Ir al contenido

Informe Conadep: 059

De Wikisource, la biblioteca libre.


CAPÍTULO I - LA ACCIÓN REPRESIVA


Secuestro de los Dres. Hipólito Solari Irigoyen y Mario A. Amaya

[editar]


Entre los «arrestados a disposición del Poder Ejecutivo Nacional» podemos citar dos casos extremos, signados por la más absoluta arbitrariedad, en los cuales el decreto colocándolos en tal situación fue precedido por el secuestro y desaparición de los detenidos y continuó con la muerte de uno de ellos.

Los legisladores nacionales Dres. Hipólito Solari Irigoyen y Mario Abel Amaya habían cesado en sus cargos al producirse el golpe de Estado del 24 de marzo de 1976, pero mantenían su alta representatividad política e investían la calidad de abogados defensores con amplia tradición en el patrocinio a detenidos políticos. El Dr. Solari Irigoyen había sido profesor universitario y tomó a su cargo frecuentes denuncias en el seno del Parlamento sobre casos de arbitrariedad policial y tormentos a prisioneros, antecedentes estos últimos similares a los del Dr. Amaya. Ambos fueron secuestrados el 17 de agosto de 1976 y alojados en el Regimiento 181 de Comunicaciones de Bahía Blanca, donde les aplican crueles tormentos. El día 30 de agosto de 1976, al cabo de un pedido formulado al Gobierno argentino por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, son trasladados hacia la ciudad de Viedma donde los arrojan al costado del camino. Allí recoge sus cuerpos de inmediato un móvil policial.

Curiosamente, el Gobierno publicó la versión de que el vehículo policial protagonizó un denso intercambio de disparos con el «coche secuestrador», logrando por fin la recuperación de las víctimas. Los Dres. Solari Irigoyen y Amaya declararon en seguida que no escucharon jamás detonación alguna por disparos.

A partir de ese momento, pasan a investir el carácter de «detenidos legales» y para legitimar todo el siniestro procedimiento se los acusa de «vinculaciones con actividades subversivas» y se los coloca en arresto a disposición del Poder Ejecutivo por Decreto N° 1831/76. Son Llevados el 11-6-76 al Penal de Rawson, y al ingresar al mismo reciben una tremenda golpiza que al Dr. Amaya afecta, ya irreversiblemente, al grado que, frente al drástico empeoramiento se resuelve a los pocos días conducirlo al Hospital Penitenciario Central -Cárcel de Devoto, Capital Federal-, donde se apaga su vida el día 19 de octubre de 1976. El Dr. Solari Irigoyen quedó encarcelado en Rawson, hasta que al cabo de nueve meses es autorizado a abandonar el territorio argentino -virtual expulsión- según decreto presidencial N° 1098/77.