Ir al contenido

Cobeja en el Catastro de Ensenada/32

De Wikisource, la biblioteca libre.
Trigésimo segunda pregunta

Si en el pueblo hay algún Tendero de Paños, Ropas de Oro, Plata, y Seda, Lienzos, Especería, u otras Mercadurías, Médicos, Cirujanos, Boticarios, Escrivanos, Arrieros, etc., y qué ganancia se regula puede tener cada uno al año

A la treinta y dos dijeron que de todo lo que en ella se expresa, solo ay en este pueblo un cirujano que lo es Joseph Romero a quien se le dà de situado por esta villa annual mente dos mil y trescientos reales, y ademas le consideran de utilidad por su oficio, otros trescientos reales mas que ambas partidas componen dos mil y seiscientos reales.

  • A Roque Lopez, madridano maestro de primeras letras y sachristan, le regulan de utilidad por ambos empleos mil y trescientos reales de vellon
  • A Manuel Magan por la utilidad que le resulta como escrivano de hechos, administrador de la carnizeria y fiel medidor de tierras le regulan mil y quinientos reales
  • A Juan de Uzeda oficial de la carnizeria de esta villa le està asignado por cada semana quinze reales y ademas le regulan de utilidad trescientos reales de vellon.


Referencias
  • Archivo General de Simancas, Dirección General de Rentas, 1ª Remesa, Libro 613, folios 448-469