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LIBRO VIL 281 fiansa se de parte al señor gobernador e a los jueses ofigiales Reales para que declaren si se deve media anata o no le page y que cantidad y traiga rasson y fecho se traiga para el primer cabildo y con esto se serro este cabildo por no aver otra cossa que conferir.

Don Pedro de Morales y Mercado.—Antonio de la To- rre Herrera.—Juan Jufre de Arze.—-Antonio Bernalte de Linares.—Ante my: Baltasar de los Reyes Ayllon: Es- crivano publico y cavildo.

AUTO SOBRE VENTA DEL PAN (Foja 116 vuelta del libro original)

En la ciudad de la trinidad puerto de buenos ayres en catorse dias del mes de julio de mil y seis cientos y sesenta y un años—el señor Don Alonsso de Mercado y Villacorta cavallero del orden de santiago gobernador y capitan general destas provincias del Rio de la plata por su magestad que Dios goa.de—digo—que por quanto ha echo diferentes diligensias con el cavildo justigia y Riji- miento desta dicha ciudad para que se repare el encon- viniente publico de la falta de pan que padese el pueblo y los pobres de quatro meses a esta parte como consta en sus libros y en los papeles de gobierno y asi mismo para que se ponga forma en los pregios de los manteni- mientos y se evite el abuso de bender escondidamente en las cassas cada qual a su arbitrio y por que sin enbargo ha conosido su señoria omision en las justigias a quien toca la execusion desta conveniengia general llevado de la qual aviendo por via de gobierno hecho aier trese del corriente publicar un bando con penas y apercivimientos sobre los excesos referidos conviniendo juntamente en

Autto para no. tificar a la cin dad sobro el

abasto Repca.