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392 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES
Anton.” de Anunzivay Thesorero Oficia.! de la R.' hazien- da de estas provincias y de la del Paraguay por su Mag.! (Dios le g.*%) Como a las onze del dia puesta una mesa y sillas Con recado de escrivir para efecto de rematar los oficios vendibles y renunciables q. ay ,Vacos de este Ca- vildo mandó Su Señoria Se avivase la Vos del pregon lo qual se hiso por la de Juan Yndio q. hase oficio de Prego- nero disiendoles Cavalleros lleguense al rremate que se hase de los oficios Vendibles y renunciables que se an pregonado estos dias y a q. ai hechas varias posturas y dan por el oficio de Depozitario General un mill y qui- nientos pe.* a pagar en tres pagas la terzia parte de con- tado y las dos restantes al Año la una y al siguiente de la fha. del Remate la otra: y en este este estado pareció por un escrito el Cavo y Goverrn.” que fue de la Cavalle- ria de Este Precidio Don Mig.' de Riblos mejorando la Poztura del oficio de Depozitario Gen.! en mill y seissien- tos pe.* con las Calidades. contenidas en dho. escripto y a pagar en la misma forma y plasos que se refieren en la postura antesedente de dho. oficio y aviendo ocurrido otros postores a los demas oficios se mándó por ló tocante a este a persevir a remate y el dho. Pregonero prosiguió disiendo = pues que no ay quien puje ni diga mas ni hallo mas que un mill y Seissientos pe.* por el dho. oficio de Depozitario Gen.! a pagar en la forma dha. que buena ; que buena que buena y berdadera pro le haga al dho. Don Miguel de Ri- blos que lo Tiene puesto, y luego se remataron los demas oficios y se aceptaron este y los demas remates Con lo qual Imandarón cerrar esta dilijencia y lo firmaron de q.” doy fee en este papel Comun a falta del Cellado siendo Testigos los Ayudantes Antonio de Aguirre y fran.“ Peres y el Alfez. fran." Suero=Don Manuel de Velasco y Thexada =Don Miguel Castellanos =Juan Antonio Anuncibay=a mi Juan de la Camara Ess.” de su Mag.1=El Cavo y Go- verr.* q. fue de este presidió Don Mig.! de Riblos a en- teradó en esta R.' Caxa Quinientos pe.* del oficio de Depo-