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La Disgregación del Reyno de Indias/Capítulo 5 parte 3

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IV

En escala de fechas, corresponde a Bogotá el cuarto lugar de la serie americana de Juntas del año 10.

El 20 de Julio instauróse allí, en efecto, el Gobierno que desplaza al Virrey Amar. ¿Estaba este jerarca tallado de la misma madera que su pro-cónsul Montes? ¿Cómo éste en Cartagena, era aquel, por ventura, malquerido en Bogotá? Si ello era así, o parecido, no puede restar duda que la aplicación de la “regla gaditana”, por los santafereños, se hizo, no por pruritos separatistas, ni disgregativos, sino por los motivos que Cádiz precisamente indica en el documento de 28 de febrero, como determinantes adecuados de la nueva forma de gobierno. Y ese es el caso –digámoslo de una vez- del Virrey Amar, a quien la nobleza ciudadana, tachaba de déspota; y la masa popular, de defraudador y otras especies de parecida o peor calidad, además de considerársele por todos, como un fernandista tibio.

Agobiaría a mis amables oyentes, ya cansados y con razón, si me pusiera a enumerar al detalle, los mil episodios que terminaron por hacer odiosos a los bogotanos, al Virrey y a su consorte. La represión del movimiento de la levantisca villa del Socorro contra el autoritario Teniente Corregidor Valdez; la persecución a los quiteños complicados en la sedición de 1809; los destierros de Nariño, Rosillo, el Oidor Miñano, son hechos históricos conocidos, y eran más que suficientes para despojar de toda adhesión desinteresada a este gobernante. Nada prueba mejor – por lo demás – que no se le quería, que el triste episodio de su prisión y de la prisión de su esposa, ocurrido días después de la instalación de la Junta que presidió momentáneamente, visto a través de la crónica del testigo presencial José María Caballero que conocemos en el trasunto publicado por la Biblioteca de “Historia Nacional Colombiana”, bajo el clásico título “La Patria Boba”. La aplicación de la “regla de Cádiz” era, pues, de necesidad en la capital de Nueva Granada y su revolución del 20 de Julio no debe considerarse sino una coronación feliz de esfuerzos y tanteos practicados desde mucho antes, con ese signo. Veamos las pruebas documentales que lo demuestran.

El Comisionado Regio Villavicencio, recién llegará a Bogotá el 1º de Agosto, esto es, pasada una semana larga de la realización del anhelo juntista, pero por eso no se diga que no intervino vigorosamente en la jornada, y aun mejor, en prepararla y decidirla. Por los extractos de Torres Lanza, podemos vislumbrar fácilmente su actitud que se remonta a los primeros días de la estada en Cartagena. Así vemos que el 20 de Mayo dirigía una “reservadísima” al Virrey Amar en la que consta que se refiere a la “conveniencia del establecimiento de una Junta Provincial ( en Cartagena ) y de que él ( alude al Virrey ) formará una central en Santa Fe de la que dependieran las demás”, etc. En la primera obra citada se anota otra comunicación fechada diez días después de la primera ( el 30 de Mayo) que versa, según Torres Lanzas “sobre el mismo asunto a que se refiere su carta del 20 del corriente”. También en el susodicho índice consta que el 1º de Junio, Villavicencio dirige una carta reservada al Secretario de Estado y del Despacho de España e Indias en la que dice:

“que solo la llegada del Virrey de aquel Reino, D. Francisco Xavier Venegas, podía salvar aquellos dominios de la tormenta que la amenaza, preparada por el despotismo del Virrey, Oidores y Gobernador de Cartagena de Indias: que en Santa Fe se han cometido atropellos contra las personas que cita”, etc. Pero hay mucho más, todavía: si Villavicencio, recién pudo llegar a su ciudad natal el 1º de Agosto, su compañero Montúfar que, según se ha dicho traía comisión para Quito, estuvo mucho antes en Bogotá, pues allí llegaría el 17 de Junio para seguir hacia su Patria, recién el 30 del mismo mes. ¡Y cuánto pudo y debió hacer en esos días, Montúfar en favor del propósito Juntista por aplicación de la “regla de Cádiz”! Me aventuro a suponer que después de conversaciones mantenidas con él y por consecuencia de ellas, es que el tribuno del movimiento de 20 de Julio, Acevedo Gómez, decidióse a escribir a Villavicencio respecto a estos mismos particulares. Conocemos una de sus cartas datada en Santa Fe a 29 de Junio y advertimos por ella que a esa fecha ya el Cabildo de la ciudad “en respetuosas y sumisas representaciones” se había dirigido al Virrey, pidiéndole la instauración de un gobierno juntista. Pero por ella conocemos algo más y es el dato expreso y cierto de que Acevedo Gómez obraba ya entonces bajo la influencia tutelar del modelo gaditano, y recuérdese que fue este prócer y no otro, quien dirigió el movimiento de 20 de julio. Escribió allí, en efecto, el afamado tribuno:

“La circunstancia de haber sido una de las víctimas que proscribió el despotismo en este Reino, por haberme dedicado con el ardor y celo propios de los buenos patricios y fieles vasallos, a sostener los derechos de mi Patria combinándolos con los de nuestro legítimo Soberano el señor Don Fernando VII, es uno de los más urgentes motivos que me hacen tomar la satisfacción de molestar a Vuestra Merced desde ahora. La relación adjunta reservada que he formado con rapidez de los hechos más sustanciales de nuestra historia política en estos dos años, dará a Vuestra Merced una ligera idea de la opresión en que vivimos y de lo mucho que tenemos que temer los defensores de la buena causa, si con la llegada de Vuestra Merced no se minora el influjo del Diván y se atempera el sistema del Gobierno, modificándolo a las actuales circunstancias y arreglándolo a los principios que adoptó el pueblo libre de Cádiz.

“Cada instante que corre hace más necesario el establecimiento en esta capital de la Junta Superior de Gobierno, a imitación de la de Cádiz y compuesta de Diputados elegidos por las Provincias, y provisionalmente por el Cuerpo Municipal de la capital”, etc.

Hasta aquí Acevedo Gómez. ¿Y se pondrá en duda todavía, después de oir estas concretas palabras suyas la influencia de la “regla de Cádiz” en la Revolución de Bogotá? Y después de haber examinado los extractos de la correspondencia de Villavicencio que glosé anteriormente y considerando los antecedentes que expuse a grandes rasgos del mal gobierno de Amar, ¿cabrán todavía vacilaciones, antes de admitir que el movimiento santafereño del 20 de Julio tuvo un puro sentido de reacción actual y justificada contra una autoridad indigna de la confianza popular?

V

Santiago de Chile ocupa el quinto puesto en orden de tiempo, en la lista de las ciudades americanas que en 1810 sustituyeron por gobiernos de Junta – de orígen más o menos popular – a los mandatarios del antiguo régimen. Es notorio que ese hecho tuvo lugar en la capital de Chile el día 18 de setiembre. En cierto modo lo había preparado, haciéndole camino fácil, el cambio de García Carrasco por el Conde de la Conquista operado en el mes de Julio, dentro de las líneas normales del derecho público español para situaciones como la de la aguda crisis local que entonces se definía. A García Carrasco se le odiaba en Santiago y se le había rodeado de la peor fama. Yo me permito opinar que, en gran parte, la mal querencia de los santiagueños hacia este militar debíase al hecho de su formación “penquista”, a la lógica simpatía de él por los hombres y las tierras del Sur, donde tantos años había vivido. Y eso, en principio, era intolerable para la Capital, dominadora y hegemónica. Quisiera tener tiempo para fundar la opinión que expreso de pasada. Quede sentada por lo menos, como promesa ilevantable de una justificación ulterior de mi parte.

Después de la caída de García Carrasco mediante la solución operada en Julio, no parece que hayan habido motivos de fondo para llegar hasta el vuelco total del 18 de setiembre. Las razones que pudo aducir Bogotá, por ejemplo, no existen en Santiago. Aquí el Gobierno, ya entonces estaba en manos “dignas de la confianza” popular. Pero había otro aspecto en estos cambios que si se puede pasar inadvertido- porque en realidad es sutil o de matiz- en los casos que estudiamos anteriormente, no debo dejar de señalar en lo que nos respecta al que nos ocupa en este momento. Se trata del pleito interno de las facciones, la disputa de predominios personales, el choque de partidas y partidos, la lucha – a veces enconadísima – de familias rivales por una posición de puro honor o de gran medro. La lista podría empezar por la presidencia de Hermandades y Cofradías; seguir por los cargos de la “república”; continuar por los prioratos y conciliaturas de los Consulados y no finalizaría por cierto, en las asesorías y audituras, siempre distribuidas entre criollos; se prolongaba todavía la reyerta, sin causa superior, por las canonjías, por los grados y galones de la Milicia, etc., etc. Y bien; en lo oscuro del fondo del impulso Juntista de Santiago, yo pretendo ver, oscilando como luz fugitiva, algo así como una manifestación de pugnas entre los Larrain, los Argomeda, los Infante, los Huidobro, los Rosales , los Aldunate, los Cruz. El consulado por una parte; el Cabildo, por otra; la Audiencia por la de más aquí; el Claustro Universitario, por la de más allá; la Curia, el Tribunal de Minería, etc., etc.

Y la solución para satisfacer a todos, o para dejar a todos insatisfechos, podía estar, indudablemente en la adopción integral de la “regla de Cádiz” y por eso, sobre todo, pienso yo, que en este caso se fue de ella: porque excusaba pretensiones recíprocas y podía defenderse y exigirse con todo decoro.

Por lo demás, no reste duda, de que fue la “regla de Cádiz” y no otra cosa lo que se invocó en Santiago como motivo de legitimidad del cambio del 18 de setiembre.

Desde el mes de Junio, conocíase en Santiago, por lo menos en algunos círculos, la consabida proclama gaditana. Ignoro todavía, cómo había llegado entonces hasta allí. Quién salió de España con comisión de traerla y hacer reconocer al Consejo de Regencia, el Oficial de la Secretaría de Hacienda de Indias y antiguo Secretario del Consulado de Santiago de donde lo supongo oriundo, el señor José de Cos Iriberri, falleció, según lo expresamos anteriormente, mientras cruzaba el Golfo de Darien con rumbo a Porto-belo. Cos Iriberri, sábese que testó, dejando por Albacea a su compañero de viaje José de Arismendi, a “quien –según nos refiere Villavicencio (Documentos, pág. 74)- encomendó el repartimiento de todos los impresos de que estaba encargando”. Ahora bien; por los extractos de la colección Torres Lanzas nos enteramos que Arismendi, así como Pedro Iriberri – deudo, sin duda de don José- estaban en Lima en Octubre de 1810 y declararon “ante el Alcalde del Crímen Don Juan Bazo y Berry, sobre el viaje que hicieron desde Cádiz a Caracas y Cartagena de Indias con los Comisionados del Consejo de Regencia D. Carlos Montúfar, D. Antonio Villavicencio y D. José Cos, ideas de Montúfar y de Villavicencio de instalar Juntas, etc.”. Pero obsérvese que mucho antes de esa fecha esos viajeros debieron llegar a la ciudad de los Reyes, y de todos modos téngase la certeza de que la proclama de Cádiz ya entonces era asunto conocido de antiguo en ella, y bien conocido, porque el Virrey Abascal mismo, se encargó de ordenar su reimpresión en fecha 4 de Julio, según vemos por el Indice de Hojas Sueltas de Medina relativo a la Imprenta en Lima, en esta anotación, que para nosotros ahora resulta preciosa:

“El Virrey de Lima a los Habitantes del Perú. Peruanos: aunque en la fragata San Juan Bautista no he tenido noticia alguna de oficio, habiendo leído dos proclamas impresas en Cádiz dirigidas a los Americanos españoles, la una por el Consejo de Regenciaen quien renunció su poder soberano la suprema Junta Central y la otra creada novísimamente en aquella ciudad, me apresuro a hacerlas reimprimir, etc. ( colofón). Reimpresa en Lima: en la casa de niños expósitos”.

¿Vinieron desde Panamá al Perú, Arismendi y Pedro Iriberri en la Fragata “San Juan Bautista” de la anterior referencia de Abascal? Quede por resolver ese problema de puro interés de precisión erudita y conste, en cambio, de todos modos que en 4 de Julio de 1810 ya todos los limeños podían conocer el documento gaditano.

Volvamos a Santiago. Expresé anteriormente, que dicha pieza ya en Junio se leía en Chile, y me baso para ello, en el hecho de que el 24 de ese mes, según apunta don Juan Egaña en sus “Epocas y Hechos Memorables de Chile”, llegó a la capital del Reino la noticia de la instalación de la Junta de Buenos Aires. Para mí, con ese dato basta y sobra para justificar la deducción registrada. Pero sea lo que fuere, lo cierto es que mucho antes del 18 de setiembre, la bandera juntista se apoyaba allí en los principios de Cádiz. Vaya una prueba definitiva de ello. Después del 25 de Mayo, pero antes del 18 de setiembre, circula en Santiago un escrito redactado en forma de catecismo, que yo conozco a través de un impreso que tiene colofón de Buenos Aires, pero que carece desgraciadamente de fecha de impresión. Pues bien; en cierta parte de este texto, el diálogo se desarrolla en los siguientes términos:

Pregunta: ¿Los Representantes hechos por nosotros, cómo se llaman? Respuesta: Junta

P: ¿Qué es Junta? R: Unos hombres buenos elegidos por sus conciudadanos para defender la pureza de la Religión, los derechos del Rey y las vidas y propiedades de los vecinos.

P: ¿La Junta es según la voluntad de Dios? R: Sí, Padre.

P:¿Es a beneficio de los hombres? R: Sí, Padre.

P: ¿Qué ha hecho la Junta por nosotros? R: Morir peleando baxo el estandarte de la cruz, para salvarnos y redimirnos del infernal Napoleón.

P:¿Y después que murió volvió a resucitar? R: Sí, Padre.

P:¿Y a donde fue? R: A la Isla de León.

P:¿Y desde allí podrá venir acá? R: Sí, Padre.

P:¿Cuándo vendrá? R: El día del juicio.

P:¿Cuándo será ese día de juicio? R: Cuando Bonaparte acabe en España con las Provincias que le quedan.

P: ¿A qué ha de venir acá la Junta? R: A refugiarse entre nosotros y darnos cuenta de lo sucedido.

P:¿Y para entonces, que haremos todos? R: Levantarnos del sepulcro de nuestra inveterada esclavitud, para hacer con tiempo lo que ha hecho Buenos Ayres antes de que llegase la polvareda.

P:¿Y los buenos ciudadanos a donde irán? R: A sus haciendas, casas, y a descansar en el seno de sus familias, defendidos y guardados por la vigilancia de los que hayan nombrado para custodia de sus derechos, vidas y propiedades.

P:¿Y los malos adónde irán? R: A Malvinas, Baldivia y Juan Fernández.

P: ¿Por qué creeis todo eso? R: Porque España lo ha dicho.

P:¿Dónde lo ha dicho? R: En todos los papeles públicos que ha remitido a las Américas desde el principio de la instalación del Consejo de Regencia, Junta de Cádiz, que son los últimos que nos han llegado.

P: ¿Y qué nos dicen en ellos? R: Que las Américas son partes integrantes de la Monarquía, que son pueblos libres, que gozan los mismos privilegios y fueros que los de España, que depende de ellos mismos la suerte de los que han de de mandar, y que por la regla de Cádiz, elixan un gobierno digno de su confianza.

P:¿Habéis entendido esta doctrina? R: Sí, Padre, porque está muy clara.

P:¿Y qual es el gobierno digno de nuestra confianza? R: El mismo que de España.

P:¿Quál es el gobierno de España? R: La Junta.

P:¿Pues qué, la Junta es buena? R: Sí, Padre, buena y muy buena; porque de no España ni la hubiera ni la mandara.

P: ¿Es buena para todos? R: Sí Padre, para todos es buena, como todos la hagan reuniendo sus ideas al bien común sin preferir el particular.

P: ¿Pues por qué declaman algunos contra ella? R: Por malicia, o porque no la entienden.

P: ¿Quiénes declaman por malicia? R: Aquellos infelices que olvidando la Religión de nuestros padres desean entronizar en estos dominios a Napoleón y difunden entre nosotros la anarquía y divisiones intestinas, para que seamos una débil presa de sus garras.

P:¿ Quiénes declaman por qué no la entienden? R: Aquellos azorados con la imaginación de un gobierno a que no están acostumbrados, se espantan como niños pensando que es el cuco, que viene a quitarles la papa.

P:¿ Pues la Junta ha de quitar el comer a alguno? R: Por el contrario la Junta es para que todos coman.

P: Mostrad cómo. R: Sí, Padre: todos han de comer, porque la Patria que los abriga en su seno y necesita de sus brazos para sostenerse ha de empeñarse en robustecerlos y contentarlos para ser invencible: nada con preferencia ha de arrebatar los cuidados de esta amorosa madre como el hacer felices a sus amorosos hijos, manteniendo a los propietarios sin gravamen en sus heredades, los magistrados con decoro, y magnificencia en sus empleos, las autoridades constituidas con la dotación necesaria para que no se haga venal la justicia, las corporaciones y monasterios en el orden debido para que estando sus individuos bien socorridos sean útiles y edificantes al pueblo los diversos principios de su institución.

P:¿ Con que al fin nada se destruye, todo se mejora? R: Sí, padre: todo debe quedar como está, aunque más bien reglado porque no hay juez, tribunal ni cuerpo alguno, que no sea de absoluta necesidad para el mejor gobierno del Reyno. Ninguno hay superfluo, ni cabe creer que en la escrupulosa economía con que nuestra España ha regido las Américas, le engañasen los arbitristas para que mantuviesen funcionarios inútiles, o excesivamente pagados: todos pues, y algunos más son necesarios, y no pocos deben ser mejor asalariados.

P: ¿Para rentar a los nuevos vocales de la junta y sostener las tropas para la defensa del Reyno no ha de ser forzoso pensionar los fondos o minorar el horario de los rentados? R: No, Padre: de ninguna manera, ni para lo uno ni para lo otro se necesitan tales arbitrios.

P: Mostrad cómo. R: Para el decoro y mantención de la Junta sobran cincuenta mil pesos anuales, y esto y mucho más se harán efectivos a la primera providencia que se tome para excitar el comercio del Reyno, y exportar sus efectos, con lo que sin otro arbitrio sobrara para el fin deseado, y los propietarios de los fondos rurales y traficantes de todo género, abundaran de riquezas en muy pocos años.

P:¿ Y para las tropas? R: Las que hay pagadas en los diversos puntos del Reyno se consideran bastantes en el tiempo de paz: para las de guerra disciplinemos las milicias, no haya un hombre que no sea soldado: todos reconozcan sus respectivos cuerpos, y quando llegue el caso de una invasión extranjera, la patria se salvará en los brazos de cien mil ciudadanos que animados del entusiasmo que inspira la propia conservación dexaran burladas las tentativas de todo el poder de la Europa y por entonces los caudales de los Pueblos se derramarán para defenderse y ofender a los enemigos.

P: Según esto los que se empeñan en desautorizar a las Juntas, pintándolas como un monstruo destructor de las Américas, ¿son enemigos de ellas y tratan de perderlas? R: Es de fe humana.

P:¿ Lo creeis asi? R: Así lo creo”.

Aquí termina el precioso impreso que conocí – sea dicho de paso - gracias a la amabilidad de mi ilustre amigo argentino Reverendo Padre Furlong. No necesito comentarlo. Su importancia salta a la vista, por sí sola. Y todo lo que aquí me corresponde, es , pues , destacar que en él van unidos el propósito de proselitismo juntista sobre la base de la “regla de Cádiz” ( citada expresamente como se ha visto) y la manifestación de un espíritu “revolucionario” que está lejos de ser antifernandista y disolvente de la unidad hispánica.

El documento leído, es según expresé, de Junio o Julio o Agosto y así lo deduzco de su propio texto donde, al paso que se alude concretamente a la existencia de la Junta de Buenos Aires, se exterioriza la aspiración de establecer un Gobierno idéntico en Santiago. Corónase esa aspiración el 18 de setiembre, ¿y qué vemos? ¿Acaso entonces, aparece el juntismo santiagueño desconectado de la “regla de Cádiz”? No. Como no podía ser de otro modo, lo que podemos advertir es lo contrario, o sea la demostración de íntimas e inextricables vinculaciones entre ambos juntismos que aparecen unidos tan abiertamente como en relación de causa a efecto. No haré demorar pruebas y con su exhibición termino el estudio del caso Santiago.

En el ya citado apunte del prócer Juan Egaña titulado “Epocas y Hechos Memorables de Chile” (Colección de Historiadores, etc. , T.19, Pág. 47) se registra con una frialdad hielada esta escueta referencia con respecto al día 18 de setiembre de 1810:

“Instalación de la Junta reconociendo al Rey y las Autoridades de España, a consecuencia de la circular de Cádiz”.

Pero sigamos todavía. En el oficio que con fecha del mismo 18 la Junta de Santiago envió al Consejo de Regencia notificándolo de su creación y de la necesidad del paso dado, se dice:

“Opinaban unos ( se refiere a los vecinos reunidos en el Congreso General ) que debía establecerse una Junta Gubernativa, ninguno se oponía al digno mérito de su actual Jefe; pero – decían - ¿es posible que cuando Cádiz, al frente de la Majestad ( quiere aludir a la Regencia) ha necesitado erigir una Junta, y con su consentimiento ( alude naturalmente, al de Regencia) nos la ha enviado de modelo, necesitamos nosotros seguir su ejemplo?”.

Y véase finalmente, lo que se expresa al respecto de nuestro tema, en la misma acta del Congreso del 18 de setiembre:

“I teniendo a la vista el decreto de treinta de abril espedido por el Supremo Consejo de Regencia de que se niega toda provisión i audiencia en materias de gracia i justicia, quedando sólo espedito su despacho en las de guerra, con consideración a que la misma Rejencia en su manifiesto de catorce de febrero último ha remitido el de la instalación de la Junta de Cádiz advirtiendo a las Américas que esta podrá servir de modelo a los pueblos que quieran elejirse un gobierno digno de su confianza, proponiéndose que toda discordia de la capital provenía del deseo de igual establecimiento, con el fin de que se examinase i decidiese por todo el congreso la lejitimidad de este negocio: oído el Procurador Jeneral que con la mayor enerjía espuso las decisiones legales: i que este pueblo asistían las mismas prerrogativas i derechos que a los de España para fijar un gobierno igual, especialmente quando no menos que aquellos se halla amenazado de enemigos i de las intrigas que hace más poderosa la distancia, necesitando a precaverlas i preparar su mejor defensa con cuyos antecedentes penetrado el mui ilustre Señor Presidente de los propios conocimientos i a ejemplo de lo que hizo el señor Gobernador de Cádiz depositó toda su autoridad en el pueblo para que acordase el gobierno más digno de su confianza i más a propósito a la observancia de las leyes i conservación de estos dominios a su lejítimo dueño i desgraciado monarca el señor don Fernando VII”.

Tal lo que interesa del acta de Santiago. En este caso, ¿ se necesitará más, por ventura, para rendirse a la evidencia que vengo poniendo de manifiesto?

VI

La desmesurada extensión que ha cobrado mi estudio, a pesar, desde luego, de mi deseo de acortarlo, me obliga a tratar casi como de pasada el caso de la Junta de Quito que por haberme constituido en 22 de setiembre de 1810 es la última de la serie que reclama nuestro examen. Dejaré de considerar por la razón apuntada, y además porque son archisabidos los incidentes del tormentoso gobierno del Conde Ruiz de Castilla, incidentes debidos más que al propio carácter de éste, a intrigas, malquerencias, rivalidades y agrios enconos de sus cortesanos. Esos incidentes terminaron lúgubremente con la matanza de patricios del 2 de agosto y en su consecuencia el Reino entró al parecer, en una paz varsoviana. Así hubiera seguido quien sabe por cuantos meses o años, pero aparece en esos momentos por allí un tercero en las discordias y por su decisión Ruiz de Castilla fue desplazado del mando y en su lugar entra a gobernar una Junta como la de Cádiz. Ese tercero – no necesitaría aclararlo- fue el Comisionado de la Regencia, Montúfar, quiteño ilustre, ex-compañero de expedición científica de Humboldt que, según se ha visto regresó a América conjuntamente con Villavicencio y Cos Iriberri, siguiendo la ruta Caracas, Cartagena, Bogotá…

Obra de Montúfar es la Junta de Quito de 22 de setiembre. Obra es ésta, autorizada, por tanto, directamente por el Consejo de Regencia, aunque después el mismo la haya negado. No demoraré más en rendir prueba documental de lo que dejo expuesto: en carta confidencial y de amigo a amigo de fecha 21 de setiembre, Montufar escribe lo siguiente a Villavicencio:

“Antonio mío amadísimo, ya puedes figurarte mi cuidado y agitaciones en el estado en que he encontrado esto, de descontento general, desconfianzas mutuas, odios y venganzas; pero cumpliendo mi deber (nótese) como Comisionado Regio, y como buen patricio, he trabajado infinito a fin de conseguir la unión, el orden y tranquilidad tan terriblemente turbados. Desde que llegué empecé a acordar con este pobre Jefe a quien han manejado a su arbitrio personas mal intencionadas.

Su situación y la desesperación universal le han hecho entrar en todos los partidos que le he pro puesto. MAÑANA QUEDA INSTALADA UNA JUNTA SUPERIOR DE GOBIERNO, FORMADA EN TODO SEGÚN LA DE CÁDIZ, en el correo venidero te remitiré el acta acordada por voluntad general del Pueblo”.

Montúfar, como se ve, es terminante. Y, ¿quién más autorizado que él para darnos la versión fidedigna de los orígenes y sentido de la Junta de Quito?

Pregunto:¿Por qué Montevideo – ciudad de cercana tradición juntista- permaneció indiferente a la incitación que venía del “Pueblo Libre” de Cádiz en la proclama de 28 de febrero? ¿Por qué no la escuchó tampoco Asunción? ¿Por qué no se conmovieron en 1810, agitados por el impulso favorable a la remoción de su gobernante, ni Lima, ni Cuzco, ni Arequipa, ni Guayaquil, ni Cuenca, ni Maracaibo, ni Coro, etc.? Considero que, sin apartarme de la buena verdad histórica, puedo responder: porque en las nombradas ciudades en las cuales la mayoría inmensa de sus habitantes era criolla –al igual de lo que ocurría en Caracas, en Cartagena, en Buenos Aires, en Bogotá, en Santiago y en Quito- y lo eran- del mismo modo- la mayor parte de las milicias y tropas, no se habían manifestado en el transcurso del bienio que comienza a mediados de 1810- o por lo menos no se habían manifestado en forma acusada- los actos de despotismo, fernandismo vacilante, logrería, etc. que justificadamente aconsejaban la adopción de la “Regla de Cádiz”. Dicho de otra manera: porque en Lima, en Cuzco, en Arequipa, etc. sus gobernantes a la inversa de lo que sucedía con los gobernantes de Caracas, Cartagena, Buenos Aires, Bogotá, Santiago, Quito, gozaban de la entera confianza popular.

Del Virrey Abascal no podría decir honestamente ninguno de sus gobernados de 1808 a 1810 esto que en confidencial escribía-con toda razón- Acevedo Gómez al comisionado Villavicencio, acerca del Virrey Amar:

“La relación adjunta, reservada, que he formado con rapidez de los hechos más sustanciales de nuestra historia política, de estos dos años, dará a Vuestra Merced una ligera idea de la opresión en que vivimos, y de lo mucho que tenemos que temer los defensores de la buena causa”.

No sé que se haya afirmado, ni creo que pudo decirse nunca del Virrey Abascal lo que el ya nombrado Villavicencio dice de Amar y su gobierno de Nueva Granada en los párrafos que voy a leer de una carta suya, privada, a Lardizábal:

“Por los adjuntos oficios se impondrá usted de todos mis sucesos, de estar reconocida la Regencia (escribe desde Cartagena a 28 de Mayo de 1810) en esta Provincia y en particularidad del que contiene ocho o nueve pliegos, que pinta aunque no con la extensión que yo quisiera el verdadero estado de miseria y opresión en que viven estos habitantes; si usted no redime a este fiel y leal Reino, va a perderse miserablemente; todos a una se han llenado de júbilo y contento al verlo a usted en el seno del Supremo Consejo de Regencia, y a Venegas elegido Virrey; es imponderable el odio que se profesa a Amar por la codicia de su mujer, y por las razones que le expongo en mi oficio”, etc.

De Elío y sus allegados de Montevideo, no se podrían concretar jamás- con serena conciencia- acusaciones sobre mal uso de la autoridad desde 1808 hasta 1810, como las que en otra parte de este mismo documento perfila Villavicencio respecto al Gobernador de Cartagena, Montes, y a sus colaboradores cercanos.

Dice a ese respecto el Comisionado de la Regencia:

“Prediqué, rogué, concilié los ánimos ( de los cartageneros, agriados por disputas anteriores) y he conseguido que la fraternidad se restablezca y se olviden chismes y rencillas, y todo se va componiendo: ha habido regocijos públicos con músicas y bailes; todos los vítores y brindis son a Fernando VII, al Consejo de Regencia y a la fraternidad y unión de españoles europeos y americanos. Tengo mucha popularidad por mi carácter, y haber estado aquí cinco años; todos me llaman su ángel tutelar. A pesar de esto no puedo menos de decir a usted que Montes destruye mis obras con sus sandeces y mal manejo, inconsecuencia, y sobre todo con estar tan malquerido. El señor Escaño dirá a usted quien es este hombre, que con su sistema de economía indiscreta va arruinando cada día más a esta ciudad”, etc.

Más adelante continúa:

“Pienso trabajar por ambas Españas, clamar, gritar, decir a usted y a S.M. con imparcialidad la verdad de los hechos por duplicado y centuplicado; por cumplir con mi conciencia, con el Rey y con la Patria, no temo enemigos, calumnias ni venenos: procuraré guardar armonía con los jefes, en cuanto sea dable; pero esto es dificilísimo cuando son inconsecuentes, embusteros, y rodeados de personas mal intencionadas por temor o esperanza como sucede a Amar y a este Gobernador Montes, que los engañan, alucinan y comprometen en la opinión pública y del Rey con agravio ruinoso de estos fieles y leales vasallos de S.M.”.

¡Obsérvese cómo la reforma de gobierno auspiciada por Cádiz tenía que ser bien recibida en Cartagena!

Algo más todavía: “Mi querido amigo (sigue Villavicencio): salvemos a las Américas de las desgracias que se les preparan; (¿por quiénes, sino por sus malos gobernantes?) seamos sus redentores, los motines y sublevaciones son inventados o fomentados por los Jefes y Magistrados por aparentar celo, contraer mérito, y ejercer a su arbitrio el despotismo: estos fieles habitantes aman al Rey y sienten las desgracias de España: si se quejan de las injusticias o de los vicios y escándalos de los que mandan, sea de palabra o por escrito, o manifiestan cuál deberá ser el medio adaptable para que Fernando VII conserve estos dominios si la España sucumbe, todos ellos (los que mandan: nótese) gritan: Motín, Insurrección (justamente es lo que ocurrió en Santiago de Chile en el caso de Ovalle, Rojas y Vera absurdamente tachados de separatistas por García Carrasco y perseguidos y enviados al destierro con toda injusticia en Julio de 1810); los Jefes ( continúa Villavicencio) decretan prisiones por precaución, grillos, cadenas, etc.

Y para final óigase: “es una eterna verdad que hay más patriotismo y amor a Fernando VII en todas las Américas que en España. Lo he palpado, y es admirable a la distancia que están de las bayonetas francesas”.

Y en concordancia absoluta con los motivos y opiniones que aquí acaba de puntualizar Villavicencio, yo podría exhibir muchísimas otras piezas documentales “de primera agua” relativas a Caracas, acerca de cuya revolución sentenciaba el Oidor desterrado Martínez Aragón en documento confidencial dirigido a la Regencia desde Filadelfia en el mes de Julio: “el despotismo de Emparán, la desconfianza que todos tenían de sus operaciones (por afrancesado) y su necedad han causado la pérdida de Caracas”; relativos a Chile, bajo el mando despótico y chocante, para la aristocracia santiagueña, de García Carrasco; relativas a Quito, donde, al decir de Villavicencio en el documento que he venido leyendo, las familias principales “gimen en calabozos, cadenas y otros andan prófugos por los montes, confiscados sus bienes, saqueados a la francesa y expuestos a ser víctimas de sus parciales y mortales enemigos, Tacón, Gobernador de Popayán y Fuertes Amar, el Juez de la causa”( se refiere a la abierta a los Juntistas de 10 de agosto de 1809)

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Termino mi exposición. Exageraré, para ser breve, la conclusión que debe coronarla como extracto o resumen interpretativo: Para mí, por lo expuesto aquí a grandes rasgos y que en todo momento estaré obligado a aclarar y detallar más, el juntismo americano de 1810 debe definirse como un modo o solución patrióticamente salvadora de tremendas reacciones sangrientas contra gobernantes locales de acción que reputábase intolerable. Nace el Juntismo de 1810 sin la más remota idea de disgregación continental ni el menor propósito de impulsar la disolución de las Españas.

Inesperados hechos que comenzaron a perfilarse al día siguiente- se puede decir- de la erección de cada Junta fueron los que colocaron a “los pueblos” en el camino del separatismo y de la dispersión. Había que hacer un nuevo deber imprevisto y lo hicieron todos con firmeza y abnegación…