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Resolucion,

Resolucion de


286 ACTAS DEL OABILDO DE BUENOS AIRES

aver conforme al asiento que se tomare y que ante todas cossas el dicho corral se haga pues justigia que pido.

—Cristoval Remon. E viste por este Cavildo todos los dichos capitulares

de un acuerdo dixeron que atento a que por horden del yo el presente escrivano mude mi escritorio y papeles a una de las tiendas de las casas de Cavildo por ser cosa conveniente para el despacho de los negocios y se me dio otra trastienda para vivir que anbas estan en una y atento a que no tiene comodidad de vivienda sin corral se decreto y mando que el dicho corral se haga por quenta de los propios desta giudad y que las dichas dos tiendas del escritorio viviendas e corral las viva yo el presente Escrivano y el arrendamiento que por ellas se pudiere pretender todo el tienpo que las e vivido y viva sea para paga y conpensagionn de los derechos y travaxo de los negogios de Cavildo que hige y en esta forma las tenga hasta que se me señale salario sin qne por rracon de la dicha vivienda se me pueda pedir ni pretender por la ciudad arrendamiento alguno y dello si le pidiese me de rrecado en forma.

En este Cavildo se trato que en conformidad de lo por el proveydo en otros acuerdos se de arangeles a los sastres capateros y herreros y se acordo que desde luego se cometa como se cometio el informarse y saber de los precios de cada cossa al Capitan Vitor Casco de Mendoga y Don Juan de Bracamonte Alcaldes Ordinarios y a Bernardo de Leon Depositario General los quales averi- guen sepan y se informen de los precios y traigan a este Cavildo para el proximo la memoria para que en el se vea y pongan los pregios justos y se les de arangeles.

En este cavildo se propuso y trato que en esta siudad no ay carnigerias donde se pese la carne que para provision dan los obligados a cuya canssa no se