Informe Conadep: 058
G. El compromiso de la impunidad
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Invariablemente toda la sociedad se ha inquietado ante la posibilidad de que algunos crímenes quedaran impunes. Sin embargo, la inquietud se erige en gravísima alarma cuando la impunidad pasa a convertirse en un elemento previsto para la ejecución del delito, incorporada como coraza de los hachos y formando parte del «modus operandi» de una conducta delictiva sistematizada.
Es el caso del terrorismo de Estado. Ya protestaba Hobbes en su «Leviathan», que no existe crimen más grande que aquel que se perpetra a conciencia de su impunidad. Por ello mismo, la subversión institucional inherente a tal situación perjudica seriamente y por un tiempo difícilmente mensurable la virtud ética que han de contener los actos gubernamentales. Es el caso del gobierno, del llamado «Proceso de Reorganización Nacional».
Aprovechar el estado de indefensión de las víctimas dice absolutamente todo a acerca de la personalidad de los victimarios. Pero este fenómeno asume otra dimensión, cuando quien ejerce el poder se autoatribuye facultades extraordinarias y planifica desde el inicio de su gestión un sistema completo de ilícitos. Al respecto, ha sido diáfana la conceptuación producida por el titular del Poder Ejecutivo Constitucional, en la exposición de motivos de su Decreto 158/83, por el que ordena el procesamiento de los responsables de la conducción de los ilícitos, cuando manifestaba: «La Junta Militar que usurpó el gobierno concibió e instrumentó un plan de operaciones... basado en métodos manifiestamente ilegales».
Al considerar este juicio presidencial, los hechos criminales protagonizados distan enteramente de poder considerarse «excesos» o resultados aleatorios no queridos por sus autores. Por el contrario -a estar a la definición transcripta-, fue acuñado desde el origen un plexo de delitos que por su entidad no registra precedente histórico en el país y que centralmente se basa en la presunción de que solamente quedaría librado, a la propia conciencia, de quienes lo, elaboraron y ejecutaron, sin inclinarse al debido control jurisdiccional o judicial de las conductas.
Lamentablemente, la asertiva definición presidencial ha sido plenamente corroborada por la investigación realizada por esta Comisión.
El contexto de impunidad que sirvió de base para la marginación del debido juicio a los responsables adquiere mayor claridad en ciertos casos de definición arbitraria, de «detención-desaparición» y/o de asesinato de personalidades notorias en la sociedad argentina y en el ámbito internacional. Nos referimos a hombres y mujeres; de distinguida ubicación en la vida del país, por sus roles o especiales calidades científicas, diplomáticas, religiosas, políticas, empresariales, sindicales, literarias, etc., en los cuales se simbolizó la convicción de los ejecutores del terrorismo de Estado, de que jamás serían convocados a dar cuenta de sus actos.
Este segmento social, tan particularmente representativo, que siempre ha tenido acceso a fuentes de poder y decisión, ha acudido también esta vez a esos mismos sectores, sin hallar remedio, al secuestro clandestino, ni a la imputación irresponsable de que fueron víctimas; sus familiares recurrieron de inmediato a cuanto factor de poder -especialmente a las propias Fuerzas Armadas- se hallaba a su normal alcance. Y pese a ello no lograron revertir la injusticia, a veces convertida en tragedia. Además de estos casos tan especiales; por su sobresaliente figuración en la opinión comunitaria, cabe agregar otros que, aunque no integraban aquel sector social, las traumáticas situaciones a que fueron reducidos resultaron altamente difundidas y cobraron perfiles destacados en la consideración pública, a causa de que determinadas personalidades o entidades -diplomáticas, políticas, etc.- se preocuparon activamente por intentar protegerlos y sustraerlos de la incertidumbre, la oscuridad y el horror, también sin resultados positivos.
Por el conocimiento de este ataque selectivo sin sanción ni reparación posible, por la comprobación de la total ineficacia de los resortes clásicos, jurídicos o sociales, de protección personal, se buscó que la población en su conjunto, se sintiera inerme frente a un poder ejercido con una omnímoda apariencia. Porque suele resultar altamente redituable, a los fines de ejecutar una política represiva terrorista, el convencimiento general de que nada ni nadie podrá torcer el curso de los acontecimientos prefijados.
Seguidamente haremos una muy limitada mención de casos de desaparición, tortura y muerte de personas cuya detención, por muy diversas circunstancias, movilizó la intervención de instituciones de muy alta consideración y reconocimiento social, sin poder conmover el marco de absoluta impunidad con que actuó la represión ilegal. Aun cuando, sin duda, la mayor evidencia de ello son los miles de desaparecidos por los cuales no se ha dado respuesta, a pesar de su invalorable condición de seres humanos.