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276 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES de rexistro perpetuamente tengan obligasion de cargar por quenta de esta ciudad la buelta de España veynte y sinco toneladas de sus buques en corambre pagandoseles el flete de los cueros que asi entraren en ellas al corriente para que por quenta y riezgo y por proprios suyos se nabeguen hasta la parte donde fueren a cumplir su rexistro a exem- plar de carajas ó Santo Domingo donde tengo notisia corre esta permision continuamente =que en atension a la po- bresa y pocas rentas que tiene este Cavildo ynmediata- mente para edificar sus casas calabosos y demas nesesi- dades representadas se sirva de conseder por algun tiempo las penas de camara y gastos de justisia de esta provinsia y la del paraguay como asi lo permitio por tiempo de Dies años por zedula de trese de Abril de mil y seissientos y ocho que para en este archivo, y quando esto no sea las alca- balas de mar y tierra=que respecto de que esta ciudad desde su fundasion se le dieron por proprios que llaman de mojoneria el cobrar un real de cada botixa de vino del que se trajina y entra en ella de la Ciudad de mendosa que son de porte de arroba y media permita Su Magestad que este presio y costumbre Ymmemorial se alargue y corra a quatro reales por cada botija de mojon por ser cantidad corta la impuesta respecto a la utilidad que tienen los vi- hateros en este trato y que de benida y buelta hasen sebos y se sustentan de los ganados simarrones de estos vesinos y sus bueyes y cavallos pastan en el exido continuamente sin que por uno ni otro perjuisio se les aya echado ni eche pension ninguna ni sean remediables los daños que hasen en los despoblados y no es el menor el que esta ciudad re- sive en esta parte pues por la seguridad y fasilidad que tienen contra consiensia en conseguir estos frutos para sus cargas y sustento no compran al vesino la carne, sebo Grasa ni el Buey por que todo lo rroban como sin dificultad ninguna se puede asi probar=, que en considerasion de la cortedad de proprios y rentas de esta para que mejor Pueda lusirse edificar sus obras y haser otras para la per-