuando el sistema representativo era una teoría, no hoi, que es un hecho que se desenvuelve aun a la vista de los ménos perspicaces.

El veto absoluto o suspensivo, el Senado, la oposicion, todo eso son contrapesos, restricciones i obstáculos que la prevision de los lejisladores ha inventado para contener la fuerza de los principios constitutivos; pero que no los anulan ni desvirtúan. Dice El Siglo que el Presidente no tiene, como los reyes, a su arbitrio todos los empleos, todos los honores, todas las riquezas; pero esto es cerrar los ojos a la luz i hallar diferencias precisamente donde no las hai; el rei constitucional no puede disponer de mas favores que un Presidente; i en Norte-Amérioa el triunfo de la oposicion en las elecciones de Presidente se hace sentir luego por dimision de todos los empleados del Gobierno que acaba para ceder el puesto a los vencedores.

No nos detendremos mas en revelar los errores en que El Siglo incurre por la equivocacion fundamental que ha sufrido al apreciar el papel que hacen las Cámaras i los Ministerios en las Repúblicas. Faltóle para apreciar la oposicion, reconocer la existencia de los partidos o divisiones políticas que hai en todas las sociedades i que hai en Chile, como en cualquiera otra parte. Las modificaciones que el Gobierno parlamentarlo esperimenta hoi en Chile, son en muchos puntos análogas a las que se muestran en Norte América, i en otros se diferencia notablemente. Para la eleccion del actual Presidente hubo lucha electoral de tres partidos con colores bien marcados: el antiguo partido liberal, con el jeneral Pinto a la cabeza: el antiguo partido retrógrado con el señor Tocornal; el nuevo i misto partido moderado con el jeneral Búlnes a su cabeza.

Elevado éste a la presidencia, formó su Ministerio compuesto de los hombres notables del partido que lo elevaba i aun de los otros, i contó, en la renovacion de las Cámaras con mayoría parlamentaria. El jeneral Búlnes no era el representante de las ideas de su partido, como lo eran Pinto i Tocornal, era un centro que servia de apoyo a los suyos, i por eso es que hablamos del Ministerio siempre, porque la idea gubernativa está en el Ministerio. Si Tocornal o Pinto mandaran, nuestros ataques de oposicion se habian de dirijir a ellos i no a los Ministros; i el objeto de esta oposicion no habia de ser derrocarlos, porque el Presidente no renuncia por que la oposicion sea poderosa; sino para estar en mayoría para las subsiguientes elecciones, i hacer pasar la presidencia al partido político a que pertenecemos. Esta es la táctica parlamentaria de las Repúblicas, i esa la que sigue el Ministerio o el Presidente, que tiene mayoría suya en las Cámaras, porque sin esa mayoría de hombres de su partido, parcialidad, amaño, dependencia o como quieran llamarlo, no podria gobernar; esto es, imprimir a los negocios una marcha conforme en todo a las ideas que componen el programa del partido que manda: este Gobierno presenta las leyes, las apoya en las Cámaras, i seria absurdo que las Cámaras no las aprobaran.

Si el sistema es malo, si otro seria mejor, si la Constitucion es viciosa, si la administracion es mui fuerte para luchar en las elecciones, esto no es la parte de la cuestion parlamentaria que tratamos; puede, cuando mas, servir de bandera a una oposicion que se forme en el pais pidiendo la reforma de la Constitucion, de la lei electoral, etc. Lo único que hemos querido probar, es que cuando el pais esté mejor gobernado, el Ministerio, esto es, el Presidente, tendrá mayoría absoluta en las Cámaras, tal como la tiene hoi. Suplicamos a El Siglo que recorra todas las anteriores publicaciones de El Progreso sobre la materia, i dejando domir en paz a los reyes, traiga la cuestion al terreno de los hechos palpables i conocidos.


  1. Este articulo ha sido tomado de El Progreso del 6 de Enero de 1845, núm. 669. —(Nota del Recopilador).
  2. Este artículo ha sido tomado de El Progreso del 21 de Enero de 1845, número 682. —(Nota del Recopilador).
  3. Este artículo ha sido temado de El Progreso del 22 de Enero de 1845, núm. 683. —(Nota del Recopilador).
  4. Este artículo ha sido tomado de El Progreso del 25 de Enero de 1845, núm. 686. —(Nota del Recopilador).