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LIBRO 11 259

CABILDO DEL 14 DE JUNIO DE 1610

(Poja 82 vuelta del libro original)

En la qgiudad de la Trenidad a catorge dias del mes de Junio de myll y seis cientos y diez años se juntaron a Cavildo la Juztigia y Regimiento desta qiudad en las casas del que son: el Capitan Joan Xil Canbrano Tenien- te de Governador el Capitan Vitor Casco de Mendoga y Don Juan de Bracamonte Alcaldes Hordinarios Ber- nardo de Leon Depositario General Felipe Navarro Frangisco Garqia Romero Crisptoval Naharro y Fran- qisco de Manganares Regidores Fiel Executor y ansi juntos la dicha Justigia e Regimiento en este Cavildo se trato y acordo en el lo siguiente:

En este cavildo se trato que por quanto al Señor Governador le a venido una rreal gedula por donde se lo hordena y manda que no estorbe ni ebite los casami- entos entre yndios y porque aunque la dicha rreal gedula es justa por la dificultad que se ofrece de que muchos yndios forasteros de otras Provingias vienen a esta giu- dad y se casan en ella con yndias de vezinos encomen- deros y se las llevan o pretenden hacerlo en gran per- juicio de la Republica decretose y acordose quel Pro- curador General acuda en la dicha rragon ante su Señoria a pedir lo que conbenga lo qual se decreto presente en el dicho Cavildo Sebastian de Orduña Procurador Ge- neral,

Y con esto se gerro el dicho Cavildo y lo firmaron. — Juan Gil Zanbrano.—Vittor Casco de Mendoga.—Don

Acuérdase pedir al Gobernador que evite los


porwite los ma- trimonios de indios forateros nd metidas 4 las encomiendas.