Página:ACEC TomoXI LibrosVIyVII SerieII.djvu/114

De Wikisource, la biblioteca libre.
Esta página no ha sido corregida

Teonas

Estanco de naipes

104 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES por las dichas estangias — y que el dicho Requerimiento se entienda solo con los yndios serranos que nunca An sido Redusidos y no con los que ubiere entre ellos enco- mendados a besinos desta dicha siudad. — Asi mesmo se acordo en este Cabildo sobre el desorden que los dueños de ataonas quieren yntrodusir de pocos dias a esta parte queriendo llebar un peso de a ocho Reales por la molienda de una anega de trigo siendo asi que de tiempo ynme- morial a esta parte se a usado el molerse por cuatro Reales y sin enbargo de las causas y Rasones que para ello dan los dichos dueños de ataonas que ya se tiene notigia de ellas y por no ser bastantes—mandaron que se les noti- fique que no: muelan a rrason de a peso de a ocho Reales sino a quatro como a sido uso y costumbre y que lo cum- plan sopena de dies pesos de a ocho Reales los quales se aplican para las obras y aderesos de las casas de la Carsel desta dicha Siudad en que se les da por yneursos y con- denados lo contrario basiendo cada y quando que se les coja moliendo trigo por la paga de a peso de a ocho Reales por anega o que se aberigue lo asen y presesten en ello la qual dicha pena lleben el señor Teniente General y señores alcaldes hordinarios desta dicha Siudad — y die- ron comigion a Juan Bamires de Arellano para que lo notifique y asiente en este libro la Rason de aberlo hecho

- Despues de lo qual el Señor capitan Don Pedro de Isa- rra Gaete alcalde hordinario yso presentacion de un tes- timonio de Real probigion de los Señores Presidente y hoydores de la Real Audiengia de la Plata sobre que se manda que en esta Siudad y probincia no se jueguen con otros naypes mas de solo con los del estanco de la billa ynperial de potossy debajo de penas que son de beinte pesos de a ocho Reales y perdidos los naypes por la pri- mera bes y por la segunda doblada la dicha pena y mas destierro segun que mas largamente se contiene en ella --- y asi mesmo una comision y facultad del estanquero mayor de la dicha billa ynperial de Potossi para que use el dicho