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Página:ACEC TomoIV Libro III SerieII.djvu/268

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256 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES

to por las leyes del Quaderno en la dicha rragon y cumplimiento de lo sugodicho, Marcos de Leon prego- nero desta Villa aviendo en la dicha Plaga mucho con- curso de gente dixo a altas boges «Lleguenge Cavalleros al remate del ofigio de Regidor de tergero voto del Cavildo de la Ciudad de la Trinidad Puerto de Bue- nos Ayres que se a de rrematar ¡uego en el mayor ponedor y esta puesto en setecientos pesos corrien- tes de a ocho rreales pagados el tergio dellos luego de contado y los otros dos tergios en tres años que an de correr y contarse desde el dia del rremate y al fin de cada año e medio cada tercia parte paga- dos en la Real Caxa de esta Villa aperqivo para el rremate». Y en la dicha forma higo muchos apergi-

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vimentos de rremate y no paregio percona a hager postura y visto por los dichos Señores mandaron ha- ger el dicho rremate y estando pregente el dicho Fran- qisco de Melo que yo el Escrivano doy fe conos- co dixo que agetaba y aceto el dicho rremate del dicho oficio mingionado de suso en el dicho precio de los dichos pesos corrientes de a ocho rreales y el di- cho pregonero volviendo a rreferir todo lo suso dicho en la dicha postura dixo: «Aperqibo para el rremate « del dicho ofigio que se a de hacer luego en el ma-

yor ponedor a la una a las dos a la tergera que « buena que buena pues que no ay quien puxe ni de « mas que buena pro le haga al dicho Frangisco de « Melo que lo tiene puesto». Y en esta forma quedo fecho el dicho rremate y estando presente el dicho Frangisco de Melo que yo el Escrivano doy fe conos- co dixo que agetaba y ageto el dicho rremate del di- zho ofigio mingionado de suso en el dicho precio de los dichos pesos corrientes de a ocho rreales los qua- les se obligo de dar e pagar a Su Magestad e meter