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Manual de finanzas personales y de familia/Capítulo 4

De Wikisource, la biblioteca libre.

Capítulo 4 MIS
IMPUESTOS
Y DE LOS
NEGOCIOS


¿Qué son los impuestos?
Impuesto al valor agregado (IVA)
Impuestos a las rentas del capital y
del trabajo
Impuesto de herencia y otros
Impuestos municipales
Declaración y pago de los impuestos
Fines sociales y ambientales de los
Impuestos
Preguntas

¿Qué son los impuestos?

Los impuestos vienen desde la antigüedad. Una sentencia bíblica atribuida a Jesús, quien respondía a sus discípulos que le consultaban si era justo pagar impuestos, dice: «pagad pues a César lo que es de César, y a Dios, lo que es de Dios» (Mt 22,21). Esta frase apunta a que, en materia tributaria, debe separarse lo terrenal de lo espiritual. ¡Y nada más terrenal que los impuestos!

Los impuestos tienen antecedentes anteriores a la era cristiana. Las primeras leyes tributarias aparecen en Egipto, China y Mesopotamia hace unos cinco mil años. En el origen, los impuestos eran aplicados a las personas, por los soberanos y el clero, para financiar los asuntos de las castas gobernantes y ceremonias religiosas respectivamente.

En la actualidad, los impuestos que recauda el fisco permiten financiar gasto e inversiones y actividades de bien general en beneficio de los habitantes del territorio. Entre ellas, las de defensa, educación, salud, transporte, funcionamiento de las instituciones, servicios públicos y programas sociales en favor de la ciudadanía.

En Chile existen dos impuestos principales que son los de mayor recaudo fiscal. El IVA (impuesto al valor agregado) y el de rentas (del trabajo y del capital o utilidades de la industria y del comercio). Aunque de menor relevancia, hay otros impuestos que también contribuyen, como los de herencia, timbres, aduanas e impuestos municipales.

Clasificación de los impuestos

IMPUESTOS

PRINCIPALES

FUENTE AFECTAN A
IVA DL N.° 825 COMPRAS Y VENTAS
IMPUESTO A LA

RENTA

DL N.° 824 RENTAS DEL CAPITAL Y

DEL TRABAJO

OTROS IMPUESTOS
IMPUESTO A

LAS HERENCIAS, ASIGNACIONES Y DONACIONES

LEY N.° 16.271 HERENCIAS,

ASIGNACIONES Y DONACIONES

IMPUESTO DE

TIMBRES Y ESTAMPILLAS

DL N.° 3.475 CONTRATOS Y

DOCUMENTOS DE CRÉDITO

IMPUESTO DE

ADUANAS

DL N.° 825 IMPORTACIONES
IMPUESTOS MUNICIPALES
PERMISOS DE

CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS

DL N.° 3.063 VEHÍCULOS

MOTORIZADOS

PATENTES DE

FUNCIONAMIENTO DE EMPRESAS

DL N.° 3.063 CAPITAL PROPIO DE LA

INDUSTRIA Y COMERCIO

Impuesto al valor
agregado (IVA)

Este impuesto grava la compraventa de bienes y servicios en general. Lo paga el consumidor final —todos nosotros— mientras que las empresas actúan de intermediarios entre el consumidor y el fisco. Tiene una tasa general de 19 % (en 2019) que se aplica en todo el territorio nacional, aunque algunos productos y servicios están exentos de pagarlo.

Este impuesto siempre está incorporado en el precio de las boletas de compras y ventas. Esto se debe a que, en general, es el consumidor final de los productos (el comprador, sean personas o empresas) quien paga el impuesto. En cambio, los comerciantes (quienes venden, sean personas o empresas) emiten o reciben facturas por sus ventas y sus compras, donde separan el valor de la mercancía del valor del impuesto y ello determina, cada mes, un saldo a favor del fisco (débito mayor que crédito) o del comerciante (débito menor que crédito). En el primer caso, la diferencia debe pagarse al fisco; en el segundo, el fisco devuelve a la empresa el saldo a favor.

SI COMPRAS UN KILO DE PAN EN $1.190 Y EL IVA ESTÁ INCLUIDO EN EL PRECIO, PERO QUIERES SABER CUÁNTO VALE EL PAN Y CUÁNTO ES EL IVA DEBES DIVIDIR EL MONTO TOTAL POR 1.19 (1.1990 ÷ 1,19 = 1.000) LO QUE DARÁ 1.000. LUEGO, PARA SABER CUÁL ES EL 19% DE 1.000 HAY QUE MULTIPLICAR 1.000 POR 19 Y DIVIDIR POR 100. EL RESULTADO SERÁ 190, O SEA, EL IVA DEL KILO DE PAN DE $190.

POR OTRO LADO, CUANDO NECESITES AGREGAR EL IVA A UNA COMPRA O VENTA NETA (SIN IVA) DEBES MULTIPLICAR EL VALOR DEL PRODUCTO POR 0,19. EL RESULTADO DE ESTA OPERACIÓN SE LO SUMAS AL PRECIO Y LISTO.

Hay algunos productos y servicios que están exentos de IVA; es decir, no pagan impuesto. Por ejemplo, el transporte de personas en micro, bus, taxi, avión y tren; las entradas al cine, la compra y venta de casas hasta ciertos montos, la venta de autos usados de más de un año y otros. También hay productos con impuestos específicos o adicionales y tasas diferentes, como el de es el caso de los licores y cigarrillos. El aporte del IVA al presupuesto fiscal fluctúa entre el 40 % y 50 % del gasto e inversión fiscal. La evasión por su parte, o sea, lo que deja de pagarse al fisco, se estima entre 20 % y 25 %, aprox. del valor por recaudar. Para evitarla siempre debemos pedir la boleta o factura de las compras que realizamos.

Impuestos a las rentas
del capital y del trabajo

Este impuesto se calcula para las rentas del capital y supone gravar las utilidades de las empresas y las ganancias de las inversiones de personas naturales y jurídicas. También afecta a las rentas del trabajo, que corresponde a los ingresos de los empleados y jubilados por concepto de sueldos, honorarios y pensiones. La clasificación y las tasas de la Ley de Renta vigente durante 2019 se resumen a continuación:

Categorías del impuesto a la renta

CATEGORÍAS TIPOS DE

RENTAS

TASAS DE IMPUESTO AFECTA A
PRIMERA

CATEGORÍA

RENTAS DEL

CAPITAL

TASA GENERAL DE

25 % O 27,5 %

LAS UTILIDADES

DE EMPRESAS E INVERSIONES DE PERSONAS

SEGUNDA

CATEGORÍA

RENTAS DEL

TRABAJO

PROGRESIVA POR

TRAMOS (DESDE 0 % A 40 %)

LOS INGRESOS DE

TRABAJADORES DEPENDIENTES Y PENSIONADOS

IMPUESTO

GLOBAL COMPLEMENTARIO

SUMA DE

TODAS LAS RENTAS

PROGRESIVA POR

TRAMOS (DESDE 0 % A 40 %), MENOS LOS IMPUESTOS DE PRIMERA Y SEGUNDA CATEGORÍAS PAGADOS

TODAS LAS RENTAS

(DEL CAPITAL Y DEL TRABAJO) DE LAS PERSONAS

IMPUESTO

ADICIONAL

RENTAS DE NO

RESIDENTES (EXTRANJEROS)

TASA DE 35 % LAS TRANSFERENCIAS

FUERA DEL PAÍS

Fuente: elaboración propia

Impuesto de primera categoría es para las utilidades de las empresas e inversiones de personas naturales. También son llamadas rentas del capital. La tasa general de impuesto es de 25 % o 27,5 % del monto de la utilidad (vigente desde 2018 según el régimen tributario del contribuyente). Si hay pérdida, no se paga este impuesto.

Es un impuesto de declaración y pago anual. Se paga al fisco en el primer cuatrimestre del año siguiente al de la utilidad, aunque las empresas deben cancelar mensualmente una parte a cuenta, proceso denominado Pagos Provisionales Mensuales o PPM. Al final del año se calcula el impuesto anual correspondiente y a ese monto se le restan los PPM pagados. Si queda saldo a favor del fisco, este debe cancelarse hasta el 30 de abril; si, por el contrario, queda saldo a favor de la empresa, el fisco lo devuelve debidamente reajustado de acuerdo con la variación del IPC de ese lapso, en mayo o junio de cada año.

Impuesto de segunda categoría es para los ingresos de los trabajadores dependientes (los que tienen contrato de trabajo) y los pensionados. Se llama también Impuesto Único a los Trabajadores (IUT). Tiene una tasa progresiva por tramo, donde las primeras 13,5 UTM (Unidad Tributaria Mensual) de sueldos o pensiones están exentas de pago (ingresos brutos menos descuentos previsionales). Los sueldos o pensiones que superen ese monto pagan impuestos con tasas desde 4 % en el segundo tramo y que aumentan progresivamente hasta llegar al 40 % en el octavo y último tramo para ingresos sobre las 120 UTM.

PENSIONADO

TRABAJADOR JUBILADO QUE RECIBE INGRESOS Y PRESTACIONES ECONÓMICAS Y SOCIALES DE ACUERDO CON LOS MONTOS Y CONDICIONES ESTABLECIDAS EN LA LEGISLACIÓN DE CADA PAÍS.

La siguiente tabla ilustra sobre los tramos de sueldos, montos en UTM y tasas correspondientes. En la práctica, las UTM se convierten en pesos de acuerdo con el valor que esta tenga en cada mes.

Tabla mensual del Impuesto Único a la Renta

DESDE (UTM) HASTA (UTM) TASA (%) REBAJA (UTM)
0,00 13,50 0,0 0,00
13,51 30,00 4,0 0,54
31,01 50,00 8,0 1,74
51,01 70,00 13,5 4,49
70,01 90,00 23,0 11,14
90,01 120,00 30,4 17,80
120,01 310,00 35,0 23,32
310,01 ADELANTE 40,0 38,82
Fuente: elaboración propia

Las empresas descuentan este impuesto de las liquidaciones mensuales o periódicas de las remuneraciones de sus trabajadores y lo pagan al fisco, a través de entidades bancarias, los primeros días del mes siguiente al descuento.

POR EJEMPLO, SI TUVIERAS UN SUELDO MENSUAL INFERIOR A $672.000, CON DESCUENTOS PREVISIONALES DEL 20 % Y LA UTM FUERA DE $50.000, ENTONCES NO PAGARÍAS IMPUESTOS PORQUE ESTE MONTO SE UBICA BAJO LAS 13,5 UTM (50.000 × 13,50 = $675.000), POR LO TANTO, ESTARÍAS EXENTO DEL PAGO DE ESTE IMPUESTO.

840.000 SUELDOS
− 168.000 20 % POR DESCUENTOS PREVISIONALES (APROX.)
672.000 MONTO AFECTO A IMPUESTO
− 0 TASA DE IMPUESTO (EXENTO)
672.000 TOTAL LÍQUIDO DE REMUNERACIONES

POR EL CONTRARIO, SI TIENES REMUNERACIONES MENSUALES (SUELDO BRUTO MENOS DESCUENTOS PREVISIONALES) SUPERIORES A 120 UTM ($6.000.000) PAGAS UNA TASA DE 35 %, PERO COMO LA TASA ES PROGRESIVA POR TRAMOS, EN REALIDAD, EL IMPUESTO POR PAGAR ES LA TASA PROMEDIO O EFECTIVA, QUE ES SUSTANCIALMENTE MENOR, ES DECIR, ALREDEDOR DE 16 % SOBRE LA REMUNERACIÓN MENOS EL DESCUENTO PREVISIONAL.

Retenciones sobre los honorarios hasta hace poco, las empresas le descontaban a los trabajadores independientes el 10 % de los ingresos (honorarios) en calidad de PPM, el que pagaban al fisco junto al IUT. Estos trabajadores debían entregar a la empresa una boleta por los honorarios, donde se señalaba claramente el monto del total, el descuento del 10 % y la suma por recibir, además de los datos del trabajador y del destinatario. En la actualidad, este trámite se hace vía electrónica a través del portal del Servicio de Impuestos Internos.

A fin de año, cada trabajador debe hacer su declaración para determinar el impuesto del año y rebajar lo pagado. Si queda saldo a favor del fisco, este se debe cancelar hasta el 30 de abril del año siguiente; si queda saldo a favor del trabajador, el fisco se lo devuelve en mayo o junio de cada año.

Para 2020, la tasa de retención aumentó a 10,75 % para cubrir beneficios previsionales de trabajadores independientes (salud, pensiones y accidentes). La Ley N.° 21.133 de febrero 2019 indica que la tasa de retención aumentará progresivamente, de 10 % en 2018 hasta llegar a 17 % en 2028. Esta tasa afecta a los honorarios de hombres trabajadores de menos de 55 años y mujeres de menos de 50 al 1 de enero de 2018.

HONORARIOS

REMUNERACIÓN CORRESPONDIENTE A LOS TRABAJADORES INDEPENDIENTES O POR CUENTA PROPIA CUYO RESPALDO ES LA EMISIÓN DE UNA BOLETA ELECTRÓNICA PARA CAUTELAR EL DESCUENTO DE IMPUESTO A LA RENTA (TASA DE 10,75 % EN 2020).

La obligación de cotizar comenzó con la declaración de impuestos de abril de 2019 por las rentas del 2018, dando cobertura por servicios previsionales, a partir de julio de 2019, a trabajadores con honorarios.

Impuesto global complementario (IGC) es un impuesto resumen que afecta a todas las rentas de las personas provengan del capital o del trabajo. Al total de ingresos se aplica una tabla progresiva por tramos, similar a la del IUT, pero anualizada. Del impuesto así determinado se descuentan los impuestos de la primera y segunda categoría, además de las retenciones por PPM pagados durante el año. Este IGC es para nivelar aquella parte de impuestos que no se alcanzaron a cubrir con la primera y segunda categoría.

Cada año, en los meses de marzo y abril, el Servicio de Impuestos Internos propone declaraciones digitales a los contribuyentes (declaraciones de renta precalculadas por la institución), particularmente para personas naturales y pequeñas empresas. Si queda saldo a favor del fisco, este se debe pagar hasta el 30 de abril; si queda saldo a favor de la persona, el fisco lo devuelve en mayo o junio de cada año.

Impuesto adicional afecta a las rentas que son transferidas al exterior, generalmente, para extranjeros. Actúa como un impuesto único, con tasa de 35 %, que las empresas retienen al momento del pago y deben cancelar al fisco en el mes siguiente.

Impuesto en finiquito de contrato de trabajo en casos de finiquitos de contratos de trabajo, las indemnizaciones legales —equivalentes a un mes de sueldo por año de trabajo, con tope de once años, más un mes si no hubo previo aviso de despido— están exentas de impuesto a la renta. A partir de ese monto, lo que excede y no está en convenios individuales o colectivos, está gravado con las mismas tasas progresivas por tramo. En esta situación, se efectúa una distribución del excedente en la cantidad de meses que se devengó. Este valor se suma a la remuneración de cada período y se recalcula el impuesto mensual. Finalmente, el monto, menos lo ya pagado mes a mes, es el impuesto a la renta del finiquito.

Impuesto de
herencia y otros

Son tributos de menor cuantía general, pero de cierta importancia para quienes deben pagarlos.

El impuesto de herencia afecta a los herederos de bienes patrimoniales dejados por voluntad o fallecimiento del titular. Sus montos varían de acuerdo con la cuantía de la herencia y la cuota parte de cada heredero.

El impuesto de timbre se aplica a los montos de contratos de créditos, cheques y documentos de pago o crédito.

El impuesto o derecho de aduana afecta a ciertos bienes recibidos del extranjero en calidad de importaciones.

Las tasas y procesos de declaración y pago se deben consultar en las normas legales señaladas en el recuadro de la página 84 que clasifica los impuestos

Impuestos
municipales

Se trata de tributos que afectan a personas y empresas cobrados y administrados directamente por los municipios. Entre ellos destacan:

¤ Impuesto vehículos de circulación de conocido como impuesto de patentes.

¤ Permisos de funcionamiento de empresas dedicadas a la industria y al comercio conocidos como patentes municipales.

Las tasas de estos impuestos varían según el tipo de vehículo y/o el capital propio de las empresas. Los detalles se pueden consultar en el Decreto de Ley 3.063.

SI TIENES UN VEHÍCULO DEBES PAGAR EL IMPUESTO DE CIRCULACIÓN O PATENTE ANUALMENTE EN MARZO. EL MONTO SE ANUNCIA EN LA PRENSA DE ACUERDO CON LA MARCA Y EL AÑO DEL VEHÍCULO. UN VEHÍCULO DE MARCA ESPECÍFICA, DE MODELO 2018 Y CUYO VALOR ES DE 10 MILLONES, PAGA ALREDEDOR DE $400.000 DE IMPUESTOS ANUALES POR CONCEPTO DE CIRCULACIÓN. PARA HACER ESTE TRÁMITE, ANTES SE DEBE REALIZAR LA REVISIÓN TÉCNICA Y ADQUIRIR EL SEGURO OBLIGATORIO DE ACCIDENTES PERSONALES (SOAP).

Declaración y
pago de los impuestos

Existen diferentes períodos y fechas de declaración y pago de los impuestos al fisco. Por su recurrencia, los más difundidos son:

EL IVA ES UN IMPUESTO DE DECLARACIÓN Y PAGO MENSUAL PARA LAS EMPRESAS. SE EFECTÚA EN LOS PRIMEROS DÍAS DEL MES SIGUIENTE A AQUEL EN QUE SE PRODUJO.

EL IMPUESTO A LA RENTA ES DE DECLARACIÓN Y PAGO ANUAL, Y SE HACE EN EL PRIMER CUATRIMESTRE DE CADA AÑO CON BASE EN EL AÑO ANTERIOR. TIENE PAGOS MENSUALES (PPM) A CUENTA DEL IMPUESTO ANUAL.

EL IMPUESTO ADICIONAL SE DECLARA Y SE PAGA POR ÚNICA VEZ AL MOMENTO DE EFECTUAR CUALQUIER TRANSFERENCIA AL EXTERIOR.

EL IMPUESTO MUNICIPAL DE PERMISOS DE CIRCULACIÓN SE PAGA EN EL PRIMER TRIMESTRE DE CADA AÑO O EN CUOTAS MENSUALES.

Las declaraciones de impuestos mensuales, anuales o periódicas de empresas y personas se efectúan por medios electrónicos, en formularios proporcionados por el Servicio de Impuestos Internos o por las municipalidades según sea el caso. Los pagos se realizan, usualmente, a través de transferencias electrónicas a las cuentas fiscales en entidades bancarias.

Fines sociales y
ambientales de los
impuestos

Además de los fines económicos y de financiamiento del presupuesto fiscal o municipal, los impuestos cumplen otras funciones de carácter social o regulatorio, todas de interés para la ciudadanía. Entre estas se cuentan:

Redistribución y equidad social son recursos que permiten formular políticas públicas dirigidas a «igualar la cancha» a través del acceso —para los más desposeídos y para la clase media— a distintos tipos de beneficios que de otro modo no tendrían. De esto dan cuenta los programas de salud, la gratuidad en la educación, los subsidios para las viviendas, las mejoras de las pensiones para los adultos mayores, entre otros aportes del Estado y los municipios.

Incentivos a industria y regiones impuestos que cumplen funciones de incentivo a la economía en sectores productivos a través de exenciones regionales o áreas de interés de desarrollo. Son un ejemplo de esto las leyes que favorecen a la industria o el comercio en las zonas extremas del país, como Arica y Punta Arenas. Por el contrario, también hay impuestos que desincentivan actividades o consumos, que es lo que sucede con el impuesto a las bencinas en pos del control del parque automotriz y por ser un combustible contaminante.

IMPUESTOS VERDES

INSTRUMENTO ECONÓMICO PARA APOYAR LA GESTIÓN Y DESCONTAMINACIÓN AMBIENTAL. GRAVA LAS EMISIONES DE CONTAMINANTES LOCALES Y EMISIONES DE IMPACTO GLOBAL COMO EL CO 2 . EN CHILE ENTRÓ EN VIGENCIA EN 2017 LUEGO DE SER RECOMENDADO POR LA OCDE EN 2011.

Impuestos verdes actúan como restricciones a ciertas actividades que se consideran inadecuadas o dañinas para la economía y la sociedad, son los impuestos verdes o medioambientales los que buscan evitar o limitar actividades que contaminen como, por ejemplo, los límites a la pesca industrial para favorecer la reproducción de la riqueza marina. Su establecimiento fue por motivos similares al de los impuestos específicos a los alcoholes (licores) y al tabaco; es decir, por ser dañinos a la salud de las personas.

Impuesto digital debido a la proliferación de medios electrónicos y del comercio digital en los últimos años, los países han iniciado proposiciones para gravar las actividades de la banca, la industria y el comercio digital. En diversos países de Europa se aplica, a partir del 2020, un impuesto digital para grandes empresas tecnológicas como Alphabet, Amazon, Facebook, Google, entre otras.

En Chile, la reforma tributaria de la Ley N.° 21.210 de febrero del 2020, grava con IVA las suscripciones de programas emitidos por empresas de cable operadores de streaming (por ejemplo, Netflix), con lo que las cuentas de los usuarios se han incrementado en un 19 %.

Preguntas

1. ¿Qué son los impuestos?


2. ¿Cuál es el origen de los impuestos?


3. ¿En qué se emplean actualmente
los impuestos?


4. ¿Cómo clasificarías los diversos
tipos de impuestos?


5. ¿A qué se refiere el impuesto a la renta?


6. ¿Qué son las rentas del capital
y del trabajo?


7. ¿Hay impuestos municipales?
Indica algunos ejemplos.


8. ¿Los impuestos son solo para
fines económicos?


9. ¿A qué se refieren los impuestos verdes?


10.¿Si recibes una herencia debes

pagar impuestos?