Informe Conadep: 019

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CAPÍTULO I - LA ACCIÓN REPRESIVA


A cada prisionero se le asignaba un número[editar]

En los C.C.D. se utilizaron números para la identificación de los prisioneros. A veces precedidos de letras como otra forma de suprimir la identidad a los secuestrados. A ese respecto se dice en el Legajo N° 2356:

«Ella se da cuenta en ese momento que los llamaban por número, no llamaban por nombre y apellido. Ella recuerda su número: 104. Recuerda que cuando la llamaban a ella era que la tenían que torturar...» (Testimonio de M. de M.).

Tan conmovedor como el ya visto del señor Lisandro Cubas cuando dijo: «...A mí a mí... 571...» .

Se les ordenaba, ni bien ingresaban, que recordasen esa numeración porque con ella serían llamados de allí en adelante, sea para hacer uso del baño, para ser torturados o para trasladarlos. Esta mecánica obedecía, además de constituir una forma más de hacer perder la identidad al secuestrado, a la necesidad de que nadie - aun guardias o carceleros - conociera la identidad del prisionero, para evitar que trascendiera al exterior el nombre de los cautivos.