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Página:ACEC TomoII Libros IyII SerieII.djvu/97

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LIBRO 1 31

declaradas» y luego Martin Alonso torno a rreplicar dando mas por ella y en rresolugion quedaron las dichas Carnigerias quedaron por el dicho Frangisco Gomez Prieto en dugientas y ginquenta libras de baca por tienpo de un año y por un peso corriente y con las condiciones que la tenia puesta la qual le fue rrematada por no haver mayor ponedor y dixeron que de fianzas el dicho Frangisco Gomez Prieto; testigos que fueron presentes Frangisco Muñoz y Manuel de Avila y Diego Trigeros veginos y moradores en esta dicha gindad y lo firmo con los Deputados. — Frangisco Gomez Prieto.— Manuel de Frias.—Bernardo de Leon.—Vittor Casco de Mendoga, —Ante my: Martin de Marechaga, Escrivano Publico y de Cavildo.

CABILDO DEL 3 MARZO DE 1608

(Foja 249 vuelta del libro original)

En la qiudad de la Trenidad Puerto de Buenos Ay- res a tres dias del mes de Margo de mill e seis gientos y ochos años se juntarón a cavildo como lo tienen de uso y costumbre conbiene a saver el Señor Governador Her- nandarias de Saavedra y el Capitan Manuel de Frias Alcalde Hordinario en ella y Bernardo de Leon Fiel Executor y el Capitan Bitor Casco de Mendoza y An- ton Higueras de Santana y Juan Nieto ¡y Bartolome Lo- pez y Pedro de Frias ¿Regidores y estando todos una- nimes y conformes trataron lo siguiente: