El contrato social (1819): Libro IV - Capítulo III

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El contrato social de Jean-Jacques Rousseau
Libro IV - Capítulo III
C A P I T U L O I I I.

De las Elecciones.
Por lo que toca á las Elecciones del Príncipe y de los Magistrados que son como ya he dicho unos actos complexos, hay dos medios para proceder á ellas; á saber, la eleccion y la suerte: el uno y el otro han sido empleados en diversas Repúblicas, y se ve todavía una mezcla muy complicada de los dos en la eleccion del Doga de Venecia.

«El sufragio por suerte, dice Montésquieu, es propio de la Democracia.» Convengo en ello, pero por que? «La suerte, continua, es un modo de elegir que á nadie descontenta, y dexa á cada Ciudadano una razonable esperanza de servir á la Patria.» Estas no son razones. Si se atiende á que la eleccion de Gefes es una funcion de Gobierno y no de Soberanía, se verá el motivo por que el medio de la suerte es el mas acomodado á la naturaleza de la Democracia donde la administracion es otro tanto mejor quanto ménos multiplicados sean los actos.

En toda verdadera Democracia la Magistratura no es una ventaja, sino una carga onerosa que no se puede justamente imponer á un particular más bien que á otro. La ley sola puede imponer esta carga á quien le caiga por suerte. Siendo entónces igual para todos la condicion, y no dependiendo de alguna voluntad humana, no hay ninguna aplicacion particular que altere la universalidad de la ley.

En la Aristocracia el Príncipe escoge el Príncipe, y el Gobierno se conserva por sí mismo, y aquí es donde los sufragios están bien colocados. El exemplo de la eleccion del Doga de Venecia confirma esta distincion léjos de destruirla. Esta forma mezclada conviene á un Gobierno mixto, por que es un error tener al Gobierno de Venecia por una verdadera Aristocracia. Si el Pueblo no tiene parte en el Gobierno, la Nobleza es el mismo Pueblo. La multitud de pobres Barnabotas jamas obtiene la Magistratura, y la Nobleza no tiene mas que el vano título de Excelencia y el derecho de asistir al gran Consejo. Siendo este gran Consejo tan numeroso como nuestro Consejo general de Ginebra, sus ilustres miembros no tienen mas privilegios que nuestros simples Ciudadanos. Ello es cierto que quitando la extrema disparidad de las dos Repúblicas, los vecinos de Ginebra representan exactamente el Patriciado Veneciano: nuestros naturales y habitantes representan los Citadinos y el Pueblo de Venecia; nuestros Campesinos representan los vasallos de Tierra firme: enfin de qualquier modo que se considere esta República, prescindiendo de su grandeza, su Gobierno no es mas Aristocrático que el nuestro. Toda la diferencia consiste en que no teniendo algun Gefe vitalicio, nosotros no tenemos la misma necesidad de suerte.

Las elecciones por suerte tendrian pocos inconvenientes en una verdadera Democracia donde siendo todo igual tanto por las costumbres y por los talentos como por las máximas y por la fortuna, la eleccion vendria á ser casi indiferente; pero ya he dicho que apénas hay una verdadera Democracia.

Quando las elecciones y la suerte se hallan mezcladas, la primera debe recaer sobre los puestos que exigen capacidad y talentos como son los empleos militares: la otra conviene á los empleos para los que bastan el buen sentido, la justicia y la integridad como para los cargos de Judicatura, por que en un Estado bien constituido estas qualidades son comunes á todos los Ciudadanos.

Ni la suerte ni los sufragios tienen cabida en un Gobierno monárquico, por que siendo por derecho el Monarquía el único Príncipe y Magistrado, la eleccion de sus Lugar-tenientes no pertenece sino á él. Quando el Abad de St. Pierre proponia multiplicar los Consejos del Rey de Francia, y elegir los miembros por escrutinio, no veia que proponia una nueva forma de Gobierno.

Me falta que hablar del modo de dar y de recoger los votos en las Asambleas del Pueblo, pero en órden á esto, quizas la historia de la política Romana explicará mas sensiblemente todas las máximas mas que yo podria establecer. No será ageno de un Lector juicioso ver un poco circunstanciadamente como se trataban los negocios públicos en un Consejo de doscientos mil hombres.