Informe Conadep: 066

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CAPÍTULO I - LA ACCIÓN REPRESIVA


H. Represores y esquema represivo[editar]


La Comisión Nacional sobre Desaparición de Personas recibió en diversas oportunidades denuncias y testimonios de personas que reconocieron su participación en Grupos de Tareas y otras formas operativas en el aparato represivo. Esas denuncias han estado vinculadas tanto al conocimiento que tenían de la metodología represiva como de hechos referidos al secuestro, tormento y eliminación física de personas.

Esa colaboración espontánea partió, en varios casos, de represores a quienes, antes del 10 de diciembre de 1983, las mismas FF.AA. y de Seguridad sancionaron por distintos ilícitos al margen de la lucha antisubversiva, es decir con móviles individuales. Estos delitos de los que participaba la totalidad del aparato represivo quedaban impunes cuando eran parte de la operativa planificada para su accionar.

En tales casos, el testimonio tuvo no tanto un sostén ético (arrepentimiento, sanción moral, honor militar, etc.) sino la convicción de «haber sido abandonados por sus propios jefes», después de «haber contribuido a la guerra antisubversiva perdiendo en algunos casos la carrera o arriesgando la propia vida, mientras contemplaban el enriquecimiento de los jefes, la corrupción generalizada en las propias filas y la pérdida de los objetivos que se habían señalado como motivaciones para la lucha» (Testimonios N° 3675, 683 y 1901).

En algunos influyó el conocimiento que poseían de la eliminación física de muchos compañeros de armas «porque ya no les servían a los jefes o porque sabían demasiado».(Testimonio N° 683). Sólo excepcionalmente alguno de ellos dio muestras de arrepentimiento o de una valoración ética de la realidad vivida.

En algunos casos (Testimonios N° 3675 y 3157) los denunciantes manifestaron resentimiento contra sus jefes «por habernos usado» involucrándolos en un proyecto político y económico que finalmente traicionó los «ideales nacionalistas» por los que habrían inicialmente ingresado al Ejército, o a la Policía o a los «grupos» paramilitares.

Tal vez sólo en dos o tres casos se hicieron presentes sentimientos de culpa, de hartazgo por lo «demencial de todo esto», de voluntad de denunciar las atrocidades de las que fueron testigos o responsables para que «esto no vuelva a suceder», para que «mis hijos no tengan que vivir algo semejante». (Testimonio N° 3675).

Todo signo de discrepancia dentro de las FF.AA. y de Seguridad con los métodos utilizados para la detención y eliminación de personas fue sancionado de modo brutal. Brindar alguna información a los familiares de detenidos-desaparecidos sobre su localización, estado físico o destino era equivalente a la muerte. Estaban prohibidos, incluso, los comentarios entre las propias filas sobre los operativos realizados, sancionándose con el mayor rigor cualquier signo de humanidad que pudiera tenerse con el prisionero:


Mi esposo «se desempeñaba como Oficial Inspector de la Policía Federal en el departamento de Asuntos Políticos de la Super-Intendencia de Seguridad Federal». «Era un idealista dentro de la Policía, estaba en contra de la tortura y de todo lo que pudiera ser negociado o trampa. Su foja de servicios era impecable y a los 25 años ya era Inspector». Su único error consistió en brindar información a familiares sobre la desaparición de detenidos. «Apenas transcurridos dos días desde la desaparición de Carlos María... la esposa de un suboficial de Policía... me hizo saber que «no lo busque más porque ya lo mataron». (Mónica De Napoli de Aristegui - Legajo N° 2448)


Cualquier intento de escapar a la estructura represiva, a lo que sus mismos miembros llamaban el «pacto de sangre» podía implicar su persecución y aún su eliminación.

«En un departamento que estaba frente a la estación de Berisso había dos mujeres y un hombre. Todos fueron muertos. La última mujer que bajaba las escaleras con un brazo roto y que estaba agonizando fue «terminada» por el Comisario General Etchecolatz. Después de ese «enfrentamiento» se me entregan las credenciales y la ropa. Según el Código Penal Militar cuando se usan ropas o credenciales falsas para delinquir corresponde el máximo de las penas. Ahora bien, a mí me las proporciona, me las da el propio Comisario General y sobre esta base es que después se me inculpa y se me da el máximo de la pena» (Legajo N° 683).

«En otra oportunidad vio un grupo de mujeres jóvenes, desnudas en la zona de la pileta, que fueron llevadas luego a la sala de torturas. Por frecuentar ese lugar vi que allí se torturaba sobre una cama metálica, empleándose la «araña» que es un dispositivo de forma rectangular, conectado a un tomacorriente, que tiene movimiento propio al ser puesto sobre el cuerpo de la víctima. Los apremios eran aplicados sin excepción a todos los detenidos. Picana eléctrica manual y golpes. Yo pedí cambio de destino al no compartir la metodología y por entender que ello excedía mi función de policía, ya que toda mi trayectoria ha sido en Comisarías. Pero el hecho que va a determinar mi baja fue que el Principal Pozzi me convoca aparentemente para un operativo. Nos dirigimos a Carlos Pellegrini y al ver un automóvil Peugeot 504 verde asaltamos al conductor (lo que era habitual para obtener autos para operativos). Pero más tarde descubrí que el Oficial Pozzi destinó ese auto a su uso personal, previo cambio de la placa y que ese vehículo jamás fue integrado a la dotación de autos operativos. Comuniqué el hecho al Comisario Adorisio manifestándole que no estaba dispuesto a efectuar sustracciones en beneficio personal de un funcionario, pidiendo en ese acto ser relevado de la dotación. A partir de ese momento, las relaciones con el "Grupo" son tensas, agravándose con la posterior sustracción de otro automóvil particular para uso personal del Comisario. Me dirigí entonces al Jefe del Area de Seguridad Federal de quien dependía Adorisio para denunciar el hecho, respondiéndome el Jefe que 'comprendiera que estaban en guerra'. Cuando fui a cobrar mi sueldo (mayo o junio 1978) se me notificaron 20 días de arresto, sin especificar causas, no obteniendo explicaciones de mis superiores. Al interponer un recurso me imponen nuevo arresto, me bajan la calificación de 9 a 4 puntos y por último me dan el retiro obligatorio, en noviembre de 1981». (Legajo N° 5612).

«En una de esas noches (en las que quemaban cuerpos de detenidos) comenzaron a presionarme para que tomara parte más activa diciendo 'éste está muy limpito...'

También en una oportunidad en el curso de 1976, cinco policías aparecieron colgados en gancheras por negarse a colaborar. Era comentario general en la Jefatura que no habían sido muertos por la subversión como se había hecho público, sino por sus propios compañeros. En cuanto a los hermanos Voguel que trabajaban como Oficial y Suboficial de la Dirección de Investigaciones de la Policía de la Provincia de Buenos Aires aparecieron muertos.» «Nos dijeron que se había ahorcado en la celda de la Comisaría 4a. y el otro se suicidó tirándose del 3° piso de la Jefatura de Policía. Lo cierto es que habían sido acusados de haber colaborado con la subversión...» Cuando quise solicitar la baja con algunos compañeros, apareció un suboficial que nos dijo: 'No vayan a firmar la baja, aguántense adonde los manden, porque de civiles no doy ni cinco centavos por ustedes.» (Legajo N° 719).

«En un L.R.D. (centro clandestino de detención) llamado la Nueva Baviera (Tucumán) ocurrió un incidente porque dos detenidas, Piturra y Ana, mandaban cartas hacia afuera dentro de la ropa para lavar, aprovechando la complicidad de varios gendarmes. Uno de los que llevaba las cartas era el Gendarme Paiva que pertenecía al Grupo Móvil de Buenos Aires. En un momento la Piturra confesó lo que ocurría. Y Paiva desapareció. Otro gendarme Ríos que también estaba en ese tipo de cosas «le dieron la baja en 24 hs.» según dijeron, cosa que era rara. Ya en Campo de Mayo -de donde proveníamos- su esposa fue a reclamar varias veces porque dicho gendarme jamás volvió a su casa. Una noche en Campo de Mayo «levantaron» al Suboficial Maldonado y se lo llevaron. Era cordobés, alto, delgado y habitaba en la misma pieza que el Suboficial Montes. Jamás se supo tampoco nada de él». (Legajo N° 683).

«Yo comencé a tomar conciencia de lo que pasaba cuando detienen a mi amigo Jorge H. Velázquez, agente de la Policía de San Luis(...) Tanto él como yo y otro miembro de la Policía, Roberto Jesús Arce, habíamos descubierto que una Empresa de Investigaciones de San Luis se dedicaba con la connivencia de funcionarios policiales y de Ejército a secuestros extorsivos, que derivaban en detenciones a disposición del P.E.N. de gente totalmente inocente. Loa tres participábamos en 'grupos' de la lucha antisubversiva. Eramos nacionalistas creíamos en lo que estábamos haciendo. Denunciamos los hechos ante el Ejército y ante el Subjefe de la Policía de San Luis. A los tres nos llevaron al cuartel del Grupo de Artillería Antiaérea 141 dependiente del III Cuerpo a cargo del Gral. Luciano B. Menéndez donde fuimos brutalmente torturados. Estuvimos todo el tiempo tabicados, cubiertos los ojos con una venda. A mí me aplicaron la picana en sucesivas sesiones y luego me metían la cabeza dentro de tacho con agua. A Velázquez lo golpearon hasta hacerle perder la dentadura y a Arce también lo golpearon brutalmente. Los torturadores, con nosotros, actuaban a cara descubierta.» (Legajo N° 3846)

Los testimonios que anteceden dan una muestra clara del modo de actuación de los denominados «grupos de tareas», de su total desprecio por las normas éticas que rigen el uso de la fuerza por parte del Estado. Las reglas de juego de los grupos de tarea fueron similares a las de los grupos de gangsters y sus objetivos no fueron distintos. Pero a diferencia de aquéllos, que ven restringido su obrar por la posible represión de las fuerzas del orden, los grupos de tareas generados desde el poder eran paradójicamente las «fuerzas mismas del orden».

Esta Comisión entiende que resulta absolutamente indispensable la investigación judicial de la integración de los grupos de tareas en la estructura represiva. Entiende también que la posibilidad de determinar en definitiva la suerte de los miles de desaparecidos pasa necesariamente por la individualización de los componentes de los grupos de tareas, de sus responsables y de su dependencia orgánica de las fuerzas armadas. Existen pruebas suficientes para avalar la existencia de tales grupos y de su ubicación «legítima» en la estructura formal de las fuerzas armadas.

La investigación relativa a los centros clandestinos de detención demuestra que éstos funcionaron dentro del organigrama militar concebido para la lucha antisubversiva. Este esquema está contenido en «Directivas Secretas», «Ordenes de Batalla» y diversos instrumentos que reestructuraron jurisdicciones e introdujeron modificaciones orgánicas para el accionar clandestino de la represión.

Los centros de detención en los que se confinaba a los «desaparecidos» respondieron a una doble conducción: por un lado el manejo real y de hecho que estaba a cargo generalmente de la fuerza a la que pertenecía el establecimiento en el que funcionaba y por otro lado una dependencia orgánica de los Comandos de Cuerpo o las más altas jefaturas de la zona en la que estuvieran ubicados.

En su accionar conjunto, las distintas fuerzas constituyeron los, llamados Grupos de Tareas (GT), estructuras medulares de la represión clandestina.

«Los Grupos de Tareas estaban conformados con personal de las diversas Fuerzas Armadas y de Seguridad. Si bien se hallaban alojados en determinadas dependencias militares o de Seguridad, las que otorgaban su infraestructura, y en algunos casos se hacían cargo de las Jefaturas, los GT no dependían directamente de esos lugares sino de la Fuerza en la que tenían su sede: GTI y GT2 de Ejército (con las aclaraciones que más adelante se formulan), con sede en la CENTRAL DE REUNION del Batallón 601 de Inteligencia del Ejército (Callao y Viamonte, Capital Federal). El GT3 dependía del Servicio de Inteligencia Naval (SIN) de Marina de Guerra. El GT4 del Servicio de Inteligencia Aérea (SIA) de Aeronáutica y el GT5 de la SIDE». (Testimonio Legajo N° 7170 de un ex integrante de estos grupos).

La estructura establecida integraba por lo tanto los Cuerpos orgánicos de las distintas armas con la estructura de Inteligencia de las mismas, de las que dependían directamente las fuerzas o grupos de tareas, estructura secreta por su misma naturaleza y dependiente en forma directa de los respectivos Comandos en Jefe.

Esta Comisión dispone de información fehaciente e indubitable, según la cual tales grupos, denominados también Fuerza de Tareas o Equipo de Combate, se conformaban prácticamente en forma anónima en lugares de encuentro predeterminados, donde se impartía la misión y con personal de distintos elementos que -en muchos casos- ni siquiera se conocían. Una vez cumplida la misión, dicho personal se reintegraba a sus elementos de origen. (Conforme la información oficial obrante en poder de esta Comisión).

Un oficial de la Policía de la Provincia de Buenos Aires explica en su testimonio (Legajo N° 7316) el modus operandi de un Grupo de Tareas:

«...conocido un 'objetivo' o 'blanco' (elemento subversivo) o sospechoso de tal, se lo detenía, se lo llevaba a un lugar de interrogatorio y se le daba 'máquina' (tortura con picana) extrayéndole información de otros sospechosos, a los que se procedía a detener y así, hasta tener todo un 'mosaico' o cadena de personas. En algunos casos, esa cadena se cortaba cuando algún detenido se 'quedaba' (moría) en la tortura. Recién entonces con un grupo de personas investigadas o un cierto cúmulo de información se elevaba a la Superioridad, tanto a la jefatura de Policía como a la jefatura del Area Militar. Esa información iba codificada y partía desde el mismo GRUPO DE TAREAS. En las Comisarías se hacía un 'informe reservado'(donde se ponía la verdad del procedimiento) y un Acta 20840 (donde se volcaban los datos que servían para la cobertura de 'legalidad' como por ejemplo en los casos de detenidos a los cuales se 'cortaba' (mataba) haciendo figurar que habían muerto en un enfrentamiento.»

Del testimonio del Legajo N° 7170, se obtiene esta versión acerca de algunos aspectos del G.T.2. En los C.C.D. intervinieron diversos Grupos de Tareas a través de sus delegados. Estos podían interrogar a los detenidos que su Grupo de Tareas hubiera ordenado detener o hubiera secuestrado el grupo operativo del GT, quedando a disposición del GT la persona detenida. Hubo por ello delegados de un determinado GT que visitaban diversos centros clandestinos de detención si había una persona secuestrada que pudiera brindarles información sobre las tareas de inteligencia propia de ese GT.

La operativa del GT 2, previa a las detenciones, era la siguiente: cada caso se abría por una Información Base, que tenía un Origen y una Valoración.

El origen podía ser por propios medios o por denuncias, infidencias, interrogatorios, contra inteligencia. La valoración va de acuerdo a la confiabilidad que se tiene en la fuente de información. A partir de la llamada Segunda Fase (1977) el origen fundamental de la información provenía de lo obtenido en los interrogatorios bajo tortura. A esa Información Base se incorporaban los antecedentes que hubiera y se confeccionaban Ordenes de Búsqueda o de Reunión, para que investiguen. Esta investigación consistía en averiguar el domicilio del investigado, tipo de vivienda y lugar, entradas y salidas, vías de aproximación, vías de escape, comisaría de la zona, concepto vecinal y todo otro dato de interés. Se utilizaba el dicho en los Grupos de Tareas de «ovejear» o «hacerle la oveja» a alguien (por las iniciales de Orden de Búsqueda). La síntesis de toda esa información al día se conocía como Cronología del Caso. De ser necesario se practicaban Penetraciones Técnicas con coberturas "apropiadas" (operario de ENTEL, inspector de Migraciones, Inspector de la Municipalidad de Buenos Aires, etc.) Con todo esto se confeccionaba una carpeta conocida como CASO, numerada, con nombre real o «de fantasía». También se confeccionaba una Ficha de Antecedentes (datos de filiación, descripción física, anexos con observaciones de interés). Estas FICHAS eran enviadas a la Sección Registro y Archivo del Batallón 601, después conocido como Sección de Antecedentes, la que procedía a clasificar por orden alfabético y numérico -número de documento de identidad- previa confección de placas de slide y sus respectivas copias (discos) que contenían todo el material microfilmado de la información reunida. Se obtenían fotografiáis de los sospechosos de los más diversos modos, entre otros: a través de la información reunida por los "inspectores de migraciones" u otros con coberturas, sobre la filiación de la persona con lo que se solicitaba a la Policía Federal y a toda la comunidad informativa el prontuario de dicha persona donde constan las fotos.

El número de la carpeta o CASO se anotaba en un libro que manejaba el Jefe de Equipo del GT. Cuando la información obtenida justificaba un procedimiento se emitía una Orden de Blanco. Esta orden era girada a los grupos o brigadas operativas del Grupo de Tareas, quienes se encargaban de capturar a la persona -ya que la Orden de Blanco es virtualmente una orden de detención- o de allanar el lugar determinado. (Conforme declaraciones de testimonios - Legajos Nros. 7170, 7171 y 5884).