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Página:ACEC TomoII Libros IyII SerieII.djvu/324

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258 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES

justo se den de los propios de la giudad ansi al dicho cavildo como a los clerigos y religiosos que se hallaren en la misa ofiçios y proçesion y para que en esto aya de aqui adelante la pulicia que conviene y se acuda a cosa tan justa y pia. Acordaron que todos los dias de Corpus Cristi para la misa y proçesion se de al Señor Governador una vela de çera blanca de las de a libra y asu Lugar Teniente Alcaldes y los demas Capitulares y personas de Cavildo a cada uno su vela de a media libra y a los clerigos y Religiosos que alli se hallaren a cada uno la suya de a quarteron la qual dicha çera se de de los propios de la çiudad lo qual sea a cargo del Mayordomo que es ofuere el tomar y sacar la dicha çera de donde la hallare y de lo que montare se le dara librança por este cavildo y asi lo acordaron y firmaron y con esto se çerro el cavildo. (Entre rrenglones: yan; y testado; los. Entre rrenglones: mayordomo. Testado: procurador).

Y antes de firmar mandaron que de qualesquier pe- sos de propios se pague la libranza que para lo suso- dicho se diere antes que otra cosa no librança alguna porque a todas a de ser preferida la de la dicha gera. Y lo firmaron.—Diego Marin Negron.—Juan Gil Zanbra- no.— Vittor Casco de Mendoça.—Don Juan de Bracamonte. — Bernardo de Leon.—Felipe Navarro.—Crisptoval Naha- rro.—Françisco de Manganares.—Miguel del Corro.—Ante mi: Crisptoval Remon, Escrivano Publico y Cavildo.