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Gaceta del Salvador/Tomo 2/Número 89

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Gaceta del Salvador en la República de Centro-América (1850)
Tomo 2 Número 89

página 1 TOM. 2.NUM. 89.



GACETA DEL SALVADOR,
EN LA REPUBLICA DE CENTRO-AMERICA.
La suscricion á este periódico importa seis
reales por trimestre vencido.—Los números
sueltos se espenderán á real.
SAN SALVADOR, Noviembre 15 de 1850.
|| Este periódico se publicará todos los viernes de cada
semana.—Se admiten suscriciones en la Impren-
ta del Triunfo.

Oficial

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OFICIAL.

DECRETO.
Ministerio de hacienda y guerra del Supremo Gobierno del Estado del Salvador.

El Presidente del Estado del Salvador,

CONSIDERANDO:
Que el comercio con la República del Norte toma cada dia mayor incremento, y que la moneda de dicha República se introduce con profusion en cambio de nuestros frutos agrícolas, cuyo movimiento es necesario impulsar por todos los medios posibles: que dicha moneda conocida con los nombres de águilas, medias y cuartas de águila son de buena lei, tienen el peso correspondiente y estan garantidas por uno de los gobiernos mas selosos de su crédito en esta materia, como es el de los Estados Unidos de América; se ha servido decretar y
DECRETA.

Art. 1.º—Tanto la Tesoreria jeneral como las aduanas maritimas, terrestres y administraciones de alcabalas del Estado, recibirán por el valor que espresan sus tipos las monedas norte-americanas, conocidas con los nombres de águilas, medias y cuartas de águila.

Art. 2.º—Se recomienda á las autoridades á quienes corresponda, la mayor ecsactitud en procurar la libre circulacion de esta moneda, removiendo los obstáculos que se presenten y haciendo cumplir las leyes que obligan á recibir toda la que como la norte-americana sea de buena lei y tenga el peso correspondiente.

Lo tendrá entendido el Ministro de hacienda y guerra, y dispondrá su cumplimiento.

Dado en San Salvador, á 11 de Noviembre de 1850.

DOROTEO VASCONZELOS.

El Ministro de hacienda y guerra.
Francisco Dueñas.



Hacienda

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HACIENDA.

ESTADO que demuestra los ingresos, egresos y ecsistencia que ha tenido la Tesoreria jeneral en todo el mes de Octubre prócsimo pasado; cuyos ramos y separaciones son las siguientes.

CARGO.

?,279
|| 6 || ¼ || Ecsistencia del año anterior.
?,026
|| || ½ || Productos del ramo de aguardiente.
321
|| 1 || || Idem. del ramo de papel sellado.
84
|| 5 || || Idem del de tabaco.
200
|| || || Préstamos voluntarios.
13
|| 5 || || Producto de asiento de gallos.
39
|| 5 || ¼ || Resagos y resultas de cuentas.
385
|| 2 || || Oblacion de capitales y réditos.
5,350
|| || ||
DATA.

Viáticos y dietas de los señores Representantes de las Cámaras Lejislativas
30.
|| ||
Sueldos de lso dependientes y sirvientes de estas
31.
|| 5 ||
Presupuesto del Supremo Gobierno Ministros y Dependientes
337.
|| 4 ||
Sueldos de la Suprema Corte de Justicia, Juez de 1.ª instancia y asesor
37.
|| ||
Idem. del Gobierno Eclesiástico
83.
|| ||
Idem de los Gobernadores y dependientes
139.
|| 4 ||
Idem de la Contaduría Mayor de Cuentas
116.
|| 4 ||
Idem de la Tesorería jeneral y Juzgado de hacienda
274.
|| 4 ||
Idem de Jefes y oficiales del ejército
581.
|| 4 ||
Haberes de la fuerza militar
1,548.
|| 2 || ½
Gastos militares
243.
|| 2 || ½
Idem estraordinarios del Supremo Gobierno
179.
|| 1 || ½
Idem de escritorio en todas las oficinas.
25.
|| || ½
Idem de impresiones
119.
|| ||
Pension de inválidos
28.
|| ||
Amortizacion de Bonos del Estado
385.
|| ||
Maza comun
3.
|| 3 || ½
Amortizacion de créditos contra la renta de tabacos
30.
|| ||
Erogaciones á virtud de leyes particulares del Cuerpo Lejislativo
227.
|| ||
Arrendamientos de edificios
63.
|| 7 || ½
Suma. $.
||
4,483.
|| 3 || ½
DEMOSTRACION.
CARGO $
5,350.
|| ||
DATA $
4,483.
|| 3 ||
Ecsistencia $
866.
|| 5 || ½

Segun aparece de la anterior demostracion asciende el cargo á cinco mil trescientos cincuenta pesos cinco octavos rs. y la data á cuatro mil cuatrocientos ochenta y tres pesos tres y un octavo reales; resultando de ecsistencia la cantidad de ochocientos sesenta y seis pesos cinco y medio reales.——Tesorería jeneral del Estado.—San Salvador, Noviembre 1.º de 1850.—J. M. Cáceres. Atanacio J. de Irrisari, oficial mayor. V. B. J. Leandro Chavez.

——X——X——

Ferias

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Ferias.