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Página:ACEC TomoIV Libro III SerieII.djvu/217

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LIBRO NL 205

rrosivido hasiendo el juramento acostumbrado. A Ussia suplico que en cumplimiento de la dicha provi- sion y titulo que yntimo do me rresiva a el usso y exergigio del dicho ofigio de Regidor de quinto voto en lugar del dicho Crisptoval Ximenes y se me de testimonio atento que tengo pagado en la Real Caxa de la Villa de Potossi el contado y dado finga por lo demas como parese por esta sertificagion del Contador della que tanbien presento y pido justigia eto, Tomas de Rosendo.—Y visto se acordo lo decretado en el li- bro de Cavildo.—Ante mi: Crisptoval Remon, Escriva- no Publico y de Cavildo.

Don Frangisco de Borja Pringipo de Esquilache Con- de Mayaldo gentilonbre de la Camara de Su Magestad su Birrey Lugarteniente Governador y Capitan Gene- ral destos Reynos e Provingias del Piru Tierra Firme Chile etc. Por quanto los Jueses Ofigiales Reales de la

“ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayres hisieron traer en venta e pregon seis regimientos que eu aquella giudad se elegian e nonbravan cada año con termino de treynta dias y en fin delos con las posturas que se hissieron se enbiaron los autos a la Villa Inporial de Potossi y en ella aviendo echo postura Juan de Ver, gara a los dicho seys regimientos para las personas que señalase admitio y sobre ello se dieron otros treynta pregones y presedieron otros autos y diligengias y abien- dose asignado dia para el rremate en el quedo rrema- tado el regimiento de quinto voto de la dicha ciudad de la Trinidad en setegientos pesos corrientes por el orden contenido en el dicho rremate que su tenor con la foo y testimonio de aberse obligado y dado las fian- ¿as y cunplido con el dicho rremate es como se sigue:

En la Villa Inperial de Potossi en primero dia del mes de Dizienbre de mill y seis sientus ydiez y sioto años