Diccionario de autoridades. Tomo I/Historia de la Real Academia Española

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HISTORIA DE LA REAL ACADEMIA ESPAÑOLA.

Uvo princípio la Académia Españóla en el mes de Junio del año de 1713. Su primer Autor, y Fundadór (à quien este cuerpo confiessa agradecido deber el sér) fué el Excelentissimo señor Don Juan Manuel Fernandez Pacheco, Marqués de Villéna, duque de Escalóna, Mayordomo Mayor del Rey nuestro Señor, y Caballero del Toisón de Oro, en quien igualmente concurrían la grandeza en el nacimiento, las mas elevadas prendas en las virtudes moráles, la constáncia en las mayores tribulaciones, el exemplo en la mas acrisolada fidelidád, y una continua aplicación à las buenas letras, desde que tuvo uso de razón, hasta el último término de su vida: lo que acredíta bien la copiosa y selecta librería, con gran cantidád de curiosos y apreciables manuscritos, que dexó por fruto de su incessante desvélo. Debiera aqui la gratitúd à su venerada memória dexar correr la pluma en sus merecidos elógios; pero lo suspende, por haver parecido mas conveniente imprimir aparte algo de lo mucho que se puede decir en su alabanza, por no interrumpir la relación de la institución y progressos de la Académia: permitiendo la relación de la institución y progressos de la Académia: permitiendo este ligéro desahogo para consuelo del agradecimiento.

2 Este sábio Heróe hallandose en los últimos tercios de su loable aplicación, procuró y consiguió se prosiguiesse, aun despues de muerto, en el estúdio de la Académia, que estableció: para cuyo intento suplicó al Rey nuestro señor Don Phelipe Quinto (Dios le guarde) se sirviesse de dár licencia de que se pudiesse formar este congresso, à que debía preceder su Real beneplácito. Concedióle su Magestad con la mayor dignación, manifestando haver tenido antes ánimo de resolver lo mismo que entonces le proponía el Marqués. Con tan soberano apóyo se discurrió en convocar Persónas que compusiessen este cuerpo, que (segun lo referido) tuvo priméro alma que diesse vida, que materiál sugéto en quien infundirse. Solicitó el Marqués à algunos, que sirviessen de primer matéria à esta composición: y su grandeza, autoridád y respéto hallaron quien se ofreciesse al trabájo, por honra própria, y lustre de la Pátria, sin reparar en assunto tan árduo como el que se proponía, ni en lo dificil que es unir voluntades diversas, y entendimientos distintos à una idéa misma: porque à todos los conformó unicamente el deséo de hacer lo mejor, y la glória de tener parte en empressa tan basta, que cada uno conocía y confessaba no ser bastante su esfuerzo para sostenerla. Los priméros que concurrieron con el Marqués à formar las Juntas, hasta la del dia tres de Agosto del mismo año de 1713. que fué la primera que se puso por escrito en el libro de acuerdos, y son los que se deben tener por fundadóres, fueron:

El Doctor Don Juan de Ferreras, Cura próprio de la Parrochial de San Andrés de esta Villa, Examinadór Synodál de este Arzobispado, Theólogo de la Nunciatúra, Calificador del Supremo Consejo de Inquisición, y su Visitadór de Librerías, oy Bibliothecario Mayor de su Magestad.

Don Gabriél Alvarez de Toledo y Pellicér, Caballero del Orden de Alcántara, Secretário del Rey nuestro señor, Oficiál de la Secretaría de Estado, y primer Bibliothecario de su Magestad: el qual falleció en 17. de Enero del año de 1714.

Don Andrés Gonzales de Bárcia: oy del Consejo de su Magestad en el Supremo de Guerra.

El Padre Maestro Fray Juan Interián de Ayala, del Cláutro, y Cathedratico, primero de regéncia de Philosophía, y despues en propriedád, y Jubilado en la de sagradas lénguas en la facultad de sagrada Theología de la Universidád de Salamanca, Predicador y Theólogo de su Magestad en la Real Junta de la Concepción, Padre de la Província de Castilla del Real y militar Orden de nuestra Señora de la Merced, Redención de Cautivos.

El Padre Bartholomé Alcazar, de la Compañíia de Jesus, Maestro de erudición en el Colégio Imperiál de esta Corre, y Chronista de su Religión: el qual falleció en 14. de Enero del año de 1721.

El Padre Joseph Cafáni, de la Compañía de Jesus, Calificador del Supremo consejo de Inquisición, su Visitadór de Librerías, y Maestro de Mathemáticas en el Colégio Imperiál.

Don Antonio Dongo Barnuevo, Bibliothecario de su Magestad, y Oficiál de la Secretaría de Estado, que falleció en 10. de Octubre del año de 1722.

Don Francisco Pizarro, Marqués de San Juan, Caballero del Orden de Calatraba, y Mayordomo de la Réina nuestra señora: oy su primer Caballerizo.

Don Joseph de Solís Gante y Sarmiento, Marqués de Castelnovo y Pons, Caballero del Orden de Calatraba: despues Conde de Saldueña, y oy Duque de Montellano.

Don Vincencio Squarzafigo Centurión y Arriola, Señor de la Torre del Passage en la Província de Guipúzcoa.

3 Tenianse estas Juntas en la Posáda del Marqués, sin observar formalidád en assientos, ni en votos. Reducianse à tratar las matérias que ofrecía la conversación; bien que siempre venían à parar los discursos en que se formasse Académia, que tuviesse por primero y principál instituto el trabajar un Diccionario de la léngua. Esta idéa era generál; pero ella, y la Académia estaban en un informe embrión, siendo preciso que el des vélo y la fatíga venciessen y allanassen las grandes dificultades que se ofrecían para practicar lo que se ideaba. No se dudó sería trabajo util à la Nación, porque se manifestaría con evidéncia à las demás, que nuestra léngua Castellana no era inferior à ninguna de las mas cultivadas de Európa, assi en la pureza de sus voces, como en la valentía de sus expressiones, en lo conciso de sus cláusulas, en lo elegante de sus phrases, y en lo sonóro de sus composiciones: y que en no haver tenido el apláuso que merece ha sido por culpa de que nuestros Autores no la han manejado con el debído estúdio: no porque la léngua no sea capáz de la mas elegante rhetórica, segun se vé en aquellos Autores, que con algun cuidado han repassado sus escritos, ò han tenido la fortúna de posseer una facúndida naturál, que de estos hai muchissimos, segun se manifiesta en la copiosa lista que tiene formada la Académia, sentída de no poder nombrarlos à todos, porque entonces sería Bibliotheca, lo que solo es Catálogo. De aqui se infiere la impropriedád del dictério con que nos han motejado algunos Extrangéros, que llamaron mónstruos al celebrado mystico Fray Luis de Granada, al chistoso Quevedo, al ingenioso Cervantes, al discreto Calderón, y à otros; porque estos no fueron en la léngua mónstruos, sino estudiosos y felices en el modo con que la usaron: y assi pudieron manifestar al mundo lo que comprehende nuestro Idióma, y lo mucho que pierde el descuido, ù desaliño de aquellos, que no reparando en limar su estílo, abandonan el primór de engastar sus escritos en el oro finissimo de la eloqüéncia.

4 Deciase tambien ser justo fijar la léngua, que (haviendo tenido à la Latina por Madre, y despues con la variedád de domínios padecido la corrupción que es notória) se havía pulido y adornado en transcurso de los tiempos, hasta llegar à su última perfección en el siglo passado: y no era decente à nosotros, que logrando la fortúna de encontrarla en nuestros dias tan perfecta, no eternizassemos en las prensas su memória, formando un Diccionario al exemplo de las dos celebradissimas Académias de París y Florencia. Crecía este deseo al passo que se consideraba era poco áire de nuestra Nación estar sin este adorno, quando de este género de libros, en que se explican las voces de las lénguas natívas, se insinúan sus orígenes, y se aproprian las phrases, el Autor mas antíguo, que se reconoce en la República literária, fué el Español Don Sebastian de Covarrubias, que con novedád publicó este méthodo. Su libro ha merecido la estimación de próprios y Extrangéros; pero como es facil al ingénio añadir y limar lo mismo que se halla inventado: los Franceses, Italianos, Ingleses y Portugueses han enriquecido sus Pátrias, è Idiómas con perfectissimos Diccionarios, y nosotros hemos vivido con la glória de ser los primeros, y con el sonrojo de no ser los mejores. Covarrubias fué solo, no tuvo quien le dirigiesse, ò ayudasse: es cierto, que abrió el camíno; pero no pudo poner mas que aquellas voces que le excitó la phantasía. Con todo, fué loable su trabájo, y fué falíz en dár la norma; bien que como era único, no consiguió saliesse su obra tan perfecta, como si à ella huviessen concurrido muchos: lo que executaron las dos Académias Francesa, y de la Crusca: y no parecía justo, que no supliessemos, siendo muchos, lo que nuestro Covarrubias no havía podido lograr, por ser solo.

5 Estas consideraciones produxeron la resolución de que lo priméro que en la Académia se tratasse, fuesse ordenar un Diccionario, abundante de voces, autorizadas con exemplos de los mejores Autores, claro en la explicación, facil en el uso, y que supliesse lo que en Covarrubias faltasse. Y con efecto, para experimentar las plumas, se repartió parte de la letra A en sus priméras combinaciones Ab. Ac. Ad. &c. las quales se sortearon entre los que se hallaron presentes, y cada uno se encargó de la que le tocó, para componerla segun su méthodo, y que se pudiesse elegir despues el que pareciesse mas conveniente pasa salir al público.

6 El deseo obligaba à adelantar las execuciones; pero al mismo tiempo se tropezaba en las dificultades. Las Juntas no se celebraban con la debida orden: preciso efecto de estar aquel cuerpo sin cabéza, en quien pudiessen hallar su decissión las dudas que se ofrecían y disputaban. Tambien se echaba menos una Secretaría, en que se conservasse la notícia de lo que se resolvía: pues intentar encomendarlo todo à la memória, era lo mismo que fiar de la contingéncia la estabilidád. Para ocurrir à todo, se convino de comun acuerdo en nombrar por Director y Presidente al Excelentissimo señor Marqués de Villena, empezando la Académia con tan acertada y justa elección à desempeñar en alguna parte las grandes obligaciones que à su Excelencia confessaba. Para Secretario estaba destinado, desde que entró en las Juntas, Don Vicencio Squarzafigo Centurión y Arriola, porque en sus conocidas prendas, y curiosa aplicación se asseguraba la puntualidád pretendida, assi en escribir los acuerdos de la Académia, como en archivar los papéles, y tenerlos prontos siempre que fuessen menester. Con las determinaciones referidas se fué animando este cuerpo; pero la obligación del vassallage no permitió mudar assientos, ni observar otra formalidád, sin que precediesse licencia expressa del Rey nuestro señor, porque la facultad concedida, y agrado que se havía servido manifestar de la idéa (como vá dicho) era verbál: en cuyos términos pareció indispensable dár cuenta à su Magestad de lo executado, y suplicarle se dignasse de aprobarlo por escrito, concediendo su Real Pretección à la Académia, sobre cuya basa fundamental se podría con firmeza levantar este edificio: y para logarlo se formó memoriál, que se presentó à su Magestad por mano del Marqués, y en su nombre, que fué el siguiente.

SEÑOR. El Marqués de Villena, Duque de Escalóna, à los pies de V. Magestad, dice, que haviendole manifestado diferentes Persónas de calidád, letras, y ardiente zelo de la glória de V. Magestad, y de nuestra Nación, el deseo que tenían de trabajar en común à cultivar y fijar en el modo possible la pureza y elegáncia de la léngua Castellana dominante en la Monarchía Españóla, y tan digna por sus ventajosas calidades de la sucessión de su madre la Latina, le pareció ofrecer su casa y Persóna para contribuír à tan loable intento; pero como esta sea matéria en que se interessa el bien público, glória del Reinado de V. Magestad, y honra de la Nación, no es justo nos venga este bien por otra mano que por aquella en quien Dios ha querido poner la defensa de nuestra libertad, y de quien esperámos nuestra entera restauración: por lo qual acudimos à los pies de V. Magestad, pidiendole se sirva de favorecer con su Real Proteccion nuestro deseo de formar debaxo de la Real autoridád una Académia Españóla, que se exercite en cultivar la pureza y elegáncia de la léngua Castellana: la qual se componga de veinte y quatro Académicos, con la facultad de nombrar los oficios necessários, abrir sellos, y hacer estatútos convenientes al fin que se propóne: dispensando V. Magestad à los sugétos que la compusieren los honores y privilégios de criados de su Real Casa: a cuya glória se dirigirán siempre sus trabájos, como sus votos à la mayor felicidád de V. Magestad, y de su augusta familia.

7 Mientras este memoriál se decretaba fueron continuando las Juntas, para discurrir los estatútos que se havían de formar, y tambien la empressa, sello, y nombre que se daría à la Académia. Por lo que mira à estatútos, quedaron acordados los que poco despues se imprimieron, y ahóra se pondrán aqui en el lugar que les corresponde. Para la empressa, que havía de servir de escúdo y sello, se acordó la trabajassen los Académicos en sus casas, y traxessen todos lo que cada uno huviesse descurrido à la Junta, donde s eelegiría lo que pareciesse mejor. Executado assi, se resolvió por comun acuerdo tomar por empressa y sello próprio un crisól al fuego con este mote: Límpia, fija, y dá esplendór. Aludiendo à que en el metál se representan las voces, y en el fuego el trabájo de la Académia, que reduciéndolas al crisól de su exámen, las límpia, purifica, y dá esplendór, quedando solo la operacion de fijar, que unicamente se consigue, apartando de las llamas el crisól, y las voces del exámen. Con que de passo se satisface al reparo que se encuentra en los libros impressos en Francia, con el título de Journál des Sçavans : pues no se ignóra, que el fuego en lugar de fijar liquída los metáles; pero tambien se sabe, que si estos tuvieren alguna escória: el que quisiere fijarlos sin esta imperfección está precisado à valerse del fuego y el crisól, donde se liquíden para purificarse, y despues puedan fijarse con nuevo, ò mayor esplendór: siendo constante, que ningun metál podrá purgarse de la mezcla impúra que tuviere, sin que primero se liquíde al exámen del crisól, ò al martyrio de la copéla. Y entendidas assi empressa y mote, no podrá negarse, que en el todo de uno y otro está significado con rigurosa propriedád el assunto de la Académia. 8 Sobre el nombre, aunque se tenían presentes los vários títulos que hasta ahóra han tomado diversas Académias de Italia, como en Sena la Académia de los Entronizados, en Florencia de la Crusca, en Bolónia de los Ociosos, en Milán de los Escondidos, en Roma de los Humoristas, en Pavía de los Confiados, &c. pareció mas acertado imitar à la Académia Francésa en no dár à esta otro nombre que el de Académia Españóla, considerando que en España no ha havido, ni hai otra con quien poder equivocarla: al contrário de lo que sucéde en Italia, que como son muchas, y florecen à un mismo tiempo, necessitan de diferentes nombres para distinguirse.

9 La resolución del memoriál presentado al Rey nuestro señor aprobó en cierto modo las resoluciones acordadas en las Juntas referidas: pues por el mes de Noviembre del año 1713. se recibió papél del Marqués de Mejorada, Secretario (entonces) del Despacho, dirigido à nuestro Excelentissimo Directór, en que su Magestad se servía de pedir notícia de lo mismo que yá estaba acordado, en la forma siguiente.

EXCmo SEÑOR. En memoriál que V.E. puso en manos del Rey representó haverle manifestado diferentes Persónas de calidád y letras, y ardiente zelo de la glória de su Magestad, y de nuestra Nación, el deseo que tienen de trabajar en común à cultivar y fijar en el modo possible la puréza y elegáncia de la léngua Castellana: que con este motivo pareció à V.E. ofrecer su casa y Persóna para contribuir à tan loable intento: y que en el supuesto de ser matéria en que se interessa el bien público, glória del Rey, y honra de la Nación, pedía V.E. se sirviesse su Magestad de favorecer son su Real Protección el deseo de formar debaxo de la Real autoridád una Académia Españóla, que se exercíte en cultivar la elegáncia y pureza de la léngua Castellana, la qual se compone de veinte y quatro Académicos, con la facultad de nombrar los oficiales necessarios, abrir sellos, y hacer estatútos convenientes al fin que se propóne, dispensando su Magestad à los sugétos que la compusieren los honóres y privilégios de criados de la Real Casa. El Rey enterado de este contexto, y no dudando de las grandes ventajas que se deben prometer de una Académia, para trabajar en un Diccionario exacto y puntuál de la léngua Españóla, me ordena su Magestad assegúre à V.E. quan agradable le es su zelo en esto, y que diga à V.E. le será igualmente estimable siga este proyecto, assegurando desde ahóra, y ordenando à V.E. assegúre à los sugétos que entraren en él, que su Magestad está dispuesto à proteger esta empressa con su Real autoridád; pero considerando su Magestad que conviene antes de expedir las órdenes que à este fin se hayan de dár, que se formen los estatútos y reglamentos para concurrencias y Juntas de la Académia, y sus obras y trabájos, resuelve se ordénen, y se pongan en sus Reales manos. dios guarde à V.E. muchos años, como deseo. Palacio tres de Noviembre de 1713. El Marqués de Mejorada y de la Breña. Señor Marqués de Villena. 10 Como estaba conferido y resuelto lo que el Rey preguntaba, fué facil obedecer à su Magestad, remitiendo por la misma Secretaría à sus Reales manos los estatútos, la empressa, y una breve y puntuál relación de la idéa concebida: añadiendo en esta representación, que la Académia solo pretendía el grado de criados de su Magestad, como el mas honorífico que pueden conseguir sus vassallos: sin que fuesse su ánimo solicitar gajes, ni otro título, que el que da el nombramiento, ò eleccion de Académicos: ni menos era su intención disputar preferéncia alguna con las demás classes de criados de la Casa Real: pues su único deseo era lograr la fortúna de ser atendida y privilegiada con este honór. Executado lo referido, se prosiguió la obra del Diccionario, dando à los que entraban de nuevo la combinación que se seguía de la letra A, para que cada uno la fuesse trabajando, segun el próprio numen, ò la imitacion de otros Diccionarios: hasta que mas actuados los entendimientos, se formó una planta, de que à todos se repartieron cópias impressas, para que gobernados por ella, fuesse mas uniforme el trabájo. Bien se tuvo entonces presente, que esta planta no havía de ser estatúto inviolable, siendo la práctica la que enseñasse mas, pues aunque hasta alli parecía que siguiendo aquellas leyes se ajustaría el Diccionario à la mejor regla; con todo ello, como el tiempo advierte mucho, y la experiéncia es antorcha, que luce siempre, pero alumbra tarde, era prudéncia no definir absolutamente lo que se podia hallar menos conveniente en la execución de su uso. Es verdád que el efecto ha manifestado el madúro ecuerdo con que se dispuso, porque se ha seguido casi en todo: pues solo se ha dexado de observar el poner à los nombres sus apithétos, y à los verbos sus derivados, porque se reconoció causar mas confusión, que utilidád. La planta fué la siguiente:

Lo primero se han de poner todas, y solas las voces apelativas Españólas, observando rigurosamente el orden Alphabético en su colocación: y por consiguiente quedarán excluídas del Diccionario todas las voces y nombres próprios de Persónas y Lugáres que pertenecen à la História, y à la Geographía. Y tambien se excusarán todas las palabras que significan desnudamente objéto indecente.

En cada voz se debe poner inmediatamente, y en abreviatúra (como despues se dirá) qué parte es de la oración? Si Verbo, Nombre, ò Particípio, &c. En el Nombre, si es substantivo, ò adjetivo, masculino, ò femenino. En el Verbo, si es activo, néutro, impersonál, ò recíproco. En el Particípio, si es activo, ò passivo. Y à esta forma en las otras Partes de la oración, si algo les perteneciere.

En los Verbos que tuvieren irreguláres algunos tiempos, ò Persónas, &c. se debe advertir: como en Traher, Traxe: en Andar, Andúve, &c y lo anómalo que huviere en otros Verbos y Nombres.

Poner las voces primitivas con su Definición, ù Descripción, y su Etymolo gia, y despues las derivadas, compuestas, y synónymas; los Epithétos mas usados, y los Refránes.

Con cada Verbo poner sus Particípio, los Compuestos, y los Verbales.

Los Términos adverbiales, que constan de mas de una voz, se colocarán en el lugar que les toca de riguroso Alphabéto; remitiéndolos para su explicación à la voz Dominante: como A raíz. Vease Raíz. De propósito. Vease Propósito. Por ferza. Vease Fuerza, &c.

En cada una de las Voces primitivas poner el uso, ò phrases admitidas.

En cada Voz expressar su qualidád: conviene à saber, si es antiquada, ò usada; si es baxa, ò rústica; Cortesana, Curiál, ò Provinciál: equívoca, proverbiál, metaphórica, ò bárbara.

Si se encontráre extraordinaria pronunciación de una letra en diferentes voces, se explicará esta variación: como Vexámen, en que se pronúncia la x como j. Y Exámen, en que se pronúncia como verdadera x. Y en Chamelóte se pronúncia el cha con el modo usuál Español, y en Patriarcha, como si fuesse K.

Explicar las Partículas Españólas, Pronombres, Preposiciones, Artículos, Conjunciones, Interjecciones, y el uso de todas ellas.

Especialmente advertir quando las Voces toman artículo de género impróprio, para excusar la Cacophonía, como quando decimos: el Alma santa, el Agua fria, por no decir la Alma, la Agua.

Distinguir los Adverbios de la Léngua de las otras partes de la oración, y corregir si algún abúso se hallare del vulgo en ellos.

Observar exactamente la Orthographía de las Voces, de suerte que no se obscurezca su primitivo orígen, desterrando los abúsos que en contrário se hallaren.

Annotar, si la Voz fuere de Léngua extraña, Francésa, Italiána, Africána, &c.

Quando se hallare venir la Voz de otra Léngua, no averguarle de mas arriba su Etymología.

Advertir las ocasiones en que tuviere efecto la duplicación de letras, para la buena pronunciación: como se vé en acción, accidente, &c.

Annotar las variedades que se hallaren en el escribir algunas Voces, aprobando la mejor, y desechando las demás: como algunos dicen aóra, otros agóra, y paréce lo mejor decir ahóra, advirtiéndolo en los lugáres que les tocáre. Lo mismo se dice del Verbo Volver, que muchas Persónas, y todos, ò casi todos los Impressóres le comienzan con B, desfigurandole su orígen. Mas juntamente (atendiendo à excusar la confusión en los Lectóres del Diccionario, que ignoraren de donde las Voces se origínan, y las huvieren de buscar) se annotarán segun el uso común, ò vulgar de escribirlas, en el lugar que les tocáre del Alphabéto; pero remitiéndolas para su explicación al que deben tener segun su orígen y Etymología: y assi el exemplo puesto arriba de Volver, se colocará en la B, por atender al uso común, diciendo: Bolver. Vease Volver. Si alguna Voz se halláre ser própria solo de la Poesía, annotarlo tambien: como: Tonante, Altitonante, Averno, &c.

Lo mismo se advertirá en las Voces, cuyo uso es solamente admitido en el estílo forense: como Cassar en el sentído de Annular, ò Cancelar.

Prevenir las que se deben evitar por mal sonantes, y explicar los diferentes sentidos de las equívocas.

En las antiquadas substituirles las que oy están admitidas con igual sentído.

Desterrar las Voces nuevas, inventadas sin prudente elección, y restituir las antíguas, con su propriedád, hermosúra, y sonído mejor, que las subrogadas: como por inspeccionar, averiguar. Y por Pontificar, Presidir en la Iglésia Universál, calificando de barbarismo dichas Voces nuevas.

La explicación, ù definición, uso, y phrases de los Verbos, ò Voces derivadas, ò compuestas, que se ponen seguidas à sus Raíces, se reservará, para darsela en el lugar que les toca del riguroso Alphabéto. Por ser adonde, quien las huviere menester, naturalmente las ha de buscar de primera instáncia, à causa de ignorar, ù de no hacer la bastante reflexión à que son derivadas, ò compuestas de otras Voces simples, ò primitívas.

A todas las Voces, Phrases y Provérbios, quando están, y se explican en sus lugáres próprios, se les debe añadir la palabra, ò phrase Latina, que les corresponde en aquella acepción, por atención a los Extrangéros: y esto al fin del Artículo de su explicación.

En quanto à los accentos hay mucho que corregir en el mal uso, si se ha de accentuar con puntualidád y razón. En rigór no tiene uso el accento grave (que es el baxa obliquamente de la izquierda à la derecha) sino sobre las quatro vocales à, è, ò, ù, quando cada una es Voz separada de otras; porque la Ypsilon, que nos sirve de Conjunción Castellana, no le tiene, ni le necesíta. El agúdo (que baxa de la derecha à la izquierda) se debe poner en la última vocál de la dicción, quando la pronunciación carga en ella: como Refrán, Arnés, Perfíl, Amó, y Azúl. quando la penúltima sylaba fuere larga en Voz de mas de dos sylabas, y no se le siguieren dos consonantes, se le ha de poner el accento agúdo: como Amádo, Aguacéro, Erguído, Hermóso, y Agúdo. Y no se debe poner en Madrastra, Estrella, Enigma, Assombro, Injusto, ni en los demás semejantes. Quando la penúltima fuere breve (que es lo que llamámos en España Esdrúxulo) se debe poner siempre el accento agúdo en la antepenúltima: como en Cántaro, Pésame, Pífano, Tórtola, y Música. De todo lo qual se colige, que no hemos menester en España el accento circunflexo para cosa alguna.

La primera vez que una Voz se pusiere en su próprio lugar de riguroso Alphabéto, se le pondrá delante un Asterisco, ò Estrellica, que el Impressór haya de significar haverla de poner toda con letras Versales, ò Mayúsculas. Quando esta misma Voz tuviere diferentes significaciones, ò phrases, se ha de repetir otras tantas veces, emepzando por ella en Artículos aparte, y ponerle una Cruz, que sirva de señál de averse de imprimir con Versalillas.

Los Provérbios, ò Refránes, y los otros modos proverbiales, bastará que tengan rayada por debaxo la Voz Dominante, que signifique averse de imprimir de cursiva: y el mismo estílo se debe guardar en los Textos de prosa, que se citáren de Autóres, poniendo al fin del Texto en abreviatúra el Nombre del Autór con Versalillas.

Si fuere de Versos el Texto, se podrá rayar por debaxo todo él, menos la voz Dominante, para que quede mas distinguida.

El estílo del Diccionario debe ser conciso, y sin divertirse à erudiciones, que no sirvan de adorno à la Léngua, ni à citas supérfluas de Léngua estraña.

Quando una Voz se pone en su lugar Alphabético, segun su escritura, y por tocar à otra parte, se hubiere de remitir à ella, será siempre con la palabra Vease.

Toda la Obra del Diccionario, repartida entre los singuláres Académicos, debe traherse manuscrita à la Académia à media margen, para que se pueda añadir en su lugar lo que despues ocurriere.

11 De todos los puntos que se controvirtieron, en el que se convino con mayor constancia fué en confirmar quantas voces se pudiesse, con autoridades de los mejóres Autóres, si nembargo de la gran dificultad que esta resolución incluía: porque hallar en un libro una voz es fortúna que ofrece el acáso, y muchas veces no consigue el mas aplicado estúdio: y para vencerla en el modo possible, se encargaron los Académicos de examinar vários Autores clásicos, sacando de ellos las autoridades mas dignas de repáro, no solo de las voces que les podía tocar por razón de la combinación que estaba à su cargo, sino es tambien de todas las demás: las quales entregadas en la Secretaría, y repartidas despues entre los Académicos (segun la combinación que cada uno trabajaba) serviría de mucha utilidád para afianzar la idea: y ha havido Académicos de tanta aplicación en este escabroso estúdio, que han entregado à milláres las autoridades de Autóres clásicos, y todas útiles para este adorno. Aun con toda esta providéncia obliga la necesidád à que una, ù otra vez falten autoridades para algunas voces: singularmente para aquellas, cuya vulgaridád las excluye de escritos serios, y no ha logrado el cuidado encontrarlas en los de assunto jocóso; sin que por esto sea culpable la Académia, que se reconoce obligada à todo lo que es estúdio; pero no à lo que en tanta parte pende de la contingéncia.

12 El poner estas autoridades pareció necessário, porque deseando limpiar, purificar, y fijar la léngua, es obligación precisa que la Académia califique la voz, y manifieste los méritos de su juício: pues con este méthodo muestra la moderación con que procéde, y desvanece las inven tadas objeciones de querer constituírse maestra de la léngua: porque calificada la voz por límpia, púra, castíza y Españóla, por medio de su etymología, y autoridades de los Escritores; y al contrário, castigada por antiquada, ò por jocósa, inventada, ò usada solo en estílo libre, y no serio: viene à salir al público, con notoriedád de hecho, que la Académia no es maestra, ni maestros los Académicos, sino unos Jueces, que con su estúdio han juzgado las voces: y para que no sea libre la senténcia, se añaden los méritos de la causa, propuestos en las autoridades que se citan.

13 En este próprio assunto ha usado la Académia de la mayor modéstia, porque à todas las voces expressívas, y propriamente Castellanas no las añade calificación, teniendo por inutil la senténcia, por estar comprobadas con el mismo hecho de ser usadas de nuestros Autóres, y solo dá censúra à las que por antiquadas, nuevas, supérfluas, ò bárbaras la necessitan.

14 En el uso de las autoridades se resolvió no multiplicar muchas para una voz, porque advertidos de otros Diccionarios se solicitó evitar inconvenientes. En el de la Real Académia Francésa se califica la voz sin autorizarla: este es magistério de que huye la Académia Españóla, que dá la senténcia; pero la funda, à fin de que quantos la lean conozcan la razon que la assiste: y no obstante, que el de la Crusca multiplica mucho las autoridades, pues hai voz que se califica con treinta, ò quarenta Autóres: se ordenó, para evitar esta prolixidád, que solo se autorizasse cada voz, ò phrase con dos, ù tres autoridades: pues si es castíza, y expressíva, dos, ù tres Autóres clásicos son testigos fidedignos para probar su nobleza, y sino es de tanto realce, dos, ù tres testigos conformes bastan para assegurar su naturaleza.

15 En el modo de trabajar el Diccionario (que yá se havía empezado entre todos) era dudoso el méthodo: no se sabía el que havía usado la Crusca; pero por la História de M. Pelissón estaba presente el de la Académia de Francia, en la qual solo trabajó el Diccionario (no sin alguna Real recompensa) M. de Vaugelas, y despues M. de Mezeray, y los demás Académicos no tenían otro encargo, que el de ser Fiscáles y Jueces de lo que estos dos trabajaban. Pero el conocimiento de que, observada esta orden, necessitaba precisamente el Diccionario de un dilatado tiempo para salir à luz, y el exemplo de haver tardado en Francia mas de sesenta años hasta empezar à imprimir, excluían semejante disposición: y aun assustaban à los que empezaban obra tan vasta (especialmente à algunos de edad avanzada) porque siguiendo aquellos passos se privaban del consuelo de vér la obra, que precisamente les havía de alcanzar de dias: fuera de que aplicados todos al trabájo, cada uno desearía ser útil, y anhelaría à contribuir con todas sus fuerzas al común. Assi prosiguió la idéa de encomendar à cada Académico una combinación de la A, segun su siguiente letra, y se ordenó por entonces se hiciesse lo mismo en las tres que se siguen B. C. y D.

16 En estos exercícios estaba ocupada la Académia, naciendo de sí misma, y criándose à los pechos del zelo del bien público, quando recibió la notícia de haverse dignado su Magestad de aprobar su idéa, y honrarla con su Real Protección, favoreciendo à sus indivíduos con el honór de ser sus criados, aprobando tambien en todo sus estatútos, empressa y sello. Este avíso se tuvo por papél de Don Manuel Vadillo y Veslasco, Secretario entonces del Despacho, dirigido à nuestro Excelentissimo Directór, su fecha de Palacio en veinte y tres de Mayo de mil setecientos y catorce: diciendo al mismo tiempo, que la Cédula de confirmación se havía de despachar por el Consejo: como se solicitó, hasta el dia tres de Octubre del mismo año, en que se logró esta deseada piedra fundamental de todo este edificio, que le dió princípio, siendo corona de la Académia, y es en la forma siguiente.

EL REY. Por quanto haviendo puesto el Marqués de Villena en mi Real notícia, que diferentes Persónas de calidád, y consumada erudición en todo género de letras, deseaban trabajar en común à cultivar y fijar las voces y vocablos de la léngua Castellana en su mayor propriedád, elegáncia y puréza: y que para contribuir à intento tan útil, y loable, avia ofrecido el Marqués su casa y Persóna; pero como era justo que precediesse mi Real agrádo, interessandose tan principalmente es esto el bien público, la glória de mi Reynado, y honra de la Nación, me suplicó el Marqués fuesse servido favorecer el deseo de formar una Académia Españóla debaxo de mi Real Pretección, compuesta de veinte y quatro Académicos, dándola facultad y permisso de ordenar y establecer las Reglas y Constituciones que juzgasse mas próprias y convenientes, para lograr el fruto que se propóne de poner la léngua Castellana en su mayor propriedád y puréza, y consiguientemente la facultad de elegir del número referido de los Académicos un Directór, que presida en las Juntas: cuyo empléo (por las razones de congruéncia que se han considerado) séa perpétuo en el priméro que empezare à ocuparle, y despues se elija cada año por mayor número de votos. Un Secretário para la custódia, y buena colocación de los papéles de la Académia, ò sea para imprimirlos, ò para conservar en su poder los manuscritos: cuyo cargo convendrá sea perpétuo, por los inconvenientes que resultarían de la mudanza de los papéles, y la variedád de estílo en ellos. Que tenga un Impressór próprio, con nombramiento, y título de la Académia, para imprimir las obras pertenecientes à ella, precediendo à la impressión la licencia del Conséjo. Y que assimismo la sea lícito usar de un sello particular, compuesto de alguna empressa ingeniosa, con el qual se autoricen y conozcan indubitablemente las obras, y demás escritos que dimanáren de la Académia, con otras Constituciones y Reglamentos, que miran à el mejor logro de esta utilissima aplicación, segun se refieren en el papél que puso el Marqués con mayor extension en mis Rea- les manos. Y como este desígnio, que ahóra me representa el Marqués, ha sido uno de los principales que concebí en mi Real ánimo, luego que Dios, la razon, y la justícia me llamaron à la Coróna de esta Monarchía, no haviendo sido possible ponerle en execución entre las contínuas inquietúdes de la guerra: he conservado siempre un ardiente deséo de que el tiempo diesse lugar de aplicar todos los medios que puedan conducir al público sossiego, y utilidád de mis súbditos, y al mayor lustre de la Nación Españóla. Y como la experiencia universal ha demonstrado ser ciertas señáles de la entera felicidád de una Monarchía, quando en ella florecen las Ciencias, y las Artes, ocupando el trono de su mayor estimación. Y como estas se insinúan y persuaden con mayor eficácia, quando se hallan vestidas y adornadas de la eloqüéncia, y no se puede llegar à la perfección de esta, sin que priméro se hayan escogido con sumo estúdio, y desvélo los vocablos y phrases mas próprias, de que han usado los Autores Españóles de mejor nota, advirtiendo las antiquadas, y notando las bárbaras, ò baxas: de modo, que trabajando la Académia à la formación de un Diccionario Españól, con la censura prudente de las voces y modos de hablar, que merécen, ò no merécen admitirse en nuestro Idióma, se conocerá con evidéncia, que la léngua Castellana es una de las mejores que oy están en uso, y capáz de tratarse, y aprenderse en ella todas las Artes y Ciencias, como de traducir con igual propriedád y valentía qualesquiera origináles, aunque sean Latinos, ò Griegos. Y como de intento tan ilustre se origína tambien el mas elevado crédito de la Nación, pues manifiesta el copioso número de sugétos que adornan esta Monarchía, insignes en todas letras, y en la professión de la eloqüéncia Españóla, de que resulta el esplendór de mis súbditos, y la mayor glória de mi gobierno. Por estas justissimas consideraciones me ha sido muy agradable este representación, tan conforme à mi Real ánimo, hecha por el Marqués, de establecer la Académia Españóla: la qual ha de estar inmediatamente, con el número yá señalado de veinte y quatro Académicos, debaxo de mi amparo, y Real Protección. Por tanto ordeno, y mando, que el puesto de Directór de la referida Académia sea perpétuo en el priméro que ahóra entráre à ocuparle, presida en ella, y ordene todo lo que juzgare à propósito, para lograr el fin con que se establece; pero el que le sucediere en este honroso empléo, le ha de ocupar solamente por el espácio de un año, y despues se ha de elegir entre los Académicos, por mayor número de votos secretos. Apruebo el nombramiento de Secretário, cuyo encargo ha de servir continuamente por las razones arriba expressadas. Y assimismo concedo facultad y permisso à la Académia, para que tenga Impressór próprio, donde imprima sus escritos, con calidád que precéda la licencia del Consejo antes de darlos à la estampa. Teniendo por bien, que use la Académia de su sello particulár, con el cuerpo, y letra Castellana, que tengo aprobado con mi Real Decreto de quatro de Mayo de este año. Y a fin de mostrar mi Real benevoléncia, y de que se empléen los Académicos, con mas aliento, y continua aplicación al cumplimiento de su instituto, he venido en concederles, como por la presente les concedo, todos los privilégios, grácias, prerogativas, immunidades, y exenciones, que gozan los domésticos que assisten, y están en actuál servício de mi Real Palácio. Y ordéno, y mando, que les sean todas guardadas y cumplidas enteramente, y sin limitación alguna. Fecha en el Pardo à tres de Octubre de mil setecientos y catorce. YO EL REY. Por mandado del Rey nuestro señor. Don Lorenzo de Vivanco Angúlo. Está señalada de los señores del Consejo.

17 Animados los Académicos con este honór, empezaron à poner en execución las Reales órdenes de su Magestad, dando forma à la Académia, en la que representó el Marqués de Villéna: Que la eleccion que se havía hecho de su Persóna para Directór, no podía ser válida: assi por haverse executado antes de tiempo, no haviendose conseguido hasta entonces la Real aprobación, como por haver sido celebrada por aclamación, y mandar su Magestad en los estatútos, que acababa de confirmar, se hiciesse por votos secrétos. Y añadió su natural modéstia: Deseaba, y estimaría se eligiesse otro en el oficio, pues el haver solicitado juntar sugétos, y ofrecido su casa, le obligaba à continuar con el mayor cuidado este empeño; pero siendo solo Académico. Es respéto que todos professaban à su Excelencia obligó à convenir en farle gusto; pero conociendo que la proposición incluía dos partes: la primera atender à la veneración de su Magestad, y la segunda à excusarse su Excelencia del oficio: se procuró cumplir con ambas, passandose à eleccion formál por votos secrétos, y todos, menos el suyo, los tuvo su Excelencia, para el puesto de Directór perpétuo. Con esto huvo de resignarse su plausible moderación, bien que no omitió explicar: havía dado su voto al Doctor Don Juan de Ferreras, en quien juzgaba estar mejor depositado el oficio, que en su Persóna. Las instáncias y ruegos de todos los indivíduos le precisaron à tomar su assiento de Directór, que hasta allo havía rehusado, eligiendo el último, con el pretexto de tenerse las Juntas en su casa. Passóse luego à la eleccion de Secretário, que con la misma uniformidád se declaró en Don Vincencio Squarzafigo Centurión y Arrióla, y tomó tambien possesión de su lugar y assiento: y los demás Académicos hicieron lo mismo, trocando los que les havía dado la casualidád, y tomando los de sus antiguedades, para proceder desde este dia con toda la formalidád que mandan los estatútos.

18 Formada yá la Académia, pareció la primer obligación rendir las debidas grácias al Rey nuestro señor, por las honras recibidas: y se nombraron quatro Comissários, para que en nombre del cuerpo hiciessen la función, siendo el principal su Excelencia (como instrumento de tanta felicidád) à quien acompañaron Don Vincencio Squarzafigo, Don Adrian ConninK, y el Marqués de San Phelipe. Y porque siendo la Académia Españóla, era justo algun exercício de la léngua, se eligió por todos à su Excelencia, para que formasse dos oraciones, una à su Magestad, y otra al serenissimo Príncipe de Astúrias, que trahidas à la Académia, fueron revistas y aprobadas: y haviendo passado à Palácio el dia señalado los quatro Comissários, fueron recibidos con toda formalidád, saliendo Don Gaspar Girón, Mayordomo de semána, à recibir, y despedir la Académia, y el Rey nuestro señor (Dios le guarde) los admitió con la mayor benignidád, dignandose de responder estas apreciables cláusulas: Es mui de mi agrado la Académia, y espero que con ella han de lucir en mis Réinos las Ciencias. Y dando à besar su Real mano, despidió la Académia, que repetidas veces ha logrado semejante favor en las ocasiones que han ocurrido de enhorabuenas, ò pésames; si bien despues no ha precedido formalidád, consiguiendo la Académia la honra de entrar à Audiéncia, como criados de la Casa: y como tal ha tenido, y tiene entrada, lugár, y assiento en las fiestas Realies que se celebran en el Buen Retíro, y Plaza: y quando se ha puesto à los pies de su Magestad ha presentado siempre un exercício de la léngua, que por haverse dado à la imprenta en las ocasiones que se han trabajado, no se incorporan aqui.

19 Fenecida esta primera obligación, se dispuso imprimir los estatútos que su Magestad havía aprobado, que son los siguientes.

CAPITULO PRIMERO
DEL INTENTO, Y MOTIVO DE LA FUNDACION
de la Académia.
ESTATUTO UNICO.

Siendo el fin principál de la fundación de esta Académia cultivar, y fijar la puréza y elegáncia de la léngua Castellana, desterrando todos los erróres que en sus vocablos, en sus modos de hablar, ò en su construcción ha introducido la ignoráncia, la vana afectación, el descuido, y la demasiada libertad de innovar: será su empléo distinguir los vocablos, phrases, ò construcciones extrangéras de las próprias, las antiquadas de las usadas, las baxas y rústicas de las Cortesanas y levantadas, las burlescas de las sérias, y finalmente las próprias de las figuradas. En cuya conseqüéncia tiene por conveniente dár princípio desde luego por la formación de un Diccionario de la léngua, el mas copioso que pudiere hacerse: en el qual se annotarán aquellas voces y phrases que están recibidas debidamente por el uso cortesáno, y las que están antiquadas, como tambien las que fueren baxas, ò bárbaras, observando en todo las reglas y preceptos que están puestos en la planta acordada por la Académia, impressa en el año de mil setecientos y trece.

CAPITULO SEGUNDO.
DE LOS ACADEMICOS, Y SU NUMERO.
ESTATUTO PRIMERO.

El número de Académicos será de veinte y quatro, inclusos un Directór, y un Secretário. Todos los quales han de ser sugétos de buen juício, y fama, y Persónas decentes, aficionados à la glória de la Nación, y léngua, y capaces de trabajar en el assunto que se propóne esta Académia, que es la puréza y elegáncia de ella.

ESTATUTO II.

El modo de recibir los Académicos ha de ser dando los pretendientes memoriál à el Señor Directór, quien dará orden al Secretário para que le lea en la Junta. Se votará por votos secrétos, haviendo precedido una pequeña conferéncia. Se formará el decréto por el Secretário, y avisará al interessado.

ESTATUTO III.

El que huviere de ser admitido en la Académia, es necessário tenga la mayor parte de votos de los concurrentes: que siendo uno solo, se votará con bolas blancas y negras; pero si fueren dos los pretendientes à una Plaza, serán los votos regulados en la Caxa, que para este efecto usa la Académia, con divisiones, en que se reconocerá el que tiene la mayor parte. Y en el caso de que la Plaza vacante sea una, y los pretendientes mas de dos, no bastará que alguno tenga mas votos que qualquiera de los otros: pues es necessário siempre tenga mas de la mitad, y para este efecto se repetirán los escrutínios, votando por los que tuvieren mas votos, en la forma que se practíca, y usa en los Cabildos, y Comunidades Eclesiásticas, hasta que llegue el caso de concurrir en uno la mayor parte de los votos.

ESTATUTO IV.

Y por quanto el fin de la Académia es, que en los indivíduos que la compónen concurran siempre las calidades prevenidas: se establéce, que si algun Académico llegasse à dár motivos gravissimos, y que pareciessen à la Académia dignos de ser excluído de su cuerpo, lo haga la Junta, proponiéndolo el señor Directór, y votando la Académia por votos secrétos.

ESTATUTO V.

Siendo tambien el principál objéto de la Académia, que los miembros que la compónen sean útiles, y aplicados al trabájo, que es el fin para que se ha establecido: Si alguno se olvidasse tanto de esta obligación, que voluntariamente dexasse de concurrir à las Juntas y encargos que le tocáren, por el espácio de un año, se dé su Plaza por vacante, y se admíta otro en su lugár.

ESTATUTO VI.

Atendiendo à que puede suceder que algunos de los Académicos necessiten de hacer auséncia larga de la Corte, por servício de su Magestad, ù de la causa pública, y que en este caso podría hacer falta su assisténcia para los fines de la Académia: y no siendo razón que por este motívo se les prive del honór de ser Académicos, sino que se les conserven sus Plazas, para quando puedan volver: podrá la Académia admitir en su lugar otros tantos Supernumerários, que los substituyan en el trabájo: en los quales han de concurrir las mismas calidades establecidas arriba, y han de ser admitidos en la misma forma: pues han de tener opción desde luego, por sus antigüedades, à las priméras Plazas que vacaren del número. Y en caso de volver los proprietários, han de quedar con el voto, y assisténcia à la Académia, sin mas distinción que la de llamarse Supernumerários, en interin que entran en Plaza del número.

CAPITULO TERCERO.
DE LOS OFICIOS.
ESTATUTO PRIMERO.

Tendrá la Académia un Directór, cuyo empléo será gobernar la Académia, presidir à las Juntas: proponer las matérias que hayan de tratarse en ellas, y recibir los votos. Y también cuidará de que en las Juntas se observe el buen orden en votar, con la modéstia y cortesía que se debe, entre iguáles, en explicar su parecer: que en todo se observen los Estatútos: que ninguno interrumpa el voto de otro: repartir las obras Académicas que se huvieren de encargar à alguno, ò algunos: y hablar, ò responder siempre que se huviere de hacer en nombre de la Académia: como tambien señalar las Juntas extraordinarias, y avisar de ellas, ù de la omisión de las ordinarias.

ESTATUTO II.

Siempre que el señor Directór tuviere que proponer à la Académia algun negócio, que pida especiál reflexión, lo hará avisar por escrito à los Académicos el dia antes de la Junta, para que puedan traher premeditados sus votos.

ESTATUTO III.

El puesto de Directór de la Académia (atentas las circunstáncias con que se fundó) será perpétuo en el priméro que ahora le ocúpa: y despues se elegirá cada año por mayor parte de votos.

ESTATUTO IV.

Tambien tendrá un Secretário, cuyo oficio ha de ser recoger los papéles de la Académia, y colocarlos en el modo mas oportúno: assi por lo que mira à los que se hayan de imprimir, como por los que se hayan de guardar. Y será de su obligación recibir, y responder à todas las Cartas de la Académia, de su orden, ò en su nombre: presentar todos los memoriales, ò peticiones, y poner los decrétos. Avisar à los Académicos lo que el señor Directór le advierte acerca de las Juntas: notar todos los hechos de la Académia, y conservarlos con los demás papéles, lista de Académicos, y obras Académicas: tomar los votos secrétos, y resumir los que se dán en voz: avisar de la muerte, ò auséncia de los Académicos, y dár notícia de los pretendientes: y leer al comenzar la Junta los hechos de la passada.

ESTATUTO V.

Las cartas que ha de escribir el Secretário han de ser en Castellano, y selladas con el sello menor de la Académia. Y si fueren à Países Extrangéros, que se suponga no entenderán la léngua, se enviará con ellas una traducción Latina.

ESTATUTO VI.

Todas las certificaciones, y despachos que diere, serán en léngua Castellana, con su firma, y sellados con el sello grande.

ESTATUTO VII.

El oficio de Secretário será perpétuo, por los inconvenientes que trahería consigo la mudanza de los papéles, y la variedád de estílo en ellos.

ESTATUTO VIII.

Tendrá tambien la Académia un Impressór próprio, que cuide de las obras que se hayan de imprimir: y lo será por el tiempo que fuere la voluntad de la Académia: y con condición de no alterar cosa alguna de lo que se le dé à imprimir; ni imprimir con nombre de Académico, ù de la Académia, lo que no tuviere su aprobación. Se le despachará título en forma, firmado del señor Directór, refrendado del Secretário, y sellado con el sello grande.

CAPITULO QUARTO.
DE LAS JUNTAS.
ESTATUTO PRIMERO.

Se juntará la Académia un dia en cada semana, para tratar, assi de lo que se fuere trabajando, para perficionar las obras que la Académia huviere de dár à luz, como de las matérias tocantes al gobierno, y buen régimen de ella.

ESTATUTO II.

Daráse princípio à las Juntas ordinárias à las quatro de la tarde, desde priméro de Octubre, hasta fin de Abril: y desde princípio de Mayo, hasta fin de Septiembre, à las cinco: y durarán por lo menos el espácio de tres horas. Y todas se comenzarán siempre por la Antíphona: Veni Sancte Spiritus, y la Oración: Actiones nostras, &c. y concluirán con la de Agimus tibi gratias, &c. las quales dirá el Académico Eclesiástico mas antíguo de los que se halláren: y en caso de no haverlos, el que presidiere, respondiendo todo el resto de la Académia.

ESTATUTO III.

Para dár princípio à qualquiera Junta, bastará se hallen siete Académicos, incluso el que presidiere: y haviendo este número, y siendo la hora señalada, se empezará immediatamente, sin esperar à ningun otro; pero en caso que se haya de tratar alguna matéria grave, à juício del señor Directór, se suspenderá hasta que concurra el número de trece, por lo menos.

ESTATUTO IV.

El orden que se observará en los assientos será, que el señor Directór ocupe el primer lugár, y al lado derecho de la mesa el Secretário, y al izquierdo el Académico que tuviere obra que leer. Y despues en los assientos que estarán consecutivos à la mesa, tendrá el priméro de mano derecha el Académico mas antíguo: el segundo ocupará el correspondiente de la izquierda: y los demás alternativamente, según sus antigüedades, à una, y otra banda.

ESTATUTO V.

En caso de que por algun accidente de indisposición, auséncia, ù otro embarazo, sucediere no poder assistir à la Junta el señor Directór, la presidirá, ocupará su lugar, y tendrá sus veces el Académico mas antíguo de los que se hallaren presentes. Y si faltáre el Secretário, hará su oficio el que el señor Directór, ò quien substituyere su empléo, nombráre.

ESTATUTO VI.

Luego que estén sentados los Académicos, leerá el Secretário los acuerdos de la Junta antecedente: assi para que sirva de motívo para proseguir correlativamente, como para que los que no se hallaron en ella se instruyan de las matérias que se tratáron.

ESTATUTO VII.

Fenecido esto, si huviere alguna matéria de gobierno, se tratará de ella, por lo que puede importar no diferir su resolución: como tambien de la admisión de algun Académico, segun se dixo en el Capítulo segundo, estatútos segundo, y tercéro.

ESTATUTO VIII.

Despues de estas priméras ocupaciones de la Junta, se passarán à leer las obras de los Académicos, que se huvieren de examinar en ella: lo qual se executará (en caso de que estos quieran leer su obra) passando à sentarse en el lugár destinado para ello, en el Estatúto quarto de este Capítulo, y empezará à leer. Y mientras leyére un artículo, no se permitirá que alguno le interrumpa; pero concluído, hará páusa, para vér si hay quien tenga repáro: y en caso de que le haya, propondrá el mas moderno lo que se le ofreciere, y assi sucessivamente hasta el que presíde, sin permitirse tampoco que nadie interrumpa al que vota, ò habla, siendo lícito al que lee responder lo que se le ofreciere en satisfacción del repáro, despues de haverle oído enteramente. Si oídos estos parecéres estuvieren discordes los Académicos, se reducirá à votos la matéria, y hecha la resolución, se executará inviolablemente, quitando, añadiendo, ò mudando, alli mismo en el papél, lo que la Junta huviere acordado.

ESTATUTO IX.

Si el Autór de la obra no estuviese presente, se le dará notícia de los repáros puestos por la Junta, para que satisfaga à ellos, y oída su razón se confirme, ò altere lo resuelto: y conforme à ello se emendará alli mismo el papél.

ESTATUTO X.

En las matérias que se huvieren de votar se observará esta distinción: que si fuere por votos públicos, empezará por el mas moderno, y finalizará en el señor Directór; pero si huvieren de ser los votos secretos, se hará lo contrário: pues comenzando por el señor Directór, se terminará en el mas moderno: cuyos votos mostrará el Secretário al señor Directór, y al Académico mas antíguo, y publicará la resolución, en caso de haver concurrido la mayor parte de votos; pero si estos estuvieren iguales, decidirá el señor Directór, en virtud del voto de calidád que debe tener en todo.

ESTATUTO XI.

Si algun Académico tuviere que hacer alguna proposición, la dirá al señor Directór, para que proponga à la Junta: ò si esta estuviere empezada, y conviene no dilatarlo, le pedirá licéncia para hacerla, poniendose en pié.

ESTATUTO XII.

Quando se ofreciere haver de hacerse elección de Directór, Secretário, ò Comissários, para qualquier encargo, se hará por votos secrétos, y bastará que en alguno concurran mas votos que en qualquier otro: y solo se repetirán los Escrutínios, en caso de que los que tuvieren la mayor parte estén con votos iguales; pero si la elección fuere de oficio de la Académia, no se podrá hacer sino en Junta de trece sugétos, por lo menos.

ESTATUTO XIII.

La elección de Impressór de la Académia, se podrá hacer en qualquiera Junta; pero siguiendo la misma formalidád en los votos.

ESTATUTO XIV.

Si se ofreciére la ocasión de haverse de hallar en la Junta alguno, que no sea Académico, se le dará el lugar conforme à su calidád y grado, en esta forma. A los Arzobispos, Obispos, Grandes de España, y Embaxadores de Corónas, se dará assientos à los lados del señor Directór, ò Presidente, fuera del cuerpo de la Académia. Y à los Abádes, Prelados de Religiones, Títulos, Enviados, y Caballeros notórios, en los lugáres immediatos al Decáno.

CAPITULO QUINTO.
DE LAS OBRAS DE LA ACADEMIA.
ESTATUTO PRIMERO.

Fenecido el Diccionario (que como vá expressado en el Capítulo priméro, debe ser el primer objéto de la Académia) se trabajará en una Grammática, y una Poética Españólas, è História de la léngua, por la falta que hacen en España. Y en quanto à la Rhetorica, podrá excusarse de trabajar de nuevo, porque hai bastante escrito.

ESTATUTO II.

Y como las obras de puro ingénio son regularmente de la jurisdicción de la eloqüéncia: pues esta mira, no solo a las palabras, sino à los conceptos, se encargará la Académia de examinar algunas obras de Prosa, y Verso, para proponer, en el juício que haga de ellas, las reglas que parezcan mas segúras para el buen gusto, assi en el pensar, como en el escribir.

ESTATUTO III.

Demás de esta ocupación, que ha de ser la contínua de la Académia, se encargará cada mes à un Académico, à elección del señor Directór, que escriba sobre el assunto que quisiere, un Discurso en Prosa, ò Verso, para leer en la Junta: con la adverténcia de que no ha de poder extenderse à mas de lo que se pudiere leer en media hora: y que de los doce que tocan à cada año, han de ser algunos sobre assunto sagrado.

ESTATUTO IV.

Las obras particulares de los Académicos, que se escribieren para dár al público en léngua Castellana, se examinarán (si ellos gustáren) en la Académia, por lo que mira al estílo: y no haviendose visto, y aprobado por ella, no se permitirá al Autór ponga el título de Académico, aunque la obra sea solamente la aprobación de un libro, siendo en Castellano; porque si fuesse en otra léngua, podrá ponerle fin esta circunstáncia, respecto de no ser del institúto de la Académia.

ESTATUTO V.

Si alguna Persóna de fuera de la Académia quisiere se vean en ella sus obras, se procurará excusar, por no distraherse de la ocupación própria; pero si fuere necessário verlas, se dirá simplemente, y en pocas palabras, lo que pareciere à la Académia solo de su estílo, sin hacer censúra formál.

ESTATUTO VI.

Atendiendo à que la revision de este género de obras (que podrán ser dilatadas) distrahería mucho à la Académia de su fin principál: se establéce, que el modo de examinarlas sea remitiéndolas priméro à la censura de tres Académicos, que con todo cuidado las examinen, y annoten lo que juzgaren se debe emendar, è informando de todo à la Académia por escrito, se resuelva en la Junta lo que sobre cada repáro se debiere executar: y arregladose enteramente el Autór à la decissión de la Académia, se le dé la aprobación, por certificación del Secretário: la qual podrá imprimir al princípio de la obra, si quisiére. Y en caso de que el Autór no ceda al dictámen de a Junta, de ningun modo se le dará.

Y vistos, y examinados estos Estatútos por el Directór, y Académia Real Españçola, en este dia, los aprobamos en todo, y por todo, para que se observen de aqui adelante, con la mayor puntualidad, para el buen gobierno de esta Académia, en conformidad de lo resuelto por su Magestad, y expressado en su Real Cédula de tres de Octubre del año próximo passado. Y en su virtud assi lo establecemos, firmámos, y mandámos sellar con el sello mayor de nuestra Académia, en Madrid à 24 de Enero de 1715. El Marqués de Villéna, Directór. Don Vincencio Squarzafigo Centurión y Arrióla, Académico Secretário.

20 Con las novedades referidas se iban agregando algunos sugétos à los priméros, que havían sido como fundadóres: y porque sería penóso referir con distinción los acuerdos de la Académia, en que se recibieron las Persónas que la han compuesto, y compónen: pues en doce años han sido muchos los admitidos, algunos los que han pagado el tribúto común de los mortáles, y no pocos à los que elservício de su Magestad, ò particulares interesses han obligado à hacer ausencia de Madrid, ò à freqüentar mui poco la assisténcia à la Académia: ha parecido mejor poner aqui lista de los Académicos recibidos despues de los fundadóres, con notícia de los dias en que fueron recibidos, y de las ausencia que cada uno ha tenido, que es como se sigue.

Don Adrian ComminK, Arcediano y Canónigo de Salamanca, y Agente General de las Iglésias de España. Fué admitido en 16. de Octubre de 1713.

Don Juan de Villademoros Rico y Castrillon, Abad, y Cura próprio que fué de Santa Maria de Dornélas, y despues de San Adriano de Meder en el Obispado de Tuy. En 13. de Noviembre de 1713. y falleció en 20. de Abril del año de 1723. Don Vicente Bacallár y Sanna, Marqués de San Phelipe, del Conséjo de su Magestad, su Caballerizo Mayor en el Réino de Cerdeña, Gobernador y Reformador de los Cabos de Caller y Galúra, y Alcáide de la Gran Torre: despues Enviado extraordinario de su Magestad à la República de Genova, y oy Embaxador à la de Holanda. En 23. de Noviembre de 1713.


Don Gonzalo Machado, tercer Presidente que fué del Consejo de Indias: oy de la Cámara en el mismo Consejo. En 11 de Abril de 1714.

Don Gerónymo Pardo del Consejo de Hacienda: oy del de Castilla. En el mismo dia.

Don Mercúrio Lopez Pacheco, Marqués de Aguilar de Campoo, Conde de San Esteban de Gormáz, Capitan de Guardias de Corps Españólasdel Rey nuestro señor: oy Marqués de Villéna, Duque de Escalóna, Caballero del insigne Orden del Toisón, Mayordomo Mayor de su Magestad, y Directór de la Académia. En 15. de Abril de 1714.

Don Juan Curiél, Colegial Mayor del Colegio de Cuenca de la Universidád de Salamanca: oy Caballero del Orden de Calatraba, y Alcalde de gradas en la Ciudad de Sevilla. En 10. de Junio de 1714.

Don Luis Curiél, Caballero del Orden de Santiago, del Consejo de su Magestad en el Real de Castilla. En 17. de Junio de 1714. y falleció en 27. de Noviembre de 1724.

Don Manuel de Villegas Piñatéli, Secretário de su Magestad, y de la Capitanía general del Réino de Galicia. En 4. de Noviembre de 1714.

Don Pedro Verdúgo de Albornoz y Ursá, Conde de Torrepalma, Caballero del Orden de Alcántara. En 6. de Junio de 1715. y falleció en el mes de Octubre de 1720.

Don Pedro Scoti de Agoiz, Señor de las Villas de Somontin y Fines, despues Corregidor de la Ciudad de Logroño. En 19. de Septiembre de 1715.

Don Alonso Rodrguez Castañón, Caballero del Orden de Alcántara, y Colegiál en el mayor de San Ildephonso de la Universidád de Alcalá; despues Fiscal de la Real Audiéncia de Sevilla. En 18. de Marzo de 1717. y falleció en 6 de Junio de 1725.

Don Joseph de Montealegre y Andrade, Alcáide proprio de las Aduanas de Sevilla: despues Bibliothecario de s Magestad, y Oficial de la Secretaría de Estado: y oy lo es de la del Despacho universal de Hacienda. En 25. de julio de 1720.

Don Pedro Manuel de Acebedo, Caballero del Orden de Santiago, Regidor perpétuo de la Ciudad de Sória, Sargento Mayor de Caballería, y Ayudante general que fué del Marqués de Bay: oy Gobernadór de la Ciudad de Xeréz de los Caballeros. En 6. de Febrero de 1721.

Don Fernado de Bustillo y Azcóona, Caballero del Orden de Calatra traba, y Brigadiér de los exércitos de us Magestad. En 3. de Abril de 1721.

Don Lorenzo Folch de Cardóna, del Consejo de su Magestad, y Alcalde de su Casa y Corte. En 27. de mayo de 1723.

Don Juan Isidro Iañez Faxardo, Caballero del Orden de Calatraba, Gentilhombre de la boca de su Magestad, su Secretário con exercício de Decretos en la Secretaría del Despacho universal de Hacienda, y Regidór de esta Villa. En el mismo dia.

Don Miguél Peréa, Presbytero, de la Orden de Santiago, Visitadór General de ella, y Capellan Mayor del Real Consejo de las Ordenes. En 3. de Enero de 1724.

El Doctor Don Thomás de Montes y Corrál, Cura Próprio de la Iglésia Parrochial de la Villa de la Adrada. Fué recibido por Académico supernumerario por la auséncia del Marqués de San Phelipe en 7. de Enero de 1724. Entró en Plaza del número en 30. de Noviembre del mismo año, en la que vacó por muerte de Don Luis Curiél.

21 Desde este año de mil setecientos y catorce, hasta el de mil setecientos y veinte y tres, fué prosiguiendo la Académia en sus exercícios, juntandose siempre en la Posáda de su Excelentisimo Directór, que la franquó con liberalidád, y especial gusto. Las Juntas han sido indefectiblemente cada semána, por lo general los Jueves, y aunque en algunas ocasiones se ha mudado el dia, por ciertos motivos, ha sido empeño constante, que no faltasse Junta en la semána. En estas se ha tratado unicamente el assunto de la Académia, sin permitir la mas leve digressión, aun à matérias, ò puntos, que por tocar à otras Ciencias podían ser de enseñanza: porque empeñados todos en el objéto del Diccionario, ha sido común empeño de los assistentes el no perder un punto de tiempo en adelantar su composición, y reveer lo que à este fin se havía trabajado por cada Académico: haviendo llegado à tanto grado esta constante aplicación, que hizo olvidar el exercício de las oraciones del mes, que los priméros años se observó trabajar con rigurosa puntualidád (las que se guardan en la Secretaría, para darse al público, donde hallarán los curioso diversión y enseñanza) porque despues considerando que este exercício, aunque útil y divertido, impedía el tiempo al Académico, à quien tocaba la composición, y embarazaba à la Académia el reveer lo trabajado, se fué omitiendo por olvído ù precisión , sin haverse echado menos, por atender à lo principál: siendo digna de reflexión la constáncia de los Académicos assistentes, que (sin otro impulso, que su honra, y el respéto à la Magestad, debaxo de cuya Protección trabajaban) han concurrido tan puntualmente, que haviendose observado el estatúto de no tener Junta sin siete Académicos, ha sido en doce años rara la vez que se ha dexado de tener Académia, por faltar esta número à componerla.

22 Esta continuadas taréas llegaron à producir tantos materiales, y copia de combinaciones acabadas en su última perfección, y otras, à las quales parecía por entonces faltarles mui poco para perficionarse, que aumentaron el deséo que tenían todos de dár à luz el trabájo: juzgando se perdía tiempo en tener ociosa la prensa, que daría lugar, mientras corria, à que se continuasse sin interupción la obra: porque hallándose la Académia abundante de autoridades para las voces, y exercitados los ingénios en el méthodo de exponerlas, era yá ocasión de empezar à imprimir, sin el riesgo de que el Impressór pudiesse alcanzar en la carréra: pues estaban casi dispuestas las priméras letras, en que havían trabajado todos, unos mucho, y otros lo que sus ocupaciones les havía permitido: y à los pocos, que havían perseverado constantes en la Académia, no les parecía trabájo especiál el acabar de ordenar las referidas quatro letras, reduciéndolas à su mayor perfección: y mas haviendo conseguido cada uno componer una, ù dos letras entéras de las que se siguen.

La E Don Adrian Connink.
La F Don Vincencio Squarzafigo.
La G Don Juan de Ferréras.
La H, y la L Don Fernando de Bustillo.
La I, y la J el Padre Joseph Casáni.
La K el Padre Maestro Frai Juan Interián de Ayala.
La O Don Manuel de Villegas.

23 Juntas estas à las quatro priméras componían sin duda mas de la mitad del Diccionario: y assi parecía justo no dilatar mas el imprimir, considerando lo que tambien se havía de tardar en concluir lo que faltaba. Este acuerdo se suponía conveniente, aun faltando à la Académia todos aquellos que por otras ocupaciones no podían ayudar, ni con su asisténcia, ni con su trabájo: pues se infería con bastante fundamento, que assi como los pocos, que continuaban con tanto zelo, havían podido contribuir à todo lo executado, podrían estos mismos trabajar, y perficionar lo que faltaba, supliendo su aplicación el número de muchos. Sin embargo de esta constante determinación, se reparó en que la falta de medios la havía de atrassar mucho, ù desvanecer en el todo, porque el gasto de la impressión havía de ser mui grande, y los Académicos, que podían contribuir con su voluntário trabájo, sin otro prémio, que el de la honra y zelo del bien p´´ublico, no eran capáces de suplir à propias expensas lo que necessitaba una impressión tan costósa: y no hallaban alívio al desconsuelo de vér malogrado su trabájo, no pudiendo salir à luz. En este estrecho acordó la Académia recurrir à la Real magnificéncia de su Protectór el Rey nuestro señor: porque haviéndose dignado su Magestad de manifestar era de su Real agrádo la fundación de la Académia, y tambien su continuación (pues repetidas veces se havía debido à su Magestad el honór de preguntar à su Directór el estado del Diccionario) se debía esperar de su Real piedad costearía este gasto, que con menos liberalidád no podía llegar à logro su esperanza.

24 Vióse bien presto premiada la confianza que se fundó en nuestro soberano Protectór, pues informado su Magestad de lo prevenido para la impressión, y de las demás circunstáncias, que en breve memoriál se expusieron, se sirvió de condescender liberalmente con la súplica, expidiendo en veinte y dos de Diciembre del año de mil setecientos y veinte el Decréto siguiente:

Considerando de quanta utilidád y beneficio es à el público lustre y esplendór à la Nación la subsistencia de la Académia Españóla establecida con mi Real Protección, y atendiendo à las instancias que me ha hecho, à fin de que la destíne caudáles para dár princípio à la impressión del Diccionario de la léngua, que tiene mui adelantado: He venido en señalarla sesenta mil reales de vellon de renta en cada un año, y que se la satisfagan del importe de los dos maravedis mas, que he mandado exigir y cobrar, desde priméro de Noviembre de este presente año, de cada libra de tabáco de todos los géneros, que se consume en España, para lo qual se han dado las órdenes convenientes: y mando que acabada la impressión del Diccionario, à la qual destíno esta cantidád, los referidos sesenta mil reales de vellon subsistan y queden por renta annuál para dotación de la Académia, y quando llegue este caso me hará presente los indivíduos que la componen, con expressión de sus circunstáncias y graduaciones, para que yo los señále los sueldos que me pareciere conveniente. Tendrase entendido en la Académia, y se executará assi. En San Ildephonso à 22. de Diciembre de 1723. Al Marqués de Villena. Está rubricado de su Magestad.

25 Este Real Decréto perpetuó la Académia, que hasta alli havía vivido sustentándose de la esperanza, zelo, y respéto à su Protectór: y haviéndose leído en la Académia, lo primero que se acordó fué rendir las debidas grácias à tan Real Bienhechor, y pedirle licencia de passar al Real Sítio de San Ildephonso à executarlo personalmente, y ponerse à sus Reales pies: y no haviendolo permitido su Magestad, por haver entonces determinado hurtar al mundo todas las ocasiones que se debían à su Real mérito, y apláuso, se enconmendó la oración de grácias à Don Lorenzo Folch de Cardóna, que vista por la Académia, se remitió à manos del Marqués de Grimaldo, quien la puso en las de su Magestad, y es la siguiente.

SEÑOR. La Académia Españóla, que en otras ocasiones se ha puesto à los Reales pies de V.M. para hacer expressión de la verdadéra alegría, ò justo dolór que dominaba sus fieles corazónes (segun lo ha persuadido la ocurréncia de los negócios, prosperos, ò adversos: que en todos igualmente se interessa su amorosa fidelidád) lo repíte ahóra, impelída de su reverente, justa, reconocida obligación, para dár à V.M. las mas rendidas grácias, por la singular honra que ha merecido à su Real magnanimidád, dignándose de concederla sesenta mil reales de renta para imprimir el Diccionario de la léngua Castellana, primer cui- dado de su institución: sirviéndose tambien de mandar, que fenecida esta utilissima obra, se aplique la misma cantidád à su dotación.

Negar, Señor, el beneficio, callarle, no agradecerle, ù olvidarle, son quatro espécies de ingratitúd, en que suelen tropezar los hombres: y estíma Séneca la última por la mas culpable: fundándose aquel gran juício, en que el olvído desvanece totalmente la esperanza de que pueda tener lugar el agradecimiento.

Mui agéna está la Académia de incurrir en ninguna de estas abominaciones, porque confiessa, y publíca imponderables los beneficios, grácias, honras y mercedes que ha recibido de V.M.

Manteníase la Académia aplicada (como oy lo está) à la incessante taréa de la formación del Diccionario; pero como no salía à luz la obra, y la vivéza de los génios Españoles sea tan extremada, no faltaron algunos que mirassen con impaciencia esta inculpable detención: passando à vaticinar (sin otro fundamento que el de esta involuntária tardanza) que toda su aplicación, sería tan despreciable, como inutil. La innata piedád de V.M. ha ocurrido à preservarla de este melancñolico luício: pues dispensandola medios para dár al público el Diciconario, acreditará (quanto lo permitan sus fuerzas) los aridentes deseos con que ha solicitado proporcionarse, à no desmerecer el Patrocínio que V.M. desde su fundación (felíz por este inestimable honór) fué servido concederla: y manifestará ser deliciosa, y util la fatíga, que ha empleado su desvélo, en hacer patente à próprios y extraños, que el Idióma Castellano se halla adornado, y enriquecido tanto, de Nombres, Verbos, Advérbios, Phrases, Translaciones y conceptos, que no necessíta del socorro de otro alguno para la mas elevada perfección de su elegáncia: pues possee, con abundáncia maravillosa, todo lo que ha menester, para constituirse en la esphéra de la mas pura eloqüéncia.

Nunca pudiera la Académia satisfacer à estas voces críticas (por mas que lo deseasse) ni fuera durable su unión, expuesta à los desdénes de la fortúna, si V.M. (glorioso imitadór en todo de su invictissimo Avuelo Luis XIV. à todas luces grande) no la diera el nuevo sér, que oy la concéde, sin reparar magnánimo, en que su permanéncia corra à cuenta de su Real Erário: en cuyo soberano favor afianza, con su mas lustroso desempeño, competir duraciones con el tiempo.

Comprehende bien la Académia, que al excesso con que v.M. se sirve honrarla, no es capáz de corresponder; pero su rendido reconocimiento se esfuerza, en el modo possible, à dár las mas respetosas señas de su gratitúd: sacrificando gustosissima, en las Aras de la Real Soberanía de V.M. víctimas sus corazones, abrasados en las purissimas llamas de su mas acrisolada lealtád: ofrenda que siempre ha sido bien recibida de los Reyes Christianissimos, y Catholicos, por la parte que tienen de Deidád: y que de V.M. será mejor admitida, porque siendo tan Catholico, y Christianissimo como todos, le hemos experimentado sus dichosos Vassallos tan suave, tan benigno, y tan amoroso como ninguno. Siempre estarán presentes en la Académia los beneficios que V.M. la ha dispensado, gra- vados en los corazones de todos sus indivíduos, mas durable, por esta razon, su memória, que si se esculpieran en mármoles, y bronces: permaneciendo siempre constante, à pesar de las injúrias del tiempo.

No puede proseguir la Académia en las mal formadas cláusulas, con que explicaba su profundo agradecimiento, porque repentinamente emmudece, à impulsos de la admiración, del assombro, y del pasmo: y à no haverla socorrido la Divína Providéncia con el prontissimo alívio de convertir los ojos de quantos la componen en copiosos arroyos de lágrymas, sufocados sus leales corazones, con la amargúra de novedád tan impensada, y peregrina, huvieran perdido à manos de su rigór los últimos alientos.

Estos efectos ha producido en la Académia la no imaginable determinación de trocar V.M. la Coróna, por la soledád, y las delícias de Reynar en este mundo, por los cuidados de coronarse en el Reyno immortál. Y aunque venera la Divína inspiración de que vé assistido à V.M. (pues sin ella no era practicable un hecho tan glorioso) y sin embargo de dexarnos V.M. una prenda, que por ser viva Imagen suya, espéra ha de ser su único consuelo; con todo esso llora justamente el retíro de un Monarcha, adornado de toda aquella universalidád de prendas, que pudo apetecer (y aun idear en su phantasía) el mas feliz vassallage: y llora con especialidád la sensible falta de su Real Fundadór, Protectór, Patrón, y Bienhechor.

Tiene presente, que el señor Emperador Carlos V. Avuelo augustissimo de V.M. renunció sus Réinos, y que à esta resolución graduó el mundo por la mayor hazaña de aquel invencible Heróe. Tambien que el Serenissimo Señor Delphín, Padre dignissimo de V.M. le cedió el derecho que tenía à la sucessión de estos dilatados domínios, prorumpiendo en aquellas cláusulas con razon admiradas de quantos las supieron: Mas que el Reynar estimo poder decir, el Rey mi Padre, mi hijo el Rey; pero no pueden estos Reales exemplares (por grandes, y magnánimos que sean) alegarse por exemplos de la gloriosa acción que V.M. acaba de executar: pues el señor Emperador se hallaba en la edad avanzada de cinquenta y seis años, y tan gravado de enfermedades, y achaques habituales, que era mui naturál en su Cesárea comprehensión anteviesse mui cercano su fin, como sucedió. La faltaba, tiempo havía, augusta Consorte, que le consolasse en sus aflicciones, le ayudasse en sus fatígas, y le fuesse fiel consejéra en los casos dificultosos. Tenía, no solo hijo varon ensayado en el gobierno de estos Réinos, sino tambien Nieto, y no faltó quien imprimiesse tomó esta resolución cansado del mundo, y de sí próprio. El Serenissimo Padre de V.M. (aunque presunto, y dignissimo heredero de tantas Corónas) no havía gustado lo que era Reynar, ni las adoraciones que acompañan al Cetro. Con que se puede decir (sin que la temeridád ofenda la grandeza de su Real ánimo) que cedió lo que aun no havía experimentado. Pero V.M. en la edad robusta de quarenta años, sin accidentes que le embarácen manejarse brioso: con la apreciable dignissima compañía de nuestra amada Réina (en quien podia V.M. descansar la mayor parte de sus" cuidados.) Princésa en quien desde luego admirámos, con las perfecciones de la exterior disposición, y gentileza, unas virtudes sólidas, acompañadas de un agrado magestuoso, de un juício superior, de una suma discreción, y con la felicidád de haver fecundado el Real Thálamo de su amante esposo con unas prendas hermosissimas. V.M. por espácio de veinte y tres años ha sabido lo que es Reynar, y ha recibido los leales cultos, que tan de veras, y con tan extremado amór le hemos prestado sus vassallos: de que son (à su pesar) buenos testigos los enemigos de V.M. pues en las dos ocasiones que tuvieron osadia para penetrar el centro de estos Réinos, volvieron llenos de escarmiento, quebrantados y vencidos. Con que se evidéncia (aunque brevemente) que unos y otros términos son mui distintos de los en que V.M. se hallaba: y sale por legítima conseqüéncia, que la resolución que V.M. ha tomado, está toda llena de Dios, y que su Divína misericórdia ha dictado à V.M. este generoso, y no usado desaproprio, para premiár sus virtudes, y que de dia en dia vaya athesorando nuevos méritos para que le veneremos Santo: para que falten à la fama plumas y clarínes con qué elogiar, y publicar acción tan heroica, y magnánima.

Esto deséa la Académia, y endereza sus votos à que Dios cancéda à V.M. una dilatada vida en compañia de la Réina nuestra Señora, para que, desde su elegido Retiro, vean coronada toda su Real posteridád, y que dá leyes al mundo.

26 Acordóse immediatamente no perder un punto de tiempo en la execución; pero aqui enseñó la expediencia aquella maxima tan fabida,, que facilita mucho la idéa lo que dificulta la práctica: pues al registrar los papéles, para ponerlos en límpio, y entregarlos al Impressór, se halló, que siendo mui facil desde la E en adelante; en las primeras quatro letras era impracticable, porque compuestas con todos, y algunas de sus combinaciones trabajadas por aquellos, que haviendo empezado con fervór, no havían proseguido con el mismo, no estaban en aquel ordenado méthodo que se deseaba. Además, que como ninguno (aun el mas aplicado) tenía à los princípios impressa en la imaginación la regla que havía de observar, y estos papéles fueron los primeros que se compusieron, se encontraron tan dewsiguales como los pulsos, ò génios de cada indivíduo: pues unos estaban demasiadamente concísos; otros con pesadéz difúsos; en algunos desabría la multitud de autoridades, y en otros ni una se hallaba: las correspondencias Latinas las tenían pocos, y las etymologías estaban olvidadas en muchos. Con que juntos estos papéles con otros sueltos de autoridades, que se encontraron, se reconocía en estas quatro letras un thesóro de autoridades; pero sin bastante disposición que les diese forma. A este inconveniente (que era el mayor, por ser estas quatro letras las primeras que se havían de imprimir, y las que havían de manifestar como índice el resto de la obra, y por dónde el público podría hacer juício del trabájo de la Académia en once años) se procuró ocurrir, resolviendo que Don Manuel de Villegas, y don Fernando de Bustillo (cuyas taréas havían merecido siempre la aprobación de la Académia) se encargassen de todos estos materiáles, y los reduxessen à un méthodo iguál: y que este trabájo passasse luego à Don Adrian Connink, y Don Lorenzo Folch de Cardóna, que con título de revissores le examinassen, por evitar el peligro, que suele suceder, de que la equivocación tome visos de verdád. Y para que la execución fuesse mas breve, se les ordenó descuidassen de las correspondéncias Latinas, que se encargaron à la aplicación, erudición, y buenas letras del Padre Maestro Frai Juan Interián de Ayála. Determinóse tambien, que la Académia se juntasse dos tardes cada semána, para resolver en ella todas las dudas que entre los quatro referidos podían ofrecerse: lo que se executó por el tiempo que fué preciso, para dár materiál à la prensa.

27 Para proceder con fundamento, se nombró por Thesorero à Don Vincencio Squarzafigo, y tambien se le encargó el cuidado de la imprenta, y provisión del papél: quedando al mismo tiempo nombrados Contadores Don Manuel de Villegas, y Don Juan Isidro Faxardo, para que llevassen la cuenta y razon de los gastos que se ofreciessen. Y deseando trabajar à muchas manos, se nombraron sugétos que formassen los discursos proemiales, que se havía acordado poner por erudición al princípio del Diccionario, quedando elegidos Don Lorenzo Folch de Cardóna para escribir la Dedicatória. El Padre Joseph Cafáni, de la Compañía de Jesus, para formar la História de la Académia. El Doctor Don Juan de Ferreras para la de la léngua Castellana. El Padre Joseph Cafáni para formar un discurso, y reglas de hallar las etymologías. Don Adrian Connink para formar un discurso, y reglas de Orthographía. Y Don Juan Isidro Faxardo para formar el Prólogo. A estos encargos satisfacieron todos con aprobación de la Académia, como tambien los compositores, y revissores de las quatro priméras letras, que empezaron luego à trabajar lo que estaba à su cargo, sin embargo de las dificultades que se les ofrecieron: pues al revolver los papéles se reconoció, que las combinaciones entregadas, que se creían acabadas, estaban en la realidád tan imperfectas, que no havían llegado à la mitád del estado en que debían ponerse: lo que hacía argüir con una morál certidumbre, que aun añadidas y trabajadas de forma, que parecía quedar perfectas, se debía temer estuviessen mui defectuosas: porque es naturál, que assi como al princípio pareció estar lleno el assunto, y con el tiempo, y estúdio se ha conocido diminúto: assi tambien, aunque ahóra parezca abundante, se puede recelar salga este tomo falto de muchas voces, que no han ocurrido, y se pueden ofrecer con el tiempo, assi à los Académicos, como à los que con algun cuidado leyeren el Diccionario por diversión, curiosidád, ù otros vários fines.

28 No embarazó este incoveniente à proseguir lo empezado, por que se consideró escollo inevitable, que no podía excusar la dilación, ni suplir el estúdio: dictámen, que ha enseñado la experiéncia en quantos célebres Diccionarios logramos oy perfectos, pues la Académia de la Crusca sacó su Diccionario en un tomo, poco mas que mediano: y en la segunda impressión dió à luz dos tomos grandes, y uno menór, compuesto de várias curiosidades pertenecientes à la léngua Toscána. El de la Académia Francesa confundió con su abundáncia los antecedentes, que con apláuso havían sacado vários Autóres, y yá le hace sombra el posterior de Trevoux. El celebrado histórico de Moréri se lee en cinco, ù seis tomos de à folio, quando el priméro, que tanto crédito dió à su Autór, salió de su mano en dos tomos de à quatro. Con que, atendida la experiéncia, este accidente es propriedád de todo Diccionario, y la halla el discurso su fundamento: porque como las obras de los Diccionarios no sean de aquellas en que puede apurarse la matéria, por no depender tanto del entendimiento, quanto de la memória, que es la que excíta las espécies, siendo quien las prodúce una poténcia frágil: es en ella tan naturál la inadverténcia, ò el olvído, que no es possible sacar estas obras con su última perfección, sin que despues se revéan, limen, y añadan à expensas del afán de una, y otra prensa.

29 Añádese à lo referido otra circunstáncia, que atendida sirve tambien de excúsa. Esta es, que las obras por mas que se revéan manuscritas, para emendarlas no se consigue el intento con tanta perfección, como vistas y examinadas despues de impressas: porque la mayor atención es preciso se divierta en la dificultad de leer lo manuscrito; al contrário de lo impresso, que como es clara su lectúra, solo se aplíca en ella el cuidado para la corrección, ò la crítica: y assi es mas facil de corregir y emendar lo impresso, que lo manuscrito. Por cuyas razónes, suponiendo que el defecto que puedan tener algunas voces, ò phrases es común de todo Diccionario la primera vez que sale al público, se determinó proseguir la idéa, y empezar à imprimir, cerrando los ojos à este inconveniente: à que solo se puede satisfacer en la segunda impressión, con lo que avíse la adverténcia de los Académicos, ò note la curiosidád de los erudítos.

30 Los Académicos prosiguieron en sus taréas, hasta conseguir dár princípio à la impressión por el mes de Octubre de mil setecientos y veinte y quatro: lo que no pudieron antes, por tenerlos parados la falta del papél: que no solo en nuestros Réinos estaba escáso, sino tambien en la general fábrica de Génova, donde fué preciso aguardar se trabajasse, por no haver fabricada la porción que era menester. Desde este tiempo no ha cessado la prensa, ni parado el curso de sus contínuas vueltas. Pero quando esta Náo (que se havía mantenido en bonanza, aun en la ocasión que la calma era desesperada tormenta) iba viento en popa arribando yá al Puerto de sus deséos: al tiempo de estarse imprimiendo el pliego ciento y veinte y ocho, la assaltó el viento mas cierzo en el funesto accidente, que la sobrevino el dia veinte y nueve de Junio del año de mil setecientos y veinte y cinco, con la falta de su primér Fundadór, y Directór. Verdaderamente se conoció aqui quanta alma daba su Excelencia à la Académia: pues aquel cuerpo, à quien no havía rendido el immenso trabájo; à quien no havía desesperado la impossibilidád de sacar à luz sus fatígas, por falta de medios: à quien no havían aturdido las voces vagas, que contra él havían esparcido los huracánes: à quien no havían batido los tiros, que desmandados havía arrojado la emulación, ò la ociosidád: solo este golpe le hirió, y penetró el corazón de forma, que dexó à sus indivíduos tan assustados, divididos, balbucientes, y atónitos, que casi verificaban el Divino Oráculo: Heriré el pastor, y se descarriarán las ovéjas. Cada uno falto de consejo, le buscaba en su afligido compañero: y à no haverles mantenido la esperanza, que debían tener en su soberano, y Real Protectór, se huviera deshecho, sin duda alguna, por sí misma la Académia; pero alentados con este único consuelo, encontraron el medio de juntarse à hablar; yá que el dolór no les permitía discurrir.

31 Congregados, pues, en la Posáda de Don Adrian Connink, que se eligió por la conveniéncia del sítio: lo priméro que se acordó (para dár algun desahogo à la pena, y alguna muestra de amór) fué, que à costa de los que alli concurrieron, y eran los contínuos de la Académia, se hiciessen unas honras públicas, con todo aquel lucimiento que cupiesse dentro de los términos prescritos por la Pragmática: eligiendo para esta función la Iglésia de Santa Maria, por haver sido Parrochia del difunto, y en la que tanto havía edificado en vida: y por Oradór para la Oración fúnebre, se nombró al Padre Maestro Frai Juan Interián de Ayála, señalando por Comissarios, para las disposiciones que se havían de dár, à Don Vincencio Squarzafigo, Don Manuel de Villegas, y Don Lorenzo Folch de Cardóna. Acordóse tambien, que en una de las priméras Académias se leyesse, como exercício Académico, un elógio, ò panegyrico de la vida del difunto, eligiendo al Padre Joseph Cafáni que le trabajasse. Haviendose cumplido en la forma possible con las obligaciones del amór y respéto debidas al difunto, se trató de darle digno sucessor: y considerando que la falta que se lloraba era imponderable, solo se encontraba la pudiesse suplir el Excelentissimo señor Don Mercúrio Lopez Pacheco, nuevo Marqués de Villéna, hijo, y heredero, no solo de los Estados, sino tambien de las prendas del primer Directór, y que era Académico desde el año de mil setecientos y catorce: y passándose à la elección, concurrieron en ella todos los votos, y se determinó, que los quatro mas antíguos, que alli se hallaban, fuessen Comissarios, para manifestar à su Excelencia el dolór que assistía à los Académicos en la muerte de su Excelentissimo Padre, y el deséo que tenían de que tomasse à su cargo el puesto de Directór, en que havía sido elegido. Lo que oyó su Excelencia benignamente, aceptando el empléo, y ofreciendo su Posáda para las Juntas, como hasta alli la havía tenido la Académia: con que logra este cuerpo vivir con cabeza, que dignamente le gobierne.

32 Segun lo decretado en esta Junta, se celebraron las honras el dia trece de Agosto del mismo año de mil setecientos y veinte y cinco: cuya relación se dió à luz con el Sermón que predicó el Padre Joseph Casáni.

33 Prosigue la Académia sus taréas esperando no cessará la prensa, y que solo se dilatará el acabar de salir todo el Diccionario el tiempo que sea necessário para tirar el papél.